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TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2017-01558-0-(15-02-2019)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2017-01558-0-(15-02-2019)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2019

ACEPTACIÓN DE CARGOS – La sentencia dictada con ocasión de ella, distinta a la sentencia por preacuerdo, debe respetar el principio de estricta tipicidad en consonancia con la legalidad y el debido proceso/ACTOS SEXUALES ABUSIVOS CON MENOR DE 14 AÑOS Y ACOSO SEXUAL – Diferencias/NULIDAD - La sentencia se impuso por hechos que no corresponden a la descripción típica del acoso sexual y de ese modo fueron quebrantados los principios de legalidad y estricta tipicidad.

FUENTES FORMALES: Constitución Política, artículo 33; Ley 906 de 2004, artículo 131; Código Penal, artículos 6, 10, 209 y 210A.

CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, decisiones 31280 del 8 de julio de 2009, SP10299-2014 y SP107-2018.

Magistrado ponente : Martha Liliana Bertín Gallego Auto segunda instancia del : 15.2.2019

Aprobado mediante acta : 23

Decisión : Anula la actuación a partir de la audiencia de acusación Delito : Acoso sexual agravado

Procesado : Camilo Alberto Peña Arce Procedencia : Juzgado Cuarto Penal del Circuito Tuluá Radicación : 76-834-60-00-187-2017-01558-01AC-037-19

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