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TSDJ VIT SU - 152383103002202200057 01-(06-06-2024)

Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo

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Detalles

Título
TSDJ VIT SU - 152383103002202200057 01-(06-06-2024)
Autor
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2024

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO

_____________________ Relatoría

RECURSO DE APELACIÓN CONTRA AUTO – DECLARACIÓN DE DESIERTO: No sustentación.

Dentro del trámite una vez admitido el recurso propuesto por la parte demandante MARÍA MATILDE CORREA SANABRIA Y OTROS, contra la sentencia de 11 de abril de 2024, expedida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Duitama, se dispuso el traslado para sustentarlo por auto de 24 de mayo de 2024, sin que la parte demandante recurrente procediera a hacerlo, como consta en el informe secretarial de 05 de junio de 2024, por lo que se declarará desierto el recurso respecto de ésta conforme lo dispone el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022..1

REPUBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO SALA

UNICA

PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACION LEY 1128 de 2007

RADICACIÓN: 152383103002202200057 01

ORIGEN: JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DUITAMA

PROCESO: PERTENENCIA

PROVIDENCIA: AUTODECLARA DESIERTO RECURSO

DEMANDANTE:

DEMANDADO:

MARÍA MATILDE CORREA SANABRIA Y OTROS

JOSÉ ERNESTO CORREA SANABRIA Y OTROS

M. PONENTE:

JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL

Sala Unitaria

Santa Rosa de Viterbo, jueves, seis (06) de junio de dos mil

JOSÉ ERNESTO CORREA SANABRIA Y OTROS

M. PONENTE:

JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL

Sala Unitaria

Santa Rosa de Viterbo, jueves, seis (06) de junio de dos mil veinticuatro (2024)

Dentro del trámite una vez admitido el recurso propuesto por la parte demandante MARÍA MATILDE CORREA SANABRIA Y OTROS, contra la sentencia de 11 de abril de 2024, expedida por el Juz gado Segundo Civil del Circuito de Duitama , se dispuso el traslado para sustentarlo por auto de 24 de may o de 2024 , sin que la parte demandante recurrente procediera a hacerlo, como consta en el informe secretarial de 05 de junio de 2024 , por lo que se declarará desierto el recurso respecto de ésta conforme lo dispone el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022.

Por lo expuesto, esta Sala Unitaria,

R E S U E L V E:

Declarar desierto el recurso de apelación propuesto la parte demand ante recurrente, contra la sentencia de 11 de abril de 2024, expedida por el Juz gado Segundo Civil del Circuito de Duitama por no haberlo sustentado en esta segunda instancia.

Notifíquese y cúmplase,

JORGE ENRIQUE GOMEZ ANGEL

Magistrado Ponente

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