TSDJ QBD SU - 27001311800120170008102-(18-08-2017)

Tribunal Superior de Quibó

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Detalles

Título
TSDJ QBD SU - 27001311800120170008102-(18-08-2017)
Autor
Tribunal Superior de Quibó
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2017

Repúblicade Colombia TribunalSuperiordelDistritoJudicialdeQuibdó Sala tínica Quibdó,dieciocho(18)de agosto de dosmil diecisiete(2017).

REF: ACCIÓN DE TUTELA-SEGUNDA INSTANCIA

ACCIONANTE: ÓSCAR DÍAZ BETANCUR ACCIONADO: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA RAD. NRO: 27001 3118 001 2017 0008102

APROBADO: ACTA DE LA FECHA

M. PONENTE: DR. JOHN JAIRO ORTIZ ÁLZATE OBJETO DEL PROVEÍDO Resuelvela Sala laimpugnaciónformuladapor elaccionadocontra la Sentencia deTutelaNo 025 del 28 dejuliodel2017, mediantela cual el JuzgadoPrimeroPenal delCircuitopara Adolescentescon Funciones de Conocimiento de Quibdó, decidió tutelar de losderechos fundamentalesal goce de unaviviendadigna,igualdady debidoproceso alactor.

ANTECEDENTES: ÓSCAR DÍAZ BETANCUR actuando ennombre propio,formulóacciónde tutelacontraEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA en procurade que se le protejanlos derechosfundamentalesal goce de unaviviendadigna, igualdady debidoproceso.

Como fundamentos fácticos que sirven desustentoa la tutela, elaccionanteinvoca los siguientes: Que actualmentese desempeñacomo ProfesionalUniversitarioGrado Ide laContraloría

Generalde larepública,en cual seposesionóel 5 de agosto de2013,teniendoasí 3 años y 10 meses de vinculación. Que laContraloríaGeneral de laRepúblicacuenta con un Fondo de BienestarSocial,el cual entre susfuncionestiene la deadministrarlas cesantíasde los funcionariosy?¿hi¡V! 14 de. 1.5 TUTELA 2« INSTANCIA RDO. NÚMERO: 27001 3118 001 2017 00081 0/ ACCIONANTE: ÓSCAR DÍAZ BETANCUR ACCIONADO: FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LACONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA crédito.Es decirque inscribirseparalaobtencióndelcréditono implicabaperseque elresultado finalfuesepositivo,significaademás laposibilidadde quedarporfueradelmismo en algunade lasetapaspor lo que la inscripcióna éstese convierteen una simpleexpectativay no un derechoadquirido. La ordenemitidaporel Juezde primerainstancia,no puedesostenerseporel ad quem, pues actuaren talsentido,sipondríaen riesgoel derechofundamentalde otrosfuncionariosy empleadosdelaContraloríaGeneralde laRepública,que sicumplieroncon todoslosrequisitos y obtuvieronelcréditoy hoy seencuentranenestadodelegalizacióndelmismo, y una ordende una JuezConstitucionaljamáspodríaso pretextode protegerun derechofundamentalde una

ciudadano,trasgredirel de otrostantosmás, máxime cuandotalvulneraciónalegada,no se evidenciaen el casobajoexamen. En eseentendido,la intervencióndel juezconstitucionalno resultaprocedenteparalo que pretendeelaccionante,esdecir,paracambiarlasreglasque laautoridadaccionadatienefijadas y establecidaspara adelantarlasdistintasetapasde laasignaciónde créditosde sus empleados,y que estánenmarcadosdentrode loscriteriosde razonabilidady eficiencia,menos cuandolo que muestranlasfoliaturasesque el accionanteefectivamenteno cumplía(parala fechade estudiode documentación)con losrequisitosexigidosporelAcuerdo N° 13 del17 de noviembrede2016 paraaccederalcréditodevivienda;finalmente,laaccióndetutelano puede convertirseen instrumentoparadesconoceractoso procesosregladoscon anterioridad,para cumplircon expectativaso convenienciasindividuales,saltándoseelconductoregulardeejercer las accionesjudicialesordinariascontraellas. De cara a lasconsideracionesplasmadasen precedencia,se impone a la Salalanecesidadde revocarlaSentenciaN° 025 del28 dejuliode 2017,proferidaporelJuzgadoPrimeroPenaldel CircuitoParaAdolescentescon funcionesdeconocimientode laciudadde Quibdóy en sulugar NegarporimprocedenteelamparotutelardeprecadoporelseñorOsearDíazBetancur.

DECISIÓN En méritode lo expuesto,elTribunalSuperiorde Quibdó,SalaÚnica,administrandojusticiaen nombre de laRepúblicade Colombiay porautoridadde laley,TUTELA 2« INSTANCIA RDO. NÚMERO. 27001 3118 001 2017 0008.1.0/ ACCIONANTE: ÓSCAR DÍAZ BETANCUR ACCIONADO: FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LACONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESUELVE: 15 cíe 15 PRIMERO. REVOCAR lasentenciade tutelaN° 025 del28 dejuliode 2017,proferidaporel Juzgado PrimeroPenal delCircuitoPara Adolescentes confuncionesde conocimientode la ciudadde Quibdó,conformeloexpuestoen laparteconsiderativadelpresenteproveído. SEGUNDO. En consecuencia,NEGAR porimprocedenteelamparotutelardeprecadoporelseñor OsearDíazBetancur,deacuerdocon loindicadoenprecedencia. TERCERO. Notifíquesede conformidadcon lo dispuestoen elartículo30 del decreto2591 de 1991. CUARTO. Remítaselaactuacióna laCorteConstitucionalparasueventualrevisión.

EDITMDI^URRUTIA

Magistrada

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JUANCARLOSSOCHAMAZO Magistrado En uso depermiso.

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