TSDJ TUN SCF - 2017-0782-(19-06-2018)
Tribunal Superior de Tunja
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Detalles
- Título
- TSDJ TUN SCF - 2017-0782-(19-06-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Tunja
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2018
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TUNJA
FICHA DE RELATORIA
AUDIENCIA ORALIDAD
Versión 1.0
Página 1 de 1
IDENTIFICADOR
SALA ESPECIALIZADA SALA CIVIL-FAMILIA MAGISTRADO PONENTE MARÍA JULIA FIGUEREDO VIVAS TEMA Las causales de revisión son taxativas / No hay sentencia que indique que hubo colisión o fraude procesal para afectar los intereses de las partes en litigio teniendo en cuenta la prueba documental con la demanda de revisión/No se prueba el aporte de nuevas pruebas que pudieran hacer que se declarara la nulidad de lo actuado/
NUMERO DE PROCESO 2017-0782
CLASE PROCESO O DELITO ACCIÓN DE REVISIÓN
DEMANDANTE (ACCIONANTE) NAVIO SYSTEM LTDA EN LIQUIDACIÓN
DEMANDADO (ACCIONADO) JUAN MANUEL GARRIDO DE POMBO
CLASE DE ACTUACION
TIPO DE PROVIDENCIA SENTENCIA
FECHA 19 DE JUNIO DE 2018
DECISION NIEGA PRETENSIONES DE LA ACCIÓN DE REVISIÓN
FUENTE FORMAL CODIGO GENERAL DEL PROCESO OBSERVACIONES RESUELVE: Primero: Declara No fundadas, No probadas y No estructuradas la pretensión principal y las pretensiones subsidiarias que se registran en la demanda de revisión, y declara No estructurada, No fundada y No probadas en este proceso las causales invocadas por el demandante con sustento en los numerales 1º , 6 y 7 del artículo 355 del CGP. Por lo tanto la sentencia proferida en el proceso objeto de
proceso las causales invocadas por el demandante con sustento en los numerales 1º , 6 y 7 del artículo 355 del CGP. Por lo tanto la sentencia proferida en el proceso objeto de revisión permanece incólume. Segundo: Al no abrirse espacio la demanda y al no estar estructuradas las causales de revisión se condenará en costas a la parte demandante y se le sugiere revisar la conformación de las actuaciones procesales a las previsiones del artículo 79 del CGP. Tercero: Como agencias en derecho en esta instancia a favor de la parte demandada y a cargo de la parte demandante Navio System Ltda en liquidación se señala la suma de 4 SMLMV.