TSDJ IBE SL - 73001-31-05-002-2016-00562-01-(11-02-2020)
Tribunal Superior de Ibagué
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Detalles
- Título
- TSDJ IBE SL - 73001-31-05-002-2016-00562-01-(11-02-2020)
- Autor
- Tribunal Superior de Ibagué
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2020
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ
SALA LABORAL
ACTA DE AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO LEY 1149 DE 2007
ACTA No.
Clase de proceso: Ordinario Laboral
Parte demandante: Orlando Molina García Parte demandada: Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y Administradora Colombiana de PensionesCOLPENSIONES Radicación: 73001-31-05-002-2016-00562-01
El once (11) de febrero de dos mil veinte (2020), siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 pm), sesionó en audiencia pública la Sala IV de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de lbagué, a fin de proferir la respectiva decisión en el proceso de la referencia.
ETAPAS DE LA AUDIENCIA.
PROTOCOLO.
NOMBRES IDENTIFICACIÓN PARTE
ANGELA NATALIA
PUENTES VASQUEZ C.C. 1.053.838.933 de
Manizales
T.P. 295417 CSJ
APODERADA
COLPENSIONES
ORLANDO MOLINA
GARCÍA
C.C. 11297789 de Girardot DEMANDANTE
CARLOS HILTON
MOSCOSO
TABORDA C.C. 79348298 de Bogotá
T.P. 70264 CSJ
APODERADO
FEDERACIÓN
NACIONAL DE
CAFETEROS DE
COLOMBIA DECISIÓN: PRIMERO: Modificar los ordinales primero y segundo de la sentencia emitida el 25 de septiembre de 2018 en el proceso de Orlando Molina García contra la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y COLPENSIONES por el
COLOMBIA DECISIÓN: PRIMERO: Modificar los ordinales primero y segundo de la sentencia emitida el 25 de septiembre de 2018 en el proceso de Orlando Molina García contra la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y COLPENSIONES por el Juzgado II Laboral del Circuito de esta ciudad, los cuales quedarán así: PRIMERO: Condenar a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, a pagar a COLPENSIONES el cálculo actuarial que se genere a favor de Orlando Molina García, por el periodo del 12 deCARLOS RLANDO VELASQUEZ URCIA
Magist NNEDY T O SALAS Magistrado Salvt voto parcial PARO EMILI IA Magi rada ,G1 2,, 1z febrero al 30 de noviembre de 1976 y del 1 de febrero de 1977 al 31 de enero de 1984, calculado conforme con lo dispuesto en el decreto 1887 de 1994 y sus reglamentos con un IBC para 1976 de $1.631,50, entre el 1 de febrero de 1977 al 31 de marzo de 1977 de $1.706, del 1 de abril de 1977 a octubre de 1977 de $1.979, y a partir de noviembre de 1979 a enero de 1984 el salario mínimo legal vigente para cada anualidad. Autorizar para que en el cálculo actuarial que efectúe COLPENSIONES sólo tenga en cuenta los períodos de cotización o aportes que sirvan para completar los quince años cotizados o las 771.45 semanas necesarias para conservar régimen de transición o las necesarias para. acceder a una tasa de reemplazo del 90%.
SEGUNDO: Condenar a la Administradora Colombiana de Pensionespara completar los quince años cotizados o las 771.45 semanas necesarias para conservar régimen de transición o las necesarias para. acceder a una tasa de reemplazo del 90%.
SEGUNDO: Condenar a la Administradora Colombiana de PensionesCOLPENSIONES a que una vez hubiere recibido de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia el valor del cálculo actuarial que refiere el ordinal anterior, reliquide la pensión de vejez de Orlando Molina GARCIA, de conformidad a lo reglado en el acuerdo 049 de 1990, a partir del 1 de octubre de 2014, en cuantía correspondiente a $2.770.482,27 y 13 mesadas pensionales por año.
SEGUNDO: Las costas de esta instancia se hallan a cargo de la parte
demandada Federación Nacional de Cafeteros de Colombia. Liquídense. Inclúyase en la liquidación $877.803 en que se estiman las agencias en derecho en esta instancia.
TERCERO: En oportunidad: Devuélvase el expediente al juzgado de origen.
Esta decisión se notifica en estrados. El H Magistrado Kennedy Trujillo Salas, presentará su salvamento parcial de voto a la presente decisión en los términos y condiciones del artículo 279 del CGP. Agotado el objeto de esta audiencia se declara terminada.