TSDJ VIT SU - 152383184001202200257 02-(30-05-2024)
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
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Detalles
- Título
- TSDJ VIT SU - 152383184001202200257 02-(30-05-2024)
- Autor
- Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- General
- Año
- 2024
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL
SANTA ROSA DE VITERBO
_____________________ Relatoría
RECURSO DE APELACIÓN DENTRO DE PROCESO CIVIL – DESIERTO: Ausencia de sustentación del recurso.
Dentro del trámite una vez admitido el recurso propuesto por la parte demandante contra la sentencia de 29 de abril de 2024, expedida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Duitama, se dispuso el traslado para sustentarlo por auto de 20 de mayo de 2024, sin que la parte demandante recurrente procediera a hacerlo, como consta en el informe secretarial de 30 de mayo de 2024, por lo que se declarará desierto el recurso respecto de ésta conforme lo dispone el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022.1
REPUBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL
SANTA ROSA DE VITERBO
SALA UNICA
PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACION LEY 1128 de 2007
RADICACIÓN: 152383184001202200257 02
ORIGEN: JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE DUITAMA
PROCESO: DECLARACIÓN UNIÓN MARITAL DE HECHO
PROVIDENCIA: AUTODECLARA DESIERTO RECURSO
DEMANDANTE:
DEMANDADO:
JUAN CARLOS CELY
HEREDEROS DE MARÍA HELENA ZEA CARVAJAL
M. PONENTE:
JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL
Sala Unitaria
DEMANDANTE:
DEMANDADO:
JUAN CARLOS CELY
HEREDEROS DE MARÍA HELENA ZEA CARVAJAL
M. PONENTE:
JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL
Sala Unitaria
Santa Rosa de Viterbo, jueves, treinta (30) de mayo de dos mil veinticuatro (2024)
Dentro del trámite una vez admitido el recurso propuesto por la parte demanda nte contra la sentencia de 29 de abril de 2024 , expedida por el Juz gado Primero Promiscuo de Familia de Duitama, se dispuso el traslado para sustentarlo por auto de 20 de mayo de 2024 , sin que la parte demandante recurrente procediera a hacerlo, como consta en el informe secretarial de 30 de mayo de 2024 , por lo que se declarará desierto el recurso respecto de ésta conforme lo dispone el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022.
Por lo expuesto, esta Sala Unitaria,
R E S U E L V E:
Declarar desierto el recurso de apelación propuesto la parte demand ante recurrente, contra la sentencia de 29 de abril de 2024 , expedida por el Juz gado Primero Promiscuo de Familia de Duitama por no haberlo sustentado en esta segunda instancia. Notifíquese y cúmplase,
JORGE ENRIQUE GOMEZ ANGEL
Magistrado Ponente