TSDJ BUG SRPA - 76-520-60-01-246-2021-00017-01-(08-02-2023)
Tribunal Superior de Buga
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Detalles
- Título
- TSDJ BUG SRPA - 76-520-60-01-246-2021-00017-01-(08-02-2023)
- Autor
- Tribunal Superior de Buga
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- SRPA
- Año
- 2023
SISTEMA PENAL ACUSATORIO - El marco fáctico dentro del cual se debe realizar el juicio está limitado por los hechos jurídicamente relevantes narrados en la audiencia de formulación de imputación/HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - La relevancia del hecho está supeditada a su correspondencia con la norma penal/NULIDAD POR LA FALTA DE CONCRECIÓN DE LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - En el caso bajo examen se observa que en la audiencia de formulación de imputación la fiscalía. Inicialmente, err ó al hacer resumen casi textual de elementos materiales probatorios en su poder sin hacer el juicio de imputación fáctica que correspon día, error finalmente corregido en el mismo acto procesal/ NULIDAD POR LA FALTA DE CONCRECIÓN DE LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RE LEVANTES - A pesar del error inicialmente cometido, quedaron explícitas fácticamente las conductas que se le endilgan al procesado, en concreto, los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años y actos sexuales con menor de catorce años, tal como lo expresó la Fiscalía y sin que fuera necesario mencionar la palabra concurso, como lo exige el impugnante/MEDIDAS DE PROTECCIÓN - En el presente asunto no se observa que se hayan dispuesto medidas de protección para los menores de edad, tanto imputa do como víctima, tendientes al restablecimiento de sus derechos y a evitar la revictimización, razón por la cual se ordenará al juez de primera instancia que disponga lo pertinente. Auto de segunda instancia (AD-004-22) del 8 de febrero de 2023, con ponencia
derechos y a evitar la revictimización, razón por la cual se ordenará al juez de primera instancia que disponga lo pertinente. Auto de segunda instancia (AD-004-22) del 8 de febrero de 2023, con ponencia del Dr. José Jaime Valencia Castro. Decisión: confirma el auto apelado.