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TSDJ BUG SP - 76-895-60-00192-2016-00261-(02-03-2023)-1

Tribunal Superior de Buga

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Detalles

Título
TSDJ BUG SP - 76-895-60-00192-2016-00261-(02-03-2023)-1
Autor
Tribunal Superior de Buga
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2023

JUSTICIA PENAL BUGA SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA TRIBUNAL SUPERIOR Código: GSP-FT-09 Versión: 2 Fecha de aprobación: 22/05/2012 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrado Ponente: JAIME HUMBERTO MORENO ACERO Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Aprobado según Acta No.118 en Guadalajara de Buga, dos (2) de marzo de dos mil veintitrés (2023). OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Resuelve la Sala el recurso de apelación interpuesto por la defensa de HENRY LERMA VILLA contra la sentencia del seis (6) de febrero de dos mil veintitrés (2023), por medio de la cual el Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, Valle del Cauca, condenó al precitado individuo a la pena principal de 6 años de prisión, multa de 200 SMLMV, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena de prisión, como autor penalmente responsable del delito de fraude procesal, negándole la suspensión condicional de la pena y concediéndole la prisión domiciliaria. SITUACIÓN FÁCTICA Fueron expuestos por la Fiscalía General de la Nación en los siguientes términos: “Los hechos que a continuación se relacional, se supeditaron en el municipio de Zarzal Valle, el día 26 de junio de 2014…Los hechos que dieron lugar a la presente investigación se sustraen de la Noticia Criminal fechada del 03 de mayo de 2015,

según denuncia allegada por el Dr. JUAN EUDER QUICENO RODRIGUEZ, en calidad de apoderado judicial de las víctimas AURA NELLY, JAIRO, OLIVA, RUTH YANETH y TOMAS ANTONIO LERMA VILLA, donde ponen en conocimiento el presunto delito de fraude procesal, en el que incurriera el señor HENRY LERMA VILLA, hermano de las víctimas, donde manifiestan lo siguiente: 1. El señor LUIS FELIPE LERMA VIRGEN, padre de los señores AURA NELLY, JAIRO, RUTH YANETH, TOMAS ANTONIO LERMA VILLA, y HENRY LERMA VILLA, adquirió el día 21 de abril del año 1969, mediante escritura pública N.178 a través de compraventa realizada con el señor JOSE ENRIQUE SANCHEZ, bien inmueble que comprende casa de habitación con su respectivo lote de terreno con cavidad de 12x10 metros de los cuales para ese entonces se encontraban construidos 11 y medio metros. 2. Dicho bien se encuentra identificado con la Matricula Inmobiliaria N 384-92126 de la oficina de instrumentos públicos de Tuluá Valle.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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3. Al fallecimiento del señor LUIS FELIPE LERMA VIRGEN, se realiza la escritura pública de sucesión N. 107 del 20 de febrero del año 2003 en la Notaria Única de Zarzal Valle. 4. El día 14 de junio del año 2005 falleció en el municipio de Zarzal Valle la señora BLANCA OLIVA VILLA BUENO, quien en vida se identificaba con la C.C. N. 29.310.086, quien era madre del hoy denunciado y de los denunciantes. 5. Al fallecimiento de la señora BLANCA OLIVA VILLA BUENO y ante la condición de económica y situación de salud de HENRY LERMA VILLA, hoy denunciado y LUIS FELIPE LERMA VILLA, quien padece patologías como esquizofrenia severa y debe permanecer medicado, los demás hermanos tomaron la decisión de no adelantar sucesión alguna, y dejar que los dos hermanos mencionados continuaran ocupando el bien. 6. Los demás herederos pese a tener sus respectivos hogares constituidos y residir en diferentes lugares, continuaron al tanto de sus hermanos y del bien que fuera su casa materna hasta el día del fallecimiento de su señora madre y hogar de crianza desde el año 1969 cuando su padre adquirió por compraventa. Incluso fueron ellos quienes cada año suministraban los recursos necesarios para el respectivo pago de impuestos y arreglos del bien, con el fin de conservarlo en buen estado. 7. Aprovechando la buena fe de sus hermanos quienes constantemente consultaban por las necesidades de sus hermanos y estado del bien sin

en momento alguno verificar si lo manifestado por su hermano HENRY LERMA VILLA era cierto o no, éste inició a espaldas de sus demás hermanos, por intermedio de apoderado judicial el día 18 de septiembre de 2013 proceso ordinario de pertenencia (prescripción adquisitiva de dominio) ante el Juzgado Promiscuo de Zarzal. 8. En dicha demanda y pese no solo a conocer de los domicilios de sus demás hermanos y estar en constante comunicación con ellos, manifiesta no conocer la existencia de otros herederos o desconocer su domicilio. 9. Más grave aún es que el señor LUIS FELIPE LERMA VILLA, quien padece una enfermedad esquizofrenia severa y debe permanecer medicado, reside en el mismo domicilio, casa materna no solo de él y su hermano HENRY LERMA VILLA, sino de los demás herederos quienes en su buena fe y consideración con su hermano dejaron que este disfrutara del bien desde el fallecimiento de su señora madre el día 14 de junio del año 2005. 10. Es en este hecho plenamente demostrado donde se evidencia y queda debidamente probado el delito de fraude procesal cometido por el hoy demandado HENRY LERMA VILLA, ya que con la conducta es claro que sabiendo de la existencia de sus 5 hermanos y el lugar de residencia y el convivir bajo el mismo techo con su hermano LUIS FELIPE LERMA VILLA, quien está en incapacidad de auto determinarse y entender lo que sucede a su alrededor debido a su constante medicación, niega no solo conocer el domicilio de los mismos , sino el saber de la existencia de otros herederos con igual, o más o menos derecho que él. 11. En dicho proceso donde el señor HENRY LERMA VILLA, le manifestó al despacho judicial la inexistencia o conocimiento de existencia de otras personas con derecho, se logró mediante

los mismos , sino el saber de la existencia de otros herederos con igual, o más o menos derecho que él. 11. En dicho proceso donde el señor HENRY LERMA VILLA, le manifestó al despacho judicial la inexistencia o conocimiento de existencia de otras personas con derecho, se logró mediante sentencia del día 26 de junio del año 2014 (…) se le adjudicara este bien por parte del Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal Valle. 12. Al presentar la citada demanda y hacer la manifestación de desconocer la existencia de otros herederos o personas con derecho, el hoy denunciado indujo en error al Juez y de esta forma lograr la adjudicación de un bien que no solo no ha ocupado como lo manifestó en la demandada desde hace 40 años, sino que es de propiedad de sus 6 hermanos de quienes tiene amplio conocimiento de su existencia y lugares de residencia y convive bajo el mismo techo con uno de los herederos. 13. Incluso para poder dársele el respectivo trámite a la instaurada demanda, debió nombrarse curador ad litem y es de tal suerte que este al contestar la respectiva demanda manifiesta las inconsistencias en demandar a una persona fallecida y no dar información alguna de los herederos a lo cual el apoderado del demandante manifiesta que solo se puede demandar a herederos determinados si se conoce el nombre, dirección, teléfono donde puedan notificarlo y que al no saber de la existencia de ningún heredero o persona con derecho estos no se dan en la demanda, es decir, el demandante le ocultó a su apoderado la existencia de otras personas con derecho, como son sus 6 hermanos incluido uno que reside bajo su mismo techo. De igual forma se anexa a la denuncia, Certificado de Tradición del bien que fuera objeto de adjudicación mediante sentencia presentado al momento de demandar, copia de la demanda de prescripción adquisitiva de dominio con sello de recibido del Juzgado Promiscuo

bajo su mismo techo. De igual forma se anexa a la denuncia, Certificado de Tradición del bien que fuera objeto de adjudicación mediante sentencia presentado al momento de demandar, copia de la demanda de prescripción adquisitiva de dominio con sello de recibido del Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal de fecha 18-09-2013, copia de declaraciones rendidas por las señoras ROSA AURA TOBON RAMOS y CECILIA CAÑARTE DE SANCHEZ, copia de la sentencia proferida por elRadicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal el día 26 de junio de 2014, certificado de tradición de fecha 2 de mayo del año 2016 emitido por la Superintendencia de Notariado y Registro donde consta la inscripción de la demanda y el fallo que declara propietario a HENRY LERMA VILLA…”. ANTECEDENTES PROCESALES 1. El 21 de junio de 2017 ante el Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Zarzal, la Fiscalía formuló imputación contra HENRY LERMA VILLA como autor presuntamente responsable del delito de fraude procesal al tenor de lo descrito en el artículo 453 del Código Penal, cargos que no fueron aceptados por el precitado sujeto. 2. El 19 de septiembre de 2017 la Fiscalía presentó el escrito de acusación, mismo que correspondió por reparto al Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, ante quien el 16 de febrero de 2021 se realizó la audiencia de formulación de acusación en los mismos términos de la imputación. 3. La preparatoria se llevó a cabo el 12 de abril de 2021, momento procesal en que las partes sustentaron sus solicitudes probatorias y, acto seguido, el despacho de conocimiento procedió a su decreto. 4. El 1° de julio del mencionado año se dio inicio al juicio oral, ocupando 3 sesiones de práctica probatoria. El 17 de noviembre de 2022 se profirió sentido de fallo de carácter condenatorio y, el 8 de febrero de 2023 se emitió la sentencia. PRÁCTICA PROBATORIA ESTIPULACIONES. Las partes acordaron tener como hecho cierto y probado la plena identidad de HENRY LERMA VILLA. TESTIGOS DE CARGO. • AURA NELLY LERMA VILLA. Hermana del

PRÁCTICA PROBATORIA ESTIPULACIONES. Las partes acordaron tener como hecho cierto y probado la plena identidad de HENRY LERMA VILLA. TESTIGOS DE CARGO. • AURA NELLY LERMA VILLA. Hermana del procesado. Vive en Cali, su hermano es HENRY LERMA VILLA. Sus padres son Luis Felipe Lerma Virgen y Blanca Oliva Villa Bueno, quienes ya fallecieron. Su niñez la vivió en la casa familiar, luego se fue a Cali, pero visitaba constantemente a su madre. Señaló que su padre adquirió la propiedad cuando ellos eran pequeños, ahí vivían todos juntos. Que después cada uno tomó su rumbo y en la casa se quedaron su madre, junto con sus hermanos Luis Felipe Lerma Villa y el procesado, quienes siempre han vivido en esa casa.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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Reseñó que todos los hermanos acordaron que HENRY LERMA VILLA se quedara viviendo en esa casa, así como también su otro hermano Luis Felipe, quien tiene problemas de salud. En ese sentido acotó que así lo decidieron porque se trataba de sus hermanos, pero nunca pensaron que él fuera hacer lo que hizo. En lo que atañe al presente asunto, manifestó que HENRY LERMA VILLA nunca les pidió autorización para iniciar algún proceso civil para quedarse con la casa, pues se enteraron de ello cuando fueron a Catastro a pagar los impuestos y allí les informaron que la vivienda estaba a nombre del procesado. Afirmó que todo lo que él hizo para quedarse con la casa fue a espaldas de todos los hermanos, nunca les consultó nada pese a que sabia cómo contactarse con ellos, además, por lógica sabía que ellos existían, aunado a que HENRY LERMA VILLA nunca les pidió que le vendieran la parte que le correspondía a cada uno de ellos, o algo por el estilo. Afirmó que al saber que HENRY LERMA VILLA figuraba como dueño de la vivienda primero pensaron que su madre le había dejado algún documento, pero luego se dieron cuenta que ello no fue así. Agregó que la relación con el procesado nunca ha sido buena, que incluso se atrevió a vociferar que él ya no era su hermano. Por otro lado puntualizó que ella nunca compra periódicos. Manifestó que HENRY LERMA VILLA hizo una división en la casa sin contar con la autorización de todos los hermanos, y por eso Luis Felipe quedo con una parte de la casa y el implicado con otra, pero es una misma casa. Ante preguntas de la defensa

manifestó que ella vivió en la casa de sus padres aproximadamente 6 meses junto con sus hijos, pero se tuvo que ir porque había muchos problemas con HENRY LERMA VILLA. Precisó que su madre murió hace más de 15 años y después de eso ha ido a la vivienda como 4 veces pero no puede entrar, dado que HENRY LERMA VILLA no se lo permite, y por ello solamente se paraba en el andén a mirar si estaba Luis Felipe, entonces, por ese tipo de situaciones y la actitud del procesado “queda uno sin ganas” de ir a la vivienda. Señaló que a HENRY LERMA VILLA nunca se le entregó algún terreno o parte de la casa, simplemente acordaron que él, junto con Luis Felipe, vivieran ahí, dado que éste último tiene problemas de salud. Acotó que HENRY LERMA VILLA ocupa el lado izquierdo de la casa y Luis Felipe la otra parte. Adujo que al principio eran buenos hermanos, pero luego de que HENRY LERMA VILLA consiguió esposa, cambió, se volvió “desleal”, y no comprende por qué si los hermanos siempre han sido buenos con él. Ante preguntas del delegado del Ministerio Público manifestó que esa vivienda la compró su padre cuando ellos eran pequeños. Que después de que sus progenitores fallecieron, los que se quedaron viviendo en la casa fue HENRY LERMA VILLA y Luis Felipe, también vivía otra hermana que ya murió. Especifico que el lado izquierdo de la vivienda, donde está el patio, lo ocupa HENRY LERMA VILLA, y la otra parte Luis Felipe, además, el procesado

le ha realizado mejoras a la parte que habita, pero en realidad es una sola casa que él modificó para dividirla. Que el procesado vive ahí junto con su esposa e hijos. Señaló que los hermanos decidieron dejarlos vivir en la casa, pero nunca autorizaron nada sobre el bien.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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A preguntas aclaratorias del Despacho reiteró que se enteraron de lo que había sucedido con el bien porque en Catastro les dijeron que esa propiedad estaba a nombre del procesado. • JAIRO LERMA VILLA. Hermano del procesado. Vive en Cali. Su padres, quienes fallecieron hace ya mucho tiempo, eran Luis Felipe Lerma Virgen y Blanca Oliva Villa Bueno. Su progenitor compró ese bien en La Paila para darle un techo a su familia, y después de que el murió, su madre quedó como heredera de la casa. Que en total eran 9 hermanos, pero ya fallecieron 2, por lo que actualmente quedan 7, entre ellos HENRY LERMA VILLA. Señaló que todos han vivido en esa casa porque era la vivienda familiar, sin embargo, él se radicó en Cali hace muchos años. Que cuando su madre murió, con el consentimiento de todos los hermanos, HENRY LERMA VILLA y Luis Felipe se quedaron viviendo en la casa, personas que siempre han vivido en ese lugar. Agregó que los hermanos restantes son los que siempre han estado pendientes de la vivienda y Tomas -hermano mayor-, es quien se encargaba de los pagos de impuestos y demás cosas de la casa porque así lo decidieron. Que se dieron cuenta de que la vivienda estaba a nombre de HENRY LERMA VILLA porque fueron a pagar impuestos y se enteraron de tal situación y, por ende, acordaron conseguir un abogado. Respecto de la relación con HENRY LERMA VILLA afirmó que él era “muy tosco”, pues cuando su madre estaba viva y la iban a visitar,

él sacaba unos perros que había conseguido, así que su progenitora para evitar problemas, salía a la puerta para atenderlos y así “evitar problemas porque se había apoderado de la casa”. Aunado a que “él tiene la mentalidad de que no somos hermanos pues así lo dijo en la demanda, lastimosamente tenemos los mismos apellidos y padres”. Manifestó que lo que hizo el procesado con la vivienda fue sin el consentimiento o autorización de todos los hermanos. Respecto del por qué no hicieron sucesión cuando murió la madre señaló que, eso fue un “error” de ellos, aunado a que todos se habían ido a vivir fuera de La Paila y por ende, no estaban al tanto de lo que realmente sucedía con la vivienda, además, decidieron dejar viviendo en ella a sus hermanos HENRY LERMA VILLA y Luis Felipe, sin pensar que el primero de ellos fuera a adelantar un proceso para quedarse con la casa. Reiteró que lo que hizo HENRY LERMA VILLA fue sin consentimiento de los hermanos, y que él nunca les pidió que le vendieran o regalaran el bien y la parte que a cada uno le corresponde, pues ellos como herederos nunca han desistido o renunciado a los derechos que les asiste sobre el bien. Además, nadie le dio autorización para dividir la casa o colocar el muro, eso lo hizo después de que murió su madre, pero ellos no le dijimos nada en ese momento. Adujo que del proceso civil a él nunca lo notificaron y a sus hermanos tampoco. Además, el implicado sabía dónde vivían ellos, aunado a que en La Paila todo el mundo los conoce y existen los medios tecnológicos para ubicarlos con facilidad, sinRadicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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embargo, HENRY LERMA VILLA nunca trató de buscarlos para informarles del proceso. Aunado a que la esposa del procesado, “Amanda”, también sabe que ellos existen, quien les decía cuando ellos iban a la casa que “llegaron los ricos pobres de Cali”. Precisó que Luis Felipe vive en la casa, pero no sabe si él se enteró del proceso que adelantó HENRY LERMA VILLA para ser propietario de la casa, ya que Luis Felipe está enfermo “de la cabeza” después de haber prestado servicio militar. Acotó que él no vio algún cartel en la casa, y tampoco compra el periódico, porque todas las noticias están en las redes sociales. Enfatizó que si HENRY LERMA VILLA hubiese querido ubicarlos, lo hubiese podido hacer por diversos medios como el internet, pero nunca fue deseo de él que ellos se enteraran del proceso. Ante preguntas de la defensa manifestó que HENRY LERMA VILLA ha vivido en esa casa de La Paila toda la vida, igualmente su hermano Luis Felipe. Que el procesado se apoderó del patio y allí construyó sin consentimiento de todos los hermanos. Que Tomas -hermano mayorera el que pagaba los impuestos, pero todos reunían para ello, menos HENRY. A cuestionamientos de la Fiscalía puntualizó que cuando HENRY LERMA VILLA adquirió la casa con la sentencia del juzgado, comenzó a pagar impuestos, pero antes nunca lo hacía. Respecto de las preguntas del Juzgado indicó que su padre adquirió esa casa cuando ellos eran pequeños, que luego de que él falleció, la vivienda quedó a nombre de su madre. Que él se fue para Cali hace más de 30 años; que es un inmueble grande, y pese a que HENRY LERMA VILLA la dividió, es una sola casa. • RUTH YANETH LERMA VILLA. Hermana del procesado. Vive en Cali. Su padres

se fue para Cali hace más de 30 años; que es un inmueble grande, y pese a que HENRY LERMA VILLA la dividió, es una sola casa. • RUTH YANETH LERMA VILLA. Hermana del procesado. Vive en Cali. Su padres eran Luis Felipe Lerma Virgen y Blanca Oliva Villa Bueno. En total eran 9 hermanos, pero ya murieron 2. Manifestó que su progenitor en vida adquirió la casa ubicada en La Paila, allí vivieron todos porque era la casa familiar, así que cuando a alguno se le presentaba alguna necesidad, vivían en ese lugar con su madre, quien decía que la casa era de todos. Que después comenzaron los problemas con HENRY LERMA VILLA, así que ellos se comenzaron a ir, dado que al procesado “no le importaba agredir a los hermanos”, por lo que prácticamente “a todos nos sacó de la casa”. Señaló que cuando su padre murió, la casa quedó a nombre de su madre y todos firmaron para que eso fuera así, que luego su progenitora falleció y en la casa se quedaron viviendo sus hermanos Luis Felipe y HENRY, también otra hermana con su hijo, pero ambos fallecieron. Adujo que HENRY LERMA VILLA aprovechó que todos los hermanos se habían ido de la casa para apropiarse de ella. Aunado a que ellos confiaron en él porque “nunca uno piensa que un hermano le va a hacer eso”.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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Manifestó que todos los hermanos reunían dinero para pagar impuestos y los gastos de mantenimiento de la vivienda, ya que cuando su madre falleció, la casa quedó con deudas que ellos comenzaron a pagar, pero para eso HENRY nunca colaboró. Que el dinero se lo enviaban al hermano mayor Tomas, quien se encargaba de hacer los pagos. Así que una vez él fue a pagar en Catastro, y allí cuando buscaron con el nombre de su madre, no encontraron nada, pero luego al buscar el predio, les dijeron que estaba a nombre de HENRY LERMA VILLA y “ahí nos llevamos la gran sorpresa”. Señaló que a ella nunca le notificaron de algún proceso respecto del inmueble, y tampoco observó algún letrero o cartel en la casa y, en su sentir, lo más lógico era que se hubieran comunicado con ellos. Además, si HENRY LERMA VILLA hubiese querido contactarse con ellos, fácilmente lo hubiera podido hacer, pero eso nunca sucedió. Acotó que a HENRY LERMA VILLA nunca le regalaron la casa y menos aún alguna parte del bien, puesto que la idea era vender para que a cada uno le correspondiera lo pertinente porque “todos teníamos derechos…ninguno más que otro”, además ellos no han renunciado a los derechos que tienen sobre el inmueble. Por otra parte indicó que su hermano Luis Felipe siempre ha vivido en esa casa, y que después del fallecimiento de su madre comenzó a sufrir de esquizofrenia “entonces uno habla normal con él y de un momento a otro queda desconectado del mundo”, entonces que por eso y por ayudar a HENRY, todos acordaron dejarlos a ellos en el inmueble familiar.

Ante preguntas de la defensa afirmó que no ha leído la sentencia del juzgado civil. Que ella vive en Cali hace aproximadamente 20 años. Que el procesado, sin consentimiento, decidió dividir la casa y se apoderó de la parte del patio y levantó paredes “como si le hubiéramos cedido la casa o esa parte”. Frente a preguntas del delegado del Ministerio Público señaló que cuando su padre falleció, todos acordaron que la casa quedara a nombre de su madre, para lo cual todos firmaron, incluido HENRY. Ya después de que su progenitora falleció, los únicos que quedaron en la casa fue el procesado, Luis Felipe y Luz Dary, quien después murió. Señaló que HENRY LERMA VILLA los agredía para que le tuvieran miedo, y que cuando quisieron hacer la sucesión por la muerte de su madre, él los trataba mal y decía que no iba a hablar de eso “entonces cómo hacíamos nosotros, era difícil”. Adujo que cree que su hermano Luis Felipe no se enteró de lo que pasaba con la casa porque nunca les dijo nada. Ante preguntas aclaratorias del Juzgado, acotó que ella fue quien presentó la denuncia porque así lo acordaron todos los hermanos porque “él prácticamente nos quitó la casa”. Precisó que la casa es grande, pero es una sola, con una misma dirección y tiene una sola escritura. Que el procesado construyó en el patio de la casa. Que su deseo es que todo se solucione y el implicado devuelta la casa porque “a todos los 7 nos corresponde por igual, no solo a él”.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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TESTIGOS DE DESCARGO. • HENRY LERMA VILLA. Procesado. Manifestó que vive en la casa familiar de La Paila desde hace aproximadamente 37 años. Que él construyó 2 habitaciones, la cocina y baño en su parte, porque su madre “no alcanzó a darme las escrituras”, ya que ella le iba a adjudicar el bien. Señaló que cuando su progenitora murió, todos sus hermanos se quisieron aprovechar de esa situación para vender la casa y que por eso “me vi obligado a buscar un abogado para proteger mis intereses”, así que inició el proceso civil, mismo que fue “todo legal”. Que en la casa se puso el aviso y “todo se hizo a la ley”, cartelera que estuvo visible por aproximadamente 5 meses y que sus hermanos nunca reclamaron porque “sabían que eso me lo había adjudicado mi madre”. Alegó que fueron sus hermanos los que levantaron una pared y dividieron el inmueble. Que él vive en esa casa con su esposa y 4 hijos. Su parte es la del patio que es aproximadamente de 6 x 12 metros, siendo eso lo que el juzgado civil le adjudicó. Afirmó que Luis Felipe no tiene ningún contacto con él, y que el día que el juzgado fue a la vivienda, su hermano no quiso abrir la puerta. A preguntas de la Fiscalía reiteró que vive en esa casa hace más de 37 años. Que su madre le adjudicó el predio, pero no “alcanzó” a dejar nada por escrito porque falleció. Acotó que Luis Felipe vive en esa casa, pero el día que el juez fue, él no quiso abrir la puerta. Adujo que él nunca ha sabido donde viven sus demás hermanos. Frente a preguntas del delegado del Ministerio Público indicó que en total son 7 hermanos. Que en la casa siempre ha vivido él y Luis Felipe, también habitaba otra hermana que ya murió. Reiteró que su madre la iba a

sabido donde viven sus demás hermanos. Frente a preguntas del delegado del Ministerio Público indicó que en total son 7 hermanos. Que en la casa siempre ha vivido él y Luis Felipe, también habitaba otra hermana que ya murió. Reiteró que su madre la iba a adjudicar la parte del patio pero falleció. Acotó que el proceso civil lo realizó solo sobre la parte del patio que tiene construida y eso fue lo que el juzgado le adjudicó. Manifestó que él no le contó a sus hermanos del proceso porque para eso estaba el cartel que puso en la casa. Que cuando su madre vivía, “ellos todos “el grupo” se la llevaron a Cali para hacerla vender la casa y comprar una en esa ciudad, “me querían dejar a mi sin nada”, y su madre se escapó y regresó a La Paila porque ella “me quería dejar esa propiedad a mí”. A preguntas aclaratorias del juzgado manifestó que la sucesión por la muerte de su madre no se hizo. Que la sentencia del juez civil se registró en la Oficina de Instrumentos Públicos y el predio fue desglosado. • ROSA AURA TOBON RAMOS. Es casada, tiene dos hijos. Vive en La Paila. Conoce a HENRY LERMA VILLA desde hace más de 30 años.Radicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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Manifestó que el procesado vivía en la casa de la mamá, pero en la parte de atrás y a madre en la parte de la esquina. Que la casa está en un mismo sitio. Que HENRY LERMA VILLA construyó en el patio y cuando la progenitora murió comenzaron los problemas. Al respecto afirmó que la madre del procesado le iba a dejar a él “los papeles” de la casa porque le daba “pesar” de su hijo quien tenía 4 hijos, así que “ella me dejo a mí las escrituras pero los hijos me las quitaron”. Por otra parte adujo que HENRY LERMA VILLA adelantó un proceso con abogados y ella sirvió como testigo. Pero luego los hermanos iniciaron otro proceso y “me amenazaron”. Que cuando el juez civil visitó la vivienda, ella estaba ahí y le hicieron unas preguntas, a lo cual ella contestó que la madre le había dejado a él “el pedazo de tierra”, además, en la vivienda colocaron un cartel grande que estuvo ahí bastante tiempo. A preguntas de la Fiscalía reiteró que conoce a HENRY LERMA VILLA desde hace más de 30 años. También conoció a la madre y a los hermanos, que eran 9 pero murieron 2. Que todos vivieron en esa casa, desde el papá en adelante, pero luego cada uno tomó su rumbo. Afirmó que en la casa esta “un loco que no le para bolas a nadie”, refiriéndose a Luis Felipe Lerma Villa. Por otra parte señaló que la madre quería dejarle la parte al procesado, pero “en vida no existió documentos” al respecto. Que en la casa, en la parte donde vive HENRY LERMA colocaron un cartel por casi 4 meses. Que ella de Luis Felipe no sabe nada porque él vive al lado. A preguntas aclaratorias del delegado del Ministerio Público indicó que cuando los hermanos se comenzaron a ir y los otros murieron, en la vivienda quedó HENRY LERMA VILLA y

un cartel por casi 4 meses. Que ella de Luis Felipe no sabe nada porque él vive al lado. A preguntas aclaratorias del delegado del Ministerio Público indicó que cuando los hermanos se comenzaron a ir y los otros murieron, en la vivienda quedó HENRY LERMA VILLA y que “al tiempo” llegó Luis Felipe a vivir en la parte de la esquina. Que HENRY vivía en la parte del patio y que la madre le dijo que esa era la parte que le iba a dejar al hijo, precisando que “ella no hizo escrituras ni nada, ni me dio nada…no me dio papeles”, los iban a hacer cuando la señora murió. Que ella fue testigo de HENRY en el proceso civil porque él le pidió el favor. SENTENCIA RECURRIDA En sentencia del seis (6) de febrero de dos mil veintitrés (2023), por medio de la cual el Juzgado Penal del Circuito de Roldanillo, Valle del Cauca, condenó al precitado individuo a la pena principal de 6 años de prisión, multa de 200 SMLMV, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena de prisión, como autor penalmente responsable del delito de fraude procesal, negándole la suspensión condicional de la pena y concediéndole la prisión domiciliaria. Para tal efecto manifestó que con las pruebas aportadas al proceso se demostró que HENRY LERMA VILLA en efecto promovió demanda de pertenencia por prescripción extraordinaria del dominio, en la que informó que se ignora la existencia de otras personas que se crean con igual o mejor derecho que él, y lo hizo bajo laRadicación: 76-895-60-00192-2016-00261. AC-085-23. Procesado: HENRY LERMA VILLA. Delito: FRAUDE PROCESAL. Decisión: CONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA.

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gravedad de juramento, tanto en la demanda como en la contestación de excepciones de fondo propuestas po

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