🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TSDJ BUG SP - 76-736-60-00-186-2012-00092-01-(05-10-2015)

Tribunal Superior de Buga

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-736-60-00-186-2012-00092-01-(05-10-2015)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2015

@ " " i i S s t

SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA é

JUSTICIA PENAL

TRIBUNAL SUPERIOR

ERES

E X C E L E N C IA

BUGA ÉTICA Código: Versión: Fecha de aprobación: GSP-FT-09 2 22/05/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente: MARTHA LILIANA BERTIN GALLEGO Radicación: 76736-60-00-186-2011-0092-01/AC-486-14

Guadalajara de Buga, cinco de octubre de dos mil quince (2015) Aprobado según Acta 341

1. OBJETIVO Se decide el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación, a través del Delegado Fiscal Séptimo Seccional del municipio de Sevilla (Valle), en contra de la sentencia 059 emitida el 10 de octubre de 2014 por el Juzgado Penal del Circuito de la misma localidad, a través de la cual se absolvió a SEBASTIAN MORA

VILLAMOR, de los delitos de HOMICIDIO AGRAVADO, FABRICACION TRÁFICO Y

PORTE O TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO, ACCESORIOS, PARTES O

MUNICIONES, Y EXTORSION EN GRADO DE TENTATIVA.

2. ANTECEDENTES 2.1-. Los hechos se consignaron en el Escrito de Acusación, como sigue: "El 9 de diciembre de 2011 a las 18:40 horas la central de radio de la policía Sevilla, Tokio 3,

reporta un hecho de sangre en la calle 50 A No. 42-43, barrio San José, en el cual resultó

"El 9 de diciembre de 2011 a las 18:40 horas la central de radio de la policía Sevilla, Tokio 3, reporta un hecho de sangre en la calle 50 A No. 42-43, barrio San José, en el cual resultó herido con arma de fuego el señor JHON JAIRO TOVAR GARZÓN, quien fue trasladado al hospital centenario de Sevilla, lugar hasta donde llegó personal de la Unidad Básica de Investigación, y conversaron con el señor RUBEN DARIO IMBACHIALGADO, quien mediante ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión entrevista rendida el mismo día, informó que eran más o menos las 06:30 horas, se encontraba con su madre LUZ ELENA SALGADO, tres hermanos menores de nombre JEISON, LISETH Y JUAN DAVID, y su padrastro de nombre JHON JAIRO conocido con el apodo de MILLER, cuando él estaba sentado en el andén de la casa y vio que venían de la otra cuadra calle 51, dos sujetos a pie, uno de aproximadamente 19 años, contextura delgada, estatura alta, quien tenía vestía (sic) gorra blanca, un buzo de capota y tenía la capota puesta, color negro y el otro de más o menos 20 años, de estatura baja, gordito cachetoncito, cejon,

estatura alta, quien tenía vestía (sic) gorra blanca, un buzo de capota y tenía la capota puesta, color negro y el otro de más o menos 20 años, de estatura baja, gordito cachetoncito, cejon, cabello corto tenía puesto un buzo negro, pantalón azul, haciendo la claridad que a los dos los había visto con anterioridad, pero no sabe sus nombres ni su lugar de residencia, pero que está en capacidad de reconocerlos si los vuelve a ver. Asegura que los había visto anteriormente porque habían ido tres veces a la casa a cobrarle una vacuna a MILLER, desconoce qué clase de vacuna y porque motivo, dice que llegaron a la casa y preguntaron inicialmente por LUZ ELENA, refiriéndose a su mamá, quien los atendió y les preguntó que qué querían y el sujeto gordito le dijo a su compañero que preguntara por MILLER, atendió la orden, preguntó por MILLER, en ese momento salió su padrastro MILLER, y les dijo que necesitaban y el sujeto gordito sacó un arma de fuego y le disparó, sabe que era un revolver, porque lo observó cuando lo sacó , y el sujeto le descargó todo el tambor, fueron seis disparos, pero sólo uno impactó en el estómago de MILLER, advirtiendo que esos disparos los hicieron por la ventana de la casa. Dice que a MILLER lo conoce hace dos años pero él hace 14 que convive con su madre LUZ ELENA, quien el día anterior 8 de diciembre, había llamado a la policía para informarles sobre la situación que se estaba presentando con esos individuos acerca de la vacuna, y en el comando lo único que hicieron fue identificarlos y luego dejarlos ir porque no les encontraron ninguna arma, ni nada que diera para su captura...’’1.

a la policía para informarles sobre la situación que se estaba presentando con esos individuos acerca de la vacuna, y en el comando lo único que hicieron fue identificarlos y luego dejarlos ir porque no les encontraron ninguna arma, ni nada que diera para su captura...’’1. Según informe de Inspección Técnica a Cadáver2 , John Jairo Tovar Garzón falleció el 13 de enero de 2012, determinándose como causa de la muerte homicidio con arma de fuego. 2.2 Se emitieron por el Juzgado Tercero Penal Municipal con función de control de garantías de Sevilla (Valle), sendas órdenes de captura en contra de YEISON ANDRES GRAJALES TORRES y SEBASTIAN MORA VILLAMOR, presuntos coautores de la ilicitud, lográndose la aprehensión del segundo de los citados, el 16 de 1 Fls. 15 a 20 de la carpeta 2 Fls. 132 a 136 n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión marzo de 2011. En audiencias preliminares instaladas el 17 del mismo mes y año ante el Despacho de turno, Juzgado Segundo Penal Municipal de Tuluá, la Fiscalía endilgó cargos a MORA VILLAMOR, como posible coautor de los delitos de HOMICIDIO

el Despacho de turno, Juzgado Segundo Penal Municipal de Tuluá, la Fiscalía endilgó cargos a MORA VILLAMOR, como posible coautor de los delitos de HOMICIDIO AGRAVADO (art. 103-104, num. 7 C.P), FABRICACION, TRÁFICO, PORTE O TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO, ACCESORIOS, PARTES O MUNICIONES (ART. 365 C.P) y EXTORSION EN GRADO DE TENTATIVA (art. 244-27 C.P), todo lo anterior en modalidad concursal (art. 31 C.P). El imputado no aceptó los cargos y se le afectó con medida de aseguramiento privativa de la libertad, según el artículo 307, literal A, num. 1 de la Ley 906 de 2004. 2.2. - La acusación se formuló el 4 de junio de 20 1 23, ante el Juzgado Penal del Circuito de Sevilla (Valle), por idéntica imputación jurídica a la precisada en audiencia preliminar. No se enrostraron causales de incompetencia, impedimento ni recusación, ni se hicieron observaciones al Escrito de Acusación. La Fiscalía efectuó el descubrimiento de los medios de convicción que soportarían la teoría del caso, la defensa adujo realizarlo en audiencia preparatoria. 2.3. - La audiencia preparatoria se instaló el 26 de febrero de 20134 , luego de varios aplazamientos. 2.4. - El juicio oral se instaló el 3 de mayo de 2013 fecha en la cual la Fiscalía presentó la teoría del caso. Posteriormente se desarrolló en sesiones del 12 de diciembre de

aplazamientos. 2.4. - El juicio oral se instaló el 3 de mayo de 2013 fecha en la cual la Fiscalía presentó la teoría del caso. Posteriormente se desarrolló en sesiones del 12 de diciembre de 2013, 25 de marzo, 8 y 9 de julio de la misma anualidad, dictándose en la última fecha, sentido de fallo absolutorio. La lectura de fallo se cumplió el 10 de octubre de 2014. La Fiscalía apeló la decisión. En la sesión del 12 de diciembre de 2013, se dio lectura a los hechos estipulados, detallándose como tales, los consignados en los siguientes elementos materiales probatorios: i) el informe pericial de necropsia 20120101760010001315 que da cuenta 3 Fls. 33-34. CD adjunto. 4 Fls. 70 a 75 5 Fls. 126 a 130 n tCGp íooo ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión de la muerte violenta de Jhon Jairo Tovar Garzón, ocurrida el 13/01/2012 a las 21:50 horas (homicidio-trauma penetrante por proyectil de arma de fuego); (ii) Historia Clínica del Hospital Departamental Centenario de Sevilla6 donde se consigna la atención de

horas (homicidio-trauma penetrante por proyectil de arma de fuego); (ii) Historia Clínica del Hospital Departamental Centenario de Sevilla6 donde se consigna la atención de urgencias prestada al occiso el 9 de diciembre de 2011, resaltándose “...Motivo de la consulta: PACIENTE TRAIDO POR POLICIA CON HERIDA POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO.Enfermedad Actual: PACIENTE QUIEN HACE 3 MINUTOS SUFRE HERIDA POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO EN ABDOMEN, ALGIDO, IRRITABLE, SANGRADO Y ACTIVO”; (iii) Acta de Inspección Técnica a Cadáver7 Alude el encargado de la acusación que en conjunto con la Defensa han acordado dar por probado que el ciudadano Tovar Garzón fue ultimado con arma de fuego, siendo atendido en el centro hospitalario del municipio de Sevilla y luego remitido a la ciudad de Cali, donde falleció el 13 de enero de 2012. Respecto a los elementos estipulados la defensa aclara que no concierta en relación con el supuesto móvil del homicidio, consignado tanto en el informe pericial de necropsia “.p o r cobrarle una plata que él no tenía, le dispararon”, como en la Inspección Técnica a cadáver “.s e acercaron 2 tipos a la residencia de mi hermano a cobrar 100.000 pesos pero él no los tenía y le dispararon.”, información aportada por el hermano del obitado. En el desarrollo de la vista pública, se escucharon los siguientes testimonios: 2.4.1.- POR LA FISCALIA: Sesión del 12 de diciembre de 2013.

dispararon.”, información aportada por el hermano del obitado. En el desarrollo de la vista pública, se escucharon los siguientes testimonios: 2.4.1.- POR LA FISCALIA: Sesión del 12 de diciembre de 2013. i) Luz Elena Salgado Ramírez. Fue la compañera permanente de Jhon Jairo Tovar Garzón, convivió 15 años con él, hasta diciembre de 2011, la causa de la separación fue la muerte del citado. Narra que hacía cuatro meses habían llegado del Caquetá donde tenían una finca, desde donde les giraban dinero, en Sevilla no se dedicaban a ninguna actividad. Recuerda que en el mes de diciembre de 2011 llamaron a su compañero para exigirle dinero, narrando que le dijeron que estaba cobrando una vacuna y que si no la daba ya sabía que le pasaba, después volvieron a llamar, aunque 6 Fl. 131 7 Fls. 132 a 136 ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.co isa 90 0 1

B k l ü J n k J n tCGp IODORADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14

ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión siempre hablaba lejitos de ella, le había contado que le exigieron cien mil pesos y que si no los daba ya sabía que le pasaba, las llamadas se hicieron dos veces a un celular, su compañero no le dijo quien lo llamaba, no le

siempre hablaba lejitos de ella, le había contado que le exigieron cien mil pesos y que si no los daba ya sabía que le pasaba, las llamadas se hicieron dos veces a un celular, su compañero no le dijo quien lo llamaba, no le daba nombres, una vez esas personas fueron a buscarlo pero no arrimaron a la casa, lo llamaron a la esquina, allá hablaron con él, ella lo supo porque Jhon Jairo se lo dijo, que habían ido dos muchachos y le habían dicho de la plata que le estaban pidiendo, ella estaba en la cocina, no se asomó, recuerda que eso fue el 7 de diciembre, cuando fueron a la casa, él estaba afuera poniendo unas calcomanías a una cicla y ahí lo llamaron, no pagó el dinero que le exigían, le pedían ese dinero porque él vendía droga, no sabía quién le pedía el dinero, cuando lo hirieron ella le preguntaba que quién fue, que si habían sido los que fueron primero a pedirle la plata y él le dijo que no, que fueron los que volvieron después, que no eran los mismos, le nombraba un “gordo”, que al otro no lo reconocía, no le daba el rostro, no se le arrimaba si no uno, aduce no haber visto a esas personas. Respecto a los hechos donde resultó herido su compañero, recuerda que fue el viernes nueve de diciembre, dos días después de que fueron a pedirle dinero, narrando “ese jueves llegaron y tocaron la ventana, entonces yo abrí la ventana cuando me dijeron que llamara a “Miller” y pues como él estaba al ladito mío el escuchó y ahí mismo salió, o salió no, se vino caminando hacía la ventana y entonces dijo que pasa con Miller, y ahí

abrí la ventana cuando me dijeron que llamara a “Miller” y pues como él estaba al ladito mío el escuchó y ahí mismo salió, o salió no, se vino caminando hacía la ventana y entonces dijo que pasa con Miller, y ahí empezaron a dar bala así de la mitad de la calle”. Agrega que ella fue quien abrió la ventana, vio una persona bajita, gordo, no miró el rostro porque tenía un gorro, no recuerda más, tenía un saco negro, eran como las siete de la noche, en su casa estaban la niña Lizeth, Juan David y Jeison, pero ellos estaban adentro, los hechos ocurrieron en la calle 50 A NO. 42-43 del barrio san José, escuchó como cuatro detonaciones, estaba cuando sonaron tres disparos en la ventana, luego corrió hacia la escalera, no vio el arma, no reconoció a la persona que estaba disparando, la calle es oscura, no lo había visto antes, dice que su compañero no alcanzó a mirar ni a hablar con quién le disparó porque apenas iba para la ventana le dispararon, no había otros testigos, su hijo Rubén Darío dice que estaba al frente, pero a ella no le consta que hubiera visto por qué él salió para donde la novia. Describe la casa donde viven como de dos pisos, ventana grande de rejas, vidrios polarizados, la luz estaba apagada adentro de la casa y en la calle no hay luz, como a un metro o metro y medio vio a la persona que disparó, en la mitad de la calle, no sabe qué hace la persona que dispara porque luego de tres disparos ella corrió hacia arriba. Sobre los mismos hechos rindió versión a los agentes de la SIJIN, a ellos le contó

persona que disparó, en la mitad de la calle, no sabe qué hace la persona que dispara porque luego de tres disparos ella corrió hacia arriba. Sobre los mismos hechos rindió versión a los agentes de la SIJIN, a ellos le contó lo que había ocurrido, la buscaron varias veces para firmar la diligencia, no recuerda cuando dio la versión, luego de los hechos vino como a los ocho o n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión diez días y dio una declaración, no recuerda si firmó, en esa oportunidad no describió a las personas que ultimaron a su esposo, cuando lo llamaron a la esquina a pedirle plata tampoco los miró, llamaron a la estación de policía el 7 de diciembre para informar sobre la extorsión, Miller habló manifestando que lo habían amenazado y que le estaban pidiendo plata, allí le contestaron que ellos ya habían cogido a unos muchachos, como a cuatro, que no les habían encontrado nada, ni arma ni nada. Continúa la testigo mencionando que en la Estación de Policía le mostraron unos libros donde habían unos muchachos que a ver si los reconocía, refiriendo “...yo no reconocí a ninguno porque yo no les vi el rostro, pero con lo que decían ellos que a esos muchachos los habían cogido hace tres días, dos días

donde habían unos muchachos que a ver si los reconocía, refiriendo “...yo no reconocí a ninguno porque yo no les vi el rostro, pero con lo que decían ellos que a esos muchachos los habían cogido hace tres días, dos días antes, ellos decían que esos podían ser porque esos eran los que estaban por esos lados.yo no los reconocí, yo les dije que ninguno de esos era ...” No recuerda quienes estuvieron presentes en la diligencia de reconocimiento, estuvo en dos reconocimientos, en la Estación de Policía donde le mostraron un libro, en esa oportunidad no reconoció a nadie y luego hizo otro en la cárcel, pararon siete muchachos y se le hizo parecido uno, pero ese no era. Cuando rindió la entrevista a la Policía les dijo que no había necesidad de protección, que ella no había vuelto a ver a nadie que la estuviera amenazando y nadie le ha indicado como declarar. La Fiscalía impugna la credibilidad de la testigo, poniendo de presente la evidencia No. 1 8 “Entrevista FPJ-14 del 08 de enero de 2012”. La testimoniante afirma que efectivamente rindió esa entrevista, reconociendo la firma plasmada en el documento como la suya y procediendo a su lectura. De los apartes relevantes se extracta: “.m ire el día viernes nueve de diciembre del año 2011 como a eso de las seis y media o siete de la noche cuando yo me encontraba en mi casa que queda en el barrio San José junto con mis hijos y mi marido de nombre Jhon Jairo Tovar a quien en el pueblo lo conocen como Miller, alguien tocó la puerta varias veces entonces yo abrí la ventana y vi que eran dos muchachos

en el barrio San José junto con mis hijos y mi marido de nombre Jhon Jairo Tovar a quien en el pueblo lo conocen como Miller, alguien tocó la puerta varias veces entonces yo abrí la ventana y vi que eran dos muchachos jóvenes, unos muchachos que yo ya había visto antes ya que desde hacía como cuatro días estos jóvenes estaban yendo a la casa de decir que venía de parte de un tal mono y que les teníamos que dar cien mil pesos semanales de vacuna, si no queríamos que nos mataran a mí, a mi marido y a mis hijos...la primera vez que fueron esos pelaos a la casa fue el seis de diciembre como a las tres de la tarde, mi marido y yo estábamos afuera de la casa sentados en el andén conversando cuando llegaron y nos preguntaron a quién era Miller, mi marido se paro y les contestó que él, entonces estos pelaos lo miraban y el más cachetón le dijo mire, usted 8 8 Fls. 137-138 n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión sabe a qué venimos por que a usted ya lo llamaron y sabe que tiene que darnos la plata, entonces Miller les dijo que no les iba a dar ni un peso primero porque ya no vendía esa vaina, segundo porque al único que le estaban pidiendo vacuna era a él y además porque no le habían mandado

darnos la plata, entonces Miller les dijo que no les iba a dar ni un peso primero porque ya no vendía esa vaina, segundo porque al único que le estaban pidiendo vacuna era a él y además porque no le habían mandado ninguna mercancía para vender...la segunda vez que vi a esos tipos fue el día de las velitas como a las siete de la noche, nosotros estábamos en el andén, Miller y yo y los niños, estábamos prendiendo las velitas cuando llegaron nuevamente esos dos muchachos, iban vestidos con la misma ropa de la vez anterior, buzos de capota negra, manga larga, los dos, el cachetón llevaba jean de color negro y el flaco llevaba sudadera de color negro, esos pelaos dejaron la moto abajo y subieron hasta la casa a pie y llamaron a Miller y le dijeron que venían por la plata.por lo que había pasado yo llamé a la estación de Policía de Sevilla y conté lo que nos había ocurrido y les di la descripción de los tipos y el policía que me contestó el teléfono me dijo que a esos tipos los habían cogido en la tarde por que otras personas habían llamado a decir lo mismo que informaba yo, pero como no les habían encontrado nada como armas o droga los habían identificado y los habían tenido que dejar ir, yo recuerdo muy bien a esos dos tipos ya que los vi varias veces, uno de ellos el cachetón era más o menos bajito de por ahí 1.55 metros o 1.60, era de piel blanca más o menos, nariz chatica, cejas tupidas, abundantes, de ojos como claros tirando a miel, eran grandes, era como acuerpadito, el otro muchacho era flaco, más alto de más o menos 1.75 de estatura, piel blanca, más o

menos, nariz chatica, cejas tupidas, abundantes, de ojos como claros tirando a miel, eran grandes, era como acuerpadito, el otro muchacho era flaco, más alto de más o menos 1.75 de estatura, piel blanca, más o menos, cabello color negro, liso, ojos color café, nariz recta, boca pequeña, casi no hablaba, esos dos tipos que le describo fueron los que llegaron ese día viernes nueve de diciembre como le dije al principio y cuando yo abrí la ventana y vi que eran esos mismos muchachos de los que he hablado, les dije miren ya les dijimos que nosotros no les vamos a dar plata, entonces el cachetón me dijo entonces llame a Miller, pero yo no lo llamé por que vi que Miller tenía la mano atrás y pensé que de pronto tenía algo, pero como Miller había escuchado se vino hacia la ventana y dijo que pasa con Miller yo ya les dije que no estoy trabajando con eso y plata de donde les voy a dar, en ese momento uno de esos muchachos, el cachetón, bajito, sacó un arma de fuego que yo no alcancé a ver bien y le disparó en el estómago, pero mi hijo que estaba en el andén si vio bien que arma era, en ese momento todo fue confusión y los tipos se fueron a pie, el que disparó era el bajito como acuerpadito, cachetón, ojos como miel, más o menos de dieciocho a veinte años, yo lo recuerdo bien porque era el que nos estaba pidiendo la vacuna, ese día llevaba gorra, el otro tipo era alto delgado y como blanco de ojos pequeños, cabello negro de más o menos 18 a 20 años, ese día iban vestidos con la misma ropa que habían ido los días n tCGp IODO

pidiendo la vacuna, ese día llevaba gorra, el otro tipo era alto delgado y como blanco de ojos pequeños, cabello negro de más o menos 18 a 20 años, ese día iban vestidos con la misma ropa que habían ido los días n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión anteriores, después de eso ellos se fueron caminando como si nada...después ustedes los de la SIJIN entrevistaron a mi hijo pero yo no pude ser entrevistada ese día por que como a mi marido lo remitieron para Zarzal por la gravedad de las heridas, yo me tuve que ir en la ambulancia con él...PREGUNTA: desea agregar o decir algo más a la presente diligencia de entrevista. RESPUESTA: si, mire yo sé que así como atentaron contra la vida de mi marido, también me pueden hacer lo mismo a mi o a mis hijos, además por lo que yo estoy contándoles sé que mi vida está corriendo peligro por eso le pido a la Fiscalía que por favor hagan algo para protegemos a mi familia a mi marido y a mí, porque si no yo sé que nuestras vidas están en peligro ...” Itera la deponente que es su firma la plasmada en el documento, no obstante dice que se ha escrito más de la cuenta, afirmando que ella no dijo que ya los había visto, que ella si los

nuestras vidas están en peligro ...” Itera la deponente que es su firma la plasmada en el documento, no obstante dice que se ha escrito más de la cuenta, afirmando que ella no dijo que ya los había visto, que ella si los siguió en compañía de su marido, pero luego se perdieron, que ella no ha solicitado protección. Al referirse la Fiscalía a las tres oportunidades en que fueron los jóvenes a su casa, la testigo afirmó que así era, dice que la placa de la motocicleta que aportó a la Policía, se la dijo su compañero, que efectivamente habló con “Luis” en el parque, que su esposo si vendió vicio, estuvo detenido por eso y cuando salió de la cárcel ya no vendió más, afirma que llamó a la Policía para informar que había unos muchachos pidiendo dinero, cuando hirieron a Miller su hijo estaba en el andén, pero ella no lo vio, ella no lo dijo en el interrogatorio, firmó la entrevista voluntariamente, informa que su hijo Rubén Darío está en Argelia (Cauca) no tiene dirección, está en una finca. Se introduce con la testigo de acreditación, la entrevista de fecha 08 de enero de 2012. Contrainterrogatorio. Ella estaba con John Jairo Tovar el día del atentado, eso fue el viernes nueve de diciembre, cuando ocurrió el atentado escuchó los tres disparos corrió hacia el piso de arriba y luego bajó y estaba su esposo en el suelo, luego lo llevaron al hospital donde le prestaron los primeros auxilios y lo llevaron a Zarzal, allá llegaron como a las nueve o diez de la noche y luego salieron para Cali como a las dos de la mañana o tres, regresa a Sevilla como a los quince días, se quedó con

prestaron los primeros auxilios y lo llevaron a Zarzal, allá llegaron como a las nueve o diez de la noche y luego salieron para Cali como a las dos de la mañana o tres, regresa a Sevilla como a los quince días, se quedó con su esposo en el Hospital Departamental en Cali, mientras estuvo allá no rindió declaración, la rindió cuando regresó, los policiales en varias oportunidades la abordaron para que declarara, la entrevista se la tomaron en un hotel por donde ella iba pasando y ellos la llamaron, en el Hotel Pasaje Aristi que queda en La Real que es una calle del barrio San José, los policiales escribieron la declaración en una hoja grande con lapicero.

Pregunta la defensa: “. y esa fue la hoja que usted firmó? Contestó: “Ese día yo no firmé, ellos decían -usted tiene que firmar esto, usted tiene que n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad!

Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión firmar-, yo no les firmé" Los agentes de la Sijin le preguntaban lo que había pasado el día de los hechos, ellos escribían lo que ella manifestaba. El documento -entrevistaafirma que contiene lo mismo que ella expresó, no recuerda cuando la firmó, porque la hicieron firmar dos veces, otro día pasaba por el Comando y la hicieron firmar, cuando firmaba no sabía que

El documento -entrevistaafirma que contiene lo mismo que ella expresó, no recuerda cuando la firmó, porque la hicieron firmar dos veces, otro día pasaba por el Comando y la hicieron firmar, cuando firmaba no sabía que era, que los policiales le decían que ella era testigo de lo que había pasado y necesitaban una “firmita” y ella firmaba. Explica la testigo en relación con la fecha del documento (día 08mes 01-año 2012), los hechos ocurrieron el 09 de diciembre de 2011, no recuerda si cuando firmó el documento este ya estaba elaborado o los policías lo elaboraron en su presencia. Reafirma que no vio a las personas que fueron el día 07 de diciembre de 2011 a su casa a extorsionar a su esposo, porque estaban hablando en la esquina, que cuando llamó a la Policía le informaron que habían cogido a una “bandita de cuatro” que estaban cobrando dinero, además que el día de los hechos no pudo identificar a la persona que le disparó a su esposo, que no es cierto lo consignado en la entrevista respecto a haber visto a las dos personas antes, que sabía que llamaban y que un día fueron a hablar con su esposo y lo llamaron a la esquina, pero no que las haya visto, nunca vio de cerca a los muchachos por que no se dejaban ver, no los puede identificar. La defensa pregunta si en la Sala de Audiencias hay alguna persona que ella haya visto los días en que ocurrieron los hechos, precisando la declarante que no. Redirecto. La entrevistaron en el Hotel Aristi, en la entrada hay una sala y funcionaba un almacén, estaban reconstruyendo locales, la entrevistaron allí porque ella iba pasando y le dijeron que para que no la vieran entrar al

Redirecto. La entrevistaron en el Hotel Aristi, en la entrada hay una sala y funcionaba un almacén, estaban reconstruyendo locales, la entrevistaron allí porque ella iba pasando y le dijeron que para que no la vieran entrar al Comando “...para que no se fuera a calentar...”, agrega que firmó dos veces los papeles que le pasaron, pero no sabe que firmó porque no leyó. La defensa no hace uso del contraredirecto. ii) PT. Hercilio Castro Ortiz. Patrullero de la Policía Nacional hace diez años, desempeña cargo en la Policía de Vigilancia, capacitado como Técnico de Policía y Grupos Operativos, cubre un cuadrante integrado por varios barrios y está pendiente de la comunidad, labora en Corosal, corregimiento de Sevilla, para el mes de diciembre de 2011 trabaja en Sevilla de turno en vigilancia. En la data de los hechos trabajaba en el cuadrante dos que comprende el barrio San José, La Margarita, La Gotera, hacía el trabajo uniformado y acompañado del SI. Héctor Peña en motocicleta, cumplían tercer turno de dos de la tarde a diez de la noche, conoció de un procedimiento aproximadamente a las cinco o seis de la tarde, siendo n tCGp IODO ¡Comprometidos con la calidad! Calle 7 No. 14-32, Oficina 225 - Telefax mberting@cendoj.ramajudicial.gov.coRADICACIÓN: 76736-60-00-186-2011-00922-01/AC-486-14 ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión informado de la comunidad de la presencia de dos muchachos que

ACUSADO(S): Sebastián Mora Villamor DELITO: Homicidio Agravado, Fabricación, Tráfico o Porte de Armas de Fuego o Municiones Y Tentativa de Extorsión informado de la comunidad de la presencia de dos muchachos que cobraban vacunas, habiendo señalado algunas personas de la comunidad a dos jóvenes que estaban en la calle, los abordaron y les pidieron su identificación, los requisaron, uno de ellos no portaban cédula, les manifestaron que ellos no estaban cobrando dineros, los trasladaron a las instalaciones de la Sijin, allí los dejaron para ser in

Consultar sobre este documento ...