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TSDJ VIT SU - 157593103001201900088-(13-09-2019)

Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo

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Detalles

Título
TSDJ VIT SU - 157593103001201900088-(13-09-2019)
Autor
Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2019

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

SANTA ROSA DE VITERBO

_____________________ Relatoría

TUTELA/ IMPROCEDENCIA POR NO PROBARSE EL PERJUICIO IRRE MEDIABLE: Por tratarse de pronunciamiento final de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez debe acudirse a la justicia ordinaria laboral. La acción invocada por Luis Vargas Colmenares, concedida por la primera instancia, es clarame nte improcedente, porque existe otro medio de defensa como es el judicial ante los jueces del trabajo, y no se acreditó por el interesado la existencia de un perjuicio irremediable que lo afectara. Lo anterior, por cuanto se pretende que se re-exami ne por el juez de tutela, un dictamen emitido por l a Junta Nacional de Calificación de Invalidez, el cual de acuerdo con la normatividad es la última instancia en el trámite administrativo cuando ocurre la oposición a la c alificación de la incapacidad laboral que ha hech o la ARL, pues como se determina claramente, es inconfo rmidad fue argüida por el Accionante, y por esa ra zón se hizo el trámite administrativo ante la Junta de Calificación Regional de Invalidez de Boyacá, y luego ante la apelación, se pronunció finalmente la señalad a Junta Nacional de Calificación de Invalidez, si tuación que impone que cualquier inconformidad de Luis Vargas C olmenares, deba ser resuelta por la justicia ordina ria laboral.

impone que cualquier inconformidad de Luis Vargas C olmenares, deba ser resuelta por la justicia ordina ria laboral. En consecuencia, ante la existencia de un medio de defensa eficaz, como es el judicial, se revocará la decisión, resultando improcedente la acción.

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