TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-000-2018-02937-(03-03-2023)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-000-2018-02937-(03-03-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS - Se equivocó el juez de primera instancia, al considerar que para darle credibilidad al testimonio de la víctima de abuso sexual era indispensable el concepto de un psicólogo o un psiquiatra que certificase la veracidad o no del relato, pues la decisión, finalmente, le corresponde única y exclusivamente al funcionario judicial, quien es el llamado constitucional y legalmente a impartir justicia de acuerdo con los medios de prueba que en su presencia se practiquen/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS –El testimonio de la comisaria de familia, quien en el cumplimiento del deber legal y, de sus funciones, que para la época de los hechos establecía el artículo 86 del Código de la Infancia y la Adolescencia, recibió la denuncia y adopt ó las medidas de emergencia necesarias para su protección adecuadas, tratándose de un delito en contra de una niña es, contrario al criterio del juez de primera instancia, un medio de prueba legal, debidamente incorporado al juicio oral, a través del cual la Fiscalía corrobor ó de cierta manera las manifestaciones de la menor en el juicio oral/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS – La exclusión de la valoración de la entrevista forense practicada a la menor es decisión acertada pero irrelevante, pues lo que realmente constituye prueba es el testimonio de la víctima/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS - Los medios de prueba practicado s en el juicio oral permiten tener el conocimiento más allá de toda duda razonable acerca de la ocurrencia del delito y de la responsabilidad penal del acusado/ACTOS SEXUALES
14 AÑOS - Los medios de prueba practicado s en el juicio oral permiten tener el conocimiento más allá de toda duda razonable acerca de la ocurrencia del delito y de la responsabilidad penal del acusado/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS - No existe evidencia alguna de que el acusado, sólo por ser el vecino de la víctima, tuviera un carácter, posición o cargo que le diera autoridad sobre la menor o que por esa sola razón esta hubiera depositado en el su confianza y por ello, en consecuencia, no se incluirá la agravante del numeral 2 del a rtículo 211 del Código Penal/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS – Dosificación de la pena. Sentencia de segunda instancia (AC -154-22) del 3 de marzo de 2023, con ponencia del Dr. Álvaro Augusto Navia Manquillo. Decisión: revoca la sentencia absolutoria.