TSDJ Manizales - SP2011-00006-00 A
Tribunal Manizales
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Detalles
- Título
- TSDJ Manizales - SP2011-00006-00 A
- Autor
- Tribunal Manizales
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2011
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Sistema Acusatorio: 2012-00006-00
ALFREDO MAFLA LAVERDE Acción de revisión Impedimento República de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal
TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrada Ponente: GLORIA LIGIA CASTAÑO DUQUE Aprobado Acta No. 236 de la fecha Hora: 5:30 P.M.
Manizales, veintidós (22) de julio de dos mil catorce (2014)
1. ASUNTO: Sería del caso pronunciarse respecto de la admisibilidad y posterior trámite de la acción de revisión promovida por el apoderado judicial del señor ALFREDO MAFLA LAVERDE en contra de la sentencia expedida el doce (12) de marzo de dos mil catorce (2014) por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Manizales, confirmada por esta Corporación el diez (10) de abril de dos mil catorce (2014), sino fuera porque los suscritos nos hallamos impedidos para adelantar esa labor.
2. EL IMPEDIMENTO:
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ALFREDO MAFLA LAVERDE Acción de revisión Impedimento República de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal Basta una lectura desprevenida de la demanda y sus anexos, para considerar que esa petición tiene como asidero la expedición de fallo condenatorio cuya confirmación se obtuvo a partir del consenso de la Sala de la cual hacemos parte. Tales antecedentes, sin mayores disquisiciones, configuran
el impedimento especial contemplado en el Art. 197 del C.P.P, cuyo tenor literal es el siguiente: “No podrá intervenir en el trámite y decisión de esta acción ningún magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma”. Y es que efectivamente, el diez (10) de abril de dos mil catorce (2014), esta Sala de Decisión se dio a la tarea de revisar la actuación surtida en el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Manizales, la cual sería objeto de evaluación en las diligencias que ahora pretende promover el apoderado judicial del señor MAFLA LAVERDE y aunque la causal de revisión invocada tiene que ver con la presunta aparición de pruebas nuevas no valoradas por la Juez de instancia y por esta Corporación, la legislación, de manera preclara, definió que quien ya tuvo contacto con el fallo cuya rescisión se busca, no pueda estudiar nuevamente el asunto. Página 3
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ALFREDO MAFLA LAVERDE Acción de revisión Impedimento República de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal En consecuencia, de conformidad con el Art. 58A del C.P.P se dispone en la remisión de estas diligencias al H. Magistrado ANTONIO TORO RUIZ a fin de que se pronuncie sobre el impedimento aquí manifestado. Los Magistrados,
GLORIA LIGIA CASTAÑO DUQUE
DENNYS MARINA GARZÓN ORDUÑA
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
JOAHANA FRANCO HERRERA
Secretaria Página 4
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