TSDJ CTG SCF - 13001-31-03-001-2016-00276-02-(09-04-2018)
Tribunal Superior de Cartagena
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Detalles
- Título
- TSDJ CTG SCF - 13001-31-03-001-2016-00276-02-(09-04-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Cartagena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2018
Magistrado Ponente: John Freddy Saza Pineda.
Número de Radicación: 13001-31-03-001-2016-00276-02.
Tipo de Decisión: Auto proferido por el magistrado sustanciador.
Fecha de la Decisión: 9 de abril de 2018.
Clase y/o subclase de proceso: Verbal-Simulación. DEBER DE LAS PARTES DE APORTAR CON LA DEMANDA SUS ELEMENTOS MATERIALES PROBATORIOSA la luz de lo establecido en el C.G.P, por regla general, corresponde a las partes la carga de obtener o gestionar, de forma directa y antes del inicio del proceso, la ma yor cantidad posible de elementos materiales probatorios con el fin de que sean presentados con la demanda. PODERES DE ORDENACION E INSTRUCCIÓN DEL JUEZ . Solo cuando las pruebas no se puedan obtener o gestionar directamente por circunstancias debidamente justificadas, podrá el juez ejercer sus poderes de ordenación e instrucción para que al proceso se traigan los documentos que la parte no pudo conseguir o para que se practique el dictamen que no pudo presentar.