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TSDJ BUG SP - 76-895-60-00-192-2015-00192-02-(16-05-2019)

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-895-60-00-192-2015-00192-02-(16-05-2019)
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2019

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JUSTICIA PENAL BUGA

SENTENCIA DE

SEGUNDA INSTANCIA ERES

É T I C A .

Código: GSP-FT-45 Versión: 1 Fecha de aprobación:

22/05/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente:

MARTHA LILIANA BERTÍN GALLEGO Radicación: 76895-60-00-192-2015-00192-02

Guadalajara de Buga, dieciséis (16) de mayo del dos mil diecinueve (2.019) Proyecto discutido y aprobado por Acta No. 109

1. OBJETIVO.

Resolver el recurso de apelación formulado por la Defensa contra la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, Valle, el 28 de febrero del 2019, mediante la cual condenó a Diana Patricia Barbosa Vélez, identificada con la cédula de ciudadanía número 66.680.176, a la pena principal de 50 meses de prisión, por los delitos de Homicidio en grado de tentativa en concurso heterogéneo con Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.

2. ANTECEDENTES. 2.1Los hechos que dieron origen a la presente causa fueron expuestos por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación en el escrito de acusación en los siguientes términos: “Los hechos que dieron lugar a la presente Investigación se sustraen de la Noticia Criminal de fecha 13 de marzo de 2015, mediante denuncia formulada por la señora DELCY JULIANA SAAVEDRA LLANOS, donde manifiesta que el dia 12 de marzo de

“Los hechos que dieron lugar a la presente Investigación se sustraen de la Noticia Criminal de fecha 13 de marzo de 2015, mediante denuncia formulada por la señora DELCY JULIANA SAAVEDRA LLANOS, donde manifiesta que el dia 12 de marzo de 2015, se encontraba dentro de su residencia en compañía de su esposo EDUARDO CALLEJAS LOAIZA, a eso de la 1:35 de la tarde, cuando observa que llega la señora DIANA BARBOSA, en compañía de dos amigas, SAENI PINEDA y MARTHAKaaicaao: / oovo-ou-uu-1 »¿-¿u i o-uui y¿-u¿//\ u-1 oy-1 y Acusada: Diana Patricia Barbosa Véiez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego. GALLEGO, y abre ¡a puerta a través de la ventana que se encontraba abierta; y en ese momento DIANA BARBOSA, saca de la pretina de su pantalón un arma de fuego, al parecer revolver (sic), color plateado, y le dice “hijueputa te voy a matar”, en ese instante la señora DELCY JULIANA, le grita a su esposo EDUARDO, “Cójala”, y éste se abalanza sobre DIANA BARBOSA, quien dispara en varias ocasiones contra la vida de DELCY JULIANA, por lo que corre hacia el patio y sube al segundo piso para refugiarse y pedir auxilio. EDUARDO forcejea con DIANA resultando lesionado por las detonaciones. Posteriormente DIANA BARBOSA, sube el patio y sube al segundo piso, donde se encontraba ¡a señora NATALIA y su menor hijo de dos años de edad, y la

detonaciones. Posteriormente DIANA BARBOSA, sube el patio y sube al segundo piso, donde se encontraba ¡a señora NATALIA y su menor hijo de dos años de edad, y la amenaza para que le indique donde se encuentra DELCY JULIANA. En ese mismo momento DELCY JULIANA intenta huir por la parte de enfrente de la residencia, pero debajo de las gradas se encontraban las señoras SAENI PINEDA y MARTHA GALLEGO, e impiden que escape, en ese momento llega el señor EFRAIN MALDONADO, esposo de DIANA, y ésta al salir de la residencia realiza dos disparos al aire, y EFRAIN la calma y se la lleva; DIANA, le pasa el revolver (sic) a su amiga MARTHA GALLEGO, quien también se retira del lugar en una moto BWS la cual conducía SAENI PINEDA...” 2.2. - En audiencias preliminares celebradas en el Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal, Valle, con funciones de control de garantías, el 22 de enero del 2016, la Fiscalía le imputó a Diana Patricia Barbosa Vélez los delitos de Homicidio en grado de tentativa y Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, con fundamento en los anteriores hechos. No aceptó los cargos. Se le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de residencia. 2.3. - La Fiscalía 36 Seccional de Zarzal presentó el respectivo escrito de acusación en el Centro de Servicios Judiciales de Roldanillo, el 9 de febrero del 2016. El 2 de marzo del mismo año, se llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación en el Juzgado Penal del Circuito de esa ciudad. En dicho acto, la Fiscalía le atribuyó a Diana

del mismo año, se llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación en el Juzgado Penal del Circuito de esa ciudad. En dicho acto, la Fiscalía le atribuyó a Diana Patricia Barbosa Vélez, los mismos hechos y calificación jurídica comunicados en la audiencia preliminar de imputación de cargos. Se reconoció como víctima a Deley Juliana Saavedra Llanos. 2.4. - En la audiencia preparatoria, celebrada el 20 de abril del 2016, las Partes anunciaron la estipulación probatoria de: (i) Constancia expedida por la empresa Colombina en la que se certifica que Rubén Darío Jiménez no labora en ese lugar; (¡i) 2Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Vélez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego.

Noticia criminal (fecha, denunciante y demás datos generales); (iii) plena identificación de la acusada y su arraigo; y (iv) carencia de permiso para portar armas de fuego por parte de la enjuiciada. Seguidamente, se decretaron las pruebas solicitadas por los sujetos procesales, excepto los testimonios de Saeni Pineda y Martha Gallego que fueran pedidos por la Defensa. No hubo recursos. 2.5.- El 3 de junio del 2016 se dio inicio al juicio oral. Las Partes presentaron la teoría del caso y se ingresaron las estipulaciones probatorias anunciadas en la audiencia preparatoria. Se suspendió por petición de la Fiscalía. 2.6.- Se continuó con el juicio oral el 8 de julio del 2016, iniciando con la práctica de

del caso y se ingresaron las estipulaciones probatorias anunciadas en la audiencia preparatoria. Se suspendió por petición de la Fiscalía. 2.6.- Se continuó con el juicio oral el 8 de julio del 2016, iniciando con la práctica de pruebas a cargo del delgado Fiscal, quien llamó a declarar a: Wilson Lamprea López: Técnico en sistemas y estudiante de derecho. Ya culminó el pensum académico de la carrera profesional. Labora en la Fiscalía en el municipio de Zarzal en el área de recepción de denuncias y reparto. Hace 5 años que trabaja en esa institución. Su labor consiste en atender a todas las personas que llegan a poner en conocimiento de la Fiscalía, la comisión de un delito. La información que se recibe del usuario queda consignada en una base de datos denominada SPOA de la Fiscalía General de la Nación y una vez se ingresan todos los datos, se genera la noticia criminal. En el formato de noticia criminal se consignan los datos de la denunciante y de la víctima y los hechos denunciados. Sabe que fue convocado a la audiencia porque en el año 2015 recibió una denuncia por tentativa de homicidio en hechos donde fue víctima la señora Deley. Esta persona además de formular la denuncia, entregó unas conversaciones de mensajes de texto y unas fotografías. Esos documentos fueron anexados a la noticia criminal y luego entregados al Fiscal que por reparto le correspondió el asunto. (El representante de la Fiscalía le puso de presente los documentos a los que hizo alusión el testigo, para que fueran acreditados por él) El deponente reconoció los documentos como los que le entregó la víctima al momento de formular la denuncia, 18 folios en total. Refirió que en la imagen No. 18 aparecen unos impactos con arma de fuego

los documentos como los que le entregó la víctima al momento de formular la denuncia, 18 folios en total. Refirió que en la imagen No. 18 aparecen unos impactos con arma de fuego sobre una pared; en la imagen No. 19 se observan unos impactos de bala pero no precisa sobre qué superficie; la imagen No.20 no tiene claridad; en la imagen con foliatura 21 aparecen perforaciones con arma de fuego, al parecer sobre un brasier; la imagen del folio 22 no tiene claridad sobre lo que representa; el folio 23 contiene una imagen acerca de una perforación con arma de fuego, pero desconoce a qué elemento pertenece la superficie sobre la que aparece el orificio; en la foliatura 24, aparece una fotografía de la indiciada; en un folio sin numerar, está la fotografía de la persona que guardó el arma de fuego. Los demás infolios corresponden a los mensajes de texto aportados por la víctima, donde aparece como remitente el señor Efraín Maldonado. En este caso la única actividad que realizó fue la de recibir la denuncia y con esta los documentos antes referidos.Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Vélez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego.

Contramterrogatorio: Su labor es recibir denuncias penales. En este caso le recibió la denuncia a la víctima. No sabe cuándo fueron tomadas las fotografías entregadas por la víctima cuando denunció los hechos. Los documentos entregados por la víctima no los sometió a cadena de custodia, solamente los glosó a la respectiva carpeta. No fue el que folió

víctima cuando denunció los hechos. Los documentos entregados por la víctima no los sometió a cadena de custodia, solamente los glosó a la respectiva carpeta. No fue el que folió el expediente. No es perito en balística. Las afirmaciones que hizo en torno a las fotografías sobre los impactos de bala que allí se observan, las hizo de conformidad con lo relacionado por la víctima en la formulación de la denuncia. Reitera que no sabe en qué lugar se tomaron las fotografías. No sabe dónde está ubicada la pared a la que hizo alusión cuando revisó las fotografías porque no estuvo en el lugar de los hechos. Sobre las imágenes 20 y 22 no tiene claridad acerca de lo que representan. En la imagen 23 se observa una perforación pero no es claro el objeto sobre el cual está el orificio. De los mensajes de texto que leyó solo sabe que aparece como extremo de la conversación el señor Efraín Maldonado, pero no supo quién es el otro interlocutor. Esas conversaciones las aportó la denunciante. Dentro de sus actividades dentro de la Fiscalía General de la Nación, ha realizado actuaciones de policía judicial. Para este caso no fue necesario que le delegaran mediante resolución las funciones de policía judicial para efectos de adosar a la carpeta las pruebas aportadas por la denunciante. No fue al lugar de los hechos, no lo conoce.

Aclaratorias del Juez: La víctima no profundizó en los elementos de prueba entregados al receptor de la denuncia, simplemente los adjuntó. No sabe quién es Efraín Maldonado.

Se ingresaron como pruebas documentales los legajos reconocidos por el testigo como los recibidos de parte de la víctima cuando se formuló la denuncia.

receptor de la denuncia, simplemente los adjuntó. No sabe quién es Efraín Maldonado. Se ingresaron como pruebas documentales los legajos reconocidos por el testigo como los recibidos de parte de la víctima cuando se formuló la denuncia. Deley Juliana Saavedra Llanos. Victima. En unión libre con Eduardo Callejas Loaiza desde hace dos años y siete meses. Previamente estuvieron como novios durante cinco meses. Conoció a Saeni Pineda y a Martha Gallego el mismo día que conoció a Efraín Maldonado. Los conoció el día que la señora Diana Barbosa fue a su casa a matarla. A Efraín Maldonado lo conoció por casualidad en la Cámara de Comercio donde labora su esposo, cuando aquél estaba haciendo unas diligencias en esa oficina. A Diana Barbosa la había visto por el pueblo, pero supo bien de ella el día que ocurrieron los hechos. Formuló denuncia contra la señora Diana Barbosa y aportó unas fotografías y unas conversaciones que tuvo con el señor Efraín. Los hechos sucedieron en su vivienda. La casa donde reside consta de dos pisos con entrada independiente, pero por dentro también tiene escaleras de acceso al segundo piso porque anteriormente vivía una sola familia en toda la casa. Reside en la planta de abajo con su esposo y con un inquilino y en la parte de arriba vivía, para la época de los hechos, una pareja y un niño de dos años. La señora que residía en el segundo piso es de nombre Natalia Vásquez; el esposo se llama Esteban y no sabe el nombre del niño. Después del encuentro con el señor Efraín Maldonado en la Cámara de Comercio, estuvo hablando con él. El día de

Vásquez; el esposo se llama Esteban y no sabe el nombre del niño. Después del encuentro con el señor Efraín Maldonado en la Cámara de Comercio, estuvo hablando con él. El día de los hechos se encontraba en su casa con el inquilino. Formuló la denuncia contra Diana Barbosa porque: “me iba a matar, porque me disparó... Era el medio día, eran casi... no sé bien si era la una o una y veinte porque pues con todo lo que pasó uno queda muy confundido, yo estaba, le acababa de servir el almuerzo a mi esposo, tenía la ventana de la 4Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Vélez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego.

puerta de la calle abierta, yo estaba sirviendo mi almuerzo, me acuerdo que tenia una batola porque cuando yo llego a la casa me pongo es una batola, me quito pues los brasieles (sic), me quedo en chanclas de estar en la casa. Yo escuché un escándalo desde que metieron la mano por la ventana, pero yo no tenia ni idea, ni me pasaba por la mente que podía ser ella porque como yo no la conocía, ni sabía pues que había pasado un problema, y menos porque había sido el día anterior lo del señor, de pronto si hubiese ido ese día yo hubiere dicho no pues algo pasó, se armó un problema acá, pero pues no lo pensé. Cuando ella mete la mano por la ventana, ella llega e inmediatamente me dice que me va a matar, saca un arma de la pretina del pantalón, yo le digo a mi esposo “Eduardo cójala" porque yo la verdad yo dije, me

por la ventana, ella llega e inmediatamente me dice que me va a matar, saca un arma de la pretina del pantalón, yo le digo a mi esposo “Eduardo cójala" porque yo la verdad yo dije, me mató acá; osea yo dije me mató. Y más que la amiga de ella, Saeni Pineda, decía que me matara. Osea todo el tiempo ella dijo “mátela mátela" entonces yo dije, me mató, la verdad. Salgo yo hacia el patio y ella se va detrás de mí, ella me dispara, ella me hace el primer disparo y mi esposo no sé cómo hace pa cogerle las manos... los disparos, hace uno, dos,... hacia el frente mío pero al cogerle las manos dan hacia la ventana del joven que vive en mi casa, del inquilino. De ahí me subo por las escaleras, no sé si fue el instinto porque la verdad después de eso he intentado volver a subir, no hay forma de pasar hacia la otra casa. Inclusive el del CTI cuando fue a tomar las fotografías a mi casa, que tomó fotografías donde estaban las balas, donde estaba el bafle que le dañaron al inquilino, el armario que le dañaron al inquilino, tomó fotos en el patio y me dijo “huy usted cómo se subió por ahí” yo le dije, “no tengo ni idea cómo me subí, los nervios" eso tiene chuzos, no sé cómo brinqué y salté allá. Me acuerdo que cuando brinqué, la muchacha de arriba colocaba la basura justo donde usted cae después de la reja. Me acuerdo que yo subí asustada, ella, cuando yo iba por la escalera, dio el tercer tiro que tampoco sé cómo no me lo dio en un pié o inclusive me pudo haber dado acá

después de la reja. Me acuerdo que yo subí asustada, ella, cuando yo iba por la escalera, dio el tercer tiro que tampoco sé cómo no me lo dio en un pié o inclusive me pudo haber dado acá a un lado de la cintura. Yo pensé que había matado a mi esposo. Yo subí no sé cómo me tiré allá. La muchacha de arriba y yo nunca habíamos llegado a hablar porque ellos estaban hace poco ahí, osea llevaban, no sé, cinco meses, nunca habíamos conversado. Yo le decía a ella “ay mataron a mi esposo” no sabia yo por qué ella había entrado a mi casa, osea yo no sabía quién era ella... Ella [la inquilina del segundo piso] decía “no entonces nos van a matar a nosotros”; yo le decía “ayúdeme, yo necesito salir por sus escaleras" por las escaleras de la casa de ellos, de arriba. La muchacha me dijo “ay es que mi esposo cada que se va le mete llaves a la puerta" yo le dije, “no no esa muchacha me va a matar, ábrame porque es que son tres personas", cuando sí, ella subió, ella subió a las escaleras pero como tenia unos zapatos alticos no pudo pues trepar la reja. La muchacha de arriba me dijo “no, voy a buscar unas llaves que tengo", ella fue a traer las llaves, cuando se encuentra con ella y ella le apunta con el arma, la señora Diana Barbosa le apunta con el arma a la muchacha Natalia y Natalia le suplica, le dice “por favor a mi no me vaya a hacer nada que yo no sé qué es lo que pasa” ella le apunta al niño que tiene dos años, ella le dice “no nos vaya a hacer nada” y ella intenta subir, no puede, no puede, y Natalia trae las llaves, me las pasa para yo salir por las

le apunta al niño que tiene dos años, ella le dice “no nos vaya a hacer nada” y ella intenta subir, no puede, no puede, y Natalia trae las llaves, me las pasa para yo salir por las escaleras, cuando voy a salir veo por la escalera de arriba, veo por la ventana de arriba que abajo de las escaleras se encuentran las dos señoras que pues en ese entonces yo no me sabía pues los nombres tampoco, pero era Saeni Pineda y Martha Gallego. No podía bajar por el segundo piso ni podía bajar por las escaleras por donde subí porque ella se encontraba con el arma. De ahí la muchacha llamó a la policía. La policía le dijo que era que había habido como un problema en otro barrio entonces que se demoraban un poquito y ella le dijo “no 5Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Vélez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego. como así acá hay unas mujeres con un arma, esté una señora con un arma, esté que se sube, vengan acá... Yo pensé que a mi esposo io habían matado, yo le decía a ella “no, mataron a mi esposo, lo mataron" porque yo no lo escuchaba más, cuando la muchacha me dijo “no, su esposo está en el parque" me dijo así. Él estaba con una pantaloneta y con un busito esqueleto porque pues era ropa de estar al medio día, cuando yo lo veo por la ventana del segundo piso, él esté con una, como con alguien y también esté como llamando porque tiene un teléfono en la mano. En ese momento llega el señor Efraín que a él si ya pues lo había

segundo piso, él esté con una, como con alguien y también esté como llamando porque tiene un teléfono en la mano. En ese momento llega el señor Efraín que a él si ya pues lo había visto en la Cámara, a él si ya sabía que era él y cuando él llega, ella baja, la señora Diana, baja y él le dice “Diana ya, camine vamos, mire yo ya le he perdonado varias veces ya no importa" y ella le dice “no, yo voy a matar a esa hijueputa, yo la voy a matar y en ese momento, no sé si es que ella ve que mi esposo esté en el parque, yo estoy arriba, cuando yo veo que desde arriba, veo que mi esposo se tira... se escuchan dos tiros, ella da dos tiros en el parque y mi esposo se tira allá, él estaba como con una señora, no sé si era una vecina, porque él se fue a buscar teléfono pa llamar... Desde arriba, porque mi casa es una esquina, desde arriba se ve cuando don Efraín, él le sigue diciendo porque la casa no es tan grande él le sigue diciendo “que no, que Diana, yo ya le he perdonado varios, le perdoné el de Ortega, le perdoné el hijo de la profesora” le nombró varias personas con las que ella ya había salido, le dijo “yo le perdono eso pero vámonos, vámonos, entregue ese arma" ella le entrega el arma a una de las amigas que hoy me doy cuenta que es Martha Gallego. Una había estacionado la

moto al frente y una en mi casa, fueron en dos motos, creo que eran BWS’s blancas..." También refirió, que cuando llegaron los agentes de la policía, les señaló a la persona que llevaba el arma de fuego, quien se movilizaba en una motocicleta, pero los policiales se fueron y hablaron con don Efraín que es pensionado de la policía. Indicó que después llegaron dos agentes a la vivienda y el inquilino les enseñó los impactos de bala que quedaron en un bafle, en el armario y en la pared. También les mostró unos trozos plateados, como de plomo, pero uno de los policías los tomó y se los metió al bolsillo y dijo que eso no era nada. Los gendarmes no dijeron nada ni tomaron datos. En la casa encontraron más segmentos de plomo pero decidieron no entregarlos a los agentes. La inquilina del segundo piso le dijo que uno de los policías le indicó que no denunciaran los hechos. Señaló que la persona que le disparó es la señora Diana Patricia Vélez y se encuentra presente en la Sala de audiencia. No conoce acerca de armas de fuego, pero la utilizada por la atacante era de color plateada y "larguita". Le hizo tres disparos adentro de la casa y luego realizó otros dos afuera. El día de la denuncia aportó unos documentos que corresponden a unas fotografías de los daños que le causaron al inquilino en el bafle, el armario, la pared y la ventana que da del patio hacia la habitación de él. También anexó las fotografías de una prenda de vestir que estaba colgada en el patio y tenía un agujero producido por uno de los proyectiles. Aportó a la Fiscalía unas conversaciones que tuvo con el señor Efraín para desvirtuar un posible señalamiento que al

en el patio y tenía un agujero producido por uno de los proyectiles. Aportó a la Fiscalía unas conversaciones que tuvo con el señor Efraín para desvirtuar un posible señalamiento que al parecer le iban a hacer por el delito de extorsión. También entregó dos trozos de plomo que fueron sometidos a cadena de custodia, según le informaron en la Fiscalía. Unas de las fotografías las tomó con el celular de su propiedad y las otras con el teléfono del inquilino. Igualmente, el CTI fue y tomó más fotografías. Manifestó que el señor Efraín Maldonado fue a buscar al inquilino a la casa y le ofreció pagarle por los daños ocasionados en sus pertenencias, cree que le entregó la suma de $300.000. Las conversaciones que aportó eran 6Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Vélez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego. de whatsapp y de Facebook. La Fiscalía le puso de presente los documentos introducidos con el testigo anterior y los reconoció como los legajos que le entregó a la persona que le recepcionó la denuncia. Aceptó que fue ella quien tomó las fotografías. Refirió que la imagen No. 18 es una fotografía de la habitación del inquilino donde se muestran dos impactos de bala; que la imagen No. 19 corresponde a la ventana que de la habitación del Inquilino da hacia el patio; el inquilino se llama Rubén Darío Jiménez. La figura No.20 es una fotografía del plomo sobre un papel; la fotografía No.21 es de un brasier que estaba colgado en el patio, en

hacia el patio; el inquilino se llama Rubén Darío Jiménez. La figura No.20 es una fotografía del plomo sobre un papel; la fotografía No.21 es de un brasier que estaba colgado en el patio, en el alambre, el cual fue perforado con el tercer disparo; la imagen No.22 es una fotografía del bafle que resultó dañado con uno de los disparos; la fotografía No.23 es el mismo brasier, solo que se tomó la imagen desde más cerca; aclaró que dicha prenda también quedó en cadena de custodia en la Fiscalía. En la fotografía No.24 aparece la señora Diana Barbosa en compañía de Saeni Pineda. La fotografía No.25 es de la señora Martha Gallego, quien guardó el revólver. Respecto de las conversaciones aportadas a la Fiscalía, mencionó que en las mismas solamente intervienen ella y el señor Efraín Maldonado. Esos diálogos ocurrieron el mismo día en que se conoció con Efraín Maldonado.

Contrainterrogatorio: No sabe si los hechos ocurrieron el 12 o el 13 de marzo del 2014. La denuncia la instauró el día de los hechos. Los trozos de plomo que recaudó se los entregó a la Fiscalía y fueron puestos en cadena de custodia. El testigo anterior (Wilson Lamprea López) no fue el que le tomó el interrogatorio ni le recibió la denuncia. Esa persona la atendió cuando se presentó en la Fiscalía de Zarzal, pero fue una persona de sexo femenino, delgada, que trabaja allá, quien le recepcionó la denuncia. Nunca olvidaría que Diana Barbosa Vélez le disparó en tres ocasiones. Eduardo Callejas Loaiza tiene 30 años, es alto, acuerpado. No

trabaja allá, quien le recepcionó la denuncia. Nunca olvidaría que Diana Barbosa Vélez le disparó en tres ocasiones. Eduardo Callejas Loaiza tiene 30 años, es alto, acuerpado. No sabe nada de unas presuntas fotografías que el señor Callejas Loaiza le tomó a la procesada estando desnuda. Tampoco conoce acerca de una denuncia en su contra que se tramita en la Fiscalía de Zarzal. La Defensa le puso de presente a la testigo una entrevista que ella rindió ante la Fiscalía, con el fin de impugnarle credibilidad; la reconoció. Con base en esa entrevista reafirmó que el inquilino, Rubén Darío Jiménez, labora en la empresa Colombina ubicada en el corregimiento de La Paila.

Aclaratorias del Juez: No conoce de armas. Antes de lo sucedido nunca había visto disparar un arma. No sabe cuánto tiempo pasó desde que llegó la señora Diana a su casa hasta que llegó el esposo y se la llevó, por los nervios no lo supo. Su compañero después de haber visto que la víctima logró subir las escaleras, huyó de la casa. 2.7.- El 24 de noviembre del 2016, se instaló la audiencia de continuación del juicio oral y se intentó continuar con la práctica probatoria pero el único testigo de la Fiscalía que había comparecido, el señor Efraín Maldonado López, decidió ejercer su derecho de no declarar en contra de su compañera permanente, la procesada Diana Patricia

Barbosa Vélez. 7Radicado: 76895-60-00-192-2015-00192-02/AC-169-19

Acusada: Diana Patricia Barbosa Véiez Delito: Homicidio en grado de tentativa en concurso con Porte de armas de fuego. 2.8.- En sesión del 25 de abril del 2017 se practicó el testimonio de: Eduardo Callejas Loaiza. Compañero permanente de la víctima. Frente a los hechos, textualmente relató: “Resulta que yo tuve una amistad sentimental con la presente Diana Barbosa, Diana Patricia Barbosa, alrededor de casi dos, tres meses. Algún día, en las conversaciones con ella, pues ella me decía que no tenía esposo, que él vivía en la casa pero pues no tenían intimidad ni nada de esas cosas. Entonces estuvimos alrededor de tres meses en ía relación sentimental. En el trascurso ya del tiempo, yo me di cuenta de que de pronto el señor Efraín Maldonado ya se había dado cuenta que ella tenía alguna relación fuera del matrimonio o del hogar ya de la casa, entonces pues decidí ya como terminar eso. Por parte de un amigo me di cuenta de eso, que el señor Efraín ya se imaginaba pues por las salidas de Diana... entonces pues listo, se terminaron las cosas y pasado el tiempo empecé una relación con Deley Juliana Saavedra que es la víctima. Entonces, una vez, yo estaba en mi oficina trabajando, en la Cámara de Comercio de Zarzal, de la cual soy el director, entonces el señor Efraín Maldonado estaba haciendo una diligencia mercantil, ese mismo día llegó mi esposa Deley Juliana y me saludó, me dijo amor tal cosa, entonces el señor Efraín de una vez se paró

Efraín Maldonado estaba haciendo una diligencia mercantil, ese mismo día llegó mi esposa Deley Juliana y me saludó, me dijo amor tal cosa, entonces el señor Efraín de una vez se paró y le preguntó a ella ¿usted es la esposa de él? Y ella le dijo “sí señor” y dijo “ah osea que él es el mozo de mi esposa", entonces él terminó el trámite y salió y se fue. Eso eran casi las tres de la tarde. Al otro día, Diana irrumpió en nuestra casa alrededor de las doce y la una, sin, pues sin permiso ni nada, metió ia mano por la ventana de la puerta, ingresó hasta la casa, hasta la sala, perdón, y sacó un revólver de la pretina de su pantalón diciendo que “dónde está esa hijueputa que la voy a matar” un poco de vulgaridades, junto con Saeni y Martha Gallego. Saeni Pineda y Martha Gallego. Entonces mi esposa apenas la escucha diciendo pues todas las cosas que ella dice, que iba a matar a mi esposa, que me iba a matar a mí, entonces ella sale corriendo hacia el patio, en el patio de nuestra casa hay una escalera que va a un apartamento que sigue al segundo piso, entonces cuando ella ya ve, mi esposa ya ve todo ese acto, arranca a correr y yo me paro, yo estoy almorzando, yo me paro y le digo “Diana qué vas a hacer” y entonces ella me dice “voy a matar a esa hijueputa" entonces yo me paro y ella pasa por encima de mí y empieza a disparar en tres ocasiones dentro del patio de mi casa. Mi esposa se metió en el segundo piso y se saltó esa reja que hay allá, no sé cómo, y entonces cuando yo llego al patio yo ya no la veo a mi esposa y Diana me coge a cachazos

mi casa. Mi esposa se metió en el segundo piso y se saltó esa reja que hay allá, no sé cómo, y entonces cuando yo llego al patio yo ya no la veo a mi esposa y Diana me coge a cachazos a mí por la espalda, luego de eso yo me tiro al suelo, cuando yo veo que Diana se va hacia las escaleras yo arranco a correr para la calle, Saeni se queda en mi casa y Martha se queda afuera; Saeni estaba adentro con Diana apoyándola de que “mate esa hijueputa, mátelos, mátelos” le decía Saeni. Entonces yo me voy para la tienda de la esquina, cuando le pido el celular a una señora, a la señora de la tienda, que la señora prácticamente estaba cerrando su tienda pues por la bulla de los tiros, cuando yo le digo que si me regala el número de los policías me dice que no lo tiene, entonces yo me llevo el celular para una casa del frente que estaba un señor ahí parado, yo le pido el número de la policía y me dice que tampoco lo tiene. Me voy a una cuadra de mi casa, donde una amiga que en ese momento me acordé y le pido el número del cuadrante, en ese momentico me lo pasó y yo me devuelvo otra vez para mi casa. Al frente de mi casa queda un parque, enton

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