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TSDJ NVA SP - 41001310700320160003203-(16-03-2023)

Tribunal Superior de Neiva

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Detalles

Título
TSDJ NVA SP - 41001310700320160003203-(16-03-2023)
Autor
Tribunal Superior de Neiva
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2023

i i I ri' ! V !.i «i ■ ,> ' Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia : TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEGUNDA DE DECISION PENAL Neiva, dieciseis (16) de marzo de dos mil veintitres (2023) i Magistrada Ponente ,. INGRID KAROLA PALACIOS ORTEGA i i i Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03 Aprobado Acta No. 342. <i i !

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO.

Resuelve la Sala el recurso de apelacion interpuesto por el Delegado de la Fiscalia contra la sentencia proferida el 21 de septiembre de 2018, a traves de la cual el Juzgado Tercero Penal del drcuito Especializado con Funcion de Conocimiento de Neiva absolvio $ MAURICIO LASSO del punible de Homicidio agravado con fines terroristas. i i

SINTESIS DE LOS HECHOS. i i De la resolucion de acusacion se extractan los siguientes: r i "Mediante acta No. 07 del 28 de noviembre de 2002, funcionarios de la Inspecddn Municipal de Policfa de Isnos, realizaron diligencia de inspeccion a! cadaver de quien en vida correspondfa al nombre de IVAN MEJIA SUAZA; en la misma se dejo const&ncia que se trata de un homicidio con arma de fuego, y que por informacion de algunas i i ! t ■i if i' I,i Radicacion: 41001 31 07 0C3 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso;3 • Delito: ;;'l■y

i i ! t ■i if i' I,i Radicacion: 41001 31 07 0C3 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso;3 • Delito: ;;'l■y Homicidio Agrayado. personas se conocioique a I hoy occiso de le arrimaron dos sujetos .;.;r. ‘ ’ 3 desconocidos y lo acribijlaron. Nadie mas dijo algo de lo ocurrldo"1 (sic). t Posteriormente, se allego al plenario mediante compulsa de copias la version libre rendida ppr Alvaro Martinez, Delgado el 23 de noviembre de 2011 respecto al homicidio de Ivan Mejia Suaza, quien sehalo como el autor del mismo a Harold Yesid Rodriguez Mondragon.

Por lo anterior, la Fiscaija General de la Nacion escucho en indagatoriai• .f;. a Rodriguez Mondragqn, quien apunto a MAURICIO LASSO como la persona que les sumihi'strp una de las armas con las que se ejecuto el homicidio, ademas de brindarles informacion (listas de colaboradores de las FARC) y dinero, , ACTUACIONES PROCESALES RELEVANTES. t Con fundamento en las declaraciones rendidas por los sehores Alvaro Martinez Delgado y Harold Yesid Rodriguez Mondragon, quienes aceptaron su participadon en el homicidio de Ivan Mejia Suaza alias "El Ran" y sehalaron al procesado MAURICIO LASSO como partfcipe del hecho delictivo, la Fiscalia Quinta Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito Especializado de esta ciudad, declare abierta la instruccion contra MAURICIO LASSO, por la presunta, conducta punible de homicidio agravado en concurso heterogeneo con concierto para

del Circuito Especializado de esta ciudad, declare abierta la instruccion contra MAURICIO LASSO, por la presunta, conducta punible de homicidio agravado en concurso heterogeneo con concierto para delinquir agravado y fabricacion, trafico y porte de armas de fuego, disponiendo la recoleccior] de pruebas documentales e indagatoria del precitado.2 i 1 Resolucion de acusacion Cuaderno original Fiscalia, folios 203 a 218. 2 Folios 120 y 121 ibidem. ^ 2 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal• : i ■'A •; V'.

Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Aqravado. ; Mediante decision adiada el 18 devrid^itenibre de 20143, el Ente Acusador definio la situacion jundica de MAURICIO LASSO, imponiendole medida de aseguramiento consistente en detencion preventiva sin beneficio de excarcelacion.

Tambien resolvio en dicha Resolucion decretar la preclusion de la investigacion en contra de MAURICIO LASSO por el delito de fabricacion, trafico y porte de arnnas de fuego, en tanto que, en diligencia del 30 de noviembre posterior, se ijevo a cabo^la aceptacion de cargos para sentencia anticipada proferida el 18 de agosto de 2018, por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado con Funcion de Conocimiento de Neiva, en.razon al punible de concierto para delinquir, de confornnidad con la solicitud elevada por el procesado.4 i ! I t

por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado con Funcion de Conocimiento de Neiva, en.razon al punible de concierto para delinquir, de confornnidad con la solicitud elevada por el procesado.4 i ! I t Una vez recepcionadas las declaraciones peticionadas por la Defensa y las decretadas por la Fiscalia, mediante providencia del'll de agosto de 2015, se dispuso el cierre de la investigacion5. f > ■it. El 2 de octubre de la referida anualidad6, la Fiscalia Quinta delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados califico el merito de la instruccion y acusp formalmente a MAURICIO LASSO por la presunta comision del punible de homicidjo Agravado, determinacion apelada por el Defenspr y confirmada el 4,de febrero de 2016 por la Fiscalia Tercera Delegada ante este Tribunal7, quedando debidamente ejecutoriada. i ■, i <;■ >; • La etapa de juicio correspondio al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado con Funcion de Conocimiento de^Neiva, Despacho que una i vez surtio el traslado del articulo 400 de la Ley 600 de 2000, celebro la ■i ■K} 3 Folios 127 a 140 ibidem. 4 Folios 155 a 162 ibidem. 5 Folio 185 ibidem. Folios 203 a 218 ibidem. 7 Cuaderno de segunda instancia de la Fiscalia. 6 1 3 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal vRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito:

Mauricio Lasso.;

6 1 3 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal vRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito:

Mauricio Lasso.; Homicidio Agra^ado. I audiencia preparatoria el 26 de abril de 20168 y la vista publica se realize en sesiones def 22 de agosto de 20169, 2.5 de octubre de 201610, 25 de abril de 201711y 21 de junio de 201712. Finalmente, el 21 de septiembre de 201813, la Juez profirio sentencia absolutoria en favor de MAURICIO LASSQ, decision contra la cual la Fiscalia interpuso y sustento el recurso de apelacion que ocupa la ’ i atencion de esta Corporacion. £ SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA. i ; Luego de resumir los hechos investigados, la actuacion procesal surtida, ; C-” ■ identificar al acusado y sintetizar los alegatos finales de las partes e intervinientes, la A Quo trajo a colacion normatividad relacionada con el delito de marras, destacando que en el interrogatorio el senor MAURICIO LASSO se declaro ajeno a los hechos endilgados, manifestando que justamente ese grupo al margen de la Ley le habra realizado exigencias de; sumas de dinero. 7., Enuncio la prueba testimonial de la Defensa, de quienes adujo f'depusieron sobre el cohocimiento que tenian del procesado, asi como la situacion de orden publico del municipio de San Jose de Isnos (Huila) para el aho 2002 y las circunstancias que rodearon la muerte del senor ■ i; Ivan Mejia Suaza alias "El ftan". i !•

situacion de orden publico del municipio de San Jose de Isnos (Huila) para el aho 2002 y las circunstancias que rodearon la muerte del senor ■ i; Ivan Mejia Suaza alias "El ftan". i !• De igual manera, aludio a la version de German Santos, quien sehalo al ■••" ^ ■ senor MAURICIO LASSO de ser colaboradpr de la organizacion, suministrandoles informacion, armas y hospedaje. I ■ ‘ ; . I Cuaderno original del Juzgadp No. 2, folios 21 y 22. 9 Ibidem, folios 70 a 74. 10Ibidem, folios 62 a 95. 11Ibidem, folios 129 a 132. i; 12 Ibidem, folios 141 a 143 :■ , 1 13 Cuaderno original del Juzgado No. 3, folios 48 a 59. 8 t;,' ; i 4 Tribunal Superior del Oistrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision PenalRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito:

Mauricio Lasso. Homicidio Aqravado. )i Tambien a las declaraciones de los senores de Alvaro Martinez Delgado y Harold Yesid Rodriguez Mondragon, autores confesos del homicidio de Ivan Mejia Suaza "El Ran", personas que explico pusieron de presente la participacion de MAURICIO LASSO en el hecho. i 5 1 Coligio que las pruebas resehadas generap serias dudas sobre la responsabilidad del acusado, teniendo en cUenta que, de la version rendida por Harold Yesid Rodriguez Mondragon, no se puede establecer que la orden del asesinato haya provenido de MAURICIO LASSO. / •: i

responsabilidad del acusado, teniendo en cUenta que, de la version rendida por Harold Yesid Rodriguez Mondragon, no se puede establecer que la orden del asesinato haya provenido de MAURICIO LASSO. / •: i Considero que no se clarifico que el revolver fue entregado por MAURICIO LASSO a Rodriguez Mondragon con el fin especifico de segar la vida de Ivan Mejia Suaza alias "El Ra;n". : a:Arguyo que, no obstante se sehalo que MAURICIO LASSO les entrego una lista de ciertas personas, no se indico que se hubiera facilitado con ' I..el fin de darles muerte a quienes alii figurabcin, sino que en ese listado se encontraban milicianos de las FARC-EP. i Resalto que cuando se realize el sehalamientg de Ivan Mejia Suaza alias "E! Ran" en el parque de San Jose de Isnos (Huila), no se probo que se hubiese hecho con el fin de darle muerte, tampoco se establecio que la motocicleta y el dinero entregados tuvieran como movil la comision del hecho delincuencial. i ! I ■ V J De German Santos considero que, al ser un testigo de oidas, no tuvo mayor conocimiento de la muerte de Ivan Mjejia; Suaza alias "£V Ran", 'r. ya que no tuvo participacion ni fue testigo prfesencial del punible. En conclusion, manifesto que la Fiscalia no logro probar con certeza la r responsabilidad del ehcartado MAURICIO LASSO en el homicidio de

Ivan Mejia Suaza alias, "E/ Rano" (sic), perpetrado el 28 de noviembre 5 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala.Segunda de Decision PenalV « Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Agravado.__________ de 2022, siendo insuficiente el material probatdrio allegado, por lo que profirio sentencia absolutoria a favor del procesado.

RECURSO DE APELACION14.

El Delegado del Ente Instructor considero que la Juez de manera erronea concluyo que existfan dudas sobre la participacion de MAURICIO LASSO en el homicidio de Ivan Mejia Suaza "El Rano" (sic), pues, en su criteho, bastaba con hacer un juicioso analisis de los elementos existentes ffera evidenciar la configuracion del reato. Planted una serie de interrogantes relacionados con el fin de la entrega del arma a un grupo al margen de la Ley y la facilitacion de una lista de milicianos de la guerrilla al grupo irregular de las A.U.C., llegando a lo que estimo una logica respuesta de que era con el objeto de "exterminar" a los colaboradores de la jnsurgencia, figurando en el listado Ivan Mejia Suaza alias "El Rano" (sic) y siendo senalado « 1 directamente MAURICIO LASSO por parte de Rodriguez Mondragon, ’ , ' de ser la persona que entrego la lista y posteriormente, sehalo a Ivan

Mejia Suaza, indicandaque se trataba de un miliciano e inclusive, les »i, mostro el lugar dohde podia ser ubicado para que pudieran ultimarlo. Resalto que la entrega de municiones, armas y dinero por parte de 'U ■; MAURICIO LASSO no estaba dirigido a ningun otro fin, por lo que tildo de errada la exposicion realizada por el Juzgado de instancia en s! : . ’ . V ' cuanto a que la orden de asesinar a alias "El Rano" (sic) no provino i del procesado. ii , Alego que se equivoca la falladora al asegurar que el arma no fue entregada con el fin especifico de segar la vida de Mejia Suaza alias & 14 Ibidem, folios 108 a 113 ■ A 6A A Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision PenalRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito:

•1 Mauricio Lasso. Homicidio Aqravado. '■hr--. ; "El Rano" (sic), quien claramente, habia sido senalado como miliciano y hacia parte del citado listado, entregandose precisame el revolver a ■ .•> los miembros de las AUC cuando se asentaron en el municipio de San Jose con el objetivo de asesinar a Ivan Mejia; Suaza "El Rano" (sic), pues para esa epoca era de publico conocimiento que el proposito de los paramilitares era "aniquilar"4a los miembros de la guerrilla o de izquierda. \ f. 41..4 V, Por ultimo, recordo que Alvaro Martinez Delgado, autor del homicidio, no nego que MAURICIO LASSO participden el reato, pues manifesto

izquierda. \ f. 41..4 V, Por ultimo, recordo que Alvaro Martinez Delgado, autor del homicidio, no nego que MAURICIO LASSO participden el reato, pues manifesto que "Males" les presento a LASSO, habiendo senalado el primero de estos a Ivan Mejia Suaza alias "Ei Rano" (sic) para que lo mataran; ademas, replico, el mismo Martinez Delgado indico que era conocedor que con la motocicleta y los $500,000 que les entrego LASSO se iban •< a cometer cnmenes,.toda vez que sabia que'eran del Bloque Calima de las AUC. V. ■V. De igual forma, solicito se tengan en cuehta las aseveraciones de German Santos, testigo de ofdas, ya que su version es corroborada con los otros testimonios, para llegar a la conclusion de que MAURICIO LASSO si fue uno de los determinadores de la muerte de Ivan Mejia Suaza alias "El Rano" (sic), motives por los cuales pidio revocar el fallo absolutorio. i i :V ,1 • NO RECURRENTES15 s El profesional del derecho que represent© losMntereses de MAURICIO LASSO efectuo una srntesis de las actuaciohes surtidas, asi como de la sentencia de primera instancia y del recurso de alzada, indicando que no se ha sehalado que MAURICIO LASSO dio la orden de acabar i 15 Ibidem, folios 119 a 123 7 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala'Segunda de Decision Penal ifRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.: Delito:Homicidio Agravado. con la vida de Ivan Mejia Suaza "El Rano" (sic).

ifRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.: Delito:Homicidio Agravado. con la vida de Ivan Mejia Suaza "El Rano" (sic).

Menciono que la esposa del occiso dio un motivo claro y contundente por el cual se pudo haber atentado contra su vida, debido a las deudas por compra de ganado, ademas, que el Ejercito y la Policia Naclonal tenlan el listado de los posibles guerrilleros del Municipio de San Jose de Isnos (Huila), dentro. de los que se encontraba Mejia Suaza, quien fue senalado por las personas como el que llevaba mensajes de la guerrilla y cobraba extorsiones. Refirio que la Fiscalia no tuvo en cuenta otras versiones, como las de f' ' ' Henry Murcia, quien festifico que a su hermano lo asesinaron los guerrilleros por no-regalarjes una canasta de cerveza, por lo que, en ■\s ■ • i 'i su criterio, tambien pddo ser un motivo para atentar contra la vida de Mejia Suaza. 5 Manifesto que las declaraciones de Alvaro Martinez y Harold Yesid Rodriguez pueden tener intereses ocultos en vista que se realizaron con el animo de acogerse a la Justicia Especial para la Paz (sic) y debian hacer confesion.es que los vincularan con grupos al margen de la Ley. Agrego que en otros procesos no se hace alusion a MAURICIO LASSO ni al occiso Mejfa Suaza. . % iX : ■ Que las citadas declaraciones no son ciertas y son amanadas, poniendo como ejemplo de las falacias el proceso seguido contra Rodrigo Murcia, individ.uo aue fue absuelto poRSimilares hechos.

. % iX : ■ Que las citadas declaraciones no son ciertas y son amanadas, poniendo como ejemplo de las falacias el proceso seguido contra Rodrigo Murcia, individ.uo aue fue absuelto poRSimilares hechos. Indico que Alvaro Martinez y Harold Yesid Rodn,guez no estuvieron en el lugar de los hechos, por ende, no observaron las circunstancias particulares que rodearon la muerte de alias "Ei Rano” (sic). Sehalo que no se debe pasar por alto que tanto la esposa y cuhado del occiso sehalaron que no existia animadversion entre este y su k; ■' i 8 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision PenalRadicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: j Homicidio Agravado. prohijado, situacion que fue confirmada por los testigos de la defensa, lo que permite afirmar que la investigacion de la Fiscalia fue precaria y que los testigos no son dignos de credito . ■i:l De otro lado, menciono que el Ente Persecutor no motivo el agravante endilgado y la participacion de MAUR CIO LASSO (autor o determinador).

Afirmo que se violo la cadena de custodia de las pruebas trasladadas (versiones de Alvaro Martinez Y Harold Yesid Rodriguez), por lo que se "afecta la actitud probatoria de medio", de ahi que se "agrieta tota/me/7te"el contenido acusatorlo. $ j i ! Subrayo la existencia del "cartel de falsos testigos" que ha llevado a la privacion injusta e la, libertad de distintas personas, ocasionando que la Fiscalia implementara un grupo especial para investigar los

$ j i ! Subrayo la existencia del "cartel de falsos testigos" que ha llevado a la privacion injusta e la, libertad de distintas personas, ocasionando que la Fiscalia implementara un grupo especial para investigar los testimonies de "los acogidos." i yI n i Demando confirmar la decision adoptada por la A quo por la ausencia de pruebas que perrnitan demostrar que MAURICIO LASSO fue el determinador o participe directo o indirecto de la muerte de Ivan Mejia Suaza alias "El Rano" (sic), maxime cuandq Ids declarantes indicaron que el que realize el sehalamiento fue la persona de apellidos "Males", aunado a que no es creible que un grupo al margen de la Ley necesitara el arma de un civil para cometer uft asesinato. I 1

CONSIDERACIONES.

La Sala es competente para resolver la apelacion interpuesta contra la .i sentencia proferida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado con Funcion de Conocimiento de esta Ciudad, conforme lo dispone el numeral i° del articulo 76 de |a Ley 600 de 2000, 9'4 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal • i Ti V;Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso. :1

Delito: Homicidio Aqravadd. normatividad que rige el tramite de la actuacion surtida.

I; 1 Competencia que, de acuerdo con el principio de limitacion y el artfculo 204 del citado plexo hormativo, se encuentra restringida al escrutinio de las inconformidades-ciel recurrente y a aquellos aspectos que le esten vinculados inescindiblemente.

Competencia que, de acuerdo con el principio de limitacion y el artfculo 204 del citado plexo hormativo, se encuentra restringida al escrutinio de las inconformidades-ciel recurrente y a aquellos aspectos que le esten vinculados inescindiblemente. •• i Empieza la Colegiatura rememorando que MAURICIO LASSO fue acusado por el delito de homicidio agravado, tipificado en los articulos 103 y 104-8 del Codigo Penal - C.P. siendo absuelto en primera instancia. ft ( El texto original de la norma aplicable para la fecha de los hechos ;. • investigados16, establece: m'' i; "El que matare a otro, incurrira en prision de trece (13) a veinticinco (25) ahos.

Circunstancias de agravacion: La_pena sera de veinticinco (25) a cuarenta (40) ahos de prision/si ia conducta descrita en el Articulo anterior se cometiere. k

(...)

8. Con fines ferroristas o en desarrollo de actividades terroristas". ■K i 5 • j i De acuerdo con la resolucion de acusacion y lo dispuesto en el articulo 232 de la Ley 600 de 2000, le correspondia al Ente Persecutor demostrar en grade de certeza que la conducta punible reprochada existio y que MAURICIO LASSO es responsable de su comision, es decir, que fue determinador de la muerte de Ivan Mejia Suaza alias "Ei Rano" (sic). t •; 16 Por cuanto aun no habla entrado en vigencia la Ley 890 de. 2004, la cual empezo a regir el lo de enero de 2005 y unicamente para las actuaciones tramitadas bajo el rigor de la Ley 906 de 2004. -li

t •; 16 Por cuanto aun no habla entrado en vigencia la Ley 890 de. 2004, la cual empezo a regir el lo de enero de 2005 y unicamente para las actuaciones tramitadas bajo el rigor de la Ley 906 de 2004. -li 10 Tribunal Superior del Distrito Judicictf de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal• ;'a :• Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito:

.1 Mauricio Lasso. Homicidio Agravado. x'.- Ahora, en punto de la alzada, adviertase que el disenso del recurrente se contrae a considerar que existen pruebas suficientes para llegar a la conviccion plena de que MAURICIO LA^SO fue la persona que entrego a miembros de las A.U.C. un listadp de colaboradores de la guerrilla y posteriormente, senalo a Ivan Mejia Suaza alias "El Rano", indicando que se trataba de un miliciano, inclusive, mostro el lugar donde podia ser ubicado para que pudiera ser ultimado y ademas de ello, entrego a los perpetradores del homicidio armas, municiones y dinero. ( i De otro lado, la Defehsa refute que Alvaro ,Martinez y Harold Yesid Rodriguez, quienes sindican directamente; a MAURICIO LASSO, r . 'r pueden tener intereses ocultos, dado que para acogerse a Justicia ' Especial para la Paz (sic) debian hacer confesiones que los vincularan con grupos al margen de la Ley. ;:r’?■ Tambien alego que ;la Fiscalia no ofreci6';argumentos sobre el agravante endilgado y que se violo la cadena de custodia de las

con grupos al margen de la Ley. ;:r’?■ Tambien alego que ;la Fiscalia no ofreci6';argumentos sobre el agravante endilgado y que se violo la cadena de custodia de las pruebas trasladadas (versiones de Alvaro Martinez Y Harold Yesid Rodriguez), por lo que.se afecto 7a aptitud probatoria". ! Descendiendo al asunto puesto a consideracibn de esta Judicatura, ■ • ■r' deviene pertinente observar la exigencia preyista en el inciso 2° del canon 232 de la Ley 600 de 2000, que reza:>; 7J•V -f; ■ "No se podra dictar sentencia condenktorja sin que obre en el proceso prueba que conduzca a la certeza de la conducta punible y de la responsabilidad dettprocesado." (Negrillas y subrayas para destacar). Precisado lo anterior, precede la Corporacion a establecer si conforme a la prueba acopiada se logro demostrar en grade de certeza que MARICIO LASSO fue determinador de la muerte de Ivan Mejia Suaza -i;i; 11•XV Tribunal Superior del Distrito Judicial de.Neiva, Sala Segunda de Decision Penal 'Jt ARadicacion: 41001 31 07 003 20J6 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Aqravado. ! alias "El Rano", acaecrda ei 28 de noviembre de 2002, en Sah Jose de

Isnos (Huila). Al respecto, se tiehe que la genesis • por la que se endilga responsabilidad a MAURICIO LASSO en: la presente causa son precisamente las versiones rendidas por los ex miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia -A.U.C.- Alvaro Martinez Delgado y

responsabilidad a MAURICIO LASSO en: la presente causa son precisamente las versiones rendidas por los ex miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia -A.U.C.- Alvaro Martinez Delgado y Harold Yesid Rodriguez Mondaron. \ Es asi como el 25 de^noyiembre de 201117, ante la Unidad Nacional para la Justicia y Paz^ ALVARO MARTINEZ DELGADO (Alias Miguel) confeso haber participado en el homicidio de Ivan Mejia Suaza, contando para ello coi la colaboracion cfe "particulares de la zona, quienes ademas sehaiaban a colaboradores de la guerrilla; se refiere a un Sr. de nombre MAURICIO LASSO, comerciante de panela (...)" '4 Dicha version fue ampliada ante la Fiscalia instructora el 20 noviembre de 201318, diligencia en la que sehalo a los responsables del homicidio de Mejia Suaza, entre ellos, al informante alias "Males", seguidamente "quiero manifestar que no se hasta que punto el sehorexpuso MAURICIO LASSO tenga participacion en este hecho, puesto que al sujeto ALIAS MALES ho (sic) lo presento fue MAURICIO LASSO Y ■: MALES fue quien memostro al sehor IVAN MEJIA SUAZA ALIAS EL RAN para que lo matan, tambien aclaro que en la entrevista que tuve ■-r con MAURICIO LASSO^si me hablo de ALIAS RAN, porque era la ficha clave de la guerrilla ahf en SAN JOSE DE ISNOS A Por su parte, Haroid Yesid Rodriguez Mondragon, ante la Fiscalia t Quinta Seccional Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados, el 19 de febrero de 201319,, aseguro que el homicidio

A Por su parte, Haroid Yesid Rodriguez Mondragon, ante la Fiscalia t Quinta Seccional Delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializados, el 19 de febrero de 201319,, aseguro que el homicidio Cuaderno original Fiscalia, folios 41 a 47. 18 Ibidem folios 115 a 119. 19 Ibidem folios 72 a 75. 17 ■ 12 < Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal ' Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Delito: i.

Mauricio Lasso. Homicidio Aqravado. ■■ .-T.i 4 • se cometio "fue con un revolver MARCA SMITH WESSON, el cual yo portaba, el Indio20 portaba un revolver si no estoy mal es un marca TITAN, que se lo habfa dado el sehor MAURICIO LASSO (el panelero) i' cuando llegamos a ese pueblo, eso con el fin de colaborar con el grupo, %. ya que estaban cansados de las extorsiones y el azote de la guerrilla hacia los comerciantes" (sic): • , La anterior version fue ampliada el 15 de abril de 201321 especificando, con relacion a la participacion de MAURICIO LASSO en el hecho juzgado, que "a/ Indio quien esta postuiado para Justicia y Paz, y a mi nos dijeron (sic) de asesinar a este sehor porque perteneda a las milicias de las FARC de esta zona, es decir de San Jose de Isnos, segun

informacion del sehor MAURICIO LASSO, quien era comerciante, tenia un supermercado en este mismos pueblo, quien con anterioridad se . : > habfa reunido con otras personas y hijago con nosotros para entregarnos un listado de las personas que era milicianos de la guerrilla, asf mismo se acordaron otras-cosas, como que nos iban a dar municiones, arrhamento, que nos iban a colaborar para que hicieramos presencia en la zona este sehor MAURICIO LASSO quien con anterioridad ya tenfa contactos en la organizacion, me mostro al hoy occiso, estabamos en el parque de San Jose y nos dijo "miren el que va alia es Ivan Rano (...) tambien nos mostro la fama de expendio de carne ubicada frente a la galena." “ t. !i Tambien adujo que '-ese sehor MAURICIOLASSO, fue la primera persona civil con quien tuvimos contacto, cuando llegamos a San Jose i • •4', de Isnos Huila, y quien nos dio un revolver TITAN y un dinero para el sostenimiento de nosotros. ;■ , •• -r For ultimo, se tiene la declaracion de German Santos, miembro de la citada organizacion al margen de la ley, testimonio decretado como - / 20 Alvaro Martinez Delgado21 Cuaderno original Fiscalla, folios 85 a 87. 13t Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala .Segunda de Decision Penal % :&■ . i %■Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Agravado. ?.■ prueba de oficio por parte del Juez instancia y quien manifesto del procesado en sede de juicio oral22 "fste sehor fue uno de los que

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Agravado. ?.■ prueba de oficio por parte del Juez instancia y quien manifesto del procesado en sede de juicio oral22 "fste sehor fue uno de los que financio, nos dio inforipacion, listados, nos suministro armamentos, nos suministro gulas, ijospedaje, transporte y fue uno de las que mas solicito la incursion de las Auto Qefensas a San Jose de Isnos. "23 i f ;•' En cuanto al homicidio.:de Ivan Mejia Suaza, puso de presente ”f/ que tiene conocimiento de, los hechos es Harold Yesid Mondragon (...) la informacion nos llego mas o menos en marzo de 2002, por parte del comercio y mas concretamente por el sehor que acabo de nombrar, en una reunion en Pjtalito Huila, de ahf para adelante se siguio coordinando a ver comp incursionabamos en ese municipio."24 ■i Sobre la participaciomSjel encartado con ese grupo al margen de la Ley, acoto: "Desde ’ antes teniamos la informacion, el sehor MAURICIO LASSO}, nos habla pasado , listados de milicianos, integrantes de la subversion."25

Entonces, muy contrario a lo senalado por el Juez de Instancia, si obra prueba suficiente que permite establecer fehacientemente que MAURICIO LASSO incidio en la voluntad de los homicidas de Ivan Mejia Suaza alias "El Rano", pues los hechos acreditados a traves de la prueba testimonial demuestran de manera fidedigna el acuerdo de voluntades para come|:er el ilicito, es asf como existio una reunion previa con los miembros de las AUC en la cual los comerciantes, entre

la prueba testimonial demuestran de manera fidedigna el acuerdo de voluntades para come|:er el ilicito, es asf como existio una reunion previa con los miembros de las AUC en la cual los comerciantes, entre otros, el procesado, s:gljcitan su "/na/rs/on-'en el Municipio de San Jose de Isnos (Huila), brindandoles informacion y comprometiendose a ofrecer su ayuda, reprnesentada en armas, municiones y dinero, lo expuesto de conformidad con la version de German Santos, quien a pesar de no haber sido testigo presencial del homicidio, si fungio como J. 22 Sesion del 21 de junio de 2017. 23 Sesion de Audiencia 21 de junio de 2017 Record: 00:11:02 a 00:11:22. 24 Ibidem Record: 00:24:55 a;00:25:50. ■ 25 Ibidem Record 00:26:38 14 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal X ' r.$&$&•?' ■ - Radicacion: 41001 31 07 003 2016 00032 03

Procesado: Mauricio Lasso.

Delito: Homicidio Aqravado. remplazo del comandante "TONO" en el Municipio de San Jose de Isnos a finales de 2002 y tuvo conocimiento de: Jos acercamientos de V,. • ' MAURICIO LASSO con la organizacion deimcuencial "desde mas o menos marzo de 2002, venian solicitando es® information, intiuso con el sen or MAURICIO LASSO sobre quien era esta vfctima y que pa pel desempenaba, si me consta, tenia pleno conocimiento que esta persona iba a ser ejecutada. f

4 " 26

el sen or MAURICIO LASSO sobre quien era esta vfctima y que pa pel desempenaba, si me consta, tenia pleno conocimiento que esta persona iba a ser ejecutada. f 4 " 26 Y una vez se materializo la presencia de los paramilitares en la region, segun depuso Harold Yesid Mondragon, MAURICIO LASSO fue la primera persona con la que tuvieron contacto y les facilito informaciorj, armas, municiones y una lista de las personas que colaboraba

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