TSDJ BUG SRPA - 76-520-60-01-246-2020-0130-00- A-179-20-(16-12-2020)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SRPA - 76-520-60-01-246-2020-0130-00- A-179-20-(16-12-2020)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- SRPA
- Año
- 2020
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES – El fiscal al delimitar la umputación o la acusación debe referir, de manera clara, sucinta y en lenguaje comprensible, los hechos jurídicamente relevantes/DERECHO AL DEBIDO PROCESO – La Fiscalía, en el acto complejo del traslado del escrito de acusación, no concretó las acciones constitutivas de las lesiones personales que se imputan al enjuiciado y la juez de la causa, sin realizar el debido control judicial y no disponiendo de hechos y de pruebas, impuso sentencia condenatoria por dicho delito. FUENTES FORMALES: Ley 906 de 2004, artículos 288, 337, 457 y 536. CITAS DE JURISPRUDENCIA: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, decisiones SP5660-2018 y SP4792-2018. Magistrada ponente : Bárbara Liliana Talero Ortiz Auto segunda instancia del : 16.12.2020 Aprobado mediante acta : Decisión : anula la actuación desde el traslado del escrito de acusación Delito : Hurto calificado y agravado Procesado : JMLA Procedencia : Juzgado Primero Promiscuo Familia Palmira Radicación : 76-520-60-01-246-2020-0130-00A-179-20