TSDJ BUG SP - 76-520-60-01-182-2018-00229-01-(15-03-2022)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-520-60-01-182-2018-00229-01-(15-03-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2022
HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - Son los que pueden ser subsumidos en las respectivas normas penales/FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN - La fiscalía omitió expresar su hipótesis fáctica de lo ocurrido o hacer juicio de imputación, cometió el error de confundir elementos materiales probatorios con hechos jurídicamente relevantes y al referirse a estos de manera genérica impidió adecuarlos a un tipo penal determinado/ACTOS SEXUALES - No están definidos en la ley, pero deben entenderse como aquellos por medio de los cuales el agente busca satisfacer sus necesidades eróticas o liberar su lascivia sin penetración o introducción del miembro viril por vía anal, vaginal u oral de la víctima, o sin penetración vaginal o anal con cualquier otra parte de su cuerpo o algún objeto/ACTOS SEXUALES - Para que tengan relevancia penal debe concurrir, como componente subjetivo, el interés sexual del agente/ NULIDAD POR VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - La fiscalía, en la formulación de imputación se limitó a expresar que el procesado tocó a la menor, pero cometió el error de no expresar las partes del cuerpo objeto de tocamientos ni con qué se hicieron o la finalidad de los mismos y esas afirmaciones etéreas, sin respaldo en hechos concretos, impiden adecuar lo narrado al delito de actos sexuales con menor de 14 años. Auto de segunda instancia (AC-426-21) del 15 de marzo de 2022, con ponencia del Dr. José Jaime Valencia Castro. Decisión: anula la actuación desde la audiencia de formulación de imputación.