TSDJ QBD SU - 270753105001201600345-(25-08-2017)

Tribunal Superior de Quibó

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Detalles

Título
TSDJ QBD SU - 270753105001201600345-(25-08-2017)
Autor
Tribunal Superior de Quibó
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2017

Repúblicade Colombia TribunalSuperiordelDistritoJudicialde Quibdó Sala lírica

AUDIENCIA DE ALEGACIONES Y FALLO SEGUNDA INSTANCIA

FECHA

SEGUNDA

INSTANCIA

25 DE AGOSTO DE 2017

APELACIÓN

CONSULTA TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL AUDIENCIA PÚBLICA NÚMERO: 56 (DESPACHO 03) ACTA NÚMERO: 56 (DESPACHO 03)

HRA 8:20 A.M SI silx

RADICADO ÚNICO NACIÓN . 2 7 0 | 7 | 5 3 1 0 5 0 0 1 2016 00345

Dpto Municipio Código Juzgado Especialidad Consecutivo Juzgado Año Consecutivo

PARTE DEMANDANTE jl JOSÉ DEL CARMEN VALOYES

PARTE DEMANDADA RAFAEL MARÍA CASTRO MADERA

ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDANTE Sí PRESENTÓ X NO PRESENTO

ALEGATOS DE LA PARTE DEMANDADA SI PRESENTO X NO PRESENTO ANTECEDENTES: El día 11 de noviembre de 2016 la parte accionante presentó demanda en contra RAFAEL MARÍA CASTRO MADERA y en resumen manifiestaque en el mes de marzo de 2012 celebró un contratode trabajoverbalcon el señor Rafael María Castro Madera, a travésdel cual se le vinculó en elcargo de MOTORISTA - CONDUCTOR DE LANCHAS Y BOTES de la Empresa Inversiones la Eternidad,

devengado un salariomensual de $900.000 M/CTE; que ejecutaba sus labores de manera personal, atendiendo las previas instruccionesdel empleador y cumplía con el horariode trabajoseñalado por éste, sin que llegaraa presentarqueja alguna o llamado de atención; que en diciembre de 2014 el señor RAFAEL MARÍA CASTRO MADERA le manifiestaque no teníaninguna obligacióncon él yque ledaba por terminada la relacióncontractual. LO QUE PRETENDE • Que se declare que entre las partes existióun contrato de trabajo,el cual terminó por causa imputable alempleador. • Que como consecuencia de lo anteriorse condene a la empresa demandada a pagar las siguientesacreencias laborales:cesantías,interesesa las cesantías,vacaciones, prima de servicio,dotación, trabajo suplementario consistentes en dominicales y festivos, días compensatorios, salario,indemnización moratorio, cotización y cuotas dejadas de cancelar al sistema de segundad social,gastosdel accidentelaboralque sufrió,realizaciónde una valoración laboraly lasdemás funciones ultra yextrapetita. •CISIÓN DE PRIMERA INSTANCIASEl JuzgadoPrimeroLaboraldelCircuitode Quibdó,en SentenciaNo. 101 proferidael23 de juniode 2017, negó las pretensiones de la demanda.

PROBLEMA JURÍDICO: Acorde al gradojurisdiccionalde Consulta,se debe verificarsifue acertadala Sentenciade Primera Instancia,en cuantonegó laspretensionesde lademanda bajoelargumentode queno se configuraron

loselementosparademostrarque entreelseñorJOSÉ DEL CARMEN VALOYES y RAFAEL MARÍA CASTRO MADERA existióuna relaciónlaboral o si por elcontrariodebe revocarse. FUNDAMENTOS "LEGALES PARA ESTE FALLO: HECHOS RELEVANTES PROBADOS: No se acreditó la existencia de un contrato verbal entreJOSÉ DEL CARMEN VALOYES y RAFAEL MARÍA CASTRO MADERA, como MotoristaparalaEmpresaInversioneslaEternidad CONCLUSIÓN Y DECISIÓN Es acertada la Sentencia dePrimeraInstanciaobjetode consulta,en cuanto negó las pretensiones de la demanda.

4. EL FALLO DEL TRIBUNAL En méritode lo expuesto,LA SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUIBDÓ, administrandojusticia en nombre de la República y por autoridad de laLey, RESUELVE: PRIMERO.- CONFIRMAR lasentenciaNo. 101 del 23 de junio de 2017, proferida por elJuzgado Primero Laboral del Circuito deQuibdó, conforme a lasrazones expuestasen elmarco de estaaudiencia.

SEGUNDO.- Sin costas en esta instancia.Fenecida la misma, devuélvase el expediente al Juzgado de origen. Las partes quedan notificadas enestrados,se declarócerradala audiencia a las 09:02a.m.y enconstancia se firma elacta respectiva,asícomo el control deasistencia. Se anexa controlde asistenciay audio.

LOS MAGISTRADOS,

EDITHWÍAZ/URRUTIA

WALDINO ORTIZ RESTREPO

SecretarioAd-hoc JUAN CARLOS SOCHA MAZO En uso de permiso.

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