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TSDJ Manizales - AP2009 00809 01 J

Tribunal Manizales

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Detalles

Título
TSDJ Manizales - AP2009 00809 01 J
Autor
Tribunal Manizales
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2009

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES

SALA PENAL DE DECISION

Magistrado Ponente HØctor Salas Mej(cid:237)a Aprobado Acta No. 072 Manizales, veinte de febrero de dos mil doce.

I. Asunto Procede la Sala a pronunciarse frente al desistimiento del recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto por el seæor Jaime Ernesto Culma, contra el auto interlocutorio N(cid:176) 1963 calendado el 22 de noviembre de 2011 emitido por la seæora Juez Segunda de Ejecuci(cid:243)n de Penas y Medidas de Seguridad de la Dorada (C), a travØs del cual neg(cid:243) la libertad condicional.

II. Antecedentes El seæor Jaime Ernesto Culma se encuentra purgando una condena de 4 aæos, 4 meses y 24 d(cid:237)as de prisi(cid:243)n, y multa de 1.485 s.m.l.m.v, por el delito de concierto para delinquir agravado; condena que fue impuesta por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medell(cid:237)n el 4 de mayo de 2010, sentencia 2 Radicaci(cid:243)n No. 2009 00809 01

Procesado: Jaime Ernesto Culma Delito: Concierto para delinquir.

Asunto: Acepta desistimiento

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal que en segunda instancia fue confirmada y aprobada por el H. Tribunal de Antioquia, en providencia fechada 26 de noviembre de

2010. El Juzgado Segundo de Ejecuci(cid:243)n de Penas y Medidas de Seguridad de la Dorada (C), a petici(cid:243)n del sentenciado, en interlocutorio 1963 de noviembre 23 de 2011, neg(cid:243) la libertad condicional por cuanto no ha cumplido con el pago de la multa impuesta. Decisi(cid:243)n que en momento oportuno impugn(cid:243) el procesado, y adjunt(cid:243) el respectivo escrito en donde sustent(cid:243) el recurso de apelaci(cid:243)n. A despacho de esta Colegiatura se recibi(cid:243) en la fecha por parte del procesado un escrito en donde manifest(cid:243) desistir del recurso interpuesto.

III. Consideraciones La interposici(cid:243)n de recursos en contra de las providencias judiciales es una prerrogativa que se encuentra en cabeza de los sujetos procesales y es del arbitrio de Østos en el cual depende su uso efectivo. 3 Radicaci(cid:243)n No. 2009 00809 01

Procesado: Jaime Ernesto Culma Delito: Concierto para delinquir.

Asunto: Acepta desistimiento

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal As(cid:237) mismo al ser esta facultad dependiente de su voluntad, tambiØn es el desistimiento de los recursos cuando a ellos se ha acudido, de tal manera que, mediando la expresa voluntad de desistir por parte del mencionado procesado, es procedente aceptar tal manifestaci(cid:243)n. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, -Sala de Decisi(cid:243)n PenalR e s u e l v e: Aceptar el desistimiento presentado por Jaime Ernesto Culma al recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto contra el auto interlocutorio N(cid:176) 1963 del 23 de noviembre de 2011. Notif(cid:237)quese y cœmplase Gloria Ligia Castaæo Duque HØctor Salas Mej(cid:237)a Antonio Toro Ruiz M(cid:243)nica Johana Giraldo Castaæeda Secretaria

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