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TSDJ Manizales - AP2011 02711 01

Tribunal Manizales

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Detalles

Título
TSDJ Manizales - AP2011 02711 01
Autor
Tribunal Manizales
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2011

Radicado No. 2011 02711 01

Procesados: Ferney Ortiz Rojas y Otra

Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución %fí/)//rrl de %'¡./¡. mbia <%Z////// Q/%//?f“/ 7 %)/9//Áf¡

Ae Prnal

TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrada Ponente: Dennys Marina Garzón Orduña

Aprobado Acta N 1137 Manizales, treinta (30) de septiembre de dos mil diecinueve (2019)

1. Asunto.

La Sala estudia el recurso de apelación interpuesto por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación y el Apoderado de Víctimas, en contra de la sentencia emitida por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Manizales, que dispuso absolver a los señores Ferney Ortiz Rojas y Claudia Constanza Mendoza Castañeda de los cargos imputados por el delito de estafa agravada.

2. Hechos y actuación procesal relevante 2.1. La señora Shirley Castañeda Salamanca, instauro denuncia en contra de los señores Ferney Ortiz Rojas y Claudia Constanza Mendoza Castañeda, por el delito de estafa, en razón a que éstos le propusieron el negocio de comprar una camioneta Tucson modelo 2008 de color negro, por un valor de $35.000.000, la que a su vez, sería contratada por la empresa Caracol. Después de insistírsele por parte de aquellos en los beneficios de la negociación, decidió el 14 de marzo

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Procesados: Ferney Ortiz Rojas y Otra

Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución -Í7 L)r/¡//Á//(w de 6(/r mbia Iu (///W/'/'M' . /_í//r////¡'º// e H Del de 2011 consignar a la cuenta de ahorros de su prima Mendoza Castañeda la suma de $20.000.000, para ser suministrados al compañero sentimental de ésta, Ferney Ortiz Rojas.

Tiempo más adelante, fue conminada por Ortiz Rojas de completar la suma pactada para la entrega de la camioneta, y fue así, como en la mañana del 24 de marzo siguiente, giró a la misma cuenta de ahorros $5.000.000 y en horas de la tarde, los $10.000.000 restantes. Sin embargo al transcurrir varios días sin que recibiera el vehículo, Ferney le informó que el dinero fue trasferido al señor conocido como Néstor Andrés Alfonso Taborda, quien los estafó en la adquisición del automotor y del contrato con la empresa caracol. 2.2. Los días 15 de noviembre de 2016 y 16 de enero de 2017, ante el Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la ciudad, se surtieron, en forma separada, los actos de comunicación de cargos a los señores Ferney Ortiz Rojas y Claudia Constanza Mendoza Castañeda, como autores de Estafa agravadaInciso 1 art. 246 y numeral 4 art. 247 C.P.-, atribución que fue rehusada por los imputados. 2.3. La Fiscalía Octava Local de la ciudad, el 13 de enero y el 23

de febrero de 2017, radicó sendos escritos de acusación. El primero, contra el señor Ortiz Rojas, correspondió al Juzgado Segundo Penal Municipal de Manizales,' donde se llevó a cabo la audiencia de formulación oral el 23 de febrero siguiente? y el segundo, atinente a la 1 Folio 6 Cuaderno No. 1 ? Folio 16 al 18 id. Radicado No. 2011 02711 01

Procesados: Ferney Ortiz Rojas y Otra

Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución , - G ,

© 2(/)//Á/i(f(/ de Ón/n mbra ¿/;Z/////// (]////;,/ U e/)////)/9// a (]//.// :(/2';//// señora Mendoza Castañeda, ante el Juzgado Tercero penal Municipal de la misma localidad, Despacho que, por solicitud de la Defensa, envió la actuación por competencia ante los Juzgados Municipales de Pereira. 2.4. El Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Pereira, mediante proveído del 30 de octubre de la misma anualidad, remitió las diligencias a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que definiera la competencia, siéndole asignada por esa Alta Corporación al Juzgado Tercero Penal Municipal de Manizales. No obstante, el 12 de febrero de 2018, a petición de la Fiscalía, se ordenó la conexidad del proceso de la señora Claudia Constancia con el seguido en contra de Ferney Ortiz Rojas ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de Manizales.

2.5. La audiencia preparatoria, ya conjunta, se llevó a cabo el 22 de mayo de 20189 y el juicio oral se adelantó los días 09 y 10 de agosto siguientes, culminando con el anuncio del sentido de fallo de carácter absolutorio, precisando esta Corporación que el Fiscal, al momento de los alegatos de cierre, sólo impetró condena en contra de Ortiz Rojas, no así respecto de la señora Claudia Constanza Mendoza Castañeda”. 3 Folio 60 4 Folio 72 y 73 5 Folio 117 y 118 5 Folio 141 y 142 7 Folio 238 y 239 u Radicado No. 2011 02711 01

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Ka Dara

3. Sentencia impugnada.

La Juez de primera instancia consideró demostrado que la señora Shirley Castañeada Salamanca, depositó en la cuenta de ahorros de su prima Claudia Constanza Mendoza Castañeda $35.000.000, suma que fue retirada, y que a su vez, Ferney Ortiz Rojas celebró contrato de compraventa de vehículo automotor con el señor Néstor Andrés Alfonso Taborda, por un valor de $30.000.000, los cuales le fueron cancelados en dos cuotas de $20.000.000 y $10.000.000. Sin embargo, aseveró, la Fiscalía no pudo demostrar la celebración de algún contrato entre Shirley y los acusados, al punto que

la misma denunciante afirmó que Ferney sirvió de intermediario para la adquisición del vehículo que sería vinculado en arrendamiento con la empresa Caracol. Refirió que tampoco quedó acreditada la artimaña desplegada por parte de los acusados en contra de Shirley para despojarla de su patrimonio, en razón a que, ella misma declaró que Claudia y Ferney le contaron que había un tercero que les proponía un negocio y que ella decidió involucrarse. Sin embargo, a pesar de sus estudios y ejercicio profesional en derecho, no guardó la cautela y celo necesarios antes de realizar la negociación, como sí lo hizo una vez tuvo conocimiento de que fue estafada, realizando las averiguaciones de manera personal en la empresa Caracol, en la Unidad de Estupefacientes de la Fiscalía y en el número de identificación del vendedor en el contrato de compraventa. Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución Ú /()r/¡//////w/ de Cetombia — 7 S

Ia Í/////7?r/ A 7///////)' ZA H Da Afirmó que los investigados siempre le manifestaron a Shirley de los pormenores de la propuesta que ofrecía el señor Néstor Andrés Alfonso Taborda, efectuando el pago del vehículo por la confianza que éste les generó a ellos, quien por diferentes artimañas ejecutó el despojo del patrimonio económico, no solo de Shirley sino de 42 personas más al interior del país, como lo estableció la Defensa con la certificación expedida por el Director Seccional de Fiscalías de

Risaralda. Consideró que la Fiscalía dirigió la investigación penal en contra de personas equivocadas, toda vez que el Ente Persecutor contaba con el registro de 42 denuncias por el mismo delito contra el patrimonio económico endilgadas al señor ÑNéstor Andrés Alfonso Taborda, persona en la que se han excusado los procesados. Luego, debió haberse realizado un esfuerzo estatal para confirmar los señalamientos, pero en contra de aquél y no en los acá enjuiciados. Como consecuencia de su análisis, dispuso absolver a los señores Ferney Ortiz Rojas y Claudia Constanza Mendoza Castañeda, del delito por el que fueron acusados.

4. Recurso de apelación. 4.1. El Delegado del Ente Persecutor, criticó la valoración probatoria que realizó la señora Juez de primera instancia, en particular sobre la declaración de la víctima Shirley Castañeda Salamanca, quien Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución , G , Í/ ()(' miblica de 6('/l' mbia =%7/ÁI////// Í/////7h/ 7 7,)/////>//] ) A7 P en su parecer, demostró en el juicio la acusación en contra de Ferney

Ortiz Rojas. Para el Fiscal, fue claro que en los hechos denunciados y en la declaración rendida por la víctima, quedó acreditado el despliegue de los engaños y artificios por parte de los acusados, cuando Ferney le manifestó sobre la novela que iba a realizar Caracol en la ciudad de

Pereira, por la que necesitaban unos vehículos para el rodaje, así como del amigo en común que le cambió su condición económica una vez se vinculó con esa empresa. Igualmente, se aprovechó de la relación cercana con su prima Claudia y los buenos comentarios de la camioneta que fue ofrecida, al punto que dejó en manos de Ferney la adquisición de la misma, por su amplia experiencia como comisionista. Precisó que el primer artificio consistió en la vinculación en arriendo de la camioneta con la empresa Caracol, el segundo sobre el valor real de la camioneta, del que se dijo era de $35.000.000, cuando en realidad ascendió sólo a $30.000.000, precio que quedó consignado en un contrato que Ferney celebró con el señor Néstor Andrés Alfonso Taborda. Sostuvo que a pesar de que Shirley conocía que el vehículo provenía de unos remates, Ortiz Rojas le mintió cuando le reveló que al tercero lo conocía desde antes por haber tenido negocios, cuando esto tampoco era cierto, pues lo conoció en el año 2011. A la par, también le ocultó que había firmado un contrato de compraventa y sus pormenores con el señor Alfonso Taborda, puesto que solo tuvo Radicado No. 2011 02711 01

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Iu K////)/7;,/ 7 Í/.í/////9"//ía' H; P conocimiento de su existencia en la primera audiencia de conciliación y

fue allí mismo, donde se enteró que la camioneta provenía de extinción de dominio. Refirió que la Juez no tuvo en cuenta la declaración del señor Didier Arbey Agudelo Ruiz, quien para la época de los hechos era el compañero sentimental de Shirley, en tanto declaró que en la fiesta de compromiso de Claudia Constanza y Ferney Ortiz Rojas, éste le contó que los papeles de la camioneta estaban listos, ya había revisado antecedentes, chasis y motor, faltando solo el desembolso del resto del dinero, incluso le mostró una foto en el celular de la supuesta camioneta. Adujo que una vez Shirley efectuó la primera consignación, Ferney la mantuvo en error con el argumento de que los papeles del vehículo ya estaban listos y que debía ir a Bogotá a terminar la transacción, razón por la que ella decidió girar el resto del dinero. En ese orden de ideas, no compartió la apreciación del A quo frente a la exigencia que le asistía a la víctima de cerciorarse y cuidarse en debida forma al momento de adquirir la camioneta, puesto que por su condición profesional debía conocer acerca del modo de adquisición de vehículos, sin que se percatara, que ella en su testimonio indicó que suministró el dinero por la confianza que mantenían, por la buena fe y porque no había hecho esa clase de negocios antes, además de que su actividad profesional estaba relacionada con otras áreas. Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución D (7 ,

í i (/¡//Á//(W de €/f'//' 2mbia — — — , Ir (Í//)//N' yZA Í./_.//r////)'w 7 An Dal Resaltó que fue contradictoria la declaración que rindió el acusado Ortiz Rojas, al advertir que en el contrato de compraventa no se individualizó el vehículo porque no estaba físicamente y que Alfonso Taborda nunca le hizo entrega de los documentos, pero a Shirley le confió que toda la documentación estaba lista, por lo que, procedió a la entrega del resto del dinero, pero él respondió que lo que les dijo fue que observó una documentación de la Fiscalía, donde le adjudicaban varios carros a Alfonso Taborda, entre ellos, la camioneta Tucson. Continuó restándole credibilidad a su atestiguación cuando aludió que en esta clase de negocios no se acostumbra a autenticar el contrato de compraventa, máxime cuando se trataba de personas de confianza, por lo que se cuestionó que no lo hiciera en este caso, si apenas conocía al señor Alfonso Taborda, ya que las únicas referencias que tenía del mismo provenían de terceras personas. De esta manera, solicitó revocar la decisión objeto de apelación y en su lugar, condenar al señor Ferney Ortiz Rojas de la conducta punible por la cual fue acusado. 4.2. El Apoderado de Víctimas argumentó que entre su patrocinada y el acusado Ortiz Rojas se suscribió un contrato de compraventa de vehículo automotor, porque “Ferney, por ser comisionista en la venta de vehículos, se ofreció a negociar'. Así mismo que la señora Shirley en su declaración fue enfática en señalar que él

no sirvió de intermediario, sino que le manifestó sostener algunos Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada

Decisión: Confirma absolución Ó , (7 8/////Á//(W de Óf»/nmóm ru _Ú'///W//h/ U L7.//f///9'7//¿/ Sal Dal contactos para contratar un carro en la empresa Caracol, ofreciéndole un vehículo de un remate de la ciudad de Bogotá.

Señaló que el señor Ortiz Rojas, conociendo que se estaba presentando un incumplimiento, sin tener en su poder la documentación del automotor y ante la inobservancia de lo pactado por la supuesta liberación del vehículo, desplegó acciones encaminadas a que la víctima completara la suma de $35.000.000, valiéndose de engaños y luego de evasivas para la entrega de la camioneta, de ahí que se advirtiera que ocultó y dio información falsa. Asimismo, indicó que nunca existió una relación entre la víctima y el señor Alfonso Taborda, puesto que en el contrato de compraventa, no se identificó a ella como una de las relacionadas en el negocio jurídico, máxime que el documento que se debió extender era una promesa y no un contrato como se realizó. Adujo que ella confió en la propuesta de Ortiz Rojas por tener amplia experiencia en la comercialización de vehículos y al tener una relación con su prima Constanza, actuado de buena fe al creer que él tenía los contactos con la empresa Caracol. Criticó la censura que se le hizo a su prohijada por su condición

de profesional en derecho al no cuidarse en la negociación para la adquisición de la camioneta, criterio que no se hizo frente al acusado Ortiz Rojas, quien ostentaba una amplia experiencia en ese tipo de actos. Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución 6 »- l)r////k /¡//- (w de (—(_;íwr' ¡/n mbia, — . r N . %7/W///// (/////7?»/' d “/_L///////)' ZA (// 7 -(/¿//r// Solicitó se revoque la decisión impugnada y en su lugar, se condene al acusado Ortiz Rojas.

5. Consideraciones de la Sala. 5.1. De acuerdo con el numeral 1 del art. 34 del C.P.P., esta Corporación es competente para pronunciarse frente al recurso vertical interpuesto por la Fiscalía y el Apoderado de Víctimas, en contra de la sentencia absolutoria proferida por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Conocimiento de la ciudad.

La Sala advierte que no acompañará los planteamientos esbozados por los Censores, en la medida que dentro de la sub examine actuación penal, no quedó acreditada la responsabilidad del señor Ferney Ortiz Rojas en la hipótesis delictiva de estafa agravada por el cual fue sometido a juzgamiento. 5.2. Pues bien, en el dossier no existe duda que la señora Shirley Castañeda Salamanca el 14 de marzo de 2011 consignó a la cuenta de ahorros de su prima Claudia Constanza Mendoza Castañeda, la suma

de $20.000.000, y el día 24 de marzo siguiente, en horas de la mañana giró el valor de $5.000.000, mientras en horas de la tarde $10.000.000, transacciones que fueron confirmadas en estrados por sus 10 Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución Í O r/¡l/¿/nw de Cr/r 200 d Ta . %'/=Á /////// 6//a /' /A-” /'//f/' A Íl /.)_ ////—/ //¡ r 77 . (//// €Í/;'/)/// protagonistas y por las consignaciones bancarias que ingresaron como prueba. De modo que en el particular, la discusión se cierne sobre si el señor Ortiz Rojas indujo o mantuvo en error, por medio de artificios o engaños a la señora Castañeda Salamanca, para arrebatarle de su patrimonio económico el valor de $35.000.000, disfrazado en la adquisición de una camioneta que presuntamente sería alquilada a la empresa Caracol para el rodaje de una producción en la ciudad de

Pereira. Para los apelantes, el acusado engañó y mantuvo en error a la ofendida con la camioneta que iba a comprar, propuesta que provino de Ortiz Rojas, valiéndose de la afirmación de que era un vehículo económico por el precio que estaban pidiendo y que tenía la documentación al día para su entrega condicionada al pago total del dinero pactado, comportamientos que quedaron demostrados con su

testimonio en la vista pública estructurando el delito de estafa. Sobre esos planteamientos, tenemos que Shirley Castañeda Salamanca en la vista pública, dio a conocer que en el primer semestre del año 2011, cuando visitaba la casa de su prima Claudia Constanza Mendoza Castañeda en la ciudad de Pereira, por motivos de estudio de postgrado, en medio de una charla con ella y su compañero sentimental Ferney Ortiz Rojas, se enteró que la empresa Caracol estaba realizando unas producciones en esa localidad, para lo cual requerían alguilar unas 3 Shirley Castañeda Salamanca y Claudia Constanza Mendoza Castañeda. Folio 164 11 Radicado No. 2011 02711 01

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Ia ¿//////'/¡/ w J////////]'—'f/ Z BA viviendas y vehículos con una buena rentabilidad, sin embargo no le atrajo la idea porque carecía de los recursos económicos para invertir. Así mismo fue, entusiasmada al conocer de éste, que un amigo suyo que estaba atravesando una difícil situación económica, la mejoró con esos contratos. Indicó que en los días siguientes Ferney le indagó sobre el interés en el negocio del alquiler del vehículo, a su vez, su prima Claudia le insinuaba que era una buena oportunidad y que había averiguado sobre esos contratos con la empresa Caracol, pero tenía temor de que no se lograra el contrato. Empero, adujo que aquél la llamó y le dijo que había

una camioneta Tucson de color negro en la ciudad de Bogotá en un precio de $35.000.000, que estaba barata porque en el mercado valía cerca de $45.000.000 y la tenía un conocido. Refirió que en su momento, Ferney y Claudia viajaron a la ciudad de Bogotá para concretar unos negocios, que a su regreso su prima la contactó y le contó que era una “berriondera de camioneta” , que se veía muy buena y “chévere”, por lo que, finalmente se animó en el negocio y empezó a buscar el dinero prestado. En efecto, Claudia Constanza en su declaración corroboró que su familiar Shirley, en el año 2011 se quedaba en su casa porque estaba realizando una especialización en Pereira, explicando que durante una de esas visitas empezó hablar con Ferney sobre los negocios del señor Néstor Andrés Alfonso Taborda, quien entregaba unos carros muy baratos y daba unos contratos de alquiler de vehículos. Que en esa 12 Radicado No. 2011 02711 01

Procesados: Ferney Ortiz Rojas y Otra . Delito: Estafa agravada

Decisión: Confirma absolución

Deriblica de Colambia

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Iratnunal ¿///)//'/r/' AR f//////1//)'w ¿ €%/ 7 :,Ó2/;/// ocasión Shirley escuchó esos comentarios y se interesó, por lo que le dijo que su amiga Sandra, su socio el Español y varias personas de esa localidad, estaban recibiendo plata de esos negocios, lo que le pareció muy bueno, así que a los días la contactó para consignarle los primeros $20.000.000, a la cuenta de ahorros que le facilitó por petición de su

prima. Más adelante describió que el señor Alfonso Taborda le había ofrecido una camioneta a Ferney por un precio muy bajo, luego por su condición de comisionista empezó a buscar a quién ofrecérsela, incluso le propuso a su hermana Liliana Ivanova Mendoza Castañeda”, quien así lo ratificó en estrados, pero carecía de la capacidad económica. Cuando Shirley se enteró de los buenos comentarios de ese negocio, la vio como un potencial cliente, para luego convenir en la propuesta, de la que Ferney por su oficio ganaría $5.000.000. Por su parte, Ferney Ortiz Rojas' explicó que en una oportunidad en casa de Claudia, estaban almorzando ellos con Shirley, cuando surgió el tema de los negocios que ofrecía el ciudadano Alfonso Taborda, el cual consistía en la venta de vehículos a buen precio, alquiler de fincas y carros para telenovelas y series de Caracol, así que la aquí denunciante se interesó y le indagó acerca del asunto, por lo que, le habló sobre una camioneta, y aunque ella no tenía dinero disponible, luego de un tiempo lo consignó para adquirir el automotor. Audio No. 7001600003620110271100_170014009002_020180809144052 a partir del minuto 01:08:40 10 Audio 17001600003620110271100_170014009002_0 Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución P r/¡//¿//n¡ de Crtembia An (j%,,¡7;,, U /////////f///a'

H7 De De manera que, para esta Corporación, surge creíble que fuera efectivamente el enjuiciado Ortiz Rojas quien tuviera la iniciativa de proponerle a la denunciante el negocio de la compra del automotor que sería alquilado para Caracol, pues tanto Ferney como Claudia Constanza, eran las personas que tenían conocimiento sobre los negocios y contratos que ofrecía una tercera persona en la ciudad de Pereira, sujeto que fue mencionado por ellos y por Sandra Milena Muñoz Murillo como Néstor Andrés Alfonso Taborda. Este personaje, según la señora Sandra Milena, empezó a frecuentar el Bar de su propiedad y del socio el Español, llegando incluso, por recomendación de éste, a entregarle en alquiler su vehículo Chevrolet Aveo por un valor de $1.500.000 mensuales y comercializar un Mazda 2, por el que abonó la suma de $10.000.000. Afirmación ésta que fue reiterada por la acusada Claudia Constanza. Explicó la mencionada señora Muñoz Murillo, que en ese tiempo, Claudia y Ferney asistían mucho a su local, donde conocieron a Néstor Andrés Alfonso Taborda, precisando que el modo de actuar de ese señor, era relacionarse con todas las personas posibles que estuvieran a su alrededor, con el pretexto de vender, comprar o alquilar vehículos. En relación a esos sucesos, el encartado Ortiz Rojas ratificó que en el Bar de propiedad de Sandra y su socio el Español, distinguió a Alfonso Taborda, quien le empezó a ofrecer vehículos por su condición de comisionista, sin contar con los recursos financieros para adquirirlos,

hasta que Shirley se enteró de esos negocios y le atrajo, ofreciéndole 14 Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución — — — :,//7//////// (////¡77;,¡» yZ2 ///r///9,'///a' (// 7 Í//)///// una camioneta de que hablaba Néstor Andrés, la cual sería vinculada en arrendamiento con la empresa Caracol.

De acuerdo con todo ese recuento fáctico, si bien es cierto, por parte de Ferney nació la propuesta a Shirley para la compra de la camioneta que tenía un tercero proveniente de remates en la ciudad de Bogotá, ello lo hizo en el oficio de comisionista en la venta de automotores, puesto que sabía que él no tenía a su disposición el vehículo, toda vez que, ya le habían informado que era otro sujeto el que la estaba ofreciendo en esa ciudad a un bajo precio y que era el contacto para vincularla con la empresa Caracol. Recuérdese que ella, en la vista pública, reconoció saber que el acusado ganaría un porcentaje por esa gestión, ya que le estaba colaborando en su adquisición, toda vez que confiaba en él por su relación sentimental con su familiar y la vasta experiencia en ese tipo de oficio. De ahí que para esta Sala, sea más probable que el ofrecimiento halla provenido de ellos y no solo porque la afectada lo escuchara en la conversación de Claudia y Ferney. Sin embargo, las acciones desplegadas por el encartado, no encuadran en un medio engañoso, mentiroso o de inducción en error a la afectada, encasillable como

maniobra o artificio para perjudicarla en su patrimonio económico. Por el contrario, emerge más probable que, como lo adujo la Defensa, Ortiz Rojas hubiese actuado, en su rol de comisionista, para 15 Radicado No. 2011 02711 01

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Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución f/?r/¡/¡¿/¡rvr¡ de (/h/0/)l¿/(l - — 2—

Brtunal Ú// Z ACAN Í////////]' AA A Sel facilitar a Shirley adquirir una camioneta que estaba siendo ofrecida por el sujeto apellidado Alfonso Taborda en un precio cómodo. Negocio en el que tanto ella como él saldrían beneficiados, como que habían sido convencidos por el mencionado tercero, de que el automotor sería vinculado en alquiler a la empresa Caracol. Luego, hasta ese desarrollo de los sucesos, no se observa que la afectada haya sido inducida o mantenida en error a través de artíficos o engaños en perjuicio de su patrimonio económico, como se sugirió. 5.3. Se adujo en la alzada que los engaños o artíficos radicaron en el valor real de la camioneta, el pretexto de que los documentos estaban todos listos y en regla, y en la exhibición de una foto de un automotor en el celular, el que supuestamente coincidía con el que se iba a adquirir, faltando únicamente la entrega del resto de dinero, para lo cual se le presionó con el argumento de que otro podría adelantarse

a su compra. Al respecto, ilustró Ferney, que en su oficio, acostumbra a fijar un precio con el vendedor y otro con el comprador. De modo que en el presente asunto, la camioneta se la daban en $30.000.000 y él se la ofertó a Shirley en $35.000.000, por cuanto el valor excedente sería su ganancia. Hecho éste que en manera alguna puede etiquetarse de engaño, toda vez que la denunciante sabía que él ganaría un porcentaje de esa negociación, tal como suele suceder en el caso de los comisionistas. 16 Radicado No, 2011 02711 01

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Iu (////W/'/h/ 7 …_-_Í/.L/Á'////,'7/ Z7 (%/// LÓI2J/;/// Nótese que en forma verosímil, Claudia Constanza señaló que una vez recibió la primera consignación, se dirigió con su compañero sentimental Ferney al banco para hacer el retiro y fueron a la casa del señor Alfonso Taborda donde estaba con una señora que indicó ser su pareja y en ese sitio se le proporcionó la suma de dinero. Versión en la que coincidió Ferney en el debate público, añadiendo que el 14 de marzo de 2011 firmó el contrato de compraventa de vehículo por la suma de $30.000.000, los cuales se pagaron $20.000.000 en la fecha y $10.000.000 para el 19 de marzo siguiente, estipulando que el carro

sería entregado el 24 de marzo de esa anualidad.'' Y explicó que el automotor no se identificó ni individualizó, porque no estaba físicamente sino en un lote de los remates en la ciudad de Bogotá. Igualmente sostuvo la señora Mendoza Castañeda, que luego de recibir las otras dos consignaciones, Ferney sacó la ganancia que supuestamente le correspondía por la comisión y se trasladaron al parque Arboleda de esa localidad. Que allí, ante la negativa de su compañero sentimental de entregar en efectivo el dinero, Néstor Andrés le suministró la cuenta bancaria de su pareja, a la que transfirieron $10.000.000, faltando tan solo la entrega física de la camioneta. Pero con posterioridad, el señor Alfonso Taborda empezó a dilatar el cumplimiento, pidiendo más plazo, amén de que Sandra, la amiga de los procesados, les comunicó que había sido estafada por el prenombrado señor, no solo con el alquiler de su carro Chevrolet Aveo sino también con el Mazda 2 que le había comprado. " Prueba de la defensa 17 Radicado No. 2011 02711 01

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An (//A”/7?!/ U Í/.Q//////¡'r//a' A P Así lo revalidó en la audiencia pública la propia señora Sandra, describiendo que al pedir el certificado de tradición de su vehículo, se percató de que ya tenía un nuevo dueño, amén de haber tenido que

entregar el Mazda 2 porque era de otro sujeto que había sido igualmente timado por el mismo Néstor Andrés Alfonso Taborda. 5.4. Finalmente, en cuanto a la referencia de que los papeles estaban listos y en regla, debe tenerse en cuenta que ello fue dilucidado de manera razonable por el acusado Ferney Ortiz Rojas, en cuanto que Alfonso Taborda le había exhibido un documento con membrete de la Fiscalía, en el que le asignaban unos diez carros, entre esos el que le iba a ceder a Shirley, siendo esa la documentación que les refirió a ella y al señor Didier Harvey Agudelo Ruiz, porque Néstor Andrés en ningún momento le facilitó algún papel para realizar el traspaso. Señaló igualmente que les enseñó una fotografía del carro que le había sido enviada a su celular. En ese orden de ideas, no avizora la Sala establecidos los artificios o engaños que habría empleado don Ferney para inducir o mantener a la denunciante en error, con el propósito de que ella hiciera una disposición patrimonial en su perjuicio y en provecho suyo o de un tercero. Unicamente se advierte que el encartado, en su oficio de comisionista, al recibir la oferta de Néstor Andrés Alfonso Taborda de la venta de una camioneta Tucson a un buen precio, además de la promesa de vincularla en arriendo con Caracol a cambio de una prestación mensual, procedió a buscar un cliente, momento en que 18 Radicado No. 2011 02711 01

Procesados: Ferney Ortiz Rojas y Otra

Delito: Estafa agravada Decisión: Confirma absolución Q2/)/íá/¡(i(¿ de %'rr¿º¡n/5/a

Ne a %////// _Q/IÁW//'/'/ d6 %5'7/ÁJ i Drl surgió la señora Shirley Castañeda Salamanca, a quien le indicó los pormenores del negocio, estuvo enterada de que el vehículo se encontraba en los patios en la ciudad de Bogotá y siendo ofertada porque era de un remate. Es decir, ella sabía que estaba a dis

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