TSDJ IBE SL - 73001-31-05-005-2017-00099-02-(05-06-2019)
Tribunal Superior de Ibagué
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Detalles
- Título
- TSDJ IBE SL - 73001-31-05-005-2017-00099-02-(05-06-2019)
- Autor
- Tribunal Superior de Ibagué
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2019
Act-A tu-966-3 73001-31-05-005-2017-00099-02 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial Ciudad: Ibagué Fecha: 5 de junio de 2019 a las 9:00 A.M
SALA 2 DE DECISIÓN LABORAL
MAG. PONENTE:
MAGISTRADOS SALA DE DECISIÓN:
•
MÓNICA JIMENA REYES
MARTÍNEZ
OSVALDO TENORIO CASAÑAS
(permiso)
KENNEDY TRUJILLO SALAS
IDENTIFICACION DEL PROCESO
DEMANDANTE: JUAN DE JESÚS TRIANA ACOSTA
DEMANDADO: UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE
COLOMBIA Y OTRO RADICADO: 73001-31-05-005-2017-00099-02
AUDIENCIA PÚBLICA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 82 DEL CÓDIGO PROCESAL DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL 11> A la diligencia comparecieron los apoderados de las partes. Se les concede el uso de la palabra para que presente los alegatos de conclusión por un término máximo de 5 minutos y respecto del punto de apelación.
Alegatos parte demandante: (Min:2:10-5:55) Alegatos parte demandada Uni. Cooperativa: (6:20-9:00) Alegatos parte demandada La Comuna: (Min:9:05-12:06)
DECISIÓN.
Con fundamento en las anteriores consideraciones, la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué-, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley. Página 1 de 20.------- MIEN
Con fundamento en las anteriores consideraciones, la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué-, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley. Página 1 de 20.------- MIEN
JIMENA EYES MAR INEZ
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"sárturnaer.riltrazear OSVALDO TENORIO CASAÑAS Magistrado (uso de permiso) Y T UJI140 SALAS Ma do o, —Cvser--
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DIANA M 73001-31-05-005-2017-00099-02
RESUELVE PRIMERO.- REVOCAR el numeral 2 0 de la decisión adoptada por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué el 10 de mayo de 2018, para en su lugar, CONDENAR a la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA a pagar en favor del señor JUAN DE JESÚS TRIANA ACOSTA las siguientes sumas de dinero y conforme lo señalado en la parte motiva.
Auxilio de cesantías: $3.956.923.
Vacaciones compensadas en dinero: $1.170.137 Las anteriores sumas deberán ser indexadas aplicando la fórmula señalada para el efecto. SEGUNDO.- MODIFICAR el numeral 40 de la sentencia objeto de estudio, para en su lugar CONDENAR en costas de primera y segunda instancia a la UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA, dado las resultas del proceso. Las agencias en derecho de esta instancia se señalan en la suma de $828.116. TERCERO.- CONFIRMAR en lo demás la sentencia apelada.
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA, dado las resultas del proceso. Las agencias en derecho de esta instancia se señalan en la suma de $828.116. TERCERO.- CONFIRMAR en lo demás la sentencia apelada. La anterior sentencia queda notificada en Estrados a las partes, el acta se firmará por los magistrados que componen la sala y se ordena devolver el expediente al juzgado de origen. No siendo más el objeto de la presente audiencia, se declara terminada la misma. Página 2 de 2