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TSDJ VIT SU - 152383103001201700154 01-(29-01-2017)

Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo

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Detalles

Título
TSDJ VIT SU - 152383103001201700154 01-(29-01-2017)
Autor
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2017

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO “PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN” Ley 1128 de 2007

SALA ÚNICA

RELATORIA

PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA – Priorización de la Indemnización administrativa

… En los asuntos de relevancia constitucional para los cuales el legislador ha previsto mecanismos ordinarios de reclamac ión y defensa jurídica, la jur isprudencia de esta Corporación ha dispuesto la necesidad de agotar previamente los mismos, para de esta forma evitar desnaturalizar la función del juez ordinario y de la propia acción de tutela. En este sentido, para eventos que involucran reclamaciones de tipo administrativo, será necesario agotar las acciones que para dichos efectos ha dispuesto la ley, como el derecho de petición, la acción de nulidad, nulidad y restablecimiento del derecho, y demás que se enmarcan dentro de la Ley 1437 de 2011.

Ahora bien, en el caso concreto de co munidades desplazadas por la violencia , que interponen acciones de tutela dirigidas a obtene r la protección de sus derechos fundamentales, la jurisprudencia constitucional ha señalado que el examen del requisito de subsidiaridad deberá ser flexible y acomodarse a las condiciones que ellos afrontan. De esta manera, si bien es cierto que pueden e xistir mecanismos de reclamación por ví a administrativa, que les permitan obtener la protección de sus derechos, no es menos cierto que el estado de necesidad e indefensión en el cual se encuentran, hace que la acción de tutela pueda convertirse en el inst rumento adecuado para la satisfacción de sus

administrativa, que les permitan obtener la protección de sus derechos, no es menos cierto que el estado de necesidad e indefensión en el cual se encuentran, hace que la acción de tutela pueda convertirse en el inst rumento adecuado para la satisfacción de sus necesidades.

Mag. Ponente: Eurípides Montoya Sepúlveda Providencia: Sentencia de fecha 29 de enero de 2017

Proceso: Tutela - Segunda Instancia Radicación: 152383103001201700154 01

Accionante: Pedro Rodríguez Acevedo y otros Accionado: Unidad de Atención y Reparación integral a las victimas

Decisión: Revoca

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