TSDJ Manizales - AP2009 00809 01 J
Tribunal Manizales
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Detalles
- Título
- TSDJ Manizales - AP2009 00809 01 J
- Autor
- Tribunal Manizales
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2009
Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal
TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES
SALA PENAL DE DECISION
Magistrado Ponente HØctor Salas Mej(cid:237)a Aprobado Acta No. 072 Manizales, veinte de febrero de dos mil doce.
I. Asunto Procede la Sala a pronunciarse frente al desistimiento del recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto por el seæor Jaime Ernesto Culma, contra el auto interlocutorio N(cid:176) 1963 calendado el 22 de noviembre de 2011 emitido por la seæora Juez Segunda de Ejecuci(cid:243)n de Penas y Medidas de Seguridad de la Dorada (C), a travØs del cual neg(cid:243) la libertad condicional.
II. Antecedentes El seæor Jaime Ernesto Culma se encuentra purgando una condena de 4 aæos, 4 meses y 24 d(cid:237)as de prisi(cid:243)n, y multa de 1.485 s.m.l.m.v, por el delito de concierto para delinquir agravado; condena que fue impuesta por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medell(cid:237)n el 4 de mayo de 2010, sentencia 2 Radicaci(cid:243)n No. 2009 00809 01
Procesado: Jaime Ernesto Culma Delito: Concierto para delinquir.
Asunto: Acepta desistimiento
Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal que en segunda instancia fue confirmada y aprobada por el H. Tribunal de Antioquia, en providencia fechada 26 de noviembre de
2010. El Juzgado Segundo de Ejecuci(cid:243)n de Penas y Medidas de Seguridad de la Dorada (C), a petici(cid:243)n del sentenciado, en interlocutorio 1963 de noviembre 23 de 2011, neg(cid:243) la libertad condicional por cuanto no ha cumplido con el pago de la multa impuesta. Decisi(cid:243)n que en momento oportuno impugn(cid:243) el procesado, y adjunt(cid:243) el respectivo escrito en donde sustent(cid:243) el recurso de apelaci(cid:243)n. A despacho de esta Colegiatura se recibi(cid:243) en la fecha por parte del procesado un escrito en donde manifest(cid:243) desistir del recurso interpuesto.
III. Consideraciones La interposici(cid:243)n de recursos en contra de las providencias judiciales es una prerrogativa que se encuentra en cabeza de los sujetos procesales y es del arbitrio de Østos en el cual depende su uso efectivo. 3 Radicaci(cid:243)n No. 2009 00809 01
Procesado: Jaime Ernesto Culma Delito: Concierto para delinquir.
Asunto: Acepta desistimiento
Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal As(cid:237) mismo al ser esta facultad dependiente de su voluntad, tambiØn es el desistimiento de los recursos cuando a ellos se ha acudido, de tal manera que, mediando la expresa voluntad de desistir por parte del mencionado procesado, es procedente aceptar tal manifestaci(cid:243)n. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, -Sala de Decisi(cid:243)n PenalR e s u e l v e: Aceptar el desistimiento presentado por Jaime Ernesto Culma al recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto contra el auto interlocutorio N(cid:176) 1963 del 23 de noviembre de 2011. Notif(cid:237)quese y cœmplase Gloria Ligia Castaæo Duque HØctor Salas Mej(cid:237)a Antonio Toro Ruiz M(cid:243)nica Johana Giraldo Castaæeda Secretaria