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TSDJ Manizales - AP105-2011

Tribunal Manizales

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Detalles

Título
TSDJ Manizales - AP105-2011
Autor
Tribunal Manizales
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2011

Auto 105/11 ACCION DE TUTELA CONTRA PATRIMONIO AUTONOMO DE REMANENTES DE TELECOM-Suspender cumplimiento de órdenes sin que implique prejuzgamiento o se anticipe sentido de sentencia definitiva, para evitar que pagos lleguen a ocasionar perjuicio irremediable al interés público según Auto A241/10

Referencia: expedientes T-2471226, T2471346, T-2492726, T-2500881, T2501214, T-2531642, T-2531654, T2537041 y T-2546795 acumulados.

Acciones de tutela instauradas por Gladys Montes Montiel y otros contra Caprecom y otros (T2471216), Norma Díaz García y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2471346), Eugenio Hawkins y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2492726), Alfredo Chica Gutiérrez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2500881), Rafael de Jesús Villar Gómez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2501214), Martha Eugenia Ruiz González y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T2531642), Vivian Portillo Hernández y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom, (T-2531654), Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2537041), y José Gabriel Padilla Castro y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de

Telecom (T-2546795). (En anexo que acompaña el presente Auto figuran cada uno de los actores con su documento de identidad).

Magistrada Ponente: MARÍA VICTORIA CALLE CORREA Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados.

2 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil once (2011) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, debe efectuar las consideraciones y tomar la determinación que a continuación se expresan.

CONSIDERACIONES

1. En las sesión del día 12 de mayo de 2010, la Sala Plena, con fundamento en el artículo 54A del Reglamento Interno de la Corte Constitucional, dispuso avocar el conocimiento de los expedientes T-2451880, T-2471216, T-2471345, T-2471346, T-2475114, T-2476358, T-2476359, T-2484301, T-2492726, T2500881, T-2501214, T-2507052, T-2531642, T-2531654, T-2537041, T2537070, T-2537078, T-2546795, T-2564079, T-2566146, T-2579968, T2581607, T-2587255, T-2587286 y T-2597351, así como su acumulación, con el objeto de ser fallados por la Sala Plena en una misma sentencia, cuya sustentación y ponencia fue encomendada a la Magistrada María Victoria

Calle Correa.

2. Mediante Auto 241 del 14 de julio de 2010, la Sala Plena de esta Corporación decidió SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:

1. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 22 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de julio de 2009 (T-2451880).

2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 02 de septiembre de 2009 (T-2471345).

3. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 30 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 09 de septiembre de 2009 (T-2476358).

4. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 28 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2476359).

5. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 05 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2484301).

Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 3

6. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 08 de octubre de 2009 (T2507052).

7. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 27 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Momil, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537070).

8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 01 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537078).

9. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 25 de noviembre de 2009 (T-2564079).

10. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre de 2009 (T-2566146).

11. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 25 de enero

de 2010, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 11 de diciembre de 2009 (T-2579968).

12. El Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca, el 16 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Civil Municipal de Puerto Tejada, Cauca, el 06 de noviembre de 2009 (T-2581607).

13. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 05 de febrero de 2010, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Córdoba, departamento de Bolívar, el 17 de noviembre de 2009 (T-2587255).

14. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 29 de enero de 2010, y por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 09 de noviembre de 2009 (T-2587286).

15. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Montería, Córdoba, el 26 de enero de 2010 (T-2597351).

3. Los expedientes T-2471216, T-2471346, T-2492726, T-2501214, T2531654 y T-2537041 (fuero sindical), y T-2500881, T-2531642 y T-2546795

(retén social), no fueron cobijados por la medida provisional contenida en el Auto 241 de 2010. En relación con los expedientes relativos a fuero sindical,

porque en los mismos no reposaba copia de las sentencias de los procesos ordinarios laborales de levantamiento de fuero sindical, fallos que fueron Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 4 solicitados por el Despacho al Patrimonio Autónomo de Remantes PAR, mediante Auto del 26 de noviembre de 2010. Respecto de los expedientes referentes a retén social, debido a la información parcial que reposa en los expedientes, se consideró necesario solicitar al PAR un listado de los trabajadores en el que se especificara los beneficiarios del mismo y en qué calidad (madres o padres cabeza de familia, discapacitados, prepensionados) y la fecha en que culminó su vinculación laboral con la extinta Telecom.

4. Por comunicación escrita del pasado 5 de mayo, el señor Procurador General de la Nación solicitó a esta Corporación que los efectos proferidos en el Auto 241 de 2010, sean extendidos a los expedientes T-2471346, T2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642 y T-2546795, seleccionados y acumulados por la Corte, pero que no hacen parte de la medida provisional de suspensión de las sentencias proferidas por los jueces a los que correspondió el conocimiento de las tutelas específicamente señaladas en el auto. Tal solicitud la hace el señor Procurador General de la Nación con fundamento en que como consecuencia de los fallos proferidos en estos procesos, el

Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom debe reconocer el pago de una suma superior a los $46.527.287.559, situación que compromete seriamente el patrimonio público.

5. En los expedientes referidos en los numerales anteriores, los jueces de tutela dieron las siguientes órdenes: Fuero sindical 1. (T-2471216) La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, en sentencia del 16 de julio de 2009, revocó el fallo proferido en primera instancia por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, Córdoba, el cual negó la tutela por considerarla improcedente, y ordenó al PAR realizar el pago de salarios, prestaciones sociales y convencionales, y de aportes a la seguridad social dejados de percibir por el despido de los actores (Gladys Montes Montiel y otros), así como el incremento salarial surgido desde el 1° de febrero de 2006 y hasta cuando la sentencia de levantamiento de fuero sindical quede en firme. 2. (T-2471346) El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 24 de septiembre de 2009, revocó el fallo proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 01 de septiembre de 2009, en la cual negó la tutela por improcedente, y en consecuencia, ordenó al PAR el pago de los salarios, prestaciones legales y convencionales, aportes a la seguridad social, e incrementos salariales dejados de percibir por los tutelantes (Norma Díaz García y otros) desde el 1 de febrero de 2006,

hasta la fecha en que quede en firme la sentencia de levantamiento de fuero sindical. Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 5 3. (T-2492726) El Juzgado Promiscuo del Circuito de El Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, confirmó el fallo proferido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de El Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009, en el cual se ordenó al PAR pagar a los tutelantes (Eugenio Hawkins y otros), los salarios y prestaciones sociales dejados de cancelar desde la ocurrencia del despido injusto y hasta cuando se cumpla con la obligación de autorización del despido. 4. (T-2501214) El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, confirmó en su totalidad, el 21 de octubre de 2009, el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, del 01 de octubre de 2009, el cual ordenó al PAR pagar los salarios y prestaciones dejadas de percibir por el tutelante (Rafael de Jesús Villar Gómez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 20 de agosto de 2008, fecha del levantamiento del fuero sindical. Además, ordenó el pago de manera integral de los reajustes ordenados por ley, así como de los demás emolumentos dejados de percibir, todo lo anterior, a título de

indemnización por la imposibilidad del reintegro. 5. (T-2531654) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 17 de noviembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el cual, en providencia del 3 de noviembre de 2009 ordenó al PAR cancelar lo adeudado a los peticionarios (Vivian Portillo Hernández y otros), desde el momento del último pago hasta la fecha de sentencia, y hasta que se les levante el fuero sindical conforme el procedimiento de ley, de conformidad con las liquidaciones presentadas. 6. (T-2537041) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 30 de noviembre de 2009, confirmó el fallo del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, del 10 de noviembre de 2009, el cual ordenó al PAR cancelar lo adeudado conforme a las liquidaciones anexadas al cuerpo de la demanda por los peticionarios (Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros), excepto en lo correspondiente a los señores Carlos Arturo Torres y Wilfredo Carvajal Vargas, quienes no acreditaron estar amparados por fuero sindical. Retén social 1. (T-2500881) El Tribunal Administrativo del Atlántico, en sentencia del 26 de octubre de 2009, revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Barranquilla, Atlántico, el cual, en sentencia del 13 de agosto de 2009 declaró la

improcedencia de la acción, y ordenó al PAR cancelar a título de indemnización los salarios y prestaciones dejados de percibir por el actor (Alfredo Chica Gutiérrez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 23 de Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 6 julio de 2006, lapso que deberá incluirse en la contabilización de la relación laboral. 2. (T-2531642) En primera instancia el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, en sentencia del 10 de noviembre de 2009 ordenó al PAR reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios (Marta Eugenia Ruíz González y otros), en su calidad de padres/madres cabeza de familia, desde la fecha de desvinculación, en el mes de julio de 2003 y hasta que efectivamente desaparezca el PAR. Además, repararlos integralmente, lo cual incluye el pago de los reajustes de ley, al igual que cualquier otro emolumento dejado de percibir, lo anterior, a título de indemnización ante la imposibilidad de lograr un reintegro a las actividades laborales. En segunda instancia el Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, en sentencia del 21 de diciembre de 2009, revocó parcialmente el fallo de primera instancia, y condenó al PAR al pago de

salarios y prestaciones desde la fecha de desvinculación y hasta el 31 de enero de 2006. Además, revocó lo concerniente a los accionantes Martha Ruiz González y Fabián Vergara del Valle y en su lugar, les negó el amparo solicitado. 3. (T-2546795) El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, en sentencia del 10 de diciembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, en sentencia del 18 de noviembre de 2009, y ordenó el pago de salarios y prestaciones sociales; reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios (José Gabriel Padilla y otros) en su calidad de padres/madres cabeza da familia, desde el 1 de julio de 2003 hasta que efectivamente desaparezca el PAR, además de repararlos integralmente, lo cual incluye los reajustes establecidos por ley y el pago de cualquier emolumento dejado de percibir, en la cuantía que resulte de la respectiva liquidación. Lo anterior a título de indemnización ante la imposibilidad del reintegro por la inexistencia física de la extinta TELECOM.

6. El Despacho, mediante autos del 26 de noviembre de 2010 y del 25 de abril de 2011 ha solicitado diversas pruebas relacionadas con los expedientes acumulados, las cuales han sido remitidas por el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom de manera parcial entre diciembre de 2010 y mayo de 2011 por medio de las siguientes comunicaciones: oficio PARDS 10 del 14 de diciembre de 2010, oficio 017000 del 15 de diciembre de 2010, oficio

017884-11 del 12 de enero de 2011, oficio 019076-10 del 7 de febrero de 2011, y oficio PARDS 023122 del 9 de mayo de 2011. La información ha sido enviada paulatinamente a esta Corporación, según el PAR, debido a la magnitud de la misma y a su ubicación en diferentes dependencias del PAR y Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 7 en la empresa ALMARCHIVOS, encargada del manejo del archivo de la liquidada Telecom, situación que ha dificultado su consulta y remisión oportuna a la Corte Constitucional.

7. La Corte se encuentra realizando en esta etapa procesal, el análisis y valoración del material probatorio al que se ha hecho referencia.

8. A pesar de que el Ministerio Público no solicitó la extensión de la medida cautelar a los expedientes T-2471216, T-2531654 y T-2537041 sobre fuero sindical, por tratarse de casos similares a los que se les aplican las consideraciones precedentes, la medida provisional también se extenderá a dichos expedientes.

9. Así las cosas, sin que implique de manera alguna prejuzgamiento o se anticipe el sentido de la sentencia definitiva, con el fin de evitar que los pagos ordenados a favor de los peticionarios, llegaren a ocasionar un perjuicio irremediable al interés público, de conformidad con lo expuesto en el Auto 241 de 2010, en la medida en que podrían carecer de fundamento fáctico y

legal, y acogiendo la solicitud del Ministerio Público, RESUELVE: Primero.- SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:

1. La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, el 16 de julio de 2009 (T-2471216. Fuero sindical).

2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009 (T-2471346. Fuero sindical).

3. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009 (T-2492726. Fuero sindical).

4. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 21 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 01 de octubre de 2009 (T2501214. Fuero sindical).

5. El Tribunal Administrativo del Atlántico, el 26 de octubre de 2009 (T2500881. Retén social).

Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 8

6. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, el 21 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2531642. Retén social).

7. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 17 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 03 de noviembre de 2009 (T-2531654. Fuero sindical).

8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2537041. Fuero Sindical).

9. El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, el 10 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, el 18 de noviembre de 2009 (T-2546795. Retén social).

Segundo.- ORDENAR con fundamento en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, que por la Secretaría General de esta Corporación se notifique por el medio más expedito posible el presente Auto al representante legal del Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR), al señor Procurador General de la Nación, a los jueces de instancia de los casos de tutela bajo estudio y a los respectivos accionantes relacionados e identificados en el Anexo que acompaña al presente Auto. Asimismo, se ordena que copia de la parte resolutiva de esta decisión sea publicada en un medio de amplia difusión

y circulación nacional. Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

JUAN CARLOS HENAO PEREZ

Presidente

MARIA VICTORIA CALLE CORREA

Magistrada MAURICIO GONZALEZ CUERVO Magistrado Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 9

GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO

Magistrado

JORGE IVAN PALACIO PALACIO

Magistrado

NILSON PINILLA PINILLA

Magistrado

JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB

Magistrado

HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

Magistrado

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

Magistrado MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ Secretaria General Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 10 ANEXO

LISTADO ACTORES

EXPEDIENTE T-2471216

ACTOR C.C.

1 Araújo Ortega, Álvaro Enrique 78.016.497 2 Ayala Arrieta, Gustavo Alberto 79.260.950 3 Ballestas Mendoza, Remberto 15.018.591 4 Carmona Carazo, Ariel de Jesús 73.073.926 5 Castillo Salgado, Iván Manuel 15.037.490 6 Cordero Vega, Hugo Enrique 6.882.557 7 Corrales Benítez, Benjamín 3.957.534

8 Garrido Martínez, Naver Emelson 15.664.067 9 Gómez Solera, Ángel Ramón 11.059.619 10 Guerra Almario, Diógenes Antonio 78.673.880 11 López Millán, Carlos Eduardo 15.041.316 12 López Villegas, Rodrigo Antonio 15.047.633 13 Mejía Geovo, Nataly Victoria 25.871.920 14 Montes Montiel, Gladys María 34.971.243 15 Ortega Pineda, Luz Amparo 26.229.033 16 Oviedo Argel, Álvaro José 6.883.420 17 Puche Olivero, Lisipo Segundo 6.873.767 18 Tordecilla Tordecilla, Eduardo Santos 15.021.209 19 Téllez Rodas, Sergio Antonio 6.877.857 20 Zapata Suárez, Neftalí Carmelo 15.021.806

EXPEDIENTE T-2471346

ACTOR C.C. 21 Aguirre López, Fernando 5.905.176 22 Arenas Moreno, Saaibi 79.554.239 23 Arias Gaviria, Clarivel 31.201.347 24 Arias Serna, Augusto 13.348.895 25 Bellón Pico, Armando 6.766.068 26 Cacabelo Candia, Freddy Habit 12.560.196 27 Cifuentes Yague, María Jesús 25.364.362 28 Córdoba Palacio, José Kenedy 11.794.496 29 Cruz Herazo, Andrés Felipe 98.394.079 30 Cuadros, José Luis 10.547.873 31 Díaz Claros, Fredy Arnul 16.610.554 32 Díaz García, Norma Constanza 65.728.485

33 Garcés Guauña, Carlos Alonso 10.546.282 34 Hinestroza Moreno, Clímaco Antonio 11.788.140 Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 11 35 Hurtado Urbano, Eucardo Vinicio 4.640.926 36 Ipia Narváez, Gerardo Alirio 10.539.543 37 López Machado, Eberto 16.240.093 38 Moreno Ibarguen, Otilio 4.846.476 39 Osorio Ruíz, Carlos Mauricio 19.489.860 40 Pabón Rodríguez, Zulmary 34.554.749 41 Posso Bedoya, Álvaro Eugenio 6.355.902 42 Rentería Gamboa, Judith del Carmen 26.258.458 43 Reyes Asprilla, Oney Aly 4.846.327 44 Vargas Céspedes, Haidy Danith 52.217.176 45 Vélez Parra, Carlos Emilio 79.533.152

EXPEDIENTE T-2492726

ACTOR C.C.

46 Barón Martínez, Nelson 12.987.146 47 Boiga Lemus, Antonio 15.243.152 48 Cruz Arenas, Pedro Eliseo 13.892.312 49 Flórez Salazar, Luis Hernando 87.550.058 50 Gambín Petro, Humberto Manuel 6.869.595 51 Goyes Navarro, Álvaro Javier 12.974.401 52 Gracia de la Rosa, Wilmer Emilio 12.552.664 53 Guerrero Chamorro, Segundo Esperidión 19.290.435

54 Hawkins, Manuel Eugenio 15.242.219 55 Méndez Fernández, Hernán 9.074.661 56 Montenegro Rojas, Polivio Alberto 5.285.767 57 Morales Macías, José Félix 18.124.380 58 Muñoz Pérez, Balmes Alberto 12.972.300 59 O'Neill, Manuel Jennet 51.798.633 60 Orduz Suárez, Arturo 13.640.490 61 Pereira Villar, Edinson Enrique 73.126.108 62 Ramírez Sánchez, Mauricio 19.487.881 63 Ruano Ruano, Segundo Servio Antonio 12.969.522 64 Tapia Guerrero, Fabio Aníbal 12.986.211

EXPEDIENTE T-2500881

ACTOR C.C. 65 Chica Gutiérrez, Alfredo 73.089.109

EXPEDIENTE T-2501214

ACTOR C.C. 66 Villar Gómez, Rafael de Jesús 12.553.937

EXPEDIENTE T-2531642

Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 12 ACTOR C.C. 67 Benítez Álvarez, Reinaldo Tulio 92.509.342 68 Blanco Pertuz, Narciso 8.335.341 69 Cáceres Hernández, Giovanni Pompilio 5.747.816 70 Chaverra Murillo, Alberto 11.795.370 71 Cueto Castillo, Gabriel Ángel 79.474.039 72 Daza Velaides, Juan Manuel 77.026.641 73 Fragozo Díaz, Edgar Ceferino 84.032.176

74 Gañan Parra, Olga Ruth 22.005.697 75 Gómez Freja, Jhon Jairo 78.706.997 76 Gutiérrez Díaz, Hernán 16.475.786 77 Ibern Cotes, Raúl Eduardo 8.706.067 78 Lopera Giraldo, Gustavo Adolfo 98.491.238 79 Menco Canchilla, Alba Stella 23.062.774 80 Méndez Díaz, Rafael Antonio 19.188.368 81 Mendoza Yépez, Emilse de Jesús 64.505.017 82 Narváez Vergara, Roberto Carlos 18.855.222 83 Olivella Gómez, Carlos Alberto 77.017.802 84 Peña Armenta, José Eduardo 77.031.787 85 Pineda Román, Rita Rosa 23.063.197 86 Ramírez Hurtado, Yanib 82.383.518 87 Ramos Palacios, Henry Samir 11.796.842 88 Rosado Toncel, Silena de Jesús 36.559.045 89 Ruiz González, Martha Eugenia 40.371.298 90 Salgado Mora, Omar Elías 78.706.988 91 Santofimio Tinoco, Alberto 12.123.903 92 Solórzano Cárdenas, Carlos Alberto 92.528.627 93 Vasco Vélez, Diego Alberto 71.594.599 94 Vásquez Polanco, Flor María 32.674.057 95 Venté Saavedra, Cecilio 82.382.010 96 Vergara del Valle, Fabián Ricardo 92.499.704

EXPEDIENTE T-2531654

ACTOR C.C. 97 Bayona Chona, Uriel de Jesús 13.364.379 98 Correa Pacheco, Glenda Patricia 50.893.286 99 Duque Marchena, Luis Armando 71.619.122

100 González Gómez, Eliana Karina 50.959.173 101 Marchena Mendoza, Bertha Inés 34.938.454 103 Portillo Hernández, Vivian del Carmen 32.683.031 104 Torrente Pupo, Carlos Mario 71.666.200 105 Vanegas Buelvas, Néstor José 78.701.739

EXPEDIENTE T-2537041

ACTOR C.C. Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 13 106 Acevedo Echeverry, Diego 7.550.064 107 Ángel López, Gustavo Alberto 9.779.991 108 Bermúdez Franco, Nubia Marleny 24.037.634 109 Cantor Sierra, Juan Carlos 18.930.113 110 Cardona Granada, Julio César 18.392.438 111 Carreño Velandia, Beatriz Alexandra 60.258.617 112 Carrillo Suárez, Luz Marina 60.255.010 113 Carvajal Vargas, Wilfredo 19.296.197 114 Cifuentes Pimiento, César Humberto 6.009.433 115 Colorado León, Albeiro 18.388.423 116 Correa Arango ,Clara Stella 36.177.861 117 Domínguez Téllez, Jorge Hernán 18.388.371 118 Flórez Guzmán, Jhon Jaiver 7.547.470 119 García Franco, Néstor Augusto 18.390.361 120 González López, Henry 12.118.738 121 Gutiérrez Galindo, Rubén Darío 18.392.775 122 Gutiérrez Torres, Gregorio Gonzalo 84.032.497

123 Jaramillo Gutiérrez, Maritza 33.819.406 124 Mejía Alvarado, Luis Carlos 4.951.973 125 Monje Alarcón, Jesús Humberto 7.686.874 126 Moya Córdoba Edgar 12.108.293 127 Muñoz Bermúdez, Carlos Julio 18.338.391 128 Núñez Romero, Álvaro 91.421.853 129 Ortiz Penagos, Aymer 7.529.316 130 Palacio Salazar, Jorge Hernán 7.537.721 131 Patarroyo Puentes, Jesús María 12.115.660 132 Rubio Benjumea, Yolanda 41.901.179 133 Sandino Macías, Jorge Enrique 19.105.952 134 Silva Hernández, José Rafael 13.351.728 135 Taborda Vargas, Adriana María 41.906.241 136 Torres, Carlos Arturo 13.349.773 137 Valencia Marín, Efraín 9.776.936 138 Vargas Pérez, Gerardo 12.133.396

EXPEDIENTE T-2546795

ACTOR C.C. 139 Alfonso Alfonso, Jaime Ernesto 79.108.691 140 Almanza, Jorge Luis 92.499.580 141 Almario López, Amalfi de Jesús 30.651.407 142 Álvarez Bello, Santiago Alberto 6.887.296 143 Álvarez Díaz, Carlos Segundo 78.695.132 144 Álvarez Gallego, María Eugenia 43.498.119 145 Anaya Álvarez, Juan Carlos 92.499.850 146 Ángel Vitola, Leyla Carmen 50.893.902 147 Araújo Mendoza, Rosa Sofía 36.550.120 148 Ariza Blanco, Luis Alberto 12.553.203 149 Baena López, Tomás 78.869.875

Expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados. 14 150 Ballesteros Garcés, Efraín 82.330.211 151 Cadrazco Blanquicet, Santander de Jesús 6.875.185 152 Camacho Carrascal, Carlos Efrén 18.967.466 153 Ceballos González, Gloria Edilma 21.675.806 154 Coneo Álvarez, Guillermo José 11.794.043 155 Cuan Camargo, Silky 40.919.550 156 Daza Daza, Wilson José 17.995.001 157 Demoya Petro, Diana Patricia 50.908.670 158 Duarte Espitia, Deisy Stella 26.013.345 159 Espinosa Guzmán, Antonio Javier 6.887.018 160 García González, Liber Antonio 79.354.848 161 García Londoño, Myriam 39.555.021 162 García Paternina, Anastacio 70.521.075 163 García Pineda, Lenines Emiliano 18.855.269 164 Germán Padilla, Neida Rosa 25.871.339 165 González Polo, Denis del Carmén 34.993.837 166 Guerra Montes de Oca, Adelfa María del Rosario 23.063.265 167 Hoyos Pérez, Álvaro 78.687.994 168 López Segura, Cristobal Enrique 17.849.573 169 Luna Ceballos, Luz Marina 23.197.976 170 Luna Villalba, Herme Antonio 6.889.044 171 Martínez García, Vitelio José 9.267.864 172 Meisel Fernández, Margarita Rosa 32.639.005

173 Montaño Flores, Ramón Arturo 8.729.689 174 Moreno Garcés, Jairo 4.851.500 175 Olave Pico, Marlon Gustavo 6.887.179 176 Olmos Romero, María Bernarda 23.011.621 177 Otero Zuleta, Erasmo 9.074.779 178 Pacheco Caballero, Dorismel 12.617.642 179 Padilla Castro, José Gabriel 9.268.885 180 Petro Pérez, Arturo Manuel 6.884.540 181 Puente Gómez Casseres, Oswaldo Manuel 2.760.972 182 Sierra Pinedo, Enriqueta Susana 34.970.246 183 Tabares García, María Patricia 39.436.927 184 Tirado Arabia, Aniano Manuel 78.293.708 185 Torres Herazo, Jairo Alfonso 92.225.859 186 Tous Torrens, Eduviges Elena 23.062.789 187 Urueta Ortiz, Ales Adalberto 11.085.499 188 Yepes Ortega, Rafael Francisco 92.508.986

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