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TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-182-2019-00111-01-(22-02-2022)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-520-60-00-182-2019-00111-01-(22-02-2022)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD PENAL - Es la excepción al principio de legalidad y por él se pueden aplicar normas posteriores a la comisión de la conducta punible únicamente si benefician al procesado/PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD PENAL - Constituye una excepción a la regla general según la cual las leyes rigen hacia el futuro, en la medida que las favorables pueden aplicarse a situaciones que ocurrieron antes de entrar en vigencia y aplica tanto en materia de normas sustanciales como de disposiciones procesales/PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD PENAL - Tiene la potencialidad de alterar la regla general de aplicación inmediata de la nueva norma procesal siempre que esta sea desfavorable y admite, en consecuencia, la posibilidad de recurrir a la norma preexistente a la comisión de la conducta punible, a la derogada de manera ultractiva, o la coexistente/PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y FAVORABILIDAD PENAL - La pretensión del impugnante, orientada a la no aplicación al denunciado de las leyes vigentes al momento de la comisión de los hechos para recurrir a normas posteriores desfavorables que impiden la declaración de la prescripción de la acción penal, es inaceptable y evidentemente inconstitucional/PRECLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN - La norma vigente al momento de los hechos le permite al procesado beneficiarse con su declaración a causa de la prescripción de la acción penal. SALVAMENTO DE VOTO - DR. JAIME HUMBERTO MORENO ACERO: PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL - La Sala debió tener en cuenta y aplicar de manera retroactiva la Ley 1154 de 2007 que establece,

para el caso de los delitos sexuales contra menores de edad, un término de prescripción de 20 años contados a partir del momento en que la víctima cumpla la mayoría de edad, y considerar que si en vigencia de dicho plazo la Fiscalía General de la Nación materializa la resolución de acusación o la formulación de imputación, el fenómeno jurídico de la prescripción de la acción penal se interrumpe y comienza a correr de nuevo por la mitad del término común indicado en la norma, es decir, 10 años. Auto de segunda instancia (AC-321-21) del 22 de febrero de 2022, con ponencia del Dr. José Jaime Valencia Castro. Decisión: confirma el auto apelado.

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