TSDJ IBE SP - 73319600000020170001202-(08-03-2022)
Tribunal Superior de Ibagué
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Detalles
- Título
- TSDJ IBE SP - 73319600000020170001202-(08-03-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Ibagué
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2022
TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ
SALA DE DECISIÓN PENAL
Ibagué, ocho de marzo de dos mil veintidós Magistrado ponente: Héctor Hugo Torres Vargas Radicado: 73319 60 00 000 2017 00012 02 Aprobado por Acta 175
OBJETIVO
Resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa del señor José Jhonatan Olivera Guzmán, contra la sentencia adiada el 4 de junio de 2021 , a travé s de la cual el Juzgado Penal del Circuito de Purificación condenó al prenombrado, como cómplice del delito de homicidio agravado en concurso heterogéneo con fabricación, tráfico, porte , tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
ANTECEDENTES
De acuerdo con el escrito de acusación, a las 02:20 horas del 11 de agosto de 2017, integrantes de la Estación de Policía de l Guamo, fueron informados de que en la carrera 11 No. 13-28 del barrio Santa Ana de ese municipio hab ía un cuerpo sin vida, lográndose establecer que se trataba de Missin Hawer BarreraRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 2 Rincón, quien presentaba heridas causadas con proyectil de arma de fuego y blanca.
Se indicó que por la información suministr ada por testigos directos se pu do determinar que los autores del crimen fueron
2 Rincón, quien presentaba heridas causadas con proyectil de arma de fuego y blanca.
Se indicó que por la información suministr ada por testigos directos se pu do determinar que los autores del crimen fueron los señores Yeferson Andrés Guzmán Br iñez, alias “ Chepe”, Hernando Javier Guzmán Briñez, alias “Hernando Papeleta”, y José Jhonatan Olivera Guzmán, alias “Chespi”.
Se expuso que Missin Hawer Barrera Rincón se encontraba en los alrededores de la plaza de mercado del Guamo, cuando inició una riña con Hernando Javier Guzmán Br iñez, en la que se utilizó un machete, último que se encontraba en compañía de sus sobrinos alias “Chepe” y “Chispe”, y que a pesar de que los precitados se retiraron del sitio, regresaron posteriormente con u n arma de fuego, con la que “Chepe” le disparó en varias ocasiones, y luego alias “ Hernando Papeleta ” le siguió asestando planazos con el machete, y que finalmente los precitados fueron recogidos por alias “Chispe” en una motocicleta y huyeron del sitio1.
El 5 de septiembre de 2017 , ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal del Guamo , se impa rtió legalidad a la captura de los señores Hernando Javier Guzmán Briñez y José Jhonatan Olivera Guzmán, a quienes en la misma fecha se les formuló imputación por el delito de homicidio agravado en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, en calidad de coautores, y se les impuso medida de
por el delito de homicidio agravado en concurso con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, en calidad de coautores, y se les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario2.
1 04 – Escrito de Acusación – Cuaderno digital 2 03ActaAudienciaconcentradaRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 3 El 31 octubre de 2017, se presentó escrito de acusación en contra de los prenombrados , por las mismas conduct as punible s 3 , correspondiéndole al Juzgado Penal del Circuito de Guamo 4 , Despacho que el 21 de septiembre siguiente realizó la audiencia5, en tanto que, el 12 de abril de 20186, el titular del citado Juzgado se declaró impedido para seguir conociendo del proceso tramitado contra José Jhonatan Olivera Guzmán, con fundamento en las causales indicadas en los numerales 4° y 6° del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, al considerar que había analizado los hechos y elementos materiales probatorios al emitir condena anticipada en contra del señor Hernando Javier Guzmán Br iñez.
El 27 de abril de 2018 , el Juzgado Penal del Circuito de Purificación no aceptó el impediment o propuesto por su homólogo del Guamo,7; el cual declaró fundado la Sala Penal de este Tribunal el 21 de mayo siguiente 8 y dispus o remitir la
Purificación no aceptó el impediment o propuesto por su homólogo del Guamo,7; el cual declaró fundado la Sala Penal de este Tribunal el 21 de mayo siguiente 8 y dispus o remitir la actuación al citado Despacho, el que realizó la audiencia preparatoria el 6 de septiembre del mismo año9.
Después de varios aplazamientos, el 11 de febrero de 2020 10 se inició la audiencia de juicio oral, en la que la fiscalía presentó la teoría del caso, se realizaron estipulaci ones probatorias y se recibió el testimonio de Jorge Luis Cristancho Sánchez, diligencia que contin uó el 23 de marzo de 2021 , cuando fue escuchado Olmedo Castañeda Lozano, en tanto que, el 18 de mayo siguiente
3 04 – Escrito de Acusación – Cuaderno digital 4 06AutoConocimiento – Cuaderno digital5 07 ActaAcusación – Cuaderno digital6 14 AutoDeclaraimpedidoCuaderno digital 7 16 AutoNoAceptaImpedimento – Cuaderno digital 8 19 AutoDeclaraFundadoImpedimentoCuaderno digital 9 30 ActaAudienciaPreparatoria – cuaderno digital 10 14 ActaJuicioOralcuaderno digitalRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 4 y por solicitud de la defensa 11 fueron oídos Hernando Javier Guzmán Briñez y José Jhonatan Olivera Guzmán, se presentaron alegatos finales , se emitió sentido de fallo de carácter
4 y por solicitud de la defensa 11 fueron oídos Hernando Javier Guzmán Briñez y José Jhonatan Olivera Guzmán, se presentaron alegatos finales , se emitió sentido de fallo de carácter condenatorio y se llevó a cabo la audiencia de individualización de pena y sentencia.
El 4 de junio de 2021, se condenó al señor José Jhonatan Olivera Guzmán a 212 meses de prisión, inhabilitación para el ejercici o de derechos y funciones públicas y privación del derecho a tener y portar armas de fuego por igual término, como cómplice del delito de homicidio agravado en con curso heterogéneo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones , y se le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria 12, sentencia que fu e apelada por la defensa13. El expediente se recibió en la Sala Primera de Decisión Penal del Tribunal el 12 de julio siguiente.
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Luego de referirse a los hechos, identificación del acusado, actuación procesal y alegatos de las partes , expuso el juez de primer grado que la ocurrencia de los hechos se acreditó a través de los testimonios de los señores Jorge Luis Cristancho Sánchez y Olmedo Castañeda Lozada , y las estipulaciones probatorias celebradas, pues se demostró que el 11 de agosto de 2017, el señor Missin H awer Barrera Rincón fue ultimado por varias personas, quienes generaron una riña con el ánimo de agredirlo,
celebradas, pues se demostró que el 11 de agosto de 2017, el señor Missin H awer Barrera Rincón fue ultimado por varias personas, quienes generaron una riña con el ánimo de agredirlo,
11 35 – ActaJuicioOralcuaderno digital 12 36 SentenciaCondenatoriaPrimeraInstancia 13 39 SustentaciónRecursoApelaciónSentenciaRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 5 ofendido que no tuvo la posibilidad de defenderse en igualdad de condiciones, para lo cual los victimarios utilizaron un arma de fuego de uso personal apta para realizar disparos que no tenía salvoconducto.
Expresó que la prueba practicada lleva al conocimiento más allá de toda duda de que José Jhonatan Olivera Guzmán fue cómplice de los hechos, pues cuando se inició la riña se encontraban varias personas en el lugar , entre ellas, el pr ocesado conocido con el alias de “Chespirito”, “Nando” y “Chepe”, la víctima y Olmedo Castañeda Lozada, último que en el juicio oral narró que cuando trajeron el revólver él se apartó y luego escuchó las detonaciones, quien además expuso que el enjuiciado colaboró en la muerte del ofendido y durante la huida.
Adujo que el testim onio del precitado merece credibilidad, pues fue presencial de los hechos, lo que le permitió observar en detalle lo ocurrido, y los roles de las personas que participaron ,
en la muerte del ofendido y durante la huida.
Adujo que el testim onio del precitado merece credibilidad, pues fue presencial de los hechos, lo que le permitió observar en detalle lo ocurrido, y los roles de las personas que participaron , el cual señaló que Jhonatan Olivera Guzmán salió del sitio en la motocicleta colaborando con la huida de sus familiares.
Indicó que del tes timonio del procesado se colige que se encontraba en el lugar en el que ocurrieron los hechos, y aunque señaló que e staba haciendo recorridos con su esposa en su motocicleta, la prueba practicada acredit ó que trasportó a sus parientes en el citado vehículo después de ultimar a Missin Hawer Barrera Rincón, p or lo que prestó importante colaboración posterior.Radicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 6 Señaló que es lógico que el señor Hernando Javier Guzmán Briñez quiera proteger a su sobrino José Jhonatan Olivera Guzmán, máxime cuando el primero fue condenado por los mismos hechos y desea cargar con toda la responsabilidad, para exonerar al acusado.
Afirmó que a pesar de que la prueba practicada no permite establecer que entre el acusado y los demás intervinientes existió un acuerdo previo para soport ar una coautoría impropia , se acreditó que aquel de manera consciente prestó colaboración posterior, pues ay udó a salir del sito a sus parientes luego de
establecer que entre el acusado y los demás intervinientes existió un acuerdo previo para soport ar una coautoría impropia , se acreditó que aquel de manera consciente prestó colaboración posterior, pues ay udó a salir del sito a sus parientes luego de haber segado la vida de Missin Hawer Barrera Rincón.
RECURSO DE APELACIÓN
La defensa después de hacer referencia a los elementos de la complicidad, dijo que se aplicó indebidamente la mencionada forma de participación, pues no se demostró que José Jhonatan Olivera Guzmán tuviera conocimiento o que su actuar se derivó de un acuerdo de voluntades, ni que tenía dominio del hecho en una repartición de funciones, ya que no hay prueb a que demuestre que intervino en la reyerta, y la muerte de la víctima fue consecuencia de la misma.
Consideró que la participación del acusado en los hechos fue irrelevante, pues lo único que hizo fue favorecer a sus parientes al facilitar su huida, porque para ese moment o el ofendido ya había fallecido, por lo que considera que su comportamiento se encuadra en la conducta punible prevista en el artículo 446 de La Ley 599 de 2000.Radicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 7
CONSIDERACIONES
Competencia.
De conformidad con lo señalado en el numeral 1º del artículo 34 de la Ley 906 de 2004, esta Sala es competente para decidir el recurso de apelación interpuesto por la defensa, contra la
CONSIDERACIONES
Competencia.
De conformidad con lo señalado en el numeral 1º del artículo 34 de la Ley 906 de 2004, esta Sala es competente para decidir el recurso de apelación interpuesto por la defensa, contra la sentencia adiada el 4 de junio de 2021 , emitida por el Juzgado Penal del Circuito de Purificación.
Problemas jurídicos propuestos.
¿Erró el fallador de primer grado en la valoración de la prueba practicada en el juicio?
¿Está demostrada más allá de toda duda la complicidad y responsabilidad penal de José Jhonatan Olivera Guzmán en el homicidio de Missin Hawer Barrera Rincón y en la conducta punible de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones?
De no ser así, ¿es procedente adecuar el comportamiento del prenombrado al delito de favorecimiento?
Respuesta a los problemas jurídicos.
No es objeto de debate que el 11 de agosto de 2017, se produjo el deceso de Missin Hawer Barrera Rincón , hecho que fue estipulado14, el cual encuentra respaldo probatorio en el Informe
14 Audiencia del 11 de febrero de 2020 00:08:52 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 8 de Investigador de Campo FPJ 11, el acta de inspección técnica al cadáver y el protocolo de necropsia de la fecha antes referida,
Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 8 de Investigador de Campo FPJ 11, el acta de inspección técnica al cadáver y el protocolo de necropsia de la fecha antes referida, al igual que del registro civil de defunción inscrito el 30 de octubre del mismo año15.
Así mismo, se estipuló la plena identidad del señor José Jhonatan Olivera Guzmán, quien se identifica con la cédula de ciudadanía 1.120.582.136 expedida en San José de Guaviare, lo cual encuentra soporte probatorio en el Formato de Arraigo, Reseña Fotográfica, Tarjeta Decadactilar e Informe de Visita Detallada de Consulta de la Registraduría Nacional del Estado Civil16.
A su vez, no es tema de controversia el homicidio del señor Missin Hawer Barrera Rincón, ya que se demostró que el 11 de agosto de 2017, recibió varias lesiones generadas por proyectil de arma de fuego en la región deltoidea y lumbrosacra derecha, y una herida en el cuero cabelludo causado con machete, primeras que le generaron la muerte, lo cual encuentra respaldo en el acta de necropsia17 practicada esa misma data por el médico Cristián Barrios Lozano en el Hospital San Antonio del Guamo.
Ahora bien, considera la Sala que la prueba practicada no demuestra más allá de toda duda la participación en calidad de cómplice del señor José Jhonatan Olivera Guzmán, en los hechos en los que perdió la vida el señor Missin Hawer Barrera Rincón.
Véase, que en el testimonio rendido por el señor Olmedo
cómplice del señor José Jhonatan Olivera Guzmán, en los hechos en los que perdió la vida el señor Missin Hawer Barrera Rincón.
Véase, que en el testimonio rendido por el señor Olmedo Castañeda Lozano el 23 de marzo de 2021 18al ser interrogado
15Archivo 12 Elementos Materiales Probatorios 16 Ibídem 17 Folios 242 a 249 cuaderno dos 18 Audiencia virtual 00:3640 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 9 sobre lo que había ocurrido el 11 de agosto de 2017, expuso19: “…a mí me co nsta que vinieron a buscar al fina o, al hermano del finado Hawer, y Hawer le compró el problema… llegó “Chepe”…uno de los papeletas, y ellos discutieron ahí unas palabras y “Chepe” fue y se trajo a los sobrinos…y ellos trajeron un machete…e iban a pelear a machete y en medio de la machetera ellos arrancaron a correr…trajeron un revólver, y cuando trajeron el revólver comenzaron discutir otra vez y yo estaba ahí en medio de ellos tres, de los cuatro y yo me aparté y cuando yo me aparté escuché los tiros que los hizo “Chepe”, él fue el que hizo los tiros, “Nando” le metió un machetazo al finao…”. (Sic a lo trascrito).
Narró el testigo que el día de los hechos él se encontraba con
que los hizo “Chepe”, él fue el que hizo los tiros, “Nando” le metió un machetazo al finao…”. (Sic a lo trascrito).
Narró el testigo que el día de los hechos él se encontraba con Missin Hawer Barrera Rincón20 y al preguntarle quiénes eran los sobrinos de “Chepe”, contestó21 “nando” y Chespirito”, precisando que el último es Jhonatan, y al interrogarlo sobre cuá l fue la participación de cada uno en los hechos, afirmó22: “el primero fue Chepe el que le pegó los tiros, el segundo fue N ando que le pe gó el machetazo y el tercero… logró escaparlo con la moto, se fueron los tres en la moto”, precisando enseguida que 23 “la verdad Chespi no hizo nada, lo único que hizo fue recogerlos en una moto y llevárselos”.
Al p reguntarle al señor Olmedo Castañeda Lozano si José Jhonatan Olivera Guzmán, se encontraba desde el inicio del problema, manifestó24: “si señora”, y al interrogarlo si había sido amenazado afirmó 25 “sí, de Nando”, e indicó los sujetos que
19 00:41:30 en adelante 20 00:42:50 en adelante 21 00:43:37 en adelante 22 00:45:09 en adelante 23 00:46:03 en adelante 24 00:46:20 en adelante 25 00:47:25 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 10
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 10 participaron en los hechos l os apoda n en el Guamo “ Los Papeletas”, y que 26los conocía porque eran expendedores de estupefacientes.
Deponente que durante el contrainterrogatorio precisó que27 fue “Chepe”, quien realizó los disparos e insistió en que fue testigo presencial de los hechos, y que observó igualmente cuando “Nando” le asestó un machetazo al occiso y al preguntarle si conoce a José Jhonatan Olivera Guzmán, contestó28: ”claro si es chespirito”, e insistió en que 29 la labor del precitado consistió en transportar a sus dos familiares luego del homicidio , y al interrogarlo sobre si el procesado había participado en el mismo, contestó30 “sí señor... porque los recogió, los ayudó a huir…sí señor”.
Afirmaciones a las que las Sala le s da credibilidad, ya que el deponente además de ser testigo presencial de l os hechos, hizo un relato coherente y sincero de los mismos, explicó los eventos que precedieron a la agresión a Missin Hawer Barrera Rincón, así como las circunstancias en las cuales Yeferson Andrés Guzmán Briñez alias “Chepe”, disparó en contra de su humanidad, y cómo después de que se encontraba en el piso Hernando Javier Guzmán Br iñez, al ias “ Hernando Papeleta ”, le asest ó un machetazo, heridas que coincide n con las indic adas en el protocolo de necropsia.
después de que se encontraba en el piso Hernando Javier Guzmán Br iñez, al ias “ Hernando Papeleta ”, le asest ó un machetazo, heridas que coincide n con las indic adas en el protocolo de necropsia.
A la vez , el señor Olmedo Castañeda Lozano expuso en qu é consistió la participación del señor José Jhonatan Olivera Guzmán
26 00:49:05 en adelante 27 00:52:34 en adelante 28 00:55:23 en adelante 29 00:56:00 en adelante 30 00:57:05 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 11 en los hechos, quien estuvo presente en la reyerta y cuando sus parientes le segaron la vida a la víctima, se los llevó del lugar en su motocicleta.
Así mismo, los acontecimientos fueron expuestos por el testigo presencial de manera lógica y con un adecuado orden t emporo espacial, indicó el lugar donde ocurrieron, las personas que intervinieron, los momentos que precedieron a la muerte de Missin Hawer Barrera Rincón , esto es, que hubo una riña en la plaza de mercado del Guamo.
A la vez, no se demostró que el señor Olmedo Castañeda Lozano, tuviera interés en los resultados del proceso y a pesar de que dijo que era conocido de Missin Hawer Barrera Rincón y reconoció que fue amenazado por alias ”Nando”, analizado su relato, su proceso
tuviera interés en los resultados del proceso y a pesar de que dijo que era conocido de Missin Hawer Barrera Rincón y reconoció que fue amenazado por alias ”Nando”, analizado su relato, su proceso de rememoración y comportamiento durante el interrogatorio, no existe duda que se limitó a narrar los hechos de los que tuvo conocimiento directo; además, al haber si do testigo presenc ial, resulta apenas lógico que señal ara a las personas que intervinieron y le segaron la vida a la víctima, a l igual que quien los ayudó a huir del lugar.
Ahora bien, aunque en principio el testigo señaló que no estaba seguro c omo se llamaba alias “ Chespi” o “ Chespirito”, seguidamente expuso que “ Chespi”, era el procesado y que su participación en los hechos consistió en recoger a sus parientes para que lograran escapar , luego de que agredieran al señor Missin Hawer Barrera Rincón.Radicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 12 Tampoco se observa que con anterioridad a los hechos el deponente hubiera tenido problemas con el procesado como para querer sindicarlo falsamente de ser la persona que luego del homicidio se llevó a sus parientes del lugar, ni para presentarse luego al juicio a ratificar bajo la gravedad de juramento esas acusaciones, sabiendo que de no ser así, se podía ver vinculado a un proceso penal por falso testimonio, además del riesgo que le generaba estar privado de la libertad en el mism o
luego al juicio a ratificar bajo la gravedad de juramento esas acusaciones, sabiendo que de no ser así, se podía ver vinculado a un proceso penal por falso testimonio, además del riesgo que le generaba estar privado de la libertad en el mism o establecimiento en donde se encuentran recluidos José Jhonatan Olivera Guzmán y Hernando Javier Guzmán Briñez.
A su vez, lo indicado por el señor Olmedo Castañeda Lozano, en parte encuentra corroboración en lo narrado por Jorge Luis Cristancho Sánchez31, quien manifestó que entre el 2017 y 2018 laboró como patrullero de la Estación de Policía del Guamo, y que el 11 de agosto de primer año citado, cuando realizaba labores de vigilancia32 recibieron una llamada informando que en la plaza se habían escuchado disparos.
Narró el testigo que33 en la calle 13 con 11 del citado municipio observaron una persona muerta , por lo que se llamó al Cuerpo Técnico de Investigación , que quienes se encontraban en los alrededores identificaron a la víctima como Missin Hawer Barrera Rincón, y que observó que el cuerpo tenía heridas causadas con proyectil de arma de fuego.
La Sala da credibilidad al testimonio de Jorge Luis Cristancho Sánchez, ya que no presentó contradicciones y se limitó a
31 Audiencia del 11 de febrero de 2020, a partir del 00:40:19 en adelante 32 00:41:22 en adelante 33 00:41:50 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
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32 00:41:22 en adelante 33 00:41:50 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 13 referirse a los hechos que per cibió de manera directa el 11 de agosto de 2017, en cumplimiento de sus funciones como patrullero de la Estación de Policía de Guamo.
Testigo que no t ienen ningún interés en los resultados del proceso y menos en perjudicar al señor José Jhonatan Olivera Guzmán, y lo indicado por aquel en el sentido que los hechos ocurrieron en la plaza de mercado del Guamo y que el occiso presentaba heridas con proyectil de arma de fuego, coincide con lo narrado por el señor Olmedo Castañeda Lozano.
De modo tal, que el análisis de la prueba de cargo y los hechos estipulados por las partes, permiten colegir con total claridad que el acusado se encontraba en el lugar donde se presentó la riña entre sus parientes alias “ Chepe” y “ Nando” y Missin Hawer Barrera Rincón, pero no intervino en la pelea ni tampoco en el homicidio del precitado, sino que lo que hizo fue que luego de ello transportó a los agresores en su motocicleta.
Ahora bien, por solicitud de la defensa se recibió el testimonio del señor Hernando Gabriel Guzmán Briñez34, tío del acusado, quien señaló que35 el 11 de agosto de 2017 se encontraba en la pla za de mercado del Guamo36 y que “maté a Missin Hawer, yo fui el que
señor Hernando Gabriel Guzmán Briñez34, tío del acusado, quien señaló que35 el 11 de agosto de 2017 se encontraba en la pla za de mercado del Guamo36 y que “maté a Missin Hawer, yo fui el que lo maté, él no tiene la culpa, ni otro hermano, no sé porque los involucran ahí, no tiene n la culpa, él es mi sobrino, mi hermano es Yeferson, si ve el que lo maté fui yo…eso es lo que quieren saber”.
34 Audiencia del 18 de mayo de 2021 00:08:45 en adelante 35 00:15:16 en adelante 36 00:16:19 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 14 Y al insistir la defensa para que contestara la pregunta sobre qué personas lo acompañaban el día de los hechos, indicó de manera contradictoria que 37 “se encontraba solo y hab ía muchos más amigos”, insistiendo en que38 “su hermanito y sobrino no tienen nada que ver en eso”, y que días antes había tenido problemas con la víctima y su hermano, y se habían agredido.
Expuso el señor Hernando Javier Guzmán Briñez que la noche de los hechos,39tenía un machete y un arma de fuego calibre 38, que se dieron machete con la víctima y no se hicieron nada 40“y me pareció mucha gracia darle…y así fue que murió … yo lo degollé y todo…eso todo quedó en la historia clínica”, 41 por lo que fue
se dieron machete con la víctima y no se hicieron nada 40“y me pareció mucha gracia darle…y así fue que murió … yo lo degollé y todo…eso todo quedó en la historia clínica”, 41 por lo que fue condenado a 18 años de prisión.
Al preguntarle si José Jhonatan Olivera Guzmán participó en los hechos en donde perdió la vida Missin Hawer Barrera Rincón, contestó42: “no señor para nada, para nada, tiene que mostrar un video, demostrar con un video…el que estoy haciendo ese homicidio soy yo…ellos en esa instancia se encontraban y no hicieron nada…”, y que a pesar de que en esa fecha había muchas personas en el sector, fue él quien le segó la vida a la víctima.
En el contrainterrogatorio narró el señor Hernando Javier Guzmán Briñez, que el acusado43 “no tiene nada que ver, ese día él estaba, pero ese día no cogió, no tocó, no movió…nada…él estaba aparte…”, insistiendo en que era él deponente quien portaba el arma de fuego con la cual le disparó a la víctima, y al preguntarle
37 00:17:52 en adelante 38 00:18:24 en adelante 39 00:22:19 en adelante 40 00:22:40 en adelante 41 00:23:38 en adelante 42 00:24:10 en adelante 43 00:30:46 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 15
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Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 15 porqué aquella tenía una herida causada con arma blanca , contestó44: “acá al lado en el pescuezo, cuando yo le hice los cinco tiros… tres en la cabeza y él se paró... yo le pasé el machete así, vea”.
Al preguntarle al señor Hernando Javier Guzmán Briñez que hizo después de los hechos, manifestó45“me dio miedo y yo me fui en la moto, yo no voy a esperar ahí la policía”, e indicó que él conducía el citado automotor, y sorpresivamente insistió 46 “mejor dicho ellos no tienen nada que ver el que lo maté fui yo”.
Por su parte, el señor José Jhonatán Olivera Guzmán quien renunció a su derecho a guardar silencio expuso47 que distinguía a Missin Hawer Barrera Rincón, y que el 11 de agosto de 2017 se encontraba 48 tomando con la progenitora de su hijo, y al preguntarle si se dio cuenta de la muerte del precitado, indicó49: “si, yo ese día, estaba dando vueltas cuando a mí me dijo un amigo vaya que en la plaza su familiar está por allá emproblemao (sic ), entonces yo fui y yo vi todo cuando estaban en la pelea y eso cuando mi tío lo mató, pero más no tengo nada que ver…”, y que también se encontraba50 Olmedo Castañeda y otras personas.
Ante la pregunta del juez sobre si el bar donde estaba tomando quedaba en la plaza de mercado , contestó51 que se encontraba aproximadamente a media cuadra del lugar de los hechos, y que
encontraba50 Olmedo Castañeda y otras personas.
Ante la pregunta del juez sobre si el bar donde estaba tomando quedaba en la plaza de mercado , contestó51 que se encontraba aproximadamente a media cuadra del lugar de los hechos, y que primero estaba paseando con su esposa en la motocicleta y luego se sentó en ese sitio52 “a mirar que estaba pasando con mi familiar”,
44 00:35:57 en adelante 45 00:33:31 en adelante 46 00:34:03 en adelante 47 Audiencia del 18 de mayo de 2021 00:43:08 en adelante 48 00:43:36 en adelante 49 00:44:18 en adelante 50 00:45:30 en adelante 51 00:52:58 en adelante 52 00:54:59 en adelanteRadicado: 73 001 60 00450 2017 00012 02
Procesado: José Jhonatan Olivera Guzmán Delito: Homicidio y otro
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué– Sala Penal 16 y que inicialmente su tío y la víctima pelearon con machete y después el último le hizo cinco disparos, pero desconoce en qué parte lo impactó porque estaba observand o de lejos, y que también se percató cuando le pegó un machetazo y luego su pariente se fue en una motocicleta.
Las manifestaciones de los señores Hernando Javier Guzmán Briñez y José Jhonatan Olivera Guzm án, fueron claramente desvirtuadas por el señor Olmedo Castañeda Lozano, último quien hizo una narración mucho más coherente de los mismos, deponente que observó a las dos personas que agredieron con
desvirtuadas por el señor Olmedo Castañeda Lozano, último quien hizo una narración mucho más coherente de los mismos, deponente que observó a las dos personas que agredieron con una arma de fuego y un machete a la víctima, a quienes identificó como alías “Chepe” y “Nando”;