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TSDJ CTG SP - 13001600112920140010501-(10-10-2024)

Tribunal Superior de Cartagena

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Detalles

Título
TSDJ CTG SP - 13001600112920140010501-(10-10-2024)
Autor
Tribunal Superior de Cartagena
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

República de Colombia

TRIBUNAL SUPERIOR

DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA

SALA DE DECISIÓN PENAL

1

JOSÉ DE JESÚS CUMPLIDO MONTIEL

Magistrado Ponente

C.U.I. 13-001-6001129-2014-00105-01 Radicación n°. G10 0047-2024 Acta 179

Cartagena de indias, D, T y C., diez (10) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).

VISTOS

Resolver los recursos de apelación presentados por los defensores de KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA contra la sentencia de fecha 5 de septiembre de 2024 proferida por el Juzgado 4° Penal del Circuito de Cartagena que los condenó como coautores, a título de dolo, del delito de proxenetismo con menor de edad a 232 meses de prisión y multa de 12.3 SMLMV, sin derecho a subrogados ni sustitutos de la pena.

HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES

Pueden sintetizarse así:

Ante la Fiscalía General de la Nación, el 28 de julio de 2014, rindió información el ciudadano estadounidense Timothy Ballard, en su calidad de presidente de la ONG “Underground Railroad” , quien manifestó que al momento en que él y su grupo de colaboradores se encontraban caminando las playas de la isla de Barú, una persona nativa que se hacía llamar “fuego”

presidente de la ONG “Underground Railroad” , quien manifestó que al momento en que él y su grupo de colaboradores se encontraban caminando las playas de la isla de Barú, una persona nativa que se hacía llamar “fuego” los abordó y les ofreció tanto drogas como niños con fines sexuales, a cambio de dinero.RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

2 En consecuencia, realizadas las pesquisas de rigor, el día 2 de octubre de 2014, la Fiscalía elevó solicitud de agente encubierto a la Subdirección seccional de Fiscalías y Seguridad Ciudadana en Cartagena, la cual emitió respuesta positiva el día 7 de octubre de 2014, designando así como agentes encubiertos a los servidores de policía judicial del CTI: Yesid Muñoz Males, Elkin Peña Bernal, Jorge Martes Fawcet y a Jackeline Reyes Sarmiento, bajo los alias de “Sebastián” “Javier” y “Robert” respectivamente, y a Reyes Sarmiento como agente de control y de igual forma a los ciudadanos estadounidenses Timothy Blain Ballard y Paul Hutchinson, bajo los alias de “Bryan” y “Pablo”.

Seguidamente se planifica organizar una fiesta en la isla de Barú, punta blanca cabaña “la coqueta”, en donde se celebraría una fiesta de despedida

“Bryan” y “Pablo”.

Seguidamente se planifica organizar una fiesta en la isla de Barú, punta blanca cabaña “la coqueta”, en donde se celebraría una fiesta de despedida de soltero de una persona de sexo masculino, extranjera y millonaria el anterior papel estaría a cargo del agente encubierto “Pablo”.

La figura de agente encubierto se declar a en vigencia a partir del día 7 de octubre de 2014, ese mismo día a las 6 de la tarde se llevó a cabo reunión en el centro comercial NAO, la cual fue organizada por “fuego”, quien sostuvo conversación con “Bryan”, este permitió contactó entre “fuego” y los agentes “Javier” y “Robert”, en dicha reunión “fuego” llega en compañía de “Eduard”, quien recibió el dinero solicitado para solventar gastos logísticos como el transporte y comunicación, en esa reunión acordaron que cada niña tendría un valor de $ 300.0 00 pesos, y “fuego” aseguró poder ubicar a un total de 20 niños.

Alias “fuego”, es JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA, de profesión guía turístico y se dedica a desarrollar esa actividad en las playas de Barú, combinándola a su vez con el manejo de lanchas y ofr ecimiento de servicios sexuales con menores de edad a turistas extranjeros, y a su vez suministro a la fiesta como segundo de “Eduard” la cantidad de 16 presuntas niñas y 3 niños, en compañía de HORACIO REBOLLEDO PACHECO.

Bajo esa línea, el día 7 de octub re de 2014, a las 7 de la noche, “Javier”,

compañía de HORACIO REBOLLEDO PACHECO.

Bajo esa línea, el día 7 de octub re de 2014, a las 7 de la noche, “Javier”, recibió una llamada de “Eduard”, en dicha conversación acuerdan una cita para ese mismo día a las 9 de la noche en la iglesia Jhonny Copete, ubicada en el barrio la Consolata, a la hora indicada se desplazaron los agentes “Javier” “Robert” “Bryan” , hasta el lugar donde son contactados por “Eduard” para que abordaran un vehiculó, en donde se realizaron varios trayectos de cara a desorientar a los agentes, para finalmente llegar a unaRAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

3 vivienda en donde se encontraban 2 menores de edad, a los cuales se les fijó el precio entre 200 y 300 USD por cada uno.

Alias “Eduard” es EDUARDO ORTEGA ISSA, quien es el líder y organizador de los hechos delictivos, llevando a la fiesta con su segundo “fuego” la cantidad de 16 presuntas niñas y 3 niños, también a su tío HORACIO REBOLLEDO PACHECO, quien sería el encargado de la logística.

El día 9 de octubre de 2014, a las 11 de la mañana, los agentes “Bryan”

PACHECO, quien sería el encargado de la logística.

El día 9 de octubre de 2014, a las 11 de la mañana, los agentes “Bryan” “Robert” y “Javier”, establecen contacto con “Eduard”, durante dicho encuentro “Javier” le entrega un adelanto por valor de 500 USD, con el fin de mantener el ánimo y el contacto, y de esa forma preservar la fachada inicial, finalizando la reunión con la entrega del dinero. Ese mismo día a las 8 de la noche, “Eduard” se comunica telefónicamente con “Javier”, en donde “Eduard” le hace un ofrecimiento de un mayor número de menores, por un costo menor al tratado en la anterior ocasión, y se programó fecha y hora para el siguiente encuentro, en donde asistirían 3 personas más que se identificador como “Samuel” “Luis” y una joven “Naty” la cual tomo la vocería e indicó que ella podía conseguir aproximadamente 15 niñas colegialas, garantizando que la mayor podría tener unos 16 años de edad, por otra parte SAMUEL asegura poder conseguir 12 niñas, ya que el posee una academia de modelaje y podría proveer de ese grupo niñas de 16 años de edad.

Alias “Samuel” es SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ, quien labora en una escuela de modelaje, situación que le permite reclutar los NNA, y llevó a la fiesta una cantidad de 26 presuntas niñas y 6 presuntos niños, y además iba en compañía de alias “Kelly” o “Johanna”.

En ese panorama, el día 10 de octubre de 2014 a las 8 de la mañana los agentes “Robert” y “Javier” atendiendo a una llamada realizada por “Eduard”, se reunieron en la casa de un particular, en donde intervienen

En ese panorama, el día 10 de octubre de 2014 a las 8 de la mañana los agentes “Robert” y “Javier” atendiendo a una llamada realizada por “Eduard”, se reunieron en la casa de un particular, en donde intervienen también “Luis Miguel”, “Fuego” y “Naty”, en dicha reunión se presentaron a 16 niñas y un niño, de los cuales 3 eran vírgenes, “Eduard” en la reunión manifestó que sus niñas estaban listas, dispuestas para servicios sexuales en el lugar y momento en que fueran requeridas, por lo que propone una fiesta en un lugar privado, a lo que “Javier” pregunta si las asistentes estarían dispuestas a acudir a tal fiesta, a lo que “Eduard” responde que ya todas están charladas y le dirige la palaba a “ Javier” solicitándole dinero para comprarles vestidos de baño para que en la fiesta luzcan como un Manjar, seguidamente “Javier” le entrega a “ Eduard” la suma de $ 50.000 pesos a cada una de las niñas presentes a lo que acto seguido “ Eduard”RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

4 procede a llamar telefónicamente a más niñas y llegaron 12 más, a quienes se les entregó la misma cantidad de dinero para la compra de trajes de baño,

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

4 procede a llamar telefónicamente a más niñas y llegaron 12 más, a quienes se les entregó la misma cantidad de dinero para la compra de trajes de baño, al tiempo “Eduard” solicitó la suma de $ 1.200.000 pesos, para cancelar el transporte de las niñas el día de la fiesta, y también “ fuego” “Luis Miguel” y “Naty”, requieren su respectiva propina, y les fueron entregados la suma de $ 100.000 pesos a cada uno.

Ese mismo día, a las 11 de la mañana, “Eduard” coordinó otra reunión en inmediaciones al hotel costa del sol a la que asistieron “Johana” “Samuel” y los agentes “Javier” y “Roberth”, e igualmente 16 niñas y 6 niños , en dicha se reunión se conversó sobre si los niños están dispuestos a asistir a la fiesta, y “Samuel” les presenta a los agentes a los menores como los anfitriones de la fiesta, y solicitó una suma de $ 50.000 para los menores de edad que allí se encontraban.

El 10 de octubre de 2014, siendo las 11 y 30 de la mañana, “Javier” recibe llamada de “Eduard” que le informa que tenía 28 niñas y 3 niños menores de 10 años de edad, y coordinan entre ellos como sitio de encuentro para asistir a la fiesta, el parque de manga ubicado diagonal al club de pesca a las 8 y 30 de la mañana del día 11 de octubre de 2014, igualmente se informó que “Samuel” tenía 26 niñas y 8 niños a quienes se les informó el lugar y la hora de encuentro.

las 8 y 30 de la mañana del día 11 de octubre de 2014, igualmente se informó que “Samuel” tenía 26 niñas y 8 niños a quienes se les informó el lugar y la hora de encuentro.

Alias “Johanna”, es KELLY JOHANA SUAREZ MOYA, candidata al reinado popular de las fiestas de independencia de Cartagena, y se dedica al reclutamiento de NNA en las instituciones educativas y en academias de modelaje, quien, en compañía de SAMUEL, llevó a la fiesta a 26 presuntas niñas y 6 presuntos niños.

A tono con lo anterior, en relación a la referenciada información, se confirmó la asistencia de 28 niñas, 3 niños, 3 niñas vírgenes y posiblemente 3 niños de 10 años, estos últimos serian el regalo para el jefe (alias Pablo), estos NNA al interior de la fiesta idea de “Eduard”, en donde se reunirían sus niños, los de “fuego”, los de “Naty” y los de “Samuel”, para llevar a cabo dicha idea “Eduard” solicito la suma de $ 10.000 USD, y proveerían además cualquier tipo de sustancia alucinógena para vender en el lugar.

Finalmente, el día 11 de octubre de 2014, siendo las 7 de la mañana, se contactaron “Eduard” y “Samuel” con “Javier” para ultimar la llegada al sitio previamente indicado el cual se realizó con el arribo de 2 barcos en los cuales llegaron los grupos de NNA, en compañía de “ Eduard”, “fuego”, “Samuel”,RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

llegaron los grupos de NNA, en compañía de “ Eduard”, “fuego”, “Samuel”,RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

5 “Luis Miguel”, “Johanna” y una persona más que se le conoció como alias “tio”, alias “Naty” no llegó al encuentro, así los 2 buses con todo el grupo de NNA incluyendo a los agentes “Javier”, “Robert” y “Sebastián” se desplazaron hasta el puerto de manga, donde los esperaría el agente “Bryan” en donde se embarcaron en 3 lanchas con destino a la cabaña “la coqueta” ubicada en la isla de Barú, lugar en donde se realizaría la fiesta y se esperaba al agente encubierto “ Pablo”, llegaron a la cabaña a las 11 de la mañana al tiempo tanto los menores y los procesados, en dicho lugar se aislaron a los menores de edad y el resto de los organizadores se reunieron y sellaron el comercio carnal de aquellos con la entrega de dinero, quienes procedieron a contarlo y a guardarlo recibiendo “Eduard” la suma de $ 4.800.000 pesos y “Samuel” $ 4.000.000 , todo lo anterior quedando plasmado en registro fílmico.

ANTECEDENTES

Por los anteriores hechos el 15 de octubre de 2014 la Fiscalía General

“Samuel” $ 4.000.000 , todo lo anterior quedando plasmado en registro fílmico.

ANTECEDENTES

Por los anteriores hechos el 15 de octubre de 2014 la Fiscalía General de la Nación presentó ante el Juzgado 4° Penal de Cartagena con Función de Control de Garantías a los ciudadanos KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA declarándose legal sus capturas. Seguidamente, fueron imputados como coautores del delito de inducción a la prostitución en concurso heterogéneo con el delito de proxenetismo con menor de edad en con curso homogéneo sucesivo, no hubo aceptación de cargos. Por solicitud del ente persecutor a los imputados se les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, determinación que fue confirmada por el Juzgado 1° Penal del Circuito de Cartagena el 8 de julio de 2015. El conocimiento del asunto correspondió por reparto1 al Juzgado 4° Penal del Circuito de Cartagena, en esa unidad judicial se instaló la audiencia de acusación 23, preparatoria45, juicio oral67, los alegatos de conclusión8 y el sentido del fallo9. La sentencia fue leída el 5 de septiembre de 2024 y contra ella la bancada de la defensa interpuso recurso de apelación el cual sustentaron por escrito dentro del término legal. Descorrido el traslado por los no rec urrentes quienes renunciaron al término restante, por auto de fecha 16 de septiembre de

1 17-02-2015.

término legal. Descorrido el traslado por los no rec urrentes quienes renunciaron al término restante, por auto de fecha 16 de septiembre de

1 17-02-2015. 2 El 4 de diciembre de 2015. 3 Fallida: 07-05-2015, 03-08-2015, 03-08-2015, 31-08-2015, 19-10-2015. 4 Se llevó a cabo, tras varios aplazamientos el 3 de noviembre de 2022. 5 Fallida: 14-07-2016, 20-09-2016, 26-01-2017, 30-05-2017, 05-07-2017, 28-09-2017, 14-11-2017, 24-01-2018, 31-07-2018, 27-11-2018, 14-02-2019, 13-06-2019, 22-01-2020, 10-03-2022, 28-03-2022, 31-05-2022, 01-06-2022, 02-06-2022, 03-06-2022, 09-08-2022, 11-08-2022, 12-08-2022, 16-08-2022, 18-08-2022, 31-08-2022, 09-09-2022, 27-09-2022, 02-11-2022. 6 Se instaló el 22 y 23 de febrero, 19, 20 de abril de 2023, 15, 20, 22 de febrero, 27 de junio, 2, 24, 25, 26 de julio, 8, 9, 12 de agosto de 2024 y la práctica probatoria culminó el 30 de agosto de 2024. 7 Fallida: 18-04-2023, 21-04-2023, 04-09-2023,

de agosto de 2024. 7 Fallida: 18-04-2023, 21-04-2023, 04-09-2023, 8 Tuvieron lugar ese mismo día feneciendo el 2 de septiembre de 2024. 9 Que se anunció de inmediato.RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

6 2024 el a quo concedió el recurso en el efecto suspensivo que correspondió por reparto de ese mismo día a esta Sala Penal. El asunto pasó al Despacho Ponente el 19 de septiembre de 2024.

SENTENCIA APELADA

El Juez acometió la solución del problema jurídico, esto es, si los procesados actualizaron los delitos objeto de acusación10.

Seguido a ello, consideró que se pudo probar, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad de KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA en el delito de proxenetis mo con menor de edad. Pregonó un concurso aparente de tipos penales con el delito de inducción a la prostitución, conforme lo anunció en el sentido del fallo. A continuación, desarrolló la dogmática que compone el delito de

edad. Pregonó un concurso aparente de tipos penales con el delito de inducción a la prostitución, conforme lo anunció en el sentido del fallo. A continuación, desarrolló la dogmática que compone el delito de proxenetismo con menor de edad, así como la figura de la coautoría.

Refirió que los procesados, de común acuerdo, reclutaron menores luego de haber ofrecido su intercambio sexual a cambio de dinero, preparando el escenario para ello en un lugar privado y aislado, pero a la vista de todos, con la excusa de una fiesta en la que los invitados eran NNA y los otros participantes eran los proxenetas y los terceros (agentes encubiertos) que iban supuestamente a satisfacer sus apetencias sexuales.

Fundó la materialidad del hecho en los testig os de cargo, quienes dieron cuenta del ofrecimiento de sexo infantil en una playa de Barú y la correspondiente denuncia de ese hecho; la forma en que los procesados mantuvieron el contacto inicial con Timothy Ballard a quien habían presentado la oferta delictiva.

Para el a quo emergió claro que los agentes encubiertos Elkin Arnulfo Peña Bernal , Yesid Muños Males y Jorge Enrique Martes Fawcett dieron cuenta de la ambición de la red reclutadora de niños que aprovechándose de la necesidad de éstos y con la ex cusa de una fiesta en las que se les

10 ¿hacían parte de una organización dedicada a ofrecer menores de edad para satisfacer los deseos sexuales de extranjeros, así como también se lucraba induciendo al comercio carnal o la prostitución de jóvenes mayores de edad, lo que constituye respectivamente las conductas punibles de PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD (Art. 213 A C.P.), en

carnal o la prostitución de jóvenes mayores de edad, lo que constituye respectivamente las conductas punibles de PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD (Art. 213 A C.P.), en concurso con INDUCCION A LA PROSTITUCION (Art. 213 C.P.) y en específico que participaron en la organización y realización de la fiesta de despedida de soltero a realizarse el 11 de octubre 2014 en la Isla de Barú, Punta Blanca, cabaña “la coqueta”, frente a Islas del Rosario -Isla grande y diagonal a Isla arena, donde transportaron a los menores pa ra que participaran en la supuesta fiesta en la que extranjeros tendrían relaciones sexuales con los menores y jóvenes inducidas a la prostitución?RAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

7 ofrecía, dadivas, dinero, diversión, comida y licor en un ambiente paradisiaco, los atrajeron y transportaron a la cabaña “La Coqueta” ubicada en la Isla Barú, lugar privado donde los exhibieron como mercancía, para que fueran escogidos por quienes cumpliendo su misión oficial como agentes encubiertos se hacían pasar por pederastas y una vez entregado el pago por los NNA dieron la señal para que se cumpliera el operativo planeado contra esta red criminal dándole captura en flagrancia a sus integrantes.

encubiertos se hacían pasar por pederastas y una vez entregado el pago por los NNA dieron la señal para que se cumpliera el operativo planeado contra esta red criminal dándole captura en flagrancia a sus integrantes.

Agregó que, del testimonio de Timothy Ballard puede extraerse que el 28 de julio de 2014 cuando se encontraba caminando por las playas con un grupo de turistas en el corregimiento de Barú fue abordado por una persona que se identificó como “Fuego” quien le ofreció los servicios sexuales de niños, niñas y adolescentes (NNA) a cambio de dinero, así como de drogas alucinógenas; esto fue puesto en conocimiento de las autoridades C.T.I., adscrito a la F.G.N., quien corroboró la información y se dio inicio a la investigación, de la cual hizo parte como agente encubierto.

En esa senda, trajo a cuenta el testimonio de Yesid Reynaldo Muños Males del CTI quien participó como agente encubierto con el alias de “Sebastián”, al igual que a los funcionarios del C.T.I., Elkin Arnulfo Peña Bernal, con el alias de “Javier”; Jorge Enrique Martes Fawcet con el alias “Roberth” y como agente de control Jackelin Reyes Sarmiento; que dan cuenta del reclutamiento de estos menores.

Relacionó que la s imágenes captadas por las cámaras y micrófonos permiten establecer las conversaciones que se llevaron a cabo de manera que valoró un primer video donde se reúnen los proxenetas con los agentes encubiertos en el cual EDUARDO ORTEGA ISSA informa que reunie ron 54 menores y SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ afirmó que estaban para tener

que valoró un primer video donde se reúnen los proxenetas con los agentes encubiertos en el cual EDUARDO ORTEGA ISSA informa que reunie ron 54 menores y SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ afirmó que estaban para tener sexo, y otros pormenores que se dejan ver en dicho registro en el cual ofrecen a los encubiertos a los menores como si de una feria se tratara solicitando que los traten con delicadeza, suave. Se justiprecia como se entregó el dinero a los proxenetas, con participación también de KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA manifestaciones que denotan el conocimiento y aquiescencia de lo que allí se realizaba por parte de la red. Expresó que en un segun do video también dialogan SAMUEL, KELLY, EDUARDO, JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA y HORACIO REVOLLO PACHECO aRAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

8 efectos de construir un lote o una compañía, especializada en criar niñas desde los 10 años para efectos de irlas formando a la prostitución, organización de fiestas, entre otros, así mismo se dialoga distribución de porcentajes.

Dentro del tercer video se escucha y observa como EDUARDO explica a SAMUEL y a KELLY las ganancias que van a recibir por este negocio si se

organización de fiestas, entre otros, así mismo se dialoga distribución de porcentajes.

Dentro del tercer video se escucha y observa como EDUARDO explica a SAMUEL y a KELLY las ganancias que van a recibir por este negocio si se organizan bien, afirmándoles que con el dinero que ellos van a recibir deben comprometerse a darle un nuevo precio cómodo a las niñas porque una cosa recompensa a la otra ya que van a empezar a ganar dinero.

Para el fallador en los videos se aprecia la participación activa de todos los procesados en el comercio carnal y explotación sexual de los menores, se observa la actitud de los participantes en las conversaciones, sus gestos, impresiones, aquiescencia y su disposición o acuerdo en realizar la conducta, la cual harían con profesionalism o, evitando problemas legales, haciendo parecer legal lo ilegal con la fachada de un hotel y una agencia de modelaje de menores a quienes captarían y les hablarían claro, esto es, estimulándolos para obtener ellos un lucro, repartiéndose los roles y estableciendo los porcentajes de cada uno en la negociación según su desempeño. Destacó que si bien los menores al momento de ser entrevistados dijeron que no tenían conocimiento de que se pretendía penderlos pues pensaban que se trataba de una fiesta finalmente ello es irrelevante porque quienes ejercieron el proxenetismo fueron los procesados, sin que importara el consentimiento de los menores.

Después, dio cuenta de las reuniones de fecha 7 de octubre de 2014 en el centro comercial Nao de Bocagrande, organizada por alias “fuego” - JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA quien le presentó a alias “Edward” - EDUARDO

Después, dio cuenta de las reuniones de fecha 7 de octubre de 2014 en el centro comercial Nao de Bocagrande, organizada por alias “fuego” - JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA quien le presentó a alias “Edward” - EDUARDO ORTEGA ISSA como su jefe a Timothy Ballard - “Brayan” que los relacionó con los agentes encubiertos “Javier” y “Robert”, para infiltrarlos en la organización.

Asimismo, en la misma fecha se convocó telefónicamente por “Edward” a “Javier” para las 21:00 horas en el barrio la Consolata por la Iglesia de Jhony Copete, asistiendo “Javier, Robert y Brayan ” en una vivienda en cuyo interior se encontraban doce (12) me nores a quienes observaron y establecieron precio por cada una en 300 dólares. El Juez compendió lasRAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

9 demás reuniones del 9 y 10 de octubre de 2014 a las 8:00 a.m. así como la de ese mismo día a las 11:00 a.m.:

“El 9 de octubre de 2014, a las 20:00 horas EDUARDO ORTEGA ISSA contacto y se reunión con los agentes

de ese mismo día a las 11:00 a.m.:

“El 9 de octubre de 2014, a las 20:00 horas EDUARDO ORTEGA ISSA contacto y se reunión con los agentes y tres (3) personas más que se identificaron con los alias de “Samuel, Luis y Naty”, quienes señalaron que podían conseguir NNA, estudiantes de colegio de Cartagena, de diferentes edades “Samuel” aseguro poder conseguir en una academia de modelaje de razón social “Stage Models Caribe” de las que proporcionaría niñas de 16 años.

El día 10 de octubre de 2014, siendo las 8:00 a.m., los agentas encubiertos “Javier, Robert y Brayan” establecen contacto con EDUARDO ORTEGA ISSA alias y realizan una reunión en casa de un particular en la cual interviene alias “Luis, Fuego”, en esta reunión presentaron a dieciséis (16) niñas y un (1) niño, de los cuales tres (3) eran vírgenes. EDUARDO ORTEGA ISSA alias “Eduard”, manifestó que sus niñas estaban listas para prestar los servicios sexuales en el lugar y el momento que fueran requeridas, proponiendo que se hiciera la fiesta en un lugar privado, a lo que “Javier” le pregunto, si las asistentes estarían dispuestas a acudir a la fiesta, a lo que éste respondió que ya todas estaban charladas y le solicita dinero para comprarles vestidos de baño para que luzcan como “un manjar” por lo que “Javier” le dio a EDUARDO ORTEGA ISSA alias “Eduard”, dinero para entregar a cada u na de las niñas presentes cincuenta mil ($50.000.oo)pesos. EDUARDO ORTEGA ISSA solicito dinero para cancelar el transporte de las niñas el día

ORTEGA ISSA alias “Eduard”, dinero para entregar a cada u na de las niñas presentes cincuenta mil ($50.000.oo)pesos. EDUARDO ORTEGA ISSA solicito dinero para cancelar el transporte de las niñas el día de la fiesta.

Ese mismo día a las 11:00 horas EDUARDO ORTEGA, se coordinó otra reunión en inmediaciones del Hote l Costa del Sol a la que asistieron, el agente encubierto “Javier” e igualmente asistieron dieciséis (16) niñas y seis (6) niños; SAMUEL DAVID OLAVE MARTINEZ alias “Samuel”, presentó a “Javier y Robert” como los anfitriones de la fiesta y solicito cincuent a mil ($ 50. 000.oo) pesos para la NNA que asistieron…” (sic)

A la par, desestimó los testigos de la defensa de EDUARDO ORTEGA ISSA y SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ dada su condición subjetiva en que relataron los sucesos, pues las niñas, ahora ya mayores que declararon conocer a OLAVE y lo tildan incapaz de hacer algo así que solo iban a una fiesta, no percibieron de forma directa en condiciones reales el acontecer, pues el procesado fue la persona que dispuso del transporte cerca de su casa, el punto de encuentro en el SAO, se transportó y las llevó a la reunión con los pederastas, acordó un valor y recibió dinero por ellas, con participación activa en los videos incorporados, alejado ello de la postura de la defensa quien refirió que era un joven con el sueño de ser modelo.

En cuanto a EDUARDO ORTEGA ISSA se propuso por la defensa que este había intentado vender un lote a unos extranjeros sin saber la razón de esa

la defensa quien refirió que era un joven con el sueño de ser modelo.

En cuanto a EDUARDO ORTEGA ISSA se propuso por la defensa que este había intentado vender un lote a unos extranjeros sin saber la razón de esa negociación, sin embargo, en el contexto es quien lleva la vocería de las negociaciones, llama a los agentes encubiertos para programar las reuniones en las que se ponían de acuerdo para la explotación de los niños, en ese lote quería criar menores para ofrecerlas a extranjeros y una agencia de modelaje para irlas formando desde los 9 años de edad, además de dialogar en la reunión acerca de menores dispuestas a sostener relaciones anales y las buscó en la habitación para exhibirlas.

Referente a JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA el Juez respondió a los planteamientos de la defensa que si bien en principio se le conoció como “fuego” fue él mismo quien se identificó a los agentes para poder recibir losRAD: 13-001-6001129-2014-00105-01

INTERNO: G10 0047-2024.

PROCESADOS: KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA, EDUARDO ORTEGA ISSA, HORACIO REVOLLO PACHECO, SAMUEL DAVID OLAVE MARTÍNEZ y

JUAN MANUEL OQUENDO SIERRA.

DELITO: PROXENETISMO CON MENOR DE EDAD.

ASUNTO: SENTENCIA CONDENATORIA.

10 dineros prometidos a cambio del intercambio sexual con los meno res, situación real en la que participó y quedó documentada en bitácora, informes, declaraciones en juicio, así como en video. Por tanto, el hecho de que el procesado se dedicara al comercio informal no lo excluye de su papel

situación real en la que participó y quedó documentada en bitácora, informes, declaraciones en juicio, así como en video. Por tanto, el hecho de que el procesado se dedicara al comercio informal no lo excluye de su papel en el delito consistente en atraer extranjeros, ofrecer niñas y droga, planear la creación de un hotel y fiestas para complacer excesos y desenfrenos de pederastas; criar niñas de 10 años para estos.

Con relación a HORACIO REVOLLO PACHECO destacó que al igual que KELLY JOHANA SUÁREZ MOYA no aparece registrado en reuniones previas al operativo

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