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TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2020-00611-(03-10-2024)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-834-60-00-187-2020-00611-(03-10-2024)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

ENTREVISTAS A MENORES DE EDAD – “(…) tratándose de menores víctimas, la incorporación al juicio de sus declaraciones anteriores es un asunto de puro derecho definido por el legislador en el literal e), del artí culo 438 de la Ley 906 de 2004, agregado por el artículo 3 de la Ley 1652 de 2013. Por lo tanto, su aducción al debate no está sujeta a juicios de disponibilidad. ”/ENTREVISTAS A MENORES DE EDADAunque la Fiscalía invocó como presupuestos para incorporar la entrevista forense; la indisponibilidad física o psicología de la menor MFMG o su renuncia a responder el interrogatorio o una posible retractación, lo cierto es que, dicha argumentación no era necesaria para admitir como prueba de referencia la versión previa vertida por la víctima, pues conforme lo establece el literal e) del artículo 438 de la Ley 906 de 2004 y lo ha reiterado la jurisprudencia, su aducción al juicio no está sujeta a juicios de disponibilidad y; lo cierto es que se trata de un medio probatorio solicitado y admitido en la audiencia preparatoria, por lo que no se trasgrede el derecho de defensa ni el debido proceso, como quiera que de todas maneras la Defensa tiene la posibilidad de ejercer el respectivo contrainterrogatorio a la entrevistadora, como también la tuvo frente a la menor MFMG.

Auto de segunda instancia (AC-448-24) del 3 de octu bre de 2024, con ponencia del Dr. Álvaro Augusto Navia Manquillo. Decisión: revoca el auto apelado.

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