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TSDJ VIT SU - 152443189001201600003-01-(31-05-2016)

Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo

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Detalles

Título
TSDJ VIT SU - 152443189001201600003-01-(31-05-2016)
Autor
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2016

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Departamento de Boyacá

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE

VITERBO “PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN” Ley 1128 de 2007

SALA ÚNICA

Clase de Proceso: Causa Penal Radicación: 152443189001201600003-01

Acusados: William Alberto Carreño Y Otros

Delito: Rebelión

Procedencia: Juzg. Prom. del Cto. El cocuy

Motivo: Cambio de Radicación

Decision: Asigna Duitama

Magistrado Ponente: Eurípides Montoya Sepúlveda

REBELIÓN-Cambio de RadicaciónAsigna a Juez penal del Circuito Duitama

La Fiscalía Catorce Delegada ante el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy solicita el cambio de radicación, entre otras por las siguientes razones (…)Se ha fijado dos fechas para la audiencia de acusación, pero no se ha podido evacuar, porque no han sido trasladados por problemas de orden público.

Por la calidad de los acusados, existen motivos serios que permiten advertir un posible rescate durante los traslados con lo que se pondría en peligro al personal de custodia e incluso a los funcionarios judiciales y de la Fiscalía, es decir, que se presentan varias causas que aconsejan que el juzgamiento no se adelante en el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy. Se dispone como lugar para el Juzgamiento el Circuito de Duitama, Juzgado Penal del Circuito al que

presentan varias causas que aconsejan que el juzgamiento no se adelante en el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy. Se dispone como lugar para el Juzgamiento el Circuito de Duitama, Juzgado Penal del Circuito al que corresponda por reparto.Causa Penal núm. 152443189001-2016-00003-01. 2

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Departamento de Boyacá

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE

VITERBO

“PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN” Ley 1128 de 2007

SALA ÚNICA

Clase de Proceso: Causa Penal Radicación: 152443189001-2016-00003-01

Acusados: William Alberto Carreño Y Otros

Delito: Rebelión

Procedencia: Juzg. Prom. del Cto. El cocuy

Motivo: Cambio de Radicación

Decision: Asigna Duitama

Magistrado Ponente: Eurípides Montoya Sepúlveda

Santa Rosa de Viterbo, Boyacá, …(..) mayo de dos mil dieciséis (2016). Hora:

ASUNTO POR DECIDIR:

La solicitud de cambio de radicación formulada por la Fiscalía Catorce Delegada ante el Juzgado Promiscuo del C ircuito de El Cocuy avalada por el señor Juez por similares razones.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:

1.- Por el factor territorial de la competencia, el Juzgado promiscuo del Circuito de El Cocuy viene conociendo de la causa seguida a varios miembros de la

similares razones.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES:

1.- Por el factor territorial de la competencia, el Juzgado promiscuo del Circuito de El Cocuy viene conociendo de la causa seguida a varios miembros de la organización guerrillera E. L. N. 2.- La Fiscalía Catorce Delegada ante el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy solicita el cambio de radicación, entre otras por las siguientes razones:Causa Penal núm. 152443189001-2016-00003-01. 3

2.1.- Los acusados fueron capturados el 30 de septiembre de 2015 por miembros del Ejército Nacional y se encuentran detenidos, CARREÑO VELANDIA, LÉGUIZAMO RAMÍREZ y CABALLERO GIRALDO en el Establecimiento Penitenciario de Mediana y Alta Seguridad de Cómbita, y TEGRIA TEGRIA, miembro de la comunidad Uwá, en el Centro Carcelario “El Olivo” de Santa Rosa de Viterbo.

2.2.- Uno de los acusados, WILMAR ALBERTO CARREÑO VELANDIA, es conocido como alias “NILSON”, cabecilla de la Comisión Centra l y segundo del Frente Adonaí Pinilla. Los demás forman parte de la misma cuadrilla.

2.3.- Se ha fijado dos fechas para la audiencia de acusación, pero no se ha podido evacuar, porque no han sido trasladados por problemas de orden público. Resalta que el traslado por tierra de los detenidos dura entre 6 y 7 horas y se debe pasar por el páramo de Güinas, entradas a los municipios de Socha, Socotá , Onzaga

que el traslado por tierra de los detenidos dura entre 6 y 7 horas y se debe pasar por el páramo de Güinas, entradas a los municipios de Socha, Socotá , Onzaga (Santander), Susacón, e n los que ha existido fuerte presencia de la organización guerrillera.

2.4.- Recuerda hechos de alteración del orden público reciente como la muerte de los 11 soldados y un policía, 22 heridos y un secuestrado en el municipio de Güicán en las elecciones del pasado 25 de octubre, así como el bloqueo al parque natural de la Sierra Nevada por parte de la comunidad Uwá.

3.- El Juzgado avala la solicitud por similares razones.

El artículo 46 de la Ley 906 de 2004, en cuanto a la finalidad y procedencia del cambio de radicación, dispone:

“El cambio de radicación podrá disponerse excepcionalmente cuando en el territorio donde se esté adelantando la actuación procesal existan circunstancias que puedan afectar el orden público, la imparcialidad o la independenc ia de la administración de justicia , las garantías procesales, la publicidad del juzgamiento, la seguridad o integridad personal de los intervinientes, en especial de las víctimas, o de los servidores públicos”.

4.- Por la calidad de los acusados, uno de ellos, un cabecilla importante de la agrupación guerrillera que tiene fuerte presencia en la zona , y otro, miembro de laCausa Penal núm. 152443189001-2016-00003-01. 4

comunidad nativa de los Uwá, muy activa en los últimos tiempos, al punto de no

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comunidad nativa de los Uwá, muy activa en los últimos tiempos, al punto de no permitir el ingreso al parque natural que se ubica en l a zona (municipios del Cocuy y Güicán), existen motivos serios que permiten advertir un posible rescate durante los traslados con lo que se pondría en peligro al personal de custodia e incluso a los funcionarios judiciales y de la Fiscalía, es decir, que s e presentan varias causas que aconsejan que el juzgamiento no se adelante en el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy.

5.- Vistas las condiciones del Distritos, las facilidades de traslado de los detenidos y la se guridad de los mismos , se dispone como lugar para el Juzgamiento el Circuito de Duitama, Juzgado Penal del Circuito al que corresponda por reparto.

D E C I S I Ó N :

En mérito a lo expuesto, LA SALA CUARTA DE DECISIÓN DE LA SALA ÚNICA

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE

VITERBO, BOYACÁ,

R E S U E L V E:

PRIMERO: DISPONER el cambio de radicación para el juzgamiento dentro de la causa de la referencia y ASIGNAR para el efecto el Circuito Penal de Duitama, despacho al que corresponda por reparto.

SEGUNDO: ORDENAR la remisión de la actuación a la oficina de Reparto de Duitama y COMUNICAR esta decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy y a las partes e intervinientes.

Contra esta decisión no proceden recursos.

C Ú M P L A S E.

Duitama y COMUNICAR esta decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de El Cocuy y a las partes e intervinientes.

Contra esta decisión no proceden recursos.

C Ú M P L A S E.

EURIPÍDES MONTOYA SEPÚLVEDA

Magistrado

LUZ PATRICIA ARISTIZÁBAL GARAVITOCausa Penal núm. 152443189001-2016-00003-01.

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Magistrada

JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL

Magistrado

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