TSDJ CLO SL - 008 2016 00398 01-(04-10-2019)
Tribunal Superior de Cali
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Detalles
- Título
- TSDJ CLO SL - 008 2016 00398 01-(04-10-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Cali
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2016
REPUBLICA DE COLOMBIA.
TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI.SALA LABORAL.
Ref. ESMERALDA CARDONAZAPATAC/ Colfondos y OtrosRad. 008-2016-00398-01
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALISALA LABORAL
AUTO NÚMERO 021Aprobado Acta No. 064 Santiago de Cali, a los Gato (4) dias del mes deOCTUBRE de dos mil diecinueve (2019).
MAGISTRADO PONENTE: DR. CARLOS ALBERTO OLIVER GALE Los apoderados judiciales de las partes demandadas,COLFONDOS PENSIONES Y CESANTIAS y ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A.,interpusieron dentro de la oportunidad procesal, recurso extraordinario de Casación contrala sentencia No. 014 del 7 de febrero de 2019, proferida por ésta Sala, teniéndoseentonces que con la declaratoria de inexequibilidad del artículo 48 de la Ley 1395 de 2010mediante sentencia No. 053 de febrero26 de 2016, para su procedencia la cuantía delinterés jurídico debe exceder de 120 veces el salario mínimo legal mensual vigente. Estoes, de la suma de $99.373.920,00.
Cabe advertir que el apoderado judicial sustituto deALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A., cometió un error de digitación utilizando un nombreequivocado en el recurso, manifestando que se trata de “MAPFRE COLOMBIA VIDASEGUROS S.A.”; sin embargo, después de haber verificado el audio de la audiencia,quedó plenamente demostrado que dicho apoderado funge como defensor de laALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A., aunado a que “MAPFRE COLOMBIA VIDASEGUROS S.A.” no se encuentra vinculado al presente proceso.
El interés jurídico para recurrir en casación de las partesdemandadas COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTIAS y ALLIANZ SEGUROS DEVIDA S.A., están representados en las pretensiones a que fue condenadas en primera ysegunda instancia, la cual consisten en: condenar a COLFONDOS S.A. PENSIONES YCESANTÍAS a reconocer y pagar a la señora ESMERALDA CARDONA ZAPATA, la1REPUBLICA DE COLOMBIA.
TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI.SALA LABORAL.
Ref. ESMERALDA CARDONAZAPATAC/ Colfondos y OtrosRad. 008-2016-00398-01 pensión de sobrevivientes en calidad de compañera permanente del señor DANIELEDUARDO GÓMEZ BONILLA con monto pensional del 50% a partir del 1” de mayo de2016, sin perjuicio de los incrementos legales y de las mesadas adicionales de cadaanualidad; junto con los intereses moratorios previstos en el artículo 141 de la Ley 100 de1993 sobre las mesadas pensionales adeudadas hasta la fecha en que se realice el pago;por otra parte, condenó a ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A., a pagar a COLFONDOSPENSIONES Y CESANTÍAS S.A. con destino a la cuenta de ahorro individual del señorDaniel Eduardo Gómez Bonilla la suma adicional que sea necesaria para completar elcapital que financie el monto de la pensión de sobrevivientes de la demandante.
Examinando dicho interés en el caso de autos, se tiene quela señora ESMERALDA CARDONA ZAPATA, nació el 11 de abril de 1972 (fl.2), con unaexpectativa probable de vida de 39 años, lo que significa que las mesadas pensionalescausadas a futuro equivalen a 468 meses, multiplicados por el valor de $414.058,00,equivalente al 50% de la mesada pensional para el año 2019, arroja $226.075.668,00,que sumados a las mesadas pensionales generadas entre el 1° de mayo de 2016 hasta lafecha de la sentencia de segunda instancia, 7 de febrero de 2019, por valor de$14.494.496,00, arrojan $240.570.164,00, monto que supera la cuantía para acudir encasación, en los 120 s.m.l.m.v., equivalentes a $99.373.920,00. SMLMV DESDE HASTA MESADA 100% | REAJUSTE | MESADA 50% # MESADAS TOTAL$ 689.545,00 01/05/2016 31/12/2016 | $ 689.545 5,75% $ 344.773 10 $ 3.447.725$ 737.717,00 01/01/2017 31/12/2017 | $ 737.917 4,90% $ 368.859 14 $ 5.164.019$ 781.242,00 01/01/2018 31/12/2018 | $ 781.942 3,18% $ 390.621 14 $ 5.468.694$ 828.116,00 01/01/2019 31/01/2019 | $ 828.116 $ 414.058 1 $ 414.058
TOTAL MESADAS 1-5-2016 al 31-01-2019 $ 14,494,496
VIDAPROBABLE: $ 414.058 |x 39 x 14 mesadas = $ 226.075.668
Mesadas retroactivas + vida probable $240.570.164 El interés para recurrir de la Aseguradora no solo consiste enel valor de la suma con que debe contribuir para financiar la pensión, si no el valor de lapensión de sobrevivientes y la vida probable de los beneficiarios, pues de caerse elderecho a la pensión por vía de casación del fondo privado, no tendría que financiar dichapensión, en otras palabras, existe una conexión inescindible entre la pensión deREPUBLICA DE COLOMBIA.
TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI.SALA LABORAL.
Ref. ESMERALDA CARDONAZAPATA .C/ Colfondos y OtrosRad. 008-2016-00398-01 sobrevivientes, su valor, vida probable de sus beneficiarios, el derecho a que se cause, yla actuación de la aseguradora que contribuye a financiar la pensión. En mérito de lo expuesto, la Sala Laboral del TribunalSuperior de Cali, RESUELVE: PRIMERO: CONCEDER el recurso extraordinario deCasación interpuesto dentro del término legal por las partes demandadas COLFONDOSS.A. PENSIONES Y CESANTIAS y ALLIANZ SEGUROS DE VIDA $.A., contra lasentencia No. 014 del 7 de febrero de 2019, proferida por ésta Sala, para que se surtaante la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
SEGUNDO: ENVÍESE el expediente a dicha Corporaciónpara los fines pertinentes.
TERCERO: ABSTENERSE DE ACEPTAR la renuncia depoder presentada por parte del Doctor ROBERTO CARLOS LLAMAS MARTÍNEZ,identificado con cédula de ciudadanía No. 73.191.919 de Cartagena (B) y TarjetaProfesional No. 233.384 del C.S. de la J., en calidad de apoderado judicial de una de laspartes demandadas, COLFONDOS PENSIONES Y CESANTÍAS S.A., por no acreditar losrequisitos exigidos en el inciso 4” del artículo 76 del Código General del Proceso, aplicadopor e! principio de integración normativa.