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TSDJ BUG SP - 76-736-60-00-186-2015-00658-01-(02-09-2022)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-736-60-00-186-2015-00658-01-(02-09-2022)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

ACTOS SEXUALES - No están definidos en la ley, pero deben entenderse como aquellos por medio de los cuales el agente busca satisfacer sus necesidades eróticas o liberar su lascivia sin penetración o introducción del miembro viril por vía anal, vaginal u oral de la víctima, o sin penetración vaginal o anal con cualquier otra par te de su cuerpo o algún objeto ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - Además del acaecimiento del acto sexual es imprescindible, para que la conducta tenga reproche penal, dejar en claro el interés erótico sexual del agente en la ejecución del mismo/ TESTIMONIO ÚNICO - Para condenar con fundamento en una sola prueba, esta debe ser confiable, verosímil, lógica, aceptable y sin circunstancias internas o externas que permitan dudar de su credibilidad/DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES DE EDAD - El término “corroboración periférica” es utilizado para referirse a cualquier dato que pueda hacer más c reíble la versión de la víctima/ACTOS SEXUALES CON MENOR D E 14 AÑOS – El análisis del testimonio de la menor , efectuado de manera clara, sincera , sin exageraciones ni con el propósito de causar daño injusto al causado, obliga a conc luir que no mintió y que su versión de los hechos merece a bsoluta credibilidad.

Sentencia de segunda instancia (AC-143-22) del 2 de septiembre de 2022, con ponencia del Dr. Jaime José Jaime Valencia Castro. Decisión: confirma la sentencia condenatoria.

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