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TSDJ IBE SL - 73001-31-05-003-2015-00199-01-(05-02-2020)

Tribunal Superior de Ibagué

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Detalles

Título
TSDJ IBE SL - 73001-31-05-003-2015-00199-01-(05-02-2020)
Autor
Tribunal Superior de Ibagué
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Laboral
Año
2020

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ

SALA DE DECISION LABORAL

(Acta Audiencia de Decisión)

Ref: ORDINARIO LABORAL de SEGUNDO ARQUIMEDES

RONCANCIO Vs. HABITARTE DE COLOMBIA S.A. 73001-31-05-003-2015-00199-01

MAG. PONENTE: OSVALDO TENORIO CASAÑAS El cinco (5) de febrero de dos mil veinte (2020), a las diez y veinte seis de la mañana (10:26 a.m.), sesionó en audiencia pública la Sala tres de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, a fin de llevar a cabo la audiencia en la que se dictará la decisión respectiva en el proceso de la referencia.

ETAPAS DE LA AUDIENCIA.

A la audiencia no comparecieron las partes ni lo apoderados, razón por la cual se tuvo por surtida la etapa de alegaciones y por ello se procedió a proferir la siguiente, DECISIÓN REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué el pasado 12 de diciembre de 2016 dentro del proceso ordinario laboral promovido por SEGUNDO ARQUIMEDES RONCANCIO PEÑA contra HABITARTE COLOMBIA S.A. y en su lugar se dispone: PRIMERO: DECLARAR que entre el señor SEGUNDO ARQUÍMEDES RONCANCIO PEÑA, en su condición de trabajador, y la empresa HABITARTE COLOMBIA S.A. existió un contrato de trabajo con vigencia, del 9 de julio de 2012 al 30 de octubre de la misma anualidad.

SEGUNDO: CONDENAR a la demandada, HABITARTE

la empresa HABITARTE COLOMBIA S.A. existió un contrato de trabajo con vigencia, del 9 de julio de 2012 al 30 de octubre de la misma anualidad.

SEGUNDO: CONDENAR a la demandada, HABITARTE COLOMBIA S.A. a pagar al señor SEGUNDO ARQUÍMEDES RONCANCIO PEÑA los siguientes conceptos: $280.000.00 por cesantías; $11.200.00 por intereses a las cesantías; $280.000.00 por primas de servicio; $140.000.00 por compensación en dinero de las vacaciones, $253.120.00 por auxilio de transporte, $900.000.00 por indemnización por despido injusto, junto con los intereses moratorios a partir del 31 deOSV ANAS rado

AUSENCIA IUSTIFICADA

NNED TRUJI

Magist7

SALAS CARLOS ORLANDO VELASQUEZ MURCIA

Magistrado

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ

SALA DE DECIS1ON LABORAL

(Acta Audiencia de Decisión) octubre de 2012 hasta cuando se cancele la totalidad de las acreencias laborales aquí ordenadas. Así mismo, el pago de los aportes al sistema de seguridad social en pensión, las cuales deberá pagar a la administradora a la que se encuentra afiliado o que hubiere escogido el demandante.

TERCERO: Negar las demás pretensiones de la demanda.

CUARTO: Costas a cargo de la parte accionada. Para su liquidación se fija como agencias en derecho la suma de

$877.803.00.

QUINTO: Oportunamente devuélvase el expediente al juzgado de origen.

CUARTO: Costas a cargo de la parte accionada. Para su liquidación se fija como agencias en derecho la suma de

$877.803.00.

QUINTO: Oportunamente devuélvase el expediente al juzgado de origen.

Dado su pronunciamiento oral de esta decisión las partes y sus apoderados quedan notificados en estrados. Para su registro correspondiente esta audiencia queda consignada en medio magnético que se incorpora al expediente y se ordena que por secretaría se disponga de dos (2) copias de esta, una para el archivo secretarial a disposición de los interesados y otra para el archivo del despacho del magistrado ponente. En este estado de la diligencia se declara cerrada y clausurada la presente audiencia y se deja constancia de que en ella intervienen los magistrados que integran la sala de decisión.

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