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TSDJ Manizales - SP2011-03770-01-

Tribunal Manizales

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Detalles

Título
TSDJ Manizales - SP2011-03770-01-
Autor
Tribunal Manizales
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2011

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES

SALA PENAL DE DECISI(cid:211)N

Magistrado Ponente FroilÆn Sanabria Naranjo Aprobado Acta No. 312 Manizales, seis de diciembre de dos mil doce

I. Asunto Procede la Sala a pronunciarse frente al desistimiento del recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto por el procesado JosØ Luis Meneses Orozco, contra la sentencia dictada por el seæor Juez Primero Penal Municipal de Conocimiento de Manizales, a travØs de la cual lo conden(cid:243) como responsable de la conducta punible

de Violencia Intrafamiliar. Radicada la causa por parte de la Fiscal(cid:237)a ante el citado Juzgado de conocimiento y una vez agotado el trÆmite previsto en el art(cid:237)culo 447 del C.P.P, mediante sentencia de Abril 18 de 2012 el Despacho conden(cid:243) al procesado a la pena de Tres (3) aæos de prisi(cid:243)n, sin la concesi(cid:243)n de subrogados penales. El fallo fue notificado en estrados y recurrido en apelaci(cid:243)n por la Defensa tØcnica. Radicado 2011-03770-01

Procesado: JosØ Luis Meneses Orozco

Delito: Violencia Intrafamiliar

Asunto: Acepta desistimiento

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal El d(cid:237)a 09 de noviembre cursante, el seæor Meneses Orozco alleg(cid:243) memorial a esta Corporaci(cid:243)n, a travØs del cual manifest(cid:243)

su deseo de desistir del recurso. De dicho libelo se le corri(cid:243) traslado al Abogado Defensor, para que, si a bien lo ten(cid:237)a se pronunciara al respecto; quien, en efecto, a travØs de escrito recibido en esta Magistratura el 27 de noviembre cursante, manifest(cid:243) expresamente que coadyuvaba al desistimiento presentado por su patrocinado.

III. Consideraciones De acuerdo a lo anterior, ser(cid:237)a del caso que la Sala procediera a desatar el recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto por el acusado contra la aludida sentencia, sino fuera porque ha sido el propio interesado, coadyuvado por su Defensor, quien alleg(cid:243) escrito a travØs del cual manifiesta que desiste de la impugnaci(cid:243)n.

Pues bien, la interposici(cid:243)n de recursos en contra de las providencias judiciales es una prerrogativa que se encuentra en cabeza de los sujetos procesales, y es del arbitrio de Østos del cual depende su uso efectivo. Asimismo y, al ser esta facultad dependiente de su voluntad, tambiØn lo es el desistimiento de los mismos1, cuando a ellos se ha acudido, de tal manera que, mediando la expresa voluntad de desistir del recurso por parte del sujeto procesal apelante, y sin que se hubiera aœn decidido, es procedente aceptar tal manifestaci(cid:243)n de no querer el trÆmite de 1 L. 906/2004, Art. 179F, adicionado por el 97 de la Ley 1395/2010 Radicado 2011-03770-01

Procesado: JosØ Luis Meneses Orozco

Delito: Violencia Intrafamiliar

Asunto: Acepta desistimiento

Repœblica de Colombia Tribunal Superior de Manizales Sala Penal segunda instancia, y disponer la devoluci(cid:243)n del expediente a su oficina de origen para los fines pertinentes. Bajo las anteriores apreciaciones, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, -Sala de Decisi(cid:243)n PenalR e s u e l v e:

1. Admitir el desistimiento presentado por el procesado JosØ Luis Meneses Orozco al recurso de apelaci(cid:243)n interpuesto.

2. Devolver el expediente a su oficina de origen para los fines pertinentes.

Notif(cid:237)quese y cœmplase Gloria Ligia Castaæo Duque FroilÆn Sanabria naranjo Antonio Toro Ruiz Leidy Johana Franco Herrera Secretaria

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