TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-181-2013-02252-01-(23-06-2022)
Tribunal Superior de Buga
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-181-2013-02252-01-(23-06-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2022
JUSTICIA PENAL BUGA
SENTENCIA DE
SEGUNDA INSTANCIA
Código: GSP-FT-45 Versión: 1 Fecha de aprobación:
22/05/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente:
MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO
Radicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Guadalajara de Buga, veintitrés (23) de junio de dos mil veintidós (2022)
Proyecto discutido y aprobado por Acta No.190
1. OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO.
Resolver el recurso de apelación promovido por la defensa de Alejandro Luis Mallama Revelo, contra la sentencia No.14 del 9 de marzo de 2022, por medio de la cual el Juzgado Quinto Penal Munic ipal con funciones de conocimiento de Palmira, condenó al referido ciudadano a la pena principal de 46 meses, 15 días de prisión, por el delito de Abuso de condiciones de inferioridad. Le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
2. ANTECEDENTES.
2.1.- El 2 de julio de 2019, en el marco del procedimiento especial abreviado dispuesto por la Ley 1826 de 2017, la Fiscalía corrió traslado del escrito de acusación a Alejandro Luis Mallama Revelo, el cual contiene la siguiente relación fáctic a y calificación jurídica:
“Se inicia esta investigación por denuncia presentada por la señora Lucia Obando Cuero por el delito de Falsedad en Documentos, donde refiere que el señor Alejandro Mallama
calificación jurídica:
“Se inicia esta investigación por denuncia presentada por la señora Lucia Obando Cuero por el delito de Falsedad en Documentos, donde refiere que el señor Alejandro Mallama aprovechando el estado de incapacidad física y mental que presentaba Luis Figueredo hizo un traspaso de la casa, sin tener en cuenta a la esposa Delia Serafina Cumbal, quien tiene 92 años de edad y a sus dos hijos José Humberto y Luis Eduardo.Radicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
2
Cumbal, que en su momento ser ían los herederos del inmueble en disputa. Indica además, la denunciante que el denunciado por ser allegado a la familia, se llevó unos días al señor Luis Figueredo y en este tiempo se aprovechó de su indefensión para hacer los cambios y traspaso de la casa a su nombre. Del relato de los hech os se adecuó la conducta denunciada al delito de Abuso de Circunstancias de Inferioridad, de que trata el art 251 del CP.
En desarrollo del programa metodológico se tomó entrevista a la denunciante Lucia Obando Cuero, donde nos dice que conoció a los esposos Luis Figueredo y Delia Serafina Cumbal desde hace 36 años, porque vivió muchos años en la casa de ellos, al punto que se hicieron compadres; que la señora Delia Serafina Cumbal, estando soltera, tuvo dos hijos mellizos de nombres Luis Eduardo y José H umberto, que a la fecha tienen más de 70 años de edad, y quienes convivieron con su madre y su padrastro Luis Figueredo en el barrio la Libertad, que
nombres Luis Eduardo y José H umberto, que a la fecha tienen más de 70 años de edad, y quienes convivieron con su madre y su padrastro Luis Figueredo en el barrio la Libertad, que el señor Luis Figueredo era pensionado del Ingenio Manuelita, que después de salir de la casa de ellos, un a vez fue a visitarlos y se entera que el señor Mallama se había llevado para su casa al señor Figueredo, amigos por ser paisanos de Nariño, donde lo tiene durante dos meses y es cuando fallece el señor Figueredo en octubre 26 de 2012; dice la denunciante que ella siguió al tanto de la señora Delia y sus hijos, que son analfabetas, quienes seguían viviendo en la misma casa de siempre, y cuando llega un recibo para pago del impuesto predial se dan cuenta que la casa estaba a nombre del señor Mallama, por eso presentó la denuncia en representación de la señora Delia Serafina que por su avanzada edad no se valía por sus propios medios y para esa fecha aún estaba viva . Igualmente que la venta se hizo por escritura de fecha septiembre 11 de 2012 en la Notaria Seg unda de Palmira, fecha para la cual el señor Mallama se había llevado para su casa al señor Figueredo, quien no se valía por sí solo, se le debía cargar en silla de ruedas y contaba con 90 años de edad, además, para esa fecha aún vivía la señora Delia Sera fina y ella no recibió ningún dinero, ella falleció el 22 de octubre de 2014; igualmente nos dice que la casa está ahora a nombre de la hija de Mallama, de nombre Yulieth Paola Mallama Salazar y por ultimo nos dice que el señor
de octubre de 2014; igualmente nos dice que la casa está ahora a nombre de la hija de Mallama, de nombre Yulieth Paola Mallama Salazar y por ultimo nos dice que el señor Mallama reclamó el auxilio f unerario por la muerte del señor Figueredo, sin participarle de ningún peso a la señora Delia.
Igualmente se tomó entrevista al señor Luis Eduardo Cumbal, quien refiere que su madre Delia se casó con el señor Luis Figueredo, es mellizo de José Humberto y siempre vivieron en la casa donde están actualmente, que su padrastro falleció hace como 2 años, pero antes, como estaba enfermo por la edad, se puso mal de la cabeza, sufrió una caída y lo operaron, y el señor Mallama sin avisar se lo llevó para su casa, lo tuvo como mes y medio y ahí es cuando fallece su padrastro, luego a su casa llegó un recibo del impuesto de la casa, y como no saben leer ni escribir se lo llevaron a la señora Lucia Obando, quien convivió muchos años con ellos, y ahí se dan cuenta que la casa figura a nombre de Alejandro Mallama, además que su mamá ni ellos recibieron dinero alguno por esa venta; que la casa está ahora a nombre de la hija del señor Mallama porque llegó otro recibo a nombre de ella, que ahora se encuentran desprotegidos porque está enfermo, tiene 70 años de edad y no puede trabajar, igualmente, que el señor Mallama cobró el auxilio funerario que le correspondía a su mamá, quien falleció hace 15 días.
También obra la entrevista tomada al señor José Humberto Cumbal, quien corrobora lo dicho
que el señor Mallama cobró el auxilio funerario que le correspondía a su mamá, quien falleció hace 15 días.
También obra la entrevista tomada al señor José Humberto Cumbal, quien corrobora lo dicho por su hermano Luis Eduardo Cumbal.Radicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
3
En la carpeta obra copia del registro de defunción No 07310813 expedido por la Notaria Tercera Palmira del señor Luis Figueredo, fallecido el día 26 de octubre de 2012, copia del registro de defunción No 07453336 expedido por la Notaria Cuarta Palmira de la señora Delia Serafina Cumbal Tobar, fallecida el día 12 de octubre de 2014, copia de la partida de matrimonio de los señores Luis Figueredo y Delia Serafina Cumbal Tobar, ocurrido el 21 de noviembre de 1964, que obra al tomo 7 folio 449 de la Notaria Primera de Palmira y copia de la escritura pública No 1895 de septiembre 11 de 2012 de la Notaria segunda de Palmira, y copia de la escritura No 2354 de Noviembre 19 de 2012 de la Notaria Segunda de Palmira, y del certificado de tradición correspondiente al folio No 378 - 127728 de la Oficina de Registro de Palmira.
Se identifica e individualiza al señor Alejandro Luis Mallama Revelo, con cedula No 6.375.863 de Palmira, nacido en Ipiales Nariño el 17 de julio de 1940, pensionado del Ingenio Manuelita,
de Palmira.
Se identifica e individualiza al señor Alejandro Luis Mallama Revelo, con cedula No 6.375.863 de Palmira, nacido en Ipiales Nariño el 17 de julio de 1940, pensionado del Ingenio Manuelita, estado civil soltero y estudios hasta segundo de primaria, quien escuchado en interrogatorio asistido por su abogado de confianza, nos dice que conoció a Luis Figueredo desde el año 1961, se hicieron amigos, trabajaban en el Ingenio Manuelita, se visitaban mutuamente, que el señor Figueredo sufrió una caída y se fracturó la cadera, por eso estuvo hospitalizado y como el especialista dijo que no podía vivir en una casa que tuviera gradas, su amigo le dijo que se lo llevara a vivir a su casa, y que luego se llevara a la mujer y sus hijos, por eso se lo llevó a él primero, allá lo tuvo como 5 meses y resultó con cáncer al hueso, y fue hospitalizado en la clínica Palmira, donde falleció en octubre 26 de 2012, cuando el señor Figueredo estaba en su casa, le dijo que le diera 9 millones de pesos a un señor de apellido Zambrano que vive por los lados de Amaime y que por haberlo cuidado le haría la escritura de la casa, que le entregó ese dinero al señor Zambrano con la venta de un lote a la señora Mary Luz Londoño Angulo que reside en Buenaventura, ante lo cual el señor Zambrano le devolvió dos letras por valores de $5.500.000 y $3.500.000 que Luis (Figueredo) había firmado, letras que destruyó, por eso hicieron la escritura en la Notaria Segunda y ese día le tomaron la huella al señor Figueredo y
de $5.500.000 y $3.500.000 que Luis (Figueredo) había firmado, letras que destruyó, por eso hicieron la escritura en la Notaria Segunda y ese día le tomaron la huella al señor Figueredo y como se le dificultaba firmar, a ruego firmó el Dr Luis Erney Rivera Perea; luego como a los dos meses hizo escritura a nombre de su nieta Yulieth Paola Mallama de 14 años de edad, porque su compadre le había dicho que la pasara a nombre de ella, quien es la hija de Aníbal Mallama, ahijado de Figueredo; nos dice que su compadre Luis no sabía leer ni escribir, pero sí firmaba; cuando su compadre cayó enfermo, su espos a Delia estaba muy enferma, sufría de artrosis y estaba muy viejita por eso se acomidió a llevarlo para su casa.
Escuchado en entrevista el Dr Luis Erney Rivera Perea, nos dice que conoce al señor Alejandro Luis Mallama desde hace 10 a 15 años, por razones sindicales, que un día el señor Mallama le dijo que el señor Figueredo le iba a hacer la escritura a su nombre porque le debía una plata que le había pagado a un señor y por agradecimiento porque toda la vida había visto por ellos, y quería que estuviera en la es critura para que todo saliera bien y cuando acuden a la Notaria Segunda, ese día salió la secretaria de la Notaria y le toma la huella al señor Figueredo y como él no podía firmar, le pidieron el favor, por eso firmó a ruego esa escritura, encima del nombre del señor Figueredo.
Se toma entrevista a la señora María Visitación Rodríguez Portilla, nos dice que conoce desde
Figueredo y como él no podía firmar, le pidieron el favor, por eso firmó a ruego esa escritura, encima del nombre del señor Figueredo.
Se toma entrevista a la señora María Visitación Rodríguez Portilla, nos dice que conoce desde hace 20 años al señor Alejandro Luis Mallama, que también conoció al señor Manuel Zambrano desde el mismo tiempo, quien vivió enseguida de su casa, quien prestaba plata yRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
4
como lo empezaron a amenazar por las vacunas, de un momento a otro desapareció, no se llevó ni los corotos, no se sabe dónde esté, pero se dice que puede estar en Ecuador donde unos familiares, y que escuchó al señor Mallama que el señor Figueredo le debía una plata al señor Zambrano, que eran 9 millones de pesos y que no podía devolvérselos porque estaba enfermo, por eso le iba a dejar la casa, que eso lo sabe porque se lo escuchó al mismo Alejandro Mallama.
La Fiscalía solicita la suspensión del poder dispositivo del bien inmueble con matrícula No 378-12778 ubicado en la calle 40 entre carreras 9 y 10 de Palmira con No de catastro 010201550004000, que fuera concedida por el Juzgado 7 de Control de garantías en audiencia celebrada el 11 de septiembre de 2015.
Se toma entrevista a Luis Hernando Floresmilo Estrella Narváez, quien nos dice que conoce al señor Luis Figueredo desde hace más de 23 años, eran vecinos de la misma cuadra, vivó
Se toma entrevista a Luis Hernando Floresmilo Estrella Narváez, quien nos dice que conoce al señor Luis Figueredo desde hace más de 23 años, eran vecinos de la misma cuadra, vivó como inquilino en la casa de enseguida del señor Figueredo y se hicieron buenos amigos, igual que con su esposa Delia y los hijos de ella, que no eran hijos del señor Luis Figueredo, pero los quería como propios, nos dice igualmente que no conoce al señor Alejandro Luis Mallama pero ha escuchad o que es la persona que les quiere quitar la casa a los mellizos; que un mes antes que falleciera fue a visitar al señor Figueredo en su casa porque estaba muy enfermo, incluso había perdido la razón porque no lo reconoció y como a los ocho días se dio cuenta que el señor Mallama se lo había llevado para su casa; que unos cuatro meses antes de fallecer al señor Figueredo se le veía bien, salía a caminar al parque y conversaba con los amigos, luego decía que le dolía el estómago y dejó de salir, y empezó a no recordar las cosas, incluso le había prestado una plata y cuando se la fue a pagar no lo recordaba y tampoco lo reconocía, por eso le pag ó la plata a la señora Delia, su esposa; al señor Figueredo se le veía muy viejito, desgastado y agotado.
De la mism a manera, en entrevista tomada a la señora María Cecilia Josefa Villota Navarro, esposa de Luis Hernando Floresmilo Estrella, dice que fue vecina del señor Figueredo, que era una persona de más de 70 años de edad, estaba viejito, que unos seis meses antes de
esposa de Luis Hernando Floresmilo Estrella, dice que fue vecina del señor Figueredo, que era una persona de más de 70 años de edad, estaba viejito, que unos seis meses antes de fallecer se caía al piso porque perdía el sentido y se le olvidaban las cosas, algunas veces no reconocía a las personas, se valía por sus propios medios, pero la última vez que se cayó entrando al baño de la casa, se fracturó la cadera y ya no salía, permanecía en silla de ruedas, eso fue como dos meses antes de morir, y estando así fue que el compadre Alejandro se lo llevó para su casa dizque para cuidarlo; que ella y su esposo lo visitaban regularmente cuando aún estaba en su casa, por eso respecto al estado de salud del señor Figueredo dice que estaba muy mal porque ya casi no hablaba, no era atento como al principio, a veces no los reconocía, tampoco recordaba las cosas, ya que a ella también le prestaba plata y cuando se la iba a pagar no lo recordaba, y cuando iba a ir al baño los mellizos debían estar pendiente porque no recordaba por donde quedaba el baño, cuando iba a la cocina cogía el café ya hecho y lo regaba y decía que era agua, no le sentía el olor ni el sabor, él por raticos se ponía bien pero era más el tiempo que permanecía sin memoria.
FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN
(ARTS. 336, 337 Y 536 C.P.P.)Radicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
5
Procede esta instancia fiscal a efectuar el traslado de la acusación, para sus efectos y fines, la
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
5
Procede esta instancia fiscal a efectuar el traslado de la acusación, para sus efectos y fines, la comunicación de los cargos, surtiéndose con el presente traslado del escrito de acusación, tras el cual el indiciado adquiere la condición de parte en este procedimiento por el delito contra el Patrimonio Económico; advirtiéndole que el traslado del escrito de acusación interrumpe la prescripción de l a acción penal y que para todos los efectos procesales el traslado de la acusación equivale a formulación de imputación de la que trata la ley 906 de
2004. Por esta razón, la Fiscalía No. 144 Seccional de Palmira, Valle, dentro del término de Ley acusa formalmente a ALEJANDRO LUIS MALLAMA REVELO, en Calidad de AUTOR de una conducta atentatoria contra el patrimonio Económico, tipificada en la Legislación sustantiva penal como el delito de ABUSO DE CONDICIONES DE INFERIORIDAD, Capitulo Sexto, articulo 251, qu e establece: "el que con el fin de obtener para si o para otro un provecho ilícito y abusando de la necesidad, de la pasión, o del trastorno mental de una persona, o de su inexperiencia, la induzca a realizar un acto capaz de producir efectos jurídicos que la perjudique, incurrirá en prisión de 1 a 4 años (12 - 48 meses), y si se ocasionare el perjuicio, la pena será de 2 a 5 años (24 -60 meses), pena aumentada por el
jurídicos que la perjudique, incurrirá en prisión de 1 a 4 años (12 - 48 meses), y si se ocasionare el perjuicio, la pena será de 2 a 5 años (24 -60 meses), pena aumentada por el artículo 14 de la ley 890 de 2004 en la tercera parte respecto del mínimo y en la mitad respecto del máximo, quedando de 32 a 90 meses de prisión. Con circunstancias de agravación contenidas en el numeral 1 del art 267 del CP que establece para los delitos de los capítulos anteriores, un aumento de las penas de una tercera parte a la mitad, cuando la conducta se cometa sobre una cosa cuyo valor fuere superior a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, o que siendo inferior, haya ocasionado grave daño a la víctima, atendida su situación económica, quedando de esta forma la pena de 42,66 a 135 meses de prisión.
Para el Despacho es claro que el señor Alejandro Luis Mallama Revelo, se aprovechó del mal estado de salud que padecía el señor Luis Figueredo, y de su inexperiencia, era una persona que no sabía leer ni escribir, solamente sabía plasmar su firma; aduce el pago de una deuda que no fue probada, no existen las letras dadas supuestamente en garantía por el señor Figueredo a su acreedor Manuel Zambrano porque fueron totas (sic) por el aquí indiciado; la señora María Visitación Rodríguez Portilla, testigo del indiciado nos dice que conoció al señor Zambrano pero respecto a la deuda y la forma de pago, se lo escuchó al mismo señor Alejandro Luis Mallama, por lo que no es cre íble su coartada; de otro lado el señor Mallama
Zambrano pero respecto a la deuda y la forma de pago, se lo escuchó al mismo señor Alejandro Luis Mallama, por lo que no es cre íble su coartada; de otro lado el señor Mallama nos dice que en agradecimiento por haberlo cuidado y por haber pagado la deuda le manifestó que le haría el traspaso del bien inmueble a su nombre, pero el tiempo que Luis Figueredo estuvo en su casa no fue mayor a los dos meses, lo cual se deduce de lo referido en la historia clínica de la Nueva Eps donde con fecha 20/09/2012 se indica en cita de control que el paciente Luis Figueredo hace un mes presentó caída desde su propia altura, presentando trauma en cadera izquierda, y falleció el 26 de octubre de 2012, es decir, que falleció a los dos meses después de haber sufrido dicha fractura, tiempo que es corroborado por los testigos de este caso; si Alejandro Mallama y los esposos Luis Figueredo y delia Cumbal eran tan allegados, por demás compadres, entonces Alejandro Mallama sabía que sus compadres eran casados, pero de manera curiosa en la escritura de compraventa No 1895 de septiembre 11 de 2012 de la Notaria Segunda de Palmira se dice que el señor Luis Figueredo es de estado civil soltero; de igual manera se desconoció los de rechos que le correspondían a la señora Delia Serafina Cumbal como esposa del señor Luis Figueredo, quienes contrajeron matrimonio el 21 de noviembre de 1964 y el señor Luis Figueredo compró el bien inmueble mediante escritura 217 de febrero 5 de 1965 de l a Notaria Primera de Palmira, cuando yaRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
mediante escritura 217 de febrero 5 de 1965 de l a Notaria Primera de Palmira, cuando yaRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
6
estaban casados, igualmente, desconoce la existencia de los hijos de la señora Delia, que aunque mayores de edad, son iletrados y quedaron desprotegidos atendiendo su situación económica, y quienes entrarían a heredar los bienes de su madre cuando ella falleciera, como en efecto sucedió, es decir. la señora Delia falleció el 12 de octubre de 2014, por ende, quienes estaban llamados a recoger su herencia eran sus dos hijos Luis Eduardo y José Humberto Cumbal; si efecti vamente el señor Luis Figueredo estaba en la plenitud de su conocimiento, qué razón tendría, entonces para dejar desprotegidos a su esposa y a los hijos de ella?, cuando el mismo Alejandro Mallama nos dice que los quería como a sus propios hijos; aprovechá ndose de estas circunstancias, el señor Mallama Revelo Obtuvo para s í un provecho ilícito, ocasionando un grave perjuicio a los señores Luis Eduardo y José Humberto Cumbal, toda vez que, aunque en el momento siguen viviendo en la casa objeto de este debate jurídico, no tienen a donde más ir a vivir, agravando así aún más su precaria situación económica”.
2.2.- El asunto fue asignado al Juzgado Quinto Penal Municipal con funciones de conocimiento de Palmira, mediante acta de reparto del 3 de julio de 2019. La audiencia
económica”.
2.2.- El asunto fue asignado al Juzgado Quinto Penal Municipal con funciones de conocimiento de Palmira, mediante acta de reparto del 3 de julio de 2019. La audiencia concentrada se llevó a cabo el 5 de marzo de 2020. En esa diligencia se verificó el traslado del escrito de acusación sin que se hubiere presentado alguna modificación o solicitud de aclaración o corrección por parte de la Defensa u otros inte rvinientes. El Despacho reconoció la calidad de víctimas de los señores Luis Eduardo y José Humberto Cumbal. Igualmente, procedió a resolver las solicitudes probatorias de las Partes.
2.3.- El juicio oral se desarrolló en sesiones del 15 de junio y 29 de noviembre de 2021. La Fiscalía presentó su teoría del caso; se ingresó la única estipulación probatoria (plena identidad del procesado ); se adelantó la práctica probatoria y las Partes presentaron los alegatos de conclusión.
2.3.1.- Pruebas.
Fiscalía.
(i) Ángela Marcela Sánchez Romero . Técnica investigadora del CTI de la Fiscalía General de la Nación. Está vinculada a la institución desde hace 20 años. Le corresponde apoyar las investigaciones en el campo técnico y científico. En este caso realizó una búsqueda selectiva en bases de datos. La actividad concreta era presentarRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
7
unas solicitudes a la Nueva EPS y Comfenalco EPS. Solamente obtuvo respuesta de
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
7
unas solicitudes a la Nueva EPS y Comfenalco EPS. Solamente obtuvo respuesta de la Nueva EPS. Elaboró un primer informe en el que se relacionan los oficios que fueron remitidos a las dos entidades prestadoras de salud. En un segundo informe plasmó la respuesta recibida por parte de la Nueva EPS , referente a la obtención de la historia clínica del señor Luis Figueredo. La historia clínica se obtuvo en 5 folios remitidos por la Nueva EPS . A través de esta testigo se incorporaron los referidos informes y sus anexos.
(ii) Nury Derly Arango Hidalgo . Investigadora del CTI. Le corresponde recibir entrevistas; hacer verificaciones; solicitar documentación; interrogatorios; arraigos; reseñas de cadactilares; notificación a indiciados de la investigación, entre otras. En este caso llevó a cabo labores de policía judicial en cumplimiento de una orden emitida por la fiscal. En este asunto se investigó un presunto delito de abuso de condiciones de in ferioridad en relación con una compraventa de un inmueble. Dentro de las actividades que le correspondió ejecutar, se encuentran la entrevista a la señora Lucía Obando Cuero, denunciante; entrevista a las víctimas Luis Eduardo y José Humberto Cumbal; solicitar el certificado de tradición de un inmueble a la oficina de instrumentos públicos; obtener la fotocopia de la escritura pública de la Notaría Segunda de Palmira; solicitar y obtener la web service de la Registraduría Nacional del señor Luis Figueredo Gil; realizó interrogatorio, arraigo y registro decadactilar al señor Alejandro Luis Mallama, entrevistó al abogado Luis Herney Rivera Pérez; solicitó historia clínica del
solicitar y obtener la web service de la Registraduría Nacional del señor Luis Figueredo Gil; realizó interrogatorio, arraigo y registro decadactilar al señor Alejandro Luis Mallama, entrevistó al abogado Luis Herney Rivera Pérez; solicitó historia clínica del señor Luis Figueredo Gil en la Clínica Palmira. Los resultados de esas labores están consignados en un informe de campo. La solicitud realizada a la Oficina de Instrumentos Públicas fue en relación con el inmueble ubicado en el barrio Libertad de Palmira, calle 40 no.9A 22 . Refirió lo que le relataron las víctimas en las entrevistas que les practicó. Al practicarle la entrevista a la denunciante Lucía Obando Cuero, ella aportó la fotocopia de unas escrituras . También se refirió al relato del abogado Luis Herney Rivera Pérez, entrevistado, quien aparece como firmante a ruego en la escritura de compraventa entre el señor Luis Figueredo y el procesado. Obtuvo el registro civil de defunción de Luis Figueredo. Contrainterrogatorio. Ofició a instrumentos públicos para obtener certificado de tradición de inmueble a nombre del señor Luis Figueredo; hasta el momento en que rindió el informe no le había llegado respuesta. Posteriormente, recibió una en la que le manifestaron que a nombre delRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
8
citado individuo no había inmuebles registrados. Redirecto. Dicha respuesta se aportó a la carpeta investigativa . (A través de esta testigo se incorporó el informe y los documentos obtenidos durante la etapa investigativa).
8
citado individuo no había inmuebles registrados. Redirecto. Dicha respuesta se aportó a la carpeta investigativa . (A través de esta testigo se incorporó el informe y los documentos obtenidos durante la etapa investigativa).
(iii) Lucía Obando Cuero. Denunciante. Adujo que se encuentra en esta diligencia por el proceso de los “ mellizos”. Sobre el asunto, rela tó lo siguiente: “ una persona muy allegada a la familia de ellos, entonces pues se ha querido aprovechar de la situación de ellos, de esa familia, de los mellizos y de la mamá, pues la mamá falleció en el 2014 y pues ahí han quedado unos muchachos, entonce s esa persona que es un amigo quiere sacarlos a ellos de ahí de la propiedad, entonces ese es el problema, de que yo me metí ahí a ayudarles para que pues no los sacaran de ahí de la casa porque pues ellos son unas personas vulnerables, entonces, verdadera mente, ahí estoy ayudándoles a que no los saquen de ahí de su propiedad”. La persona que dice se aprovechó de los mellizos se llama Alejandro Luis Mallama. Él tenía una amistad con el padrastro de los mellizos. Cuando llegó el recibo predial del inmueble s e enteraron que ya no estaba a nombre del señor Luis Figueredo; en ese momento fue cuando acudió a la fiscalía para formular la denuncia. Firmó la denuncia. La interpuso el 2 de septiembre de 2013. Dijo que los mellizos son unas personas que tienen sus “problemas” y no sabían qué hacer, por eso les ayudó a interponer la denuncia en la fiscalía. No habló con el señor Mallama, él no volvió donde la familia. Conoció al señor
“problemas” y no sabían qué hacer, por eso les ayudó a interponer la denuncia en la fiscalía. No habló con el señor Mallama, él no volvió donde la familia. Conoció al señor Mallama porque la testigo vivió un tiempo en la casa de la víctima porque ellos arrendaban habitaciones y a ese lugar iba el acusado porque eran paisanos de Pasto. Desconoce la ubicación del procesado, solo sabe que vive en el barrio Zamorano. Los mellizos no recibieron dinero de la venta del inmueble. El señor Luis Figueredo estaba muy del icado de salud en el tiempo en que el procesado se lo llevó; al tiempo se conoció que había fallecido. A Luis Figueredo se le olvidaban las cosas; en ocasiones salía y no recordaba dónde vivía para regresar, había personas que debían llevarlo a su casa. Él tenía bastantes años , cree que 91. No sabe si recibió alguna atención psiquiátrica. Luis Figueredo estuvo en la casa de Alejandro Mallama por espacio de 2 meses aproximadamente, no fue mucho tiempo. Se lo llevó para ayudarlo a “lidiar” porque la pareja también estaba enferma. Contrainterrogatorio. Conoció al señor Luis Figueredo. Él era pensionado del ingenio Manuelita, era cortero de caña. El predio lo consiguió por medio de la empresa Manuelita. Vivió en esa casa entre 7 u 8 años. EsRadicado: 76520-60-00-181-2013-02252-01
Acusado: Alejandro Luis Mallama Revelo Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
9
ama de casa. No cuenta con la capacidad para determinar si una persona tiene alguna enfermedad mental; lo único que puede aportar es que su compadre Luis Figueredo ya
Delitos: Abuso de condiciones de inferioridad.
9
ama de casa. No cuenta con la capacidad para determinar si una persona tiene alguna enfermedad mental; lo único que puede aportar es que su compadre Luis Figueredo ya tenía una avanzada edad y cuando salía se le olvidaba el camino de regreso a la casa. No presenció la negocia ción del inmueble entre Luis Figueredo y Alejandro Luis Mallama. Reiteró que se enteraron un año después cuando llegó el recibo predial a la casa. Aclaratoria del Despacho . José Humberto y Luis Eduardo Cumbal eran los hijos de la esposa de Luis Figueredo. Dijo que el señor Figueredo los reconoció como hijos porque en la partida de matrimonio aparecen legitimados. Alejandro Luis Mallama se llevó a la víctima para su casa y a los dos meses falleció; él fue quien reclamó las cenizas, no dejó que lo hiciera la esposa o los mellizos. Alejandro Mallama se llev ó a Luis Figueredo para ayudarlo a cuidar porque estaba muy delicado de salud. El señor Figueredo murió en el año 2012 y su esposa falleció en el año 2014. Ella se llamaba Delia Serafina Cumbal Escobar. Tambi én estaba muy delicada de salud. Cree que la casa tiene un valor aproximado de 60 o 70 m