TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2017-00499-01-(07-05-2019)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2017-00499-01-(07-05-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2019
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JUSTICIA PENAL ÉT I CA BUGA Código: GSP-FT-45 V ersión: 1 Fecha de aprobación: 22/05/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente: MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Buga, Valle, siete (7) de mayo de dos mil diecinueve (2.019) Aprobado según Acta No. 96 OBJETIVO Se resuelve el recurso de apelación interpuesto por la Defensa contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Tuluá, por medio de la cual declaró penalmente responsable a Ornar Manuel Asprilla González, identificado con la cédula de ciudadanía No.1.116.259.834, del delito de Homicidio agravado en concurso homogéneo y sucesivo con la misma conducta y heterogéneo con Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego o municiones.
2. ANTECEDENTES 2.1.- Los hechos fueron referenciados por la Fiscalía en el escrito de acusación de la siguiente manera: "Se indicó en Informe de Policia de vigilancia en casos de captura en flagrancia que siendo las 04:40 horas del dia miércoles primero (1) de marzo del 2017, reciben requerimiento de la central de radio de la Policia Nacional a fin que hagan presencia
"Se indicó en Informe de Policia de vigilancia en casos de captura en flagrancia que siendo las 04:40 horas del dia miércoles primero (1) de marzo del 2017, reciben requerimiento de la central de radio de la Policia Nacional a fin que hagan presencia en carrera 49 con calle 14A-04 esquina, Barrio La Santa Cruz del Municipio de Tuluá,Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. vivienda donde se informó por un ciudadano se habían(sic) escuchado unos disparos, razón por ía cual las unidades asignadas al cuadrante se dirigen hacia dicho lugar donde observando que se trata de una casa de habitación de dos pisos y que la puerta que da acceso al segundo piso del inmueble se encontraba entre abierta, escuchando voces de auxilio, por lo cual proceden a ingresar observando en las gradas de cemento que conducen al segundo piso un cadáver [sin signos vitales] de sexo femenino, al subir al segundo piso encuentran dos niños, uno de ocho y otro de diez años y una joven quien les dio a conocer que el autor de estos hechos era el señor conocido como ASPRILLA, el cual vestía un saco negro y un pantalón oscuro, en compañía de otro conocido con el alias de CENIZA y que en el balcón se encontraba otra persona herida. Que en efecto se procedió a verificar por parte del policial WILSON REMOLINA MANRIQUE encontrando otra persona de sexo masculino sin signos vitales, momento en el cual observa desde el balcón correr por la
encontraba otra persona herida. Que en efecto se procedió a verificar por parte del policial WILSON REMOLINA MANRIQUE encontrando otra persona de sexo masculino sin signos vitales, momento en el cual observa desde el balcón correr por la calle a dos sujetos, uno de ellos de contextura delgada, aspecto afrodescendiente, el cual empuja varias puertas aledañas como intentando ingresar a las viviendas, por lo cual este advierte a su compañero de patrulla, JOSE LUIS RUEDA ALVARADO quien se encontraba frente a la vivienda y quien procede a iniciar su persecución observando que esta persona ingresa a la vivienda ubicada en la carrera 48 # 14A-44 Barrio La Cruz, por lo cual proceden los policiales a tocar en la puerta de la vivienda siendo atendidos por el señor LUIS ANTONIO PATIÑO PATIÑO el cual les permite el ingreso y a quien les dan las características de la persona que acaba de ingresar, por lo cual y acompañados de la persona que los atendió ingresan a un cuarto de madera ubicado en una azotea situada en la parte trasera del inmueble, lugar donde encuentran la persona con las características ya descritas y al cual identifican como OMAR MANUEL ASPRILLA GONZALEZ con cédula de ciudadanía N°1.116.259.834. Que una vez ya capturada esta persona se acude a la joven que se encontró antes en la vivienda y quien responde al nombre de YORLANDY ARIAS RAMÍREZ quien señalo (sic) que la persona detenida era el señor ASPRILLA y quien había disparado antes a las personas que se encontraron muertas en la vivienda.’’1 En desarrollo de los actos urgentes, se identificaron los cuerpos hallados en la escena
señalo (sic) que la persona detenida era el señor ASPRILLA y quien había disparado antes a las personas que se encontraron muertas en la vivienda.’’1 En desarrollo de los actos urgentes, se identificaron los cuerpos hallados en la escena del crimen, como Harold Ernesto Ramírez y María Marcela Carmona. 2.2.- El 2 de marzo del 2017 se llevaron a cabo las correspondientes audiencias preliminares en el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones de control de garantías de Tuluá contra Ornar Manuel Asprilla González. Se legalizó el procedimiento de captura y la Fiscalía le formuló imputación por los hechos descritos en el párrafo anterior, bajo la denominación jurídica de Homicidio (Art. 103 C.P.) con la circunstancia de agravación contenida en el numeral 7o del artículo 104 del Código 1 Folios 13 y 14. 2Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-¡20-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego.
Penal, en concurso homogéneo y sucesivo; igualmente, en concurso heterogéneo con el delito de Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones (Art. 365 ibídem). No aceptó los cargos. Se le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario. 2.3. - El 27 de abril del 2017, la Fiscalía radicó el escrito de acusación, siendo asignado al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Tuluá en la misma fecha.
aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario. 2.3. - El 27 de abril del 2017, la Fiscalía radicó el escrito de acusación, siendo asignado al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Tuluá en la misma fecha. 2.4. - En la audiencia de formulación de acusación realizada el 31 de mayo del 2017, la Fiscalía le atribuyó formalmente a Ornar Manuel Asprilla González, en calidad de coautor, los homicidios de María Marcela Carmona García y Harold Ernesto Ramírez, ocurridos en el contexto antes narrado. La atribución jurídica por esos hechos correspondió a: Homicidio agravado (Colocando a la víctima en situación de indefensión o inferioridad o aprovechándose de esta situación), en concurso homogéneo y sucesivo; asimismo, en concurso heterogéneo con Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, adicionando la circunstancia de agravación descrita en el numeral 5 del artículo 365 del Código Penal ( Obrar en coparticipación criminal). 2.5. - El 25 de octubre del 2017, se surtió la audiencia preparatoria. El Juez decretó las pruebas solicitadas por las Partes. No hubo estipulaciones probatorias. 2.6. - El 23 de febrero del 2018, se inició el juicio oral. La Fiscalía hizo la presentación de su teoría del caso y la Defensa se abstuvo de hacerlo. Previo al inicio de la práctica de las pruebas, el Juez admitió como tales los documentos contentivos de la plena identidad del acusado y la carencia de permiso para portar armas de fuego, los cuales fueron presentados directamente por el Fiscal,
Previo al inicio de la práctica de las pruebas, el Juez admitió como tales los documentos contentivos de la plena identidad del acusado y la carencia de permiso para portar armas de fuego, los cuales fueron presentados directamente por el Fiscal, sin que la Defensa hiciera oposición u objetara la veracidad de los mismos. La práctica probatoria se realizó en las sesiones que se relacionan a continuación: 3Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego.
Audiencia del 23 de febrero del 2018. 2.6.1.• José Luis Rueda Alvarado. Adscrito a la Policía Nacional hace 8 años. En marzo del año 2017 trabajaba en la ciudad de Tuluá como agente de vigilancia. Frente a los hechos materia de investigación, narró que: "ese día pues nos encontrábamos en la (no se entiende), estábamos haciendo primer turno en la noche ya madrugando pues nos llama la central de radio, estaba con el intendente Remolina, compañero del cuadrante donde nos encontrábamos haciendo los patrullajes por el cuadrante, estábamos en una moto. Cuando hacíamos labores de patrullaje pues la central nos envía un caso donde suenan unos disparos. Al momento de que la central manda el caso nos dirigimos a la residencia donde supuestamente. Fiscal: ¿Qué les dice la central? Testigo: Llega y nos llama al radio y nos dice que nos dirijamos al barrio La Cruz que hay una ciudadana que escuchaba unos disparos en un segundo piso. Cuando nosotros llegamos al sitio efectivamente hay unos señores que están en una esquina esperando de que pues que hay unos disparos provenientes del
que nos dirijamos al barrio La Cruz que hay una ciudadana que escuchaba unos disparos en un segundo piso. Cuando nosotros llegamos al sitio efectivamente hay unos señores que están en una esquina esperando de que pues que hay unos disparos provenientes del segundo piso donde mi sargento llega, abre la puerta, ingresa a la casa pero la puerta no le dejaba abrir entonces se da cuenta pues que hay una persona tirada al lado de la puerta, era una señora, una muchacha. Vemos que ella ha recibido un disparo, o sea ella está fallecida ahí, nosotros nos damos cuenta de que ella está muerta. Entonces ahí sigue subiendo mi sargento y cuando yo lo veo, él se asoma arriba en el zaguán y me dice corra que allá va el individuo, sí, entonces como yo estaba abajo prestando la seguridad, entonces yo salgo corriendo detrás de él cuando yo veo que se mete en una vecindad por una puerta donde ahí se le dice al señor de la casa que por favor abra la puerta que nos deje ingresar, cuando llego entonces me dirijo arriba donde se estaba subiendo para la huida, donde es cogida la persona, se saca de la residencia y se lleva a las instalaciones de la policía. Cuando mi sargento me gritó desde el segundo piso me dice “cójalo cójalo que allá va”, pasa por encima de la casa, cuando él va subiendo se tira de la casa y empezamos detrás del muchacho. O sea, yo empiezo detrás del muchacho, donde cierran la puerta y le digo al señor “déjeme ingresar a la casa que voy por la persona que va allá” pues él me deja entrar y veo que se sube como a una especie de muro para saltar y escapar en huida. Cuando él se va a escapar
ingresar a la casa que voy por la persona que va allá” pues él me deja entrar y veo que se sube como a una especie de muro para saltar y escapar en huida. Cuando él se va a escapar se coge de la ropa, se baja al muchacho y se lleva a las instalaciones de la SIJIN. Fiscal: ¿Díganos si usted recuerda cuáles fueron los móviles, es decir, de qué se enteraron, qué fue lo que se presentó allí realmente? Testigo: No pues la verdad no sabría decirte porque pues ella decía que ella sabía cosas y esto ya que mi sargento Remolina fue el que pues habla con ella, le dice qué situación es, ese muchacho que iba... Ella vivía por ahí cerquita de esa casa y que supuestamente el señor Asprilla le habia dicho anteriormente esa situación a ella, eso es lo que decia la testigo... La misma testigo nos decía que había sido el señor Asprilla.” Indicó que la testigo apareció al momento en que vieron que las personas habían fallecido, señalando a Asprilla como la persona que perpetró los homicidios. La Fiscalía le puso de presente un informe de policía de vigilancia en casos de captura en flagrancia FPJ-5. Lo reconoció porque contiene su firma. Al explicar lo narrado en ese documento, manifestó que en la parte de atrás de la vivienda donde se ocultó la persona aprehendida existe un cuarto de madera. El indiciado intentó subirse a una azotea para fugarse. 4Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Ornar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego.
La persecución duró unos cinco minutos. Desde el lugar donde se encontraban hasta el sitio donde lo ven que ingresó, hay una cuadra aproximadamente, unos seiscientos metros, más o menos. Luego aclaró que no sabe la medida de una cuadra. Unas diez casas de distancia entre un lugar y otro, refirió. Refrescó memoria con el aludido documento y mencionó la forma como estaba vestida la persona capturada. Indicó que esta persona tenía un “buso” negro, una pantaloneta a cuadros de varios colores y unos zapatos oscuros. Después de llevar al capturado a las instalaciones de la SIJIN, volvieron al sitio de los hechos y el sargento le comentó sobre la testigo. Nunca habló con ella. Asprilla no vivía en la casa donde fue capturado y el señor que residía en la misma tampoco lo conocía. La Fiscalía solicitó que mediante este testigo se introdujeran como pruebas, el Informe de la Policía de Vigilancia en casos de captura en flagrancia FPJ-5 del 1 de marzo del 2017 y el Acta de derechos del capturado de la misma fecha, signado por el procesado. Contrainterrogatorio. Fue el sargento el que ingresó a la vivienda y halló los tres cadáveres. Estaba esperando en la puerta principal de la casa y su compañero estaba en el segundo piso, quien salió por un balcón y le dio aviso de que por el otro lado va una persona huyendo, entonces él salió a la esquina y vio que alguien saltó y salió corriendo, entonces inició la persecución y luego ve que la persona que iba siguiendo ingresó a una casa. Redirecto.
esquina y vio que alguien saltó y salió corriendo, entonces inició la persecución y luego ve que la persona que iba siguiendo ingresó a una casa. Redirecto. A través del informe de policía de vigilancia, recordó que fueron 2 cadáveres los que encontraron en el lugar de los hechos, el día de sucedidos los mismos. Asprilla saltó del segundo piso de la casa donde ocurrió el homicidio, por la parte de atrás y cuando cayó al piso salió corriendo. No lo perdió de vista. En la vivienda donde lo capturaron era una persona ajena a la misma y tenía igual vestimenta de cuando lo observó al momento de saltar del inmueble donde ocurrieron los hechos y durante la persecución. 2.6.2.- Harold Augusto Mclean Villarraga. Vinculado a la Fiscalía General de la Nación desde el 1 de enero del año 2012. Es ingeniero químico y recibió formación específica en su anterior empleo en el DAS, relacionada con el análisis de sustancias y con el estudio de residuos de disparo. También tuvo formación específica en la técnica de análisis de microscopía electrónica de barrido. En el extinto Departamento Administrativo de Seguridad laboró durante 18 años aproximadamente. En esa entidad inició analizando estupefacientes, luego pasó al estudio de explosivos y en los últimos años se dedicó a revisar residuos de 5Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. disparo tanto con la técnica anterior (absorción atómica) como con la actual (microscopía electrónica de barrido). Recibe entre 30 a 40 muestras al mes para su análisis. La técnica actual permite hacer visible al ojo humano las partículas contenidas en las muestras analizadas y su composición química. La Fiscalía le puso de presente un informe de investigador de laboratorio FPJ-13 identificado con el número IL0003823740, el cual fue reconocido por el testigo como de su autoría porque está consignado en el formato que él usualmente utiliza y porque contiene su firma. Lo leyó, lo explicó y manifestó que el resultado en las muestras estudiadas provenientes de Ornar Manuel Asprilla González es positivo para partículas metálicas de residuo de disparo, lo que significa que esta persona pudo haber disparado un arma de fuego; o se encontraba cerca del sitio donde se realizó uno o más disparos de arma de fuego o tuvo contacto con una superficie que tenía previamente los residuos de disparo. En análisis realizado en el laboratorio forense es considerado como una prueba de alta confiabilidad y la técnica utilizada es catalogada actualmente como la técnica de oro, pues no existe otra que esté por encima de aquella. El testigo autenticó el documento contentivo del resultado antes mencionado y fue introducido como prueba documental. 2.6.3. - Guillermo Anacona Ortiz. Médico legista adscrito al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses desde hace 23 años. Sus funciones en esa entidad es la de realizar valoraciones medico legales a las personas vivas y efectuar necropsias a cadáveres
Legal y Ciencias Forenses desde hace 23 años. Sus funciones en esa entidad es la de realizar valoraciones medico legales a las personas vivas y efectuar necropsias a cadáveres cuyo deceso fue violento o se sospecha de ello. La finalidad es establecer la causa de la muerte. La Fiscalía le puso de presente un informe pericial relacionado con la necropsia realizada al cuerpo de María Marcela Carmona García el 2 de marzo del 2017. El testigo lo reconoció como de su autoría por el formato utilizado y porque contiene su firma. Leyó el documento, explicó los hallazgos, las heridas y la causa del deceso. Se introdujo como prueba documental el referido informe. Sesión del 8 de mayo del 2018. 2.6.4. - Wilson Remolina Manrique. Adscrito a la Policía Nacional hace más de 15 años. Actualmente tiene el grado de intendente. Lleva laborando en Tuluá un año y ocho meses, más o menos. Siempre se había desempeñado en funciones de policía de vigilancia, pero hace tres meses fue vinculado a la policía ambiental. Para el 1 de marzo del 2017 pertenecía al cuadrante No. 18 de la estación de policía de Tuluá y realizaba labores de vigilancia. Ese cuadrante comprende los barrios La Cruz, El Cóndor y Estambul. Recuerda que ese día participó en un procedimiento policial realizado en el barrio La Cruz relacionado con unos hechos de sangre que se presentaron en ese sector. Sobre el particular relató textualmente: “Ese día me encontraba de patrulla, haciendo primer turno de vigilancia, que ese primer turno va desde las 22:00 horas a 07:00 horas... Me encontraba con el señor patrullero Rueda, nos
“Ese día me encontraba de patrulla, haciendo primer turno de vigilancia, que ese primer turno va desde las 22:00 horas a 07:00 horas... Me encontraba con el señor patrullero Rueda, nos encontrábamos de patrulla de vigilancia y a eso de las 4:30 más o menos. Yo no recuerdo bien si ese día estábamos en moto o en vehículo. Mi compañero Rueda no era el titular de ese cuadrante. Yo sí tenía mi motocicleta asignada y él tenía un vehículo asignado pero la verdad yo no lo tengo presente. Estaba con Rueda y ese día más o menos eran las cuatro y media cuando nos encontrábamos cerca de la panadería del Estambul, cuando nos informa la central de radio que había ingresado una llamada al 123 donde advertían la ocurrencia de 6Radicación: 76834-60-00-187-201 7-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. unos disparos en el parque principal o en una vivienda aledaña al parque principal de La Cruz.
De inmediato nos dirigimos, lo más pronto como pudimos. Cuando llegamos al parque, descendimos, llegamos a la esquina del parque y ya mirando detalladamente observamos una puerta de una esquina que era un sitio que para nosotros era critico, es esquina pues uno se imagina donde más o menos pueden ocurrir ciertas novedades porque es un sitio que es reconocido por la policía porque siempre frecuentan ias personas que uno en el ámbito policial siempre las requisa, los reconocidos del sector. En esa esquina, ia información que teníamos policialmente era de tráfico y venta de estupefacientes. Entonces llegamos a verificar cuando
siempre las requisa, los reconocidos del sector. En esa esquina, ia información que teníamos policialmente era de tráfico y venta de estupefacientes. Entonces llegamos a verificar cuando observo la puerta de la vivienda... la puerta del segundo piso. Yo observo la puerta que estaba como forzada, como doblada, con goipes y estaba entreabierta; entonces yo deducía aquí puede ser ei caso. Cuando yo trato de abrir la puerta, la trato de empujar hacia adentro y la puerta no abría, entonces yo medio meto ¡a cabeza hacia adentro a mirar y veo que hay un cuerpo de una persona sexo femenino; es cuando yo empujo la puerta y me meto por un ladito, forzado pero me metí. Era una joven que estaba más o menos entre los 19 y 23 años de edad; le tomo los signos vitales rápidamente y debido a que yo escucho unos niños llorando... Yo escuché el llanto de unos niños... y yo subí rápidamente al segundo piso, cuando ya estaba en el segundo piso, primero sale un niño, sale llorando y había otro que corría por lado y lado, "que mi mamá mi mamá que mi tío que los mataron”. Uno de los niños me señala que el balcón, yo empuñé mi arma otra vez pensando que en el balcón estaban los agresores. Ya ahí se me acerca una joven que dijo llamarse Yorlandy... yo primero fui al balcón y observo un muchacho que está tendido, entonces yo la reacción que tomo es pedir ambulancia de una... estaba descolorido, una persona de contextura delgada, sin signos vitales, no tenía ninguna señal de vida esa persona. Ahí yo me regreso, eso fue tan rápido, yo me regreso otra vez hacia la puertica que conduce al balconcito cuando me dice la joven
vitales, no tenía ninguna señal de vida esa persona. Ahí yo me regreso, eso fue tan rápido, yo me regreso otra vez hacia la puertica que conduce al balconcito cuando me dice la joven Yorlandy, me dice “agente agente los que los mataron fue alias Asprilla y alias Ceniza. Asprilla va vestido de negro” así me lo dijo Yorlandy. Es cuando yo estaba en el segundo piso, yo saco la cabeza pues a mirar, a ver si observaba algo en la calle, yo miro... [A Yorlandy] Yo cuando la vi, la vi fue ahí, no sé si ella entró después de mí, no sé si ella estaba en una de ias habitaciones, porque cuando yo llego, yo veo la escena, pues yo primeramente me encuentro un niño, después sale el otro y uno de los niños me señala hacia el balcón, no sé si ella estaba dentro de la casa, si ella entró posteriormente a mí a la vivienda, la verdad fue algo como rápido... Cuando nuevamente me dirijo a la víctima, en este caso al joven que estaba tendido en el balcón y pues yo iba como a verificarlo, como a arrodillarme a tomarle los signos vitales, cuando yo observo al otro lado que iban dos personas corriendo, es cuando yo doy aviso al patrullero Rueda, yo le grito “Rueda hacia el lado izquierdo derecho van dos personas corriendo”. Como éramos solamente dos unidades, yo era el comandante de la patrulla, yo le ordené a él que se quedara en la parte externa por cuestiones de seguridad... Cuando estaba en el balcón al lado izquierdo de la vivienda, ya como más o menos unos 30 o 40 metros van dos personas que iban corriendo, yo le grito al patrullero Rueda que los siguiera que al
en el balcón al lado izquierdo de la vivienda, ya como más o menos unos 30 o 40 metros van dos personas que iban corriendo, yo le grito al patrullero Rueda que los siguiera que al parecer son los agresores. Por la vestimenta, hay uno que va vestido de negro. Obviamente eran horas de la madrugada, pero se alcanza a obsen/ar que uno era de negro. En todas las calles hay luz allá. Posteriormente el patrullero Rueda lo sigue hasta la vivienda, a una vivienda que queda en toda una esquina, una vivienda que tiene una puerta-garaje. (Desde donde se encontraba no podía observar esa vivienda). El patrullero Rueda es el que sigue a 7Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. una de ¡as personas y observa que se mete a esta vivienda, es ahí cuando por parte del poíicial toca la puerta en varias ocasiones, mientras llega el apoyo, el apoyo de más policiales y se procede a que abran la puerta, la abrió un señor Luis Antonio... él abrió la puerta voluntariamente, en ningún momento el señor, o sea, el señor se ve que es una persona trabajadora, una persona dedicado a su trabajo, es más él nos manifiesta que él es un señor que trabaja en la caña, que estaba a punto de arreglarse pa irse a trabajar. Que él no tiene problema en que ingresemos, nos consiente el ingreso, lo cual se hizo el acta. Ya según lo manifestado por el señor patrullero Rueda, cuando llegan a la parte interna o parte trasera de
problema en que ingresemos, nos consiente el ingreso, lo cual se hizo el acta. Ya según lo manifestado por el señor patrullero Rueda, cuando llegan a la parte interna o parte trasera de este inmueble, hay un ático, una construcción con unas gradas de madera y hay como una especie como de un habitáculo en la parte de arriba, observa que tiene una teja como de fíbrocarbono, como de plástico. Esa teja la observan rota, en la parte alta del ático. Observan la teja rota, lo cual, pues a ellos, también observan gran desorden en la habitación. Al patrullero Rueda le causa curiosidad, ingresan por ese hueco, se suben y empiezan a buscar por el tejado y ahí es donde, en el tejado de la vivienda aledaña, encuentran al señor presente acá Asprilla. Estaba encima de un techo.”. Cuando capturan al señor Asprilla, se constató la vestimenta y las características por medio del radio y con la señora Yorlandy que estaba en el lugar de los hechos, quien manifestó que la persona aprehendida fue quien incursionó en la vivienda donde sucedieron los homicidios. Sobre la descripción de alias Ceniza, solamente entendió que era una persona delgada, lo demás no logró comprenderlo cuando Yorlandy se lo describió. La Fiscalía le puso de presente un acta de consentimiento para registro voluntario y un formato FPJ-4 de actuación de primer respondiente, los cuales fueron reconocidos y autenticados por el testigo. El ente investigador solicitó su incorporación como medios de prueba documentales y la judicatura accedió a ello. El testigo señaló que una vez recibida la información por la central de radio, se demoraron 2
investigador solicitó su incorporación como medios de prueba documentales y la judicatura accedió a ello. El testigo señaló que una vez recibida la información por la central de radio, se demoraron 2 minutos aproximadamente en llegar al lugar de los hechos. Desde el momento en que llegan al lugar hasta que se inicia la persecución no pasó mucho tiempo, fue casi que inmediato. Contrainterrogatorio. No recuerda si ese día se movilizaban en la motocicleta que le había sido asignada o en el vehículo que también tenía asignado el patrullero Rueda. Los hechos ocurrieron el 1 de marzo del 2017. Las personas que observó corriendo estaban a una distancia aproximada de 30 metros. No recuerda de qué parte de la casa provino la señora Yorlandy. Ella apareció de un momento a otro, muy consternada. La vio en el segundo piso. No vio al señor Asprilla ingresar a la vivienda del señor Luis, quien lo vio fue el patrullero Rueda. Ornar Asprilla estaba vestido con un saco negro con capota. No recuerda la descripción que Yorlandy le dio de alias Ceniza debido a la situación caótica que se estaba viviendo ante el hecho de sangre, habían distractores como el radio, el llanto de los niños, entre otros. 2.6.5.- Julián Camilo Ocampo Arciniegas. Está vinculado a la Policía Nacional desde diciembre del año 2012. Realizó un curso básico de policía judicial. En la actualidad es
8Radicación: 76834-60-00-187-2017-00499-01/AC-120-19
Acusado: Omar Manuel Asprilla González Delito: Homicidio agravado y Fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. investigador criminal de la SIJIN en la ciudad de Tuluá, desde hace 2 años aproximadamente.
Participó en la investigación que se adelantó en relación con los homicidios que se presentaron en el barrio La Cruz de la ciudad de Tuluá el 1 de marzo del 2017. Llevó a cabo dos entrevistas. Recuerda que una de las entrevistadas tenía como nombre Yorlandy, pero de la otra persona no se acuerda. La Fiscalía le puso de presente dos formatos de entrevista FPJ-14, uno hace referencia a la entrevista que realizó el 1 de marzo del 2017 a Yorlandy Arias Ramírez, y el otro consiste en una entrevista realizada el mismo día a Leidy Vanesa Motato Pinta. Ambas entrevistas las efectuó el testigo. Narró los hechos de acuerdo con la información que le suministró la señora Yorlandy. Al realizarle la entrevista a esta última, indicó que la percibió bastante nerviosa, estaba llorando y eran muy claras sus afirmaciones. Su exposición no fue contradictoria. Conoce a Asprilla y a Ceniza de tiempo atrás en el barrio La Cruz. En cuanto a Leidy Vanesa, refirió que su comportamiento durante la entrevista fue similar al de Yorlandy, estaba asustada y lloraba. También fue espontánea en sus aseveraciones y no observó alguna conducta que le diera a entender que estuviera mintiendo. Mencionó situaciones que las entrevistadas le relataron durante los actos de investigación realizados por él. La Defensa se opuso a que la Fiscalía le pusiera de presente las entrevistas
aseveraciones y no observó alguna conducta que le diera a entender que estuviera mintiendo. Mencionó situaciones que las entrevistadas le relataron durante los actos de investigación realizados por él. La Defensa se opuso a que la Fiscalía le pusiera de presente las entrevistas al testigo para refrescar memoria, pero el Juez se lo permitió, advirtiendo que las mismas como documentos no podían ingresar a través del testigo porque tanto Yorlandy como Leidy Vanesa habían sido citadas al juicio como testigos, en turnos posteriores y les correspondía a ellas referirse a lo percibido. 2.6.6. - José Efrén Noriega Villadiego. Médico forense del Instituto Nacional de Medicina