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TSDJ VIT SU - 156932208000202400195 00-(15-10-2024)

Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo

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Detalles

Título
TSDJ VIT SU - 156932208000202400195 00-(15-10-2024)
Autor
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2024

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO

_____________________ Relatoría

RECHAZO DE HABEAS CORPUS – INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ADVERTIDOS POR QUIEN ADUJO ACTUAR COMO AGENTE OFICIOSO DE TODOS LOS RECLUSOS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO Y CARCELARIO: No allegó nuevo escrito de habeas corpus

con la identificación de la persona en cuyo favor la promovió, las circunstancias concreta sobre las que alude vulneración, y la indicación bajo la gravedad de juramento que no ha promovido petición igual o informando si ya se encuentra en trámite ante alguna autoridad como quiera que mencionó “125 jueces ubicados en toda Colombia deben esperar recibir una sola petición”, por lo que se procederá con su rechazo.REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO

SALA ÚNICA

PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN LEY 1128 de 2007

RADICACIÓN: 156932208000202400195 00

PROCESO: HABEAS CORPUSPRIMERA

PROVIDENCIA: RECHAZA

ACCIONANTE: GLEN ROSS

ACCIONADO: EPMSC SANTA ROSA DE VITERBO

M. PONENTE: JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL

Sala Unitaria

Santa Rosa de Viterbo, miércoles, quince (15) de octubre de dos mil Veinticuatro (2024)

Se procede a resolver sobre la admisión de la acción de Habeas Corpus formulada por Glen Ross, quien manifiesta actuar en calidad de agente oficioso de todos los reclusos del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Santa Rosa de Viterbo, trámite que previamente por auto d e 15 de octubre del corriente, se inadmitió por advertir la existencia de yerros en el escrito de la solicitud y sin el cumplimiento d e los requisitos previstos en el artículo 4° e la

corriente, se inadmitió por advertir la existencia de yerros en el escrito de la solicitud y sin el cumplimiento d e los requisitos previstos en el artículo 4° e la ley 1095 de 2006 , para tramitar la presente acción, por tal motivo se otorgó el termino de dos (2) horas para subsanar so pena de rechazo.

Se encuentra que, en el término otorgado, el solicitante no allegó nuevo escrito de habeas corpus con la i dentificación de la person a en cuyo favor la promovió, las circunstancias concreta sobre las que alude vulneración, y la indicación bajo la gravedad de juramento que no ha promovido petición igual o informando si ya se encuentra en trámite ante alguna autoridad como quiera que mencionó “125 jueces ubicados en toda Colombia deben esperar recibir una sola petición”, por lo que se procederá con su rechazo.

En consecuencia, esta Sala Unitaria,156932208000202400195 00 2

R E S U E L V E :

Primero: Rechazar la acción de Habeas Corpus formulada por Glen Ross, quien manifiesta actuar en calidad de agente oficioso de todos los reclusos del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Santa Rosa de Viterbo , en virtud de lo expuesto.

Segundo: Comunicar inmediatamente la decisión a las partes.

Notifíquese y cúmplase,

JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL

Magistrado Sustanciador

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