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TSDJ Manizales - AP035-1995

Tribunal Manizales

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Detalles

Título
TSDJ Manizales - AP035-1995
Autor
Tribunal Manizales
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
1995

Auto No. 035/95 CORTE CONSTITUCIONAL-Incompetencia para resolver peticiones Se ha presentado ante la Corte un escrito en el que se formulan una serie de peticiones de carácter laboral y también, según el texto, ejercen una acción de tutela. La Corte Constitucional carece de competencia para resolver sobre las peticiones planteadas, pues la Corporación la tiene fijada en los estrictos y precisos términos del artículo 241 de la Constitución Nacional.

Ref.: Escrito presentado por Extrabajadores

del Ingenio Central de Oriente Ltda. Santafé de Bogotá, D.C. diecinueve (19) de julio de mil novecientos noventa y cinco (1995).

1. Extrabajadores del Ingenio Central de Oriente, han presentado ante la Corte un escrito en el que formulan una serie de peticiones de carácter laboral y también, según el texto, ejercen una acción de tutela.

2. La Corte Constitucional carece de competencia para resolver sobre las peticiones planteadas, pues la Corporación la tiene fijada en los estrictos y precisos términos del artículo 241 de la Constitución Nacional.

3. La Corte Constitucional tampoco tiene competencia para tramitar y resolver directamente sobre las acciones de tutela, pues según los artículos 86 y 241, numeral 9o. de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 31, 32 y 33 del Decreto 2591 de 1991, su función se circunscribe a la revisión eventual de las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela.

Con fundamento en las consideraciones que preceden, la Sala Plena de la Corte

Constitucional, RESUELVE: RECHAZAR, por improcedente, el escrito presentado por Extrabajadores del Ingenio Central de Oriente Ltda. Cópiese, comuníquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase,

JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO

Presidente

JORGE ARANGO MEJIA ANTONIO BARRERA CARBONELL

Magistrado Magistrado

EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ CARLOS GAVIRIA DIAZ

Magistrado Magistrado

HERNANDO HERRERA VERGARA ALEJANDRO MARTINEZ

CABALLERO

Magistrado Magistrado

FABIO MORON DIAZ VLADIMIRO NARANJO MESA

Magistrado Magistrado

MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO

Secretaria General

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