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TSDJ IBE SCF - 73001-31-10-002-2017-00145-01-(29-03-2019)

Tribunal Superior de Ibagué

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Detalles

Título
TSDJ IBE SCF - 73001-31-10-002-2017-00145-01-(29-03-2019)
Autor
Tribunal Superior de Ibagué
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2019

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL IBAGUE

SALA CIVIL — FAMILIA ACTA AUDIENCIA ALEGACIONES Y FALLO Ibagué, 29 de marzo de 2019.

Proceso: Casación por divorcio de efectos civiles de matrimonio religioso.

Demandante: Juan Carlos Vergara Ovalle.

Demandado: Sofía Liliana Ospina Bohórquez.

Radicadión: 73001-31-10-002-2017-00145-01.

Conoció en -primera instancia el Juzgado Segundo de Familia de Ibagué Tolinna, emitiendo sentencia el 16 de marzo de 2018 y recurrida por la parte demandada de la Litis.

Sala de Decisión: Dr. LUIS ENRIQUE GONZALEZ TRILLERAS - Magistrado SustanciadorDr. MANUEL ANTONIO MEDINA VARON Dra. MABEL MONTEALEGRE VARON Se deja constancia que la H.M. Dra. MABEL MONTEALEGRE VARON se encuentra en comisión de servicios concedida por la Sala de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia. - Hora de Inicio: 9.42 am.

Hora de Finalización: 10.10 am.

Duración: veintiocho minutos.

SUJETOS E INTERVINIENTES PROCESALES. - Apoderado Judicial de la parte demandante: Dr. Jhon Jairo Betancourt Garzón, asistió. - Apoderado Judicial de la parte demandada: Dr. Cornelio Villada Rubio, asistió.

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA.

El Magistrado Sustanciador declaró abierta la audiencia y dejo constancia sobre la asistencia de los intervinientes referidos en precedencia, a continuación, seguidamente, le concedió el uso de la palabra al mandatario

El Magistrado Sustanciador declaró abierta la audiencia y dejo constancia sobre la asistencia de los intervinientes referidos en precedencia, a continuación, seguidamente, le concedió el uso de la palabra al mandatario judicial de la parte demandada (min. 3) para que sustentara el reparo concreto realizado en el recurso de apelación propuesto frente a lo decidido en la sentencia de primera instancia; de otro lado, le otorgó el uso de la palabra al apoderado judicial de la parte demandante (min. 9) para ejercer la réplica al reparo en alzada sustentado en precedencia; Clausurada la etapa de sustentación de los recursos de apelación y alegatos, el Magistrado 73001-31-10-002-2017-00145-01 sustanciador ordenó un receso para deliberar con la Sala de Decisión los argumentos planteados por los apoderados judiciales (min. 14). Lapso que una vez transcurrido abrió paso a la sentencia que definió la instancia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

3. DECISIÓN DE LA SALA (min. 24) En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, Sala de Decisión Civil - Familia, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Revocar la sentencia apelada por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente decisión, para en su lugar, denegar las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO: Condenar en costas de ambas instancias a la parte demandante.

Señálense como agencias en derecho la suma de $700.000 mcte.

considerativa de la presente decisión, para en su lugar, denegar las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO: Condenar en costas de ambas instancias a la parte demandante.

Señálense como agencias en derecho la suma de $700.000 mcte.

TERCERO: En firme, devuélvase el expediente al juzgado de origen.

Notificada la sentencia en estr os, sin recurso interpuestos. Los Magistrados, Manuel A •nio Medina Varón (2 17-00145-01) Mabel Montealegre Varón (2017-00145-01) (En comisión de servicios)4

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