TSDJ CTG SCF - 1300131-03-004-2019-00127-01-(25-02-2020)
Tribunal Superior de Cartagena
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Detalles
- Título
- TSDJ CTG SCF - 1300131-03-004-2019-00127-01-(25-02-2020)
- Autor
- Tribunal Superior de Cartagena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2020
Magistrado Ponente: Carlos Mauricio García Barajas Número de Radicación: 1300131-03-004-2019-00127-01
Tipo de Decisión: Confirmar Auto Fecha de la Decisión: 25 de febrero de 2020.
Clase y/o subclase de proceso: Verbal.
CONCILIACION EXTRAJUDICIAL EN DERECHO COMO REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD: Conforme al artículo 38 de la ley 640 del 2001, si la materia de que trate es conciliable, la conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad deberá intentarse antes de acudir a la especialidad jurisdiccional civil en los procesos declarativos, con excepción de los divisorios, los de expropiación y aquellos en donde se demanda o sea obligatoria la citación de indeterminados, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 590 del C.G.P.
SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES PARA OBVIAR EL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD: La solicitud de medidas cautelares debe realizarse desde el mismo momento que se acude a la jurisdicción, es decir con la presentación de la demanda.