TSDJ CUC-68001312100120160010701-(24-11-2017)
Tribunal Superior de Cúcuta
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Detalles
- Título
- TSDJ CUC-68001312100120160010701-(24-11-2017)
- Autor
- Tribunal Superior de Cúcuta
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2017
República de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUCUTA
SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS
Magistrada Ponente: AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA Discutido y aprobado en Sala del dos de noviembre de dos mil diecisiete, según Acta H°. 066 jj San José de Cúcuta, veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete Decide la SalaUa solicitud de restitución jurídica y material de j \\< IItierras abaridonadas y .despojadas-for^samente, presentada por la i ^ ^ lo- ' 11Unidad Administrativa Especiál-de. Gestión \de Restitución de Tierras I a II < IIDespojadas]', Territorial Magdaiéna Medio, al nombre de ios señores lí j LIOSSevero Mart nez Suárez y Tibisai Torres Ramírez-.
¿ANTECEDENTES De ^ En ejercicib^de.laTacüItadíótorgada-.por^'el artíGuio 82 de la Ley I íUO'¡í&^<t::'/i(U II1448 de 2011, laiUAEGRTDrpresentó^en nombre de los atrás referidos i->Hw I iQUz mJjM€ítcm ^solicitud de restitución de tierras respecto del inmueb e La Esmera da , !l J1identificado con m'atrícüla^inmbbiliaria No. 321-T1013'y código catastral
68-745-0002-0005-0143-000, ubicado en la vereda "Marquetalia" del municipio Simacota, departamento de Santander. Fundamentos fácticos. 1°. Severo Martínez Suárez adquirió la propiedad del fundo "La Esmeralda" a través de escritura pública N°. 2048 de 5 de julio de 1994 de la Notaría Primera de Barrancabermeja, heredad que inícíalmenteRepública de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta QB001-3121'001-2016-00107-01 fue cuidada y trabajada por su hermano, pues este se encontraba administrando la finca Monterrey. 2°. Cuando Martínez y su familia se trasladaron al predio tenían conocimiento de la presencia de grupos guerriiieros en la zona, no obstante, el ambiente de calma que se vivía se alteró con el arribo de ios paramilltares quienes comenzaron a señaiar a la población civil de ser colaboradores de un grupo o del otro. 3°. En el mes de octubre de 1997 varios sujetos fingiendo ser funcionariosíde la Fiscalía irrumpieron en su predio en búsqueda de un '¡ ¿J L? i-) , [arma de fuego y un radio/púes les hábíán>informado que trabajaba con los paramilltares, oportunidad en la que .ademas de enterarse que se trataba de subver^sivos de-la^guerrilia dei.ELN.ccomándados por alias "gafas", fue ¡i amordazado y , sacado de su vivienda |,en contra de su • • ' i ' ^ ¡ivoluntad; aifno encontrar pruebas de su colaboración, el comandante ¡ ^ ii guerrillero le! ordenó prepararles comida, y a Ías^4:00Á.M. del siguiente
- • ' i ' ^ ¡ivoluntad; aifno encontrar pruebas de su colaboración, el comandante ¡ ^ ii guerrillero le! ordenó prepararles comida, y a Ías^4:00Á.M. del siguiente '! V ' ' 'día lo autorizó ir a descansar, ocasión en-la que salió con ia intención ji |ide ir ai ordeño, pero ái<vef; que-no era.seguido huyó desplazándose ai •i A n F' 'imunicipio de B^rancabermeja, lugá'r en ei que ocho|jdías después se reunió con su companera^entimentaly^ibisai ty^sü/hijo, quienes habían quedado en ¡el fundo, d'ejándo?Jds^nsérés ¡abandonados.11
Ij 4°. Transcurrido un mes, el señor Leonel Bueno Ortiz, socio de Severo en el negocio del ganado, lo contactó con el fin de comprar el inmueble, por io que ofreció $30'000.000, oferta que aceptó por cuanto no podía retornar. 5°. Ei 14 de noviembre de 1997 se suscribió promesa de compraventa por la suma acordada, momento en el que el prometiente vendedor recibió $10'000.000 por concepto de arras, ei saldo restante se pagó cuando se suscribió en la Notaría Primera de BarrancabermejaRepública de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 la escritura pública No. 3441, es decir, el 24 de noviembre del mismo
año. 6°. Después de vivir un tiempo en Barrancabermeja la familia Martínez Torres se dirigió a la Sierra Nevada de Santa Marta de donde también salió desplazada, denunciando lo acontecido en el año 2006 en el municipio de Riohacha. Actuación procesal del juzgado instructor y la oposición presentada a la solicitud de restitución. El Juzgado Primero GÍviU ,[del Circuito Especializado en 1 ^ ""O, i' Restitución de Tierras íie Bucaramanga admitió la solicitud, y dispuso, entre otras órdenes, la publicación de que .trata el literal e) del artículo. -• • r> 86 de la Ley 1448 de 2011^, llamado que no fue atendido por persona , ,■ V.I ' ' 4 i!alguna. : ' , , : i 1 V / ; , [Q i|' ' 'i Leonel Bueno Ortiz se opuso a la prosperidad de la acción por lo ' ' "V - ' que argumentó, em-síntesis, que no.-esciertó el desplazamiento de Severo hacia Barrancabermeja pues, seitrasladó a Flofidablanca donde' » O ^ 'í con el producto-de la venta de "La^,Esmeralda"cadquirip un inmueble dei I ■T'T' V.r'O . . I i' !• -.i (i< ■ , \ iIJ'. l' ,'l i , l' l| r r tres pisos que contaba;:con. dos localesxomerciales, y agrego, que fue¡ ' " if ® _/p ii „ / .v/77 . •i'Ti i . Severo Martinez'quien 'lo busco^para^ofrecerle en venta el inmueble. I 1' Añadió, qué el vendedor-permaneció en----el-Bajo -Simacota entre el
„ / .v/77 . •i'Ti i . Severo Martinez'quien 'lo busco^para^ofrecerle en venta el inmueble. I 1' Añadió, qué el vendedor-permaneció en----el-Bajo -Simacota entre el fundo que trasfirió y Puerto Nuevo, caserío ubicado a 2km de distancia de aquel, además, frecuentó el sector donde iba a visitar sus familiares. Finalmente, adujo que no se configura despojo alguno porque el negocio de compraventa se celebró de manera voluntaria^. Instruido el proceso, fue remitido a esta Corporación, por lo que se avocó conocimiento, se decretaron pruebas de oficio y, recaudadas éstas, se corrió traslado a los intervinientes para que presentaran sus alegaciones finales.República de Colombia. w Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 Manifestaciones finales. El abogado adscrito a la UAEGRTD como representante judicial de los solicitantes, en suma, estimó presente en ellos su condición de víctimas de desplazamiento forzado. A su vez, alegó encontrarse probado el abandono y despojo forzado de su heredad ya que -dijola propiedad le fue arrebatada en medio de la dinámica del conflicto armado interno presente en la vereda "Marquetalia", razón por la que encontró configurada la presunción legal contenida en el artículo 77 numeral 2 de la Ley 1448 de 2011 por haberse efectuado la venta del -T Inmueble por debajo del 50% de su valor real de acuer¡do al establecido ^por el IGAC^;. O N S Por su parte, el mandátarip^judidaLdel cppositor reiteró que el
-T Inmueble por debajo del 50% de su valor real de acuer¡do al establecido ^por el IGAC^;. O N S Por su parte, el mandátarip^judidaLdel cppositor reiteró que el ji '1 ¡jnegocio jurídico celebrado eritré^el reclamanteiy Leonel Bueno Ortiz se llevó a cabo! dentro del marco de la legalidad, pues él pago del precio! ' - ' - ■ ' ' / ¡II' S f I acordado, se realizó bajo el consentimiento/dd^vendedor, sin mediar ii !¡presión y sin conocerse por parte, del comprador los presuntos hechos conocer a pesarvictimizantes en tanto^el'señor Severo no sé los dio a ü ^ de haber sido inj^gado al respecto^r I (ümtsejo Smpen'ior71 ir 71 o p El Procurador 1OTudiGiálfl!7d?tRéstitució?í de Tierras® estimó r 'i acreditado elMnculo_jurJdicQ.deJ_sMcjtante con_ei pr_e'djo, sin embargo, expresó que pese a la presunción de veracidad de que goza su declaración, los hechos -a su juiciono quedaron suficientemente acreditados por cuanto su versión respalda la del opositor y sus testigos, quienes afirman que la venta obedeció al interés de Severo en adquirir la casa de Floridablanca, la que contaba de dos locales, uno de ios que serviría como fuente de sustento económico para la familia. fls. 21 a 27 cdno. Tribunal.República de Colombia.
Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 De otro lado, puntualizó sobre los testigos que todos son parientes o antiguos conocidos de los solicitantes, quienes coinciden en afirmar que el negocio se realizó sin presiones o amenazas, entre amigos cercanos; al tiempo que casi su totalidad coinciden en que el solicitante regresó con cierta frecuencia a la zona de ubicación del predio, lo que desvirtúa sus afirmaciones respecto a las presuntas amenazas, pues no sería tal comportamiento consecuente con el nivel de temor que hubieran podido infundirle las mismas. Concluyó expresando que al no encontrarse acreditado el despojo, se deben negar las pretensiones de la solicitud. rCONSIDERACIONES Competencia. - , , í •< De conforfTilidad con lo previsto en los artículos 76^ y 79® de la Ley 1448 de 2011, esta Corporación es competente para proferir " • /■> 'isentencia en este asunto. Adicignalmente, no se ob,servan vicios de trámite que puedan invalidar lo actuado.^-» V ¡i ;; DS I' Severo MartThezV§úare£adqu¡rjB de "La Esmeralda"ii j, ü,j/^ ^ Ji ■ por negocio] jurídico .de^^compja^^enta^c^ Díaz según escritura pública N°.„20^^del 5_^e julio d^e 1994 de la Notaría Primera de Barrancabermeja, condición que mantuvo hasta el 24 de noviembre de 1997, data en que celebró negocio jurídico con Leonel
Bueno Ortiz, actual titular del derecho real de dominio; circunstancia que de conformidad con el artículo 75® de la Ley 1448 de 2011 lo legitima para elevar la pretensión restitutoria. ^ El bien solicitado en restitución se incluyó en el Registro de Tierras Despojadas mediante Resolución RG 01351 de 29 de junio de 2016. Archivo No. 2 págs. 299 a 329 del cd visto a fl. 5 (actuación en juzgado de Tierras) cdno. Tribunal. ® COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS PROCESOS DE RESTITUCIÓN: Los Magistrados de los Tribunales Superiores decidirán en única instancia los procesos de restitución de tierras, de quienes abandonaron en forma forzosa sus predios, en aquellos oasos en que se reconozcan opositores dentro del proceso. ® ARTÍCULO 75. TITULARES DEL DERECHO A LA RESTITUCIÓN. Las personas que fueran propietarias que se hayan visto obligadas a abandonar sus tierras como consecuencia directa e indirecta de los hechos que configurenRepública de Colombia. Tribunal Superior de Cúcula 68001-3121•001-2016^0107-01 Se justificó la solicitud en el marco de la Ley 1448 de 2011 por el desplazamiento forzado al que se dice se vio obligado Severo Martínez Suárez en el mes de octubre del año 1997, razón por la que se vio obligado a trasferir mediante contrato de compraventa y a bajo precio el predio "La Esmeralda".
Con relación a los hechos expuestos en la solicitud expuso el señor Martínez en diligencia administrativa"'. "En el año 1997, en el mes de octubre, una noche, como a las 10, llegó supuestamente la fiscalía porque tenía orden de captura, pero en realidad era el ELN en cabeza del comandante alias-GAFAS-;--cuando=-yo-les abrí requisaron la casa en busca de un arma y un radio porque decían que yo trabajaba con los paramilitares. Éilos querían ileyarme pefb'en/yarias ocasiones me les solté y corría a meterme debajo de la cama, en eso durarnos^'Cpmo hasta las dos de la mañana. Luego, llegamos al acuerdo de que Ies hiciera comida ai comandante y las 15 personas que'iban también, además que ie buscara un par de medías y una hamaca. A iaS'Cincoide la mañana'yo salí a'ordeñar la vaca, perb en realidad me les volé, me fui para Barrancabermeja, rnj esposa y ej niño se quedaron, ellos se fueron 8 días después a donde yo estaba Ese bía mi señor^ debió hacerles también desayuno y eiibs comentaron que me había salvado de que metmataran porque era la orden que tfaían^'inicialmente". Sobre él contrator^e compraventa que celebró sobre la heredad acotó: "Como a los 15^días o un mes, el socio quet- - I tenía con el ganado, eFseñor LEONEL BUENO ORTI^'me dijo que me compraba la finca, él me ofreció 30: "millones, de ios cuales, rhe dio 10 millones de arras y ai momento de la escritura los otros 20 millones,' eso-füe como 8 días después". \ .nEl ^ '' Versión qi¿e ratificó judicialmente el 2 de mayo de 2017:
momento de la escritura los otros 20 millones,' eso-füe como 8 días después". \ .nEl ^ '' Versión qi¿e ratificó judicialmente el 2 de mayo de 2017: " ""''U'íís^o SuperioT J• --I-- ni -.buscarme los helenos alEn el año 19^7>tM®J"p,5i del comandante "g'afasL¿qué'^hac1éhdbseípas^mando del comandante "gafas".¿que'(hac¡éndóse>pasarvipor autoridad expresaron tener orden de captura en mi contra, luego, comenzaron a buscar infructuosamente un arma y un radio," después-de'amenazarme"me-dijeron=que nos podíamos ir a dormir, no obstante como debía salir ai ordeñó aproveche para huir; mi compañera permaneció ocho días más, posteriormente nos reencontraron en Barrancabermeja donde me comentó que ios insurgentes permanecieron hasta ei mediodía esperándome, en la heredad quedaron mis cuñados Libardo y Aureliano. Cuando llegue al centro de Barranca hablé con mi socio Leonel Bueno a quien ie relaté lo sucedido ya que lo distingo hace más de treinta años, luego partí para Bucaramanga donde mi amigo Oliverio Díaz quien era comisionista. Respecto de los pormenores del negocio memoró: Acordamos el precio en $30000.000, dinero que recibí en Barranca, mis cuñados Libardo y Aureliano hicieron entrega de ia finca al comprador, así como del ganado que este allí tenía,
simultáneamente, compré una casa en ei barrio "Ei Carmen" de Fiohdablanca ai Banco Las Villas a través de mi amigo comisionista Oliverio Díaz, heredad esquinera que contaba con dos plantas y un establecimiento de comercio dedicado al consumo de alimentos. Tiempo después, la guerrilla al mando de alias "Nicolás" se Nevó a mi hermano Leonardo Martínez y io mantuvo retenido por 15 días.República de Colombia. Tribunal Superíor de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 después lo liberó por intermediación de mi cuñado Leopoldo Sandoval, ocasión en la que preguntaron por mi paradero, razón por ia que saií con mi hermano para Santa Marta a administrar la finca de Carlos Rueda, un conocido de Barranca. No hice escrituras de la casa que compré en Bucaramanga, la entregué en arriendo a Luis Figueredo y como no pagaron ia cogió mi amigo ei comisionista, iuego ei banco la remató. También fui despiazado de ia Sierra por ios paramilitares, de ahí saií para una finca ai pie de Maicao, y de aiiá para Riohacha donde monté un negocio, iuego nació mi hijo menor y por su saiud retornamos a Bucaramanga. La señora Tibisai Torres Ramírez -compañera de Severoratificó la misma versión ante el juez instructor precisando que el suceso acaeció en el mes de octubre de 1997, luego añadió: Guando él me llevó a Barranca me comentó de la finca, yo ie dije, ya que hay
una oportunidad'hay qüe~véñtié"rla7'yó s^oiaifd"rné"atrévo"a" quedarme y si nos la compran hay que venderla, por rni parte no la teníamos en venta, entonces llegamos al acuerdo que sí, tocaba venderla, fue cuahdó¿él hizo negocio'! con Leoneí que era SU socio. Agrego que se fueron para Bucaramanga, por el lado de "florita", porque un amigo ayudó a Severo a comprar un asadero de%pollos, ese negocio era que le compraba al señor lo que él había dado en .el banco,' eran casas que el banco las daba para que las compraráLéntonces.-que érie'daba ió que teníamos y nosotros seguíamos pagando al banco. Recordó que cuando Leonel! Bueno adquirió el terreno fue su hermano Aureliano Torres quien administró'el bien''L^ . • «. ii 1 m !j '! "7. " ^ ilPor sü parte,. Moisés y José Libardo Torres Ramírez -hermanos :i . . /> ! de Tibisaydieron cuenta del arribo a cása d^este último de hombres armados que indagaron^onde viv]a s.$íCüñado Severo. Luis Alberto Delgado Franco,trabajadora de José Libardo,^corroboró que Martínez fue buscado en-ehpredio de Torres Ramírez ocasion en la que este dio 'i Jf ..r Tí^ „ ^ P las indicaciqnesVdóndeírésidíaf'í'póívéTlo^Jlí^álS^ matarlo. Finalmente,!, (I
Mario Garcíá-rAristizabal .se-enteró-de^la situaciónJ'de Martínez por comentarios de los hermanos Torres. Los anteriores hechos acontecieron en la vereda "Marquetalia" del municipio de Simacota, espacio geográfico en el que según la prueba testimoniad^ y ¡g información obrante en el expediente^^, se cometieron múltiples Infracciones al Derecho Internacional Humanitario y violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de " Declaración contenida en archivo No. 78, cd visto a folio 5 del cdno. del Tribuna!. '2 Declaraciones de Juan de Dios Angarita Nariño, Leonardo Sánchez, Néstor Julio Meneo, y Ovidio Rueda, Berlide Sandoval Gómez. Análisis de contexto municipio de Simacota, elaborado por la Unidad de Restitución de Tierras, territorialRepública de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 Derechos Humanos con ocasión del conflicto armado, razón por la que es plausible considerar a Severo Martínez Suárez y TIbisai Torres Ramírez víctimas de este flagelo^"^. Ahora, como para sacar avante la pretensión de restitución no solo se requiere tener la condición de víctima, sino que además es menester que la pérdida de la relación jurídica con ei predio se hubiere presentado por razón o como consecuencia del conflicto armado, pasa la Sala a analizar el presunto despojo que se hizo consistir en el contrato de compraventa celebrado por Severo Martínez con Leonel Bueno ei 241 de noviembre de 1997, según escritura pública No. 3441 II f>. ^ .t), j;de la Notaría Primera de^Barrancabermeja.^ ;I 11
contrato de compraventa celebrado por Severo Martínez con Leonel Bueno ei 241 de noviembre de 1997, según escritura pública No. 3441 II f>. ^ .t), j;de la Notaría Primera de^Barrancabermeja.^ ;I 11 ! iEl artículo 74 de la Ley 1448 de 201Tclefine ei despojo como "la acción por medio de la cual, aprovechándose de la situación de violencia, se priva arbitrariamente a una persona dé su propiedad, posesióh u ocupación, ya sea de hecho, mediapte negocio jurídico, acto administrativo,flsentencia, o mediante la i' comisión de delitos asociados a la situación de violencia-t' • o !: Definición de la que se extraen imperativos conceptos, esto es, el 'I O ^ O ^ -iaprovechamiento de la situáéión-dé-violencia, y el carácter arbitrario del acto util¡zaáo,vjár^r^pj,¡g@^ propiedad alsolicitante, quepuede/conisistlr,.ienTré/ótros>/en,umneg'ocio jurídico. I¡ ¡I i De lo expuesto "-'por "los "solicitantes""se=extrae que a raíz del suceso acontecido en octubre de 1997 Severo se trasladó a Barrancabermeja, entre tanto, en "La Esmeralda" continuó viviendo por algunos días más Tibisay y su hijo, luego se encontraron en Barranca, oportunidad en que la parcela quedó al cuidado de sus familiares Libardo y Aureliano Torres Ramírez; dijo Tibisay que se reencontró con
su esposo a los pocos días, momento en que este le comentó sobre el negocio de compraventa con Leonel Bueno, su socio y amigo. " ARTÍCULO 3' VICTIMAS: Se consideran víctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente tiayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1° de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifíestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. La condición de víctimaRepública de Colombia. Tribunal Superíor de Cúcuta 68001-3121-001-2016-00107-01 habitante de esta municipalidad, a lo que ella asintió porque no podían retornar. EI14 de noviembre de 1997 se celebró contrato de promesa de compraventa por $30'000.000, de los que el vendedor recibió $10'000.000 por concepto de arras y el saldo restante, cuando suscribió la escritura de compraventa, esto es, el 24 de noviembre del mismo año. Dentro del expediente obra la siguiente prueba testimonial: José Libardo Torres Ramírez mencionó que Severo y Leonel negociaron correctamente. Bajo presión no, ahí no hubo amenazas ni hubo nada. Añadió que Leonel es-un-señor=honestor-tenía-una-pesa-en-EI Centro Ecopetrol, yo le vendía ganado, me pagabaxorrectámente, un tipo honrado, un tipo honesto, la ¡I ^ i' finca la compró honestamente. Y frente a la-relación entre los contratantes- "'."O (!'1;- ■ |i afirmó: ellos'Ja iban muy bien, porque como les comenté ellos eran socios,
¡I ^ i' finca la compró honestamente. Y frente a la-relación entre los contratantes- "'."O (!'1;- ■ |i afirmó: ellos'Ja iban muy bien, porque como les comenté ellos eran socios, trabajaban con ganado y el señor tenía su pesa, compraba su ganadito para matar, y él era un hombre-:muy honesto, muy buena persqna;j^bíen con toda la gente. Moisés Torres Ramírez dijo que Leonel Bueno ^es una buena persona, yo desde que lo distingo 'el hombre ha sido correcto, él conipra y vende ganado, buen i" v' ■ ■' f p iívecino, yo no tengo nada,que decir de el.' i ' /T1' C" ^ ? I La señora Berlides SandoyaliGórñez, ex compañera sentimental de Severo y'■madre, de dosí-áeisus^hijosírindagada^sobre la razón por lali VI 1/ // ai' í ¿ ü ;j que este vendió:lá.fln'ca,.relátó^qué.?Edinson .Martínez, quien vivía con 'I {J'V íOL ,:! ■[su padre, le comentó que obedeció a que ellos querían comprar un restaurante en Bucaramanga. Agregó^ qü~é durante él ílémpo que convivió con Martínez este mantenía negociando ganado con Leonel, conseguía ganado y se lo vendía, Leonel nos ayudaba mucho económicamente. Adicionalmente aseveró ellos son muy amigos, no sé por qué ahora se presenta todo esto, ese
señor ha sido como el papá de Severo, lo ayudaba económicamente, don Leonel es un señor muy serio, correcto en sus cosas, nos mató mucha hambre. Leonardo Sánchez, quien conoce a Severo desde 1985 y además manifestó que son compadres, narró que este le comentó antes de la venta que tenía un negocio mejor en Bucaramanga, iba a comprar un negocio que era más rentable que el de la finca. Por ese motivo, el compadre se laRepública de Colombia. %Tríbunal Superíor de Cúcuta 68001-3121'001-2016-00107-01 ofreció a Leonel, entonces llegaron a un acuerdo, Leonel se la compró a mi compadre". Arinson Rueda Martínez, quien conoce a Severo desde 1990 dio a conocer: él me dijo que había conseguido una casa, un negocio aquí en Bucaramanga, y que él no quería trabajar más en la finca, que tenía un negocio aquí en la Cumbre, dijo que no le estaba yendo bien, le dije pues hermano, ahorre su plata, inviértala bien, trabájela bien y salga adelante. Tuvo conocimiento que la venta se realizó a Leonel Bueno de quien dijo: es una persona seria, correcta en esa región, yo a Leonel lo conozco hace unos treinta años, ha sido como un papá para Severo, siempre en los fracasos que tuvo ese muchacho, siempre don Leonel le tendía la mano. Rubiela"Sierra7habitante-de'MarqLjetaliarreiatóTque su papá llegó 1 1 í " ¡¡a la casa con el cuento quef Severo-'está^vendiendo la finca porque le salió un 'I 'O. i!negocio en Bucaramanga,rque iba a comprar unáxasa y montar un negocio, para
1 1 í " ¡¡a la casa con el cuento quef Severo-'está^vendiendo la finca porque le salió un 'I 'O. i!negocio en Bucaramanga,rque iba a comprar unáxasa y montar un negocio, para l'i ^ . . 'iun asadero dé pollo; comentario que, le escuchó también a varias personas, eso era lo que:comentaban,'"í¡e está véndiendo''Íá 'firica^orque le salió un negocio; añadió que conoce a Leonel Bueno como un excelente señor, muy servicial. i 1 , ' i ■' ™ IIDiógenes Sáncfíez Suárez -quien conoció/a S.éverp y Leonel en la¡ i!vereda "La Rochela" y fue mayordomo de este últimoaseveró que :| 'ó i!tuvo conocimiento Vque la yentá de^ ''La ^Esmeralda" surgió porque supuestamente e! negocio"^ue ilía á" rnontar-Jallí'era mejor que la finca, era quei: ^ ^ D 5^- ilcuando él tenía lajinca le produj^ía poquito porque como él no la tenía arreglada, entonces él vio'vLjñegociSrese.Cia casa/ííiejtresy^@,¿'ñec^ del que tuvoi| T ^ 7J Jf j7 ® iconocimiento porque todos érámosyámigostíinldicóV/también que después de la venta siguieron siendo los amigos de siempre. |j Juan de Dios Angarita, quien vivió en Marquetalia entre 1983 y 2001, además de expresar que Leonel Bueno no tiene relación con
ningún grupo armado, indicó que la relación de los contratantes era de amigos. Y precisó: El tiempo que lo conozco nunca he oído hablar de él, ni le conozco ninguna forma digamos indebida, nunca he oído hablar mal de él. Carlos Julio Rojas Murcia sobre la relación que existia entre Leonel y Severo para la época en que se celebró el contrato de compraventa recordó: Eran amigos, porque así se trabajan, compraban y vendían ganado, Él le daba plata para que el otro comprara. Y así negociaban.República de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016'00107-01 Néstor Julio Meneo Correa vive en SImacota desde hace treinta y cinco años, dieciocho de ellos en "La Esperanza", ubicada a 300 metros de "La Esmeralda, mencionó que la relación de Leonel con Severo era de socios, tenían un buen trato, Leonel le prestaba dinero a Severo: Calificó a aquel como muy buena persona, servicial, a él uno le dice necesito un favor y él nunca dice que no. Benito Gómez González, habitante de SImacota desde el año 1980, dio a conocer que Severo y Leonel eran amigos, conocidos, porque la familia de Leonel es conocida con los papás de ellos. Finalmente, Odilio Rueda afirmó no tener conocimiento que Leonel Bueno haya presionado a Severo Martínez para que le transfiriera lá finca. "" ^ Adicionalmente, [Severo Martínez jeconoció que Leonel Bueno
no lo coaccionó para transferir a su favor la propiedad, en tanto manifestó: no puede ser que me presionó sino que yo río tenia más cosas de salir la única base, él teñía el ganado y era el socio, él era';el amigo, nunca he tenido roce ni para allá, ni para acá; mientras que Tibisay déT mañera contundente expresó: no,', en ningún momento; confesión que^ se acompasa con loV Iseñalado por los testigos,. quienes - de manera coincidente y sin ¡í "O"" 'idubitación alguna dan cuenta de,..la seriedad, honorabilidad y buen^ Lí ^ .i nombre de Leonel Bueno ante la-vComunidad>y en sus negocios, así como la ausencia dexonstnenimientoíen la celebración del convenio . ¡i ^ li.-rj jh íí dljí ¡I . . ...jurídico, puesto que entre^^los^xontratantes'xxistia u^ia vieja amistad, razón por la que consideran-que^Bueno Qrtiz-bñndó^apoyo y exteriorizó su solidaridad con Martínez cuando este se trasladó a Barrancabermeja después del evento por él relatado, oportunidad en que le ofreció en venta el inmueble. Sobre este último aspecto María Omaira García Aristizabalcuñada de la solicitante Tibisai Torresdeclaró en fase judicial: Él le dijo a don Leonel que se la comprara. Mientras que Leonardo Sánchez, memoró: El compadre se la ofreció a Leonel, y llegaron a un acuerdo con el dinero. Añnson Rueda Martínez relató: Don Leonel le dijo Severo no venda
esa finca, déjela ahí, dijo, no, cómpremela, si tiene la forma de comprármela; SeveroRepública de Colombia. Tribunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016'00107-01 le contestó, usted para qué va a vender esa finca déjela ahí, a lo último dijo bueno yo se la compro. Y honestamente el negocio fue claro. José Libardo Torres Ramírez afirmó; le ofreció la finca a don Leonel y negociaron correctamente. Analizadas en conjunto las referidas declaraciones queda claro que la causa que se adujo para la celebración del contrato de compraventa-aparentemente ratificada por Moisés y José Libardo Torres, cuando expresaron que Severo vendió porque no podía regresar ya que lo estaban buscando para matarloquedó desvirtuada con los testimonios recaudados, que dan cuenta de manera uniforme y coincidente .(que_el =verdadero =motivo=.por^el-que=.Martlnez transfirió la propiedad de su fundo, en tanto.éLmismo la exteriorizó, obedeció al de ' 'I ¡iadquirir liquidez para^celebrar el conveniojque realizójen Floridablanca ' ' ll -Santander-;, con su amigo cqmisipnista Oliverio Díaz sobre el inmueble del barrio "El Cármen"-^de| municipio-de f^loridablanca, pues este ¿i 1negocio leofrecería mejores ' condiciones ,d§; vida; contrato que íTi ' ' m i' efectivamente alcanzó al poco.tiempo de la venta,!conforme así lo i'confesó'^, 'lo que desdice del carácter^^/intempestivo de su : ¡1desplazamiento corno motivo..de -la. venta, puesi la coincidencia,, j temporal de; ambas negociaciones^fortalece la percepción de ser una¡Ii'confesó'^, 'lo que desdice del carácter^^/intempestivo de su : ¡1desplazamiento corno motivo..de -la. venta, puesi la coincidencia,, j temporal de; ambas negociaciones^fortalece la percepción de ser una¡Idecisión premeditada..para..íe)^cumplimiento dé sq^^^ ya que lio resulte no - :pi^¥'uUir I ' ' 'resulta coherente?que/el tiémpo de la-enajenación de¡su predic concurrente;|con la compra de otro con el producto de su trasferencia, 'I es decir, curiósó se presenta qüé'Wcafl"ClósJrñprevisibles hechos de violencia denunciados como motivantes de su desplazamiento, hubiere podido concretar la venta y casi al mismo tiempo, adquirir uno nuevo en otra ciudad de ias características anunciadas a vecinos, familiares y amigos como el de su interés. " En fase judicial Severo Martínez aceptó que conoció a Oliverio Díaz en el centro Ecopetrol (Barrancabermeja), porque ahí tenía una finca, era comisionista, "él fue el que me ayudó hacer todo el cambalache del negocio". A la pregunta; Cuando usted dice cambalache de negocio a qué se refiere? contestó: cuando yo llegué -hace referencia a Bucaramangacompré la casa esa. Preguntado: Con el dinero que le dio Leonel Bueno como precio de la finca La Esmeralda, con esa plata compró usted la otra casa? Respondió: sí señor. Preguntado: Usted manifiesta que se fue
a vivir donde el comisionista amigo suyo, al cuanto tiempo compró usted la casa con la plata que el señor Leonel Bueno le pagó? Replicó: El negocio fue como instantáneo.República de Colombia. Tríbunal Superior de Cúcuta 68001-3121-001-2016'00107-01 Y ello pudo ser así porque según Tibisay cuando Severo fue dueño de la finca no tenían cultivos -aunque él dijo tener unas matas de yuca y plátanoy apenas había una casa de un piso en obra negra, pues la heredad era destinada únicamente a tener el ganado de Leonel Bueno. No pasa por alto la Sala que tal era el grado de amistad entre Severo y Leonel, para que aquel le ofreciera en venta el fundo, que aceptó que en otras oportunidades acudió a este para proponerle otros negocios que finalmente le benef
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