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TSDJ MOC - 86001312100420240001800-004-2024

Tribunal Superior de Mocoa

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Título
TSDJ MOC - 86001312100420240001800-004-2024
Autor
Tribunal Superior de Mocoa
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2024

1 de

Código: FSRT-1 JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALI ZADO EN RESTITUCION DE TIERRAS

CON ENFOQUE ÉTNICO DE MOCOA Proceso: Restitución de Derechos Territoriales

Indígenas Versión: 01 Radicación: 860013121001-2024-000018-00

JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN

RESTITUCIÓN DE TIERRAS CON ENFOQUE ÉTNICO DE MOCOA

Sentencia núm. 004

Mocoa, veintiocho (28) de octubre de dos mil veinticinco (2025)

Referencia: Sentencia de Restitución y Formalización de Tierras Solicitante: Comunidad Indígena Tssenene del Pueblo Cofán Vinculados: Agencia Nacional De Hidrocarburos –Departamento De Putumayo – Municipio de Puerto Asís, Ministerio De Medio Ambiente Y Desarrollo Sostenible - Personas determinadas e Indeterminadas y otros.

Radicado: 860013121004-2024-00018-00

I. Asunto:

Dictar sentencia en la solicitud étnica de restitución y formalización de tierras iniciada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas - UAEGRTD, en favor de la Comunidad Indígena Tssenene del Pueblo Cofán localizada en el municipio de Puerto Asís– Putumayo, comunidad que invoca la condición de víctima de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario – DHMy a los Humanos – DDHHpor actuar de grupos armados ilegales en el

Cofán localizada en el municipio de Puerto Asís– Putumayo, comunidad que invoca la condición de víctima de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario – DHMy a los Humanos – DDHHpor actuar de grupos armados ilegales en el Territorio, deprecando a la par la restitución material y demás medidas de reparación integral previstas en el Decreto Ley 4633 de 2011 y la Ley 1448 de 2011.

II. Antecedentes:

2.1.1. Síntesis de Caso

El Resguardo indígena Tssene ne del pueblo Cofán, se encuentra ubicado geográficamente en la vereda la paila del municipio de Puerto Asís, compuesto por un (1) globo de terreno, con un área de 23 hectáreas + 6.282 m2, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 442 - 16554 del círculo registral de Puerto Asís, constituido por la Agencia Nacional de tierras bajo el acuerdo 322 de l 18 de diciembre de 2023, está conformado por veintiocho (28) familias, que corresponden2 de

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a cien (1009 personas, de acuerdo con el auto censo vigencia (2024) de los cuales 47 son mujeres y 53 hombres de la población total,1.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas

a cien (1009 personas, de acuerdo con el auto censo vigencia (2024) de los cuales 47 son mujeres y 53 hombres de la población total,1.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas – UAEGRTDDT PUTUMAYO , a través del profesional en derecho SAUL DAVID MARTINEZ MORA, identificado c on cédula de ciudadanía No. 18.131.076 expedida en Mocoa, portador de la tarjeta profesional No. 266.040 del Consejo Superior de la Judicatura, radicó solicitud de restitución de derechos territoriales, en consideración a que en la zona donde se encuentra ubicada la Comunidad Indígena Tssenene del Pueblo Cofán, ha sido afectada por hechos del conflicto desde el año 1991 hasta el año 2024, que se derivan directa e indirectamente de la presencia y accionar de diferentes actores armados en el territorio, reco nocidos como las FARC -EP, las Autodefensas de Colombia y los Comando de Frontera , entre los que se enfatizan por su impacto negativo las siguientes: detenciones ilegales, riesgo de reclutamiento, señalamientos y estigmatización, amenazas, enfrentamientos y hostigamientos, desplazamiento forzado, desaparición forzada, asesinatos, presencia y tránsito de actores armados, restricciones a la movilidad, instalación de campamentos, reuniones, retenes, entre otros hechos que han vulnerado las formas de vida propia, generando una ruptura en el tejido socio comunitario.

La acción en comento fue instaurada, con el fin de ordenar a través de este Despacho, la restitución de los derechos territoriales de la comunidad indígena del

de vida propia, generando una ruptura en el tejido socio comunitario.

La acción en comento fue instaurada, con el fin de ordenar a través de este Despacho, la restitución de los derechos territoriales de la comunidad indígena del resguardo Tssenene, perteneciente al pu eblo Cofán, obre el territorio colectivo identificado en la presente demanda, ubicado en el municipio de Puerto Asís, departamento de Putumayo, para garantizar la pervivencia física y cultural de esta comunidad a través del acceso al uso y disfrute efectivo de su territorio.

2.1.2 Origen y conformación del territorio colectivo

La historia del origen del pueblo Cofán, describe una creación desde el inicio de los tiempos, en el Plan Salvaguarda Cofán, la población del Resguardo Indígena Tssenene se autor reconoce como Cofán, este pueblo se conoce como nacionalidad Cofán (A’I), el territorio ancestral del pueblo en mención comprendía los ríos Orito,

1 https://indiceelectronicoportalrestituciondetierras.ramajudicial.gov.co/api/v1/link/share/6734ce670f98750011a38535 , Portal de Restitución de Tierras, consecutivo 1.3 de

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Guamuéz, parte del rio Putumayo, San Miguel (Colombia) y Aguarico (Ecuador). En

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Guamuéz, parte del rio Putumayo, San Miguel (Colombia) y Aguarico (Ecuador). En la actualidad los Cofanes se ubican en los municipios de: Puerto Asís, Orito, Valle del Guamuéz y San Miguel en el departamento del Putumayo e Ipiales en el departamento de Nariño en Colombia y en Ecuador sobre las riberas del río Aguarico.

Con la perdida de territorio por la colonización y presencia de la industria petrolera, las familias del pueblo Cofán, se desplazaron a nuevas tierras en pro de conservar su cultura y tradiciones, según el informe técnico de caracterización la señora Viviana Lucitante y su padre de nombre Soilo fuer on las primeras personas en llegar al territorio colectivo de lo que hoy se conoce como resguardo Tssenene en el año de 1946; al respecto los hijos de quien en vida se llamó Gaspar Chapal quien era el hijo de la señora Viviana Lucitante y autoridad tradicional de la comunidad le contó a su descendencia que su llegada se dio cuando era un niño de cinco (5) años de edad junto con los hermanos de nombre Bolívar y Adolfo quienes llegaron desde San Antonio (lo que actualmente se conoce como resguardo Santa Rosa del Guamuéz) vía fluvial por el río Guamuéz, asentándose sobre estas tierras baldías, donde empezaron a construir sus viviendas en lo que hoy es el resguardo. Posteriormente llega la familia del señor Néstor Petevi, quien se ubicó sobre la margen derecha del rio Guamuez abarcando una gran cantidad de tierra , estas tierras le permitieron

llega la familia del señor Néstor Petevi, quien se ubicó sobre la margen derecha del rio Guamuez abarcando una gran cantidad de tierra , estas tierras le permitieron mantener la cultura Cofan en relación con la caza y pesca, además de poder sembrar productos como la yota, yuca, maíz y chiro.

Con el tiempo las primeras familias fueron creciendo y generaron relaciones de parentesco, lo que dio lugar a que se fundara la vereda La Paila junto con otras personas colonas que fueron llegando tras la incursión de la Texas Petroleum, aspecto que desató una nueva ola de colonización. En el año de 1960, el nieto de la señora Viviana Lucitante, contrajo matrimonio con la Clara Elisa Petebi, indígena del pueblo Quillacinga, con quien tuvo diez hijos, tres de ellos viven en el resguardo.

La comunidad indígena, ubicada en la vereda la Paila del municipio de Puerto Asís, dejó de participar en la Junta de Acción Comunal y se constituyó como cabildo el 15 de junio d el año 2000 , momento dentro del cual se formó la primera directiva, siendo el primer capitán el señor Gaspar y el primer gobernador el señ or Bolívar Lucitante, como alcalde mayor se eligió al señor Adolfo Lucitante, como tesorera a la señora Alba; como secretaria a la señora Consuelo y como a utoridades4 de

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tradicionales se tuvieron a los señores Gaspar Chapal y Liborio Criollo, razón por la cual ya en el año 2001 se tomó posesión ante el alcalde de Puerto Asís.

2.1.3 Trámite de Constitución como Resguardo.

El señor Bolívar Lucitante, ejerciendo como gobernador en el año 2001, empezó dentro de la envestidura de su cargo adelantar los trámites administrativos de constitución y titulación del territorio colectivo ante el INCORA, mediante radicado número 235612 del 6 de diciembre de 2001.

El Gerente de la regional NariñoPutumayo del INCODER, expidió auto el 3 de junio de 2003, ordenando la visi ta a territorio para la elaboración del ESJTT a partir del día 20 de junio de 2003.

El Subgerente de Promoción y seguimiento de asuntos étnicos del INCODER mediante auto del 30 de marzo de 2012, el INCODDER, ordenó visita para adelantar el ESEJTT de la comunidad del cabildo indígena Cofán Tssenene.

El referido auto fue comunicado a la comunidad indígena solicitante mediante oficio No. 2014178739 de fecha 25 de septiembre de 2014, a la Procuraduría Judicial, Ambientales y Agrarios, mediante oficio No. 20142179571 de fecha 25 de septiembre

No. 2014178739 de fecha 25 de septiembre de 2014, a la Procuraduría Judicial, Ambientales y Agrarios, mediante oficio No. 20142179571 de fecha 25 de septiembre de 2014, así mismo le solicitó a la Alcaldía municipal de Puerto Asís la publicación del auto, el cual fue publicado en la secretaria de la alcaldía municipal mediante edicto en los términos de ley.

Mediante auto del 16 d e octubre de 2014, el Subgerente de Promoción y Seguimiento de Asuntos Étnicos del INCODER , ordenó reprogramar la visita al cabildo indígena Tssenene, con el fin de corregir fallas en el capítulo de tenencia de tierras y otros aspectos sustanciales identificados en los estudios anteriores y poder continuar con el proceso de constitución.

De la visita realizada a la comunidad, se suscribió acta, donde se reiteró la necesidad de constitución indígena, sin evidenciarse conflictos internos ni colindantes.5 de

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La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras DespojadasUAEGRTD, expidió la resolución 1226 del 19 de diciembre de 2019, mediante la cual se ordena culminar el procedimiento administrativo de constitución del referido resguardo.

UAEGRTD, expidió la resolución 1226 del 19 de diciembre de 2019, mediante la cual se ordena culminar el procedimiento administrativo de constitución del referido resguardo.

Mediante radicado 20215100063961 del 1 de mayo de 2023, la Subdirección de asuntos Étnicos, realizó la delegación formal del expediente 201851002699800004E correspondiente al Cabildo Indígena Cofán Tssenene a la Unidad de Gestión Territorial Suroccidente Putumayo de la ANT.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.14.7.3.5 del Decreto 1071 de 2015, el equipo interdisciplinario de la Unidad de Gestión Territorial Suroccidente Putumayo de la ANT, procedió a la actualización y consolidación del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras para la constitución del Resguardo Indígena Cofán.

En el mismo sentido y bajo los parámetros del artículo 2.14.7.3.6 del Decreto 1071 de 2015, el Director de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior, a través del radicado 202351014001731 del 25 de octubre de 2023, emitió concepto previo favorable para la constitución del Resguardo Indígena Cofán Tssenene.

Por tanto, el día 18 de diciembre de 2023, mediante acuerdo No. 332, el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), constituyó el Resguardo Indígena Cofán Tssenene del Pueblo Cofán, sobre (1) predio de propiedad de la comunidad indígena, ubicado en el municipio de Puerto Asís, Departamento de Putumayo con

Cofán Tssenene del Pueblo Cofán, sobre (1) predio de propiedad de la comunidad indígena, ubicado en el municipio de Puerto Asís, Departamento de Putumayo con un área de 25 Has + 6673m2 de conformidad con el plano No ACCTI0231865862262 de noviembre de 2023.

2.1.4 Historia del pueblo indígena Cofán

De acuerdo con lo planteado en el Plan de Salvaguarda del Pueblo, d esde el siglo XVI, en el territorio indígena existió un flujo de misioneros jesuitas, franciscanos y capuchinos quienes sometieron a la comunidad a participar de las creencias religiosas, ocasionando flagelo en las creencias culturales. De acuerdo con lo planteado en su Plan de Salvaguarda, se tiene que para que los indígenas no faltaran a misa, los religiosos habían mandado a traer uno a uno y los entraban a l templo6 de

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para ser asesinados.; las pocas familias que se salvaron se asentaron en las cabeceras de los ríos, otras se tomaron el río conejo y cruzaron hasta el río Bermeja de ahí bajaron a la parte media del rio San Miguel.

En este sentido, se tiene que el territorio indígena del pueblo Cofán “comprende entre seis y siete millones de hectáreas aproximadamente, solo incluyendo los

de ahí bajaron a la parte media del rio San Miguel.

En este sentido, se tiene que el territorio indígena del pueblo Cofán “comprende entre seis y siete millones de hectáreas aproximadamente, solo incluyendo los territorios de las riberas de los r íos Aguarico, San Miguel, Guamuez y Putumayo”; esta es una de las razonas por las cuales el Ministerio de Cultura planteo que durante el periodo prehispánico este pueblo indígena había tenido relación con otros pueblos y culturas como los Mocoas, los Pasto s y los Sucumbios, así como los Siona y los Tetetes.

Durante la guerra con el Perú, los cofanes sirvieron como guías, pero estando ya en combate los llamaron a participar “Benancio Criollo, uno de los guías llevados en esa época, por su desempeño y valent ía fue elegido para ser cabo de ese ejército y su descendencia esta hoy en Kasakunte, abajo, por el rio Putumayo. En este contexto, y ante la ola de colonización que emergió en el siglo XX, los cofanes se fueron relegando a lugares cada vez más lejanos; pu es durante esta época “los indígenas fueron sometidos por los caucheros a trabajar como cargueros, actividad que se realizaba en la parte baja del río Putumayo, subían por el río Guamuez, cruzaban hasta coger la carretera a Monopamba, de ahí a Túquerres hasta llegar a Pasto. En este recorrido hubo muchos muertos del pueblo Cofán que cruzaban el páramo, como sobrevivientes quedaron Taita Querubín Queta, su hermana Ofelia Queta, Alberto Queta y otros.

este recorrido hubo muchos muertos del pueblo Cofán que cruzaban el páramo, como sobrevivientes quedaron Taita Querubín Queta, su hermana Ofelia Queta, Alberto Queta y otros.

Hacia los años sesenta, con la llegada de la empresa petr olera Texas Petroleum Company al municipio de Puerto Asís y Orito, se produjeron diferentes movimientos de colonización, situación que originó una reconfiguración en las dinámicas propias de las comunidades asentadas en la región y afectó negativamente las prácticas y valores culturales de los cofanes, en especial su relación con el territorio, puesto que con la presencia de la industria petrolera, se abrieron vías, siendo una de ellas la de Mocoa hasta Puerto Umbria y posteriormente hasta Puerto Asís y Ori to y con la explotación sísmica se hicieron trochas en el territorio Cofán “causando lesión a la madre naturaleza, los sitios sagrados , la cultura ancestral y creencias tradicionales hasta ser despojados de su territorio.7 de

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2.1.5 Situación de violencia acaecida en Territorio

De conformidad con el acervo probatorio que reposa dentro del expediente, este Despacho, encuentra demostrado que la comunidad indígena de Tssenene del Pueblo Cofán, asentada en los municipios de Puerto Asís, departamento del

De conformidad con el acervo probatorio que reposa dentro del expediente, este Despacho, encuentra demostrado que la comunidad indígena de Tssenene del Pueblo Cofán, asentada en los municipios de Puerto Asís, departamento del Putumayo, fue objeto de graves afectaciones en el marc o del conflicto armado interno y ha sido afectada por hechos del conflicto que se derivan directa o indirectamente de la presencia y accionar de actores armados en el territorio, entre los que se destacan por su impacto negativo las siguientes: detenciones ilegales, riesgo de reclutamiento, señalamientos y estigmatización, amenazas, enfrentamientos y hostigamientos, desplazamiento forzado, desaparición forzada, asesinatos, presencia y tránsito de actores armados, restricciones a la movilidad, instalación de campamentos, reuniones, retenes, entre otros hechos que han vulnerado las formas de vida propia, generando una ruptura en el tejido socio comunitario así:

1. A causa de la masificación de la economía cocalera, dentro del territorio colectivo hizo presencia el grupo ilegal de las FARC - EP principalmente el frente 32 y 482, convirtiéndose con el pasar del tiempo como autoridad local, a falta de la baja presencia estatal.

2. Para el año de 1996, la comunidad indígena, se vio obligada a participar el paro cocalero y salir apoyar la concentración hecha en contra de la fumigación por aspersión aérea.

3. Entre los años 1992 a 2002, los miembros de la comunidad indígena que tenían trasporte fluvial se vieron obligados a prestarlos al grupo ilegal de la guerrilla de las

aspersión aérea.

3. Entre los años 1992 a 2002, los miembros de la comunidad indígena que tenían trasporte fluvial se vieron obligados a prestarlos al grupo ilegal de la guerrilla de las FARCEP, para que fueran utilizados a su beneficio y necesidad.

4. Luego, de la culminación del paro 1996, la comunidad empieza a tener referencia de otro grupo armado ilegal, las Autodefensas Unidas de ColombiaAUC hasta el año 2006, cuando se desmovilizaron, quienes utilizaron diferentes estrategias como

2 https://indiceelectronicoportalrestituciondetierras.ramajudicial.gov.co/api/v1/link/share/6733bc35d1076f0012fe875b, Portal de Restitución de Tierras, Consecutivo 18 de

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las masacres, desapariciones, retenes, para generar temor y dolor en la comunidad indígena.

5. Uno de los hechos que ocasionó una afectación indir ecta y profunda a la comunidad fue la masacre ocurrida en el año 1999 en la inspección de El Tigre, municipio de Valle del Guamuez (Putumayo), atribuida a miembros de las

Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Si bien dicho hecho violento no tuvo lugar de ntro del territorio ancestral de la comunidad, su impacto fue directo en el ámbito espiritual, emocional y colectivo de

Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Si bien dicho hecho violento no tuvo lugar de ntro del territorio ancestral de la comunidad, su impacto fue directo en el ámbito espiritual, emocional y colectivo de sus integrantes, toda vez que los cuerpos de las víctimas fueron arrojados al río que atraviesa su territorio, y los miembros de la comunidad fueron testigos de cómo los cadáveres descendían por el cauce, generando temor, dolor y conmoción colectiva.

6. Durante los año s 2000 hasta agosto de 20093, todo este territorio fue afectado por la aspersión aérea con glifosato, dañando la huerta me dicinal, la casa ceremonias, afectando las fuentes hídricas del rio Guamuez y todos los cultivos de pan coger y la flora del bosque como productos maderables y medicinables.

5. El 10 de junio del año 2000, por parte del grupo armado de las AUC, el comunero Jaime Pérez, en el sector conocido como peñasora, fue retenido sin conocer hasta el momento de la caracterización alguna información de su paradero.

6. Para el año 2003, se registraron desplazamientos por parte de seis (06) familias pertenecientes a l a comunidad T ssenene, relacionados con la presencia de los grupos armados de las FARC - EP y las AUC, de las cuales dos (02) familias no retornaron.

7. Entre los años 2007 y 2008, la comunidad indígena solicitante presenció la masacre perpetrada por las FA RC EP a la familia del señor Rómulo, colindante del territorio indígena y fueron víctimas de actos abusivos de parte de la policía

masacre perpetrada por las FA RC EP a la familia del señor Rómulo, colindante del territorio indígena y fueron víctimas de actos abusivos de parte de la policía antinarcóticos, quienes en sus labores de erradicadores en el año 2008 se robaron gallinas y algunas pertenencias de sus viviendas.

3 https://indiceelectronicoportalrestituciondetierras.ramajudicial.gov.co/api/v1/link/share/6733bc35d1076f0012fe875b, Portal de Restitución de Tierras, Consecutivo 19 de

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8. Para el año 2013 y 2021, la policía antinarcóticos, en el ejercicio de sus funciones y con el objetivo de destruir un laboratorio en cercanía de la comunidad indígena de Tssenene destruyeron parte del tejado de la caseta comunitaria y demás espa cios sagrados.

9. En el año 2018, se registró la desaparición, tortura y muerte de un (1) comunero que se había desplazado y se encontraba estudiando en el SE NA del municipio de Puerto Asís, esta situación intimido y les causó temor a todos los miembros d e la comunidad.

10. Con la desmovilización de las FARC-EP, la comunidad nuevamente se ve afectado en el marco del conflicto armado en el año 2021, esta vez el gobernador de electo

comunidad.

10. Con la desmovilización de las FARC-EP, la comunidad nuevamente se ve afectado en el marco del conflicto armado en el año 2021, esta vez el gobernador de electo fue amenazado por el grupo armado “Los Comandos de Frontera”, circunstancia de hecho que lo obligo a renunciar al cargo.

11. En el año 2022, se presentó un enfrentamiento armado entre el grupo armado ilegal Comandos de Frontera y el Ejército Nacional en el sector de la Paila, aledaño al resguardo Tssenene. Durante ese enfrentamiento fueron retenidos los comuneros

Luis Cabezas, Diana Chapal, Heider Cuellar Chapal.

12. Para los años 2023 y 2024, el grupo armado ilegal Comandos de Frontera instala campamentos en cercanía del territorio colectivo del resguardo Tssenene.

Particularmente el año 2024, se reportó la presencia del actor armado ilegal denominado Comandos de Frontera en cercanía al territorio colectivo del resguardo Tssenene, quienes realizan tránsito frente a la escuela y viviendas de los comuneros y establecen normas en cuanto a la movilidad definiendo horas determinadas para el tránsito de los botes y de las personas.

III) PRETENSIONES

De acuerdo con lo expuesto en la demanda presentada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despoja das, actuando en representación judicial de la comunidad indígena Tssenene, del pueblo Cofán, las pretensiones que se someten a consideración de este Despacho son las siguientes:10 de

Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despoja das, actuando en representación judicial de la comunidad indígena Tssenene, del pueblo Cofán, las pretensiones que se someten a consideración de este Despacho son las siguientes:10 de

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1. Sírvase ORDENAR LA RESTITUCIÓN DE LOS DERECHOS TERRITORIALES de la comunidad indígena del resguardo Tssenene, perteneciente al pueblo Cofán, sobre el territorio colectivo identificado en la presente demanda, ubicado en el municipio de Puerto Asís, departamento de Putumayo, para garantizar la pervivencia física y cultural de esta comunidad a través del acceso al uso y disfrute efectivo de su territorio, según lo estipulado en el artículo 141 numeral 1 y artículo 166 del Decreto Ley 4633 de 2011.

2. Sírvase ORDENAR a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS - UARIV, con el apoyo de la Dirección de Asuntos indígenas, Rom y Minorías del MINISTERIO DEL INTERIOR, priorizar la formulación, la concertación e implementación del Plan integral de Reparación Colectiva – PIRC, en concertación co n las autoridades y comunidad del resguardo Tssenene, perteneciente al pueblo Cofán, en el plazo que

INTERIOR, priorizar la formulación, la concertación e implementación del Plan integral de Reparación Colectiva – PIRC, en concertación co n las autoridades y comunidad del resguardo Tssenene, perteneciente al pueblo Cofán, en el plazo que defina el Despacho. En el Plan deberán definirse especialmente medidas sobre los siguientes asuntos:

a. Fortalecimiento de la Jurisdicción Especial Indíge na; con el apoyo del Ministerio de Justicia y del Derecho en coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura y la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.

b. Fortalecimiento de la autonomía, las prácticas culturales, los saberes ancestrales sobre el manejo de los recursos naturales; con el apoyo del Ministerio del Interior, en coordinación con la Defensoría Del Pueblo, la Gobernación de Putumayo y la Alcaldía municipal de Puerto Asís.

c. Protección de los sitios sagrados y difundir estrategias de divulgación de la cultura del pueblo Cofán; con el apoyo del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) en coordinación con el Ministerio de Cultura, Gobernación del de Putumayo y la Alcaldía municipal de Puerto Asís.

d. Fortalecimiento o diseño del modelo Intercultural Propio de Salud; Con el apoyo del Ministerio de Salud, secretaria de Salud del departamento del Putumayo y la Alcaldía municipal de Puerto Asís, Empresas Promotoras de Salud municipales y a las demás Instituciones Prestadoras de Salud.11 de

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e. Fortalecimiento del sistema de seguridad propio desde la perspectiva étnica y cultural; con el apoyo de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

f. Promoción de acciones educativas con enfoque diferencial étnico en materia de memoria histórica y derechos humanos orientados a la no repetición de los hechos victimizantes cometidos en el marco del conflicto armado, y realicen la documentación y construcción del relato histórico de los daños y afectaciones a los derechos colectivos del territorio colectivo, reporte de un análisis estadístico básico y construcción de un balance narrativo que se ponga a disposición de la comunidad y la sociedad, como garantía de no repetición; con el apoyo del Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación del departamento del Putumayo en articulación con el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH).

g. Un programa de educación que implemente el sistema intercultural de educación indígena propia, con respeto a su cultura y tradiciones, y que conduzca a la conservación y enseñanza del idioma propio.

h. Mejoramiento o construcción, de vivienda, de acuerdo con las necesidades de la Comunidad.

  1. Fortalecimiento cultural; con el apoyo del ministerio de cultura, el ministerio del interior, gobernación del Putumayo y la Alcaldía municipal de Puerto Asís.

Comunidad.

  1. Fortalecimiento cultural; con el apoyo del ministerio de cultura, el ministerio del interior, gobernación del Putumayo y la Alcaldía municipal de Puerto Asís.

j. Fortalecimiento, capacitaciones y organización político -organizativa de la guardia con el apoyo del ministerio del interior, Ministerio de Justicia y del Derecho en coordinación con el Consejo Superior de l a Judicatura y la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.

3. Sírvase ORDENAR a la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE PUERTO ASÍS inscribir la sentencia que reconozca el derecho fundamental a la restitución de los derechos territoriales étnicos en favor de la comunidad indígena del resguardo Tssenene, perteneciente al pueblo Cofán, en el FMI 442-16554 ubicado en jurisdicción del municipio de Puerto Asís.

4. Sírvase ORDENAR a la CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUR DE LA AMAZONIA -CORPOAMAZONIA en coordinación con el MINISTERIO DE

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