TSDJ NVA SP - 41001610504920170114902-(05-08-2022)
Tribunal Superior de Neiva
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Detalles
- Título
- TSDJ NVA SP - 41001610504920170114902-(05-08-2022)
- Autor
- Tribunal Superior de Neiva
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2022
Rama JudicialConsejo Superior de la JudicaturaRepública de Colombia TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVASALA CUARTA DE DECISIÓN Neiva, cinco (5) de agosto de dos mil veintidós (2022) Radicado: 41001-61-05-049-2017-01149-02Delito: Fraude procesal, falsedad en documento privado, estafaProcesado: YORMAN JAVIER RODRÍGUEZ MUÑOZMagistrado Ponente: HERNANDO QUINTERO DELGADO VISTOS Decide la Sala lo que en derecho corresponda sobre el recurso de casación interpuestopor el defensor del procesado Yorman Javier Rodríguez Muñoz, contra la sentencia desegunda instancia proferida el 24 de mayo hogaño. En decisión del pasado 24 de mayo, la Sala confirmó integramente la sentenciacondenatoria proferida el 13 de diciembre de 2021 por el Juzgado Quinto Penal delCircuito de Neiva, mediante la cual condenó al procesado como responsable del delito imputado. A partir del 7 de junio pasado empezó a correr el término común de cinco (5) díashábiles para que las partes interpusieran el recurso de casación contra la referidasentencia, como lo establece el artículo 183 de la Ley 906 de 2004, modificado por elartículo 98 de la Ley 1395 del 12 de julio de 2010, habiéndolo hecho oportunamente eldefensor del procesado. El 14 de junio de 2022, se empezó a correr el término de 30 días hábiles para que elrecurrente en casación presentara la respectiva demanda; término que venció ensilencio el 29 de julio de 2022, por no haberse sustentado por el recurrente, segúnconstancia de secretaria que obra en el expediente físico!.
1 CONSTANCIA VENCIMIENTO TÉRMINO 30 DÍAS RAD. 41001610504920170114900Neiva, 1 de agosto de 2022. El viernes 29 de 2022 a las 5:00 P.M venció en silencio el término de treinta (30) díashábiles para presentar la demanda de casación dentro del proceso penal seguido contra YORMAN JAVIERRODRÍGUEZ MUÑOZ, por el delito de fraude procesal, falsedad en documento privado, estafa, sin que lo hubiera 1 Scanned with CamScannerProcesado: Yorman Javier Rodríguez MuñozRadicado: 41001-61-05-049-2017-01149-02Delito: Fraude procesal, falsedad en documento privado, estafa En consecuencia, se declarará desierto el recurso de casación interpuesto por eldefensor del procesado RODRÍGUEZ MUÑOZ contra la sentencia de segundainstancia proferida en su contra, por no haber presentado, la respectiva demanda. En razón y mérito de lo expuesto, la Sala Cuarta de Decisión Penal del TribunalSuperior del Distrito Judicial de Neiva, RESUELVE PRIMERO. DECLARAR desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto porel defensor del procesado YORMAN JAVIER RODRÍGUEZ MUÑOZ. SEGUNDO. NOTIFICAR por Secretaría la presente decisión y devolver el expedienteal despacho de origen para lo de su cargo.
TERCERO. MANIFESTAR que contra esta determinación procede el recurso dereposición. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LiorHERNANDO QUINTERO D OMagistrado hecho el defensor recurrente en casación. Inhábiles 18, 19, 20, 25, 26 y 27 de junio, 2, 3, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 30y 31 de julio de 2022. Scanned with CamScannerProcesado: Yorman Javier Rodríguez MuñozRadicado: 41001-61-05-049-2017-01149-02Delito: Fraude procesal, falsedad en documento privado, estafa
JANA ALEXANDRA TOBAR MANZANO
Magistrada En permiso
JAVIER IVÁN CHÁVARRO ROJAS
Magistrado
oyeÚ SLUISA FERNANDA TOVAR HERNÁNDEZ
Secretaria Scanned with CamScanner