TSDJ BUG SP - 76-520-6000-181-2021-50244-01-(29-09-2025)
Tribunal Superior de Buga
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-520-6000-181-2021-50244-01-(29-09-2025)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2025
HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - “En el ámbito penal, la relevancia jurídica de un hecho depende de su correspondencia con los presupuestos fácticos de la con secuencia prevista en la norma”. Es un derecho del procesado, porque le permiten conocer exactamente la acción u omisión respecto de la cual va a tener que defenderse y e l delito objeto de la acusación/HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - Es posible que la fiscalía carezca de la información sobre la circunstancia de tiempo en el que presuntamente se ejecutó la conducta punible objeto de acusación. Al respecto, el mismo Alto Tribunal precisó que, si bien la fecha de los hechos constituye un dato que idealmente debe incluirse en el escrito de acusación, su ausencia no invalida dicho acto ni el trámite en general, por no tratarse de un aspecto jurídicamente relevante/NULIDAD POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO - La Sala considera que la situación planteada por el recurrente no configura una irregularidad sustancial que comprometa el debido proceso o afecte de maner a significativa el derecho de defensa del procesado. Esta conclusión porque tal como lo ilustra la jurisprudencia citada, para la satisfacción del presupuesto de la imputación fáctica basta que la Fiscalía presente al acusado una narración fáctica detallada y suficiente de la acción u omisión atribuida a título de autor o partícipe para ejercer su derecho de defensa, en la medida que se ajusta a uno de los delitos consagrados en el estatuto penal/NULIDAD POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO - Si el abogado defensor advierte que dado el rango de tiempo en el que pudo ocurrir la conducta imputada, el procesado aún era menor de edad, debe procurar construir una teoría del caso a partir de
defensor advierte que dado el rango de tiempo en el que pudo ocurrir la conducta imputada, el procesado aún era menor de edad, debe procurar construir una teoría del caso a partir de la falencia de la fecha de ocurrencia de la acción típica. Esa es la labor de la defensa técnica, preparar a partir de los hechos jurídicamente relevantes y de los elementos materiale s probatorios descubiertos por el ente investigador, además de los obtenidos por su cuenta, las estrategias jurídicas para ejercer su labor en el juicio oral y concretarlas en los alegatos de conclusión en aras de procurar la absolución de su prohijado si consigue persuadir de su relevancia, para poner al menos en duda la tipicidad de la conducta/NULIDAD POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO - el panorama descrito evidencia la carencia d e sustento del reparo formulado en la solicitud de nulidad, toda vez que la defensa no logra acreditar deficiencias sustanciales en la exposición de los hechos jurídicamente relevantes que incidan de manera determinante en el ejercicio de su misión. Por el contrario, de las circunstancias acreditadas se desprende con claridad que el procesado conoce los hechos con relevancia jurídica y cuenta con la oportunidad de allegar los medios necesarios para controvertir la teoría del caso de la Fiscalía. En consecuencia, la negativa de la nulidad será confirmada.
Auto de segunda instancia (AC-282-25) del 29 de septiembre de 2025, con ponencia de la Dra. Martha Liliana Bertín Gallego. Decisión: confirma el auto apelado.