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TSDJ VVC SCF - 500013110002 2011 00437 01-(07-03-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCF - 500013110002 2011 00437 01-(07-03-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO SALA CIVIL FAMILIA

Magistrado Ponente: GABRIEL MAURICIO REY AMAYA Ref: Proceso de unión marital de hecho de Luz Mery Beltrán González

contra de los Herederos Marco Idolfo Vaca Romero. Expediente No 500013110002 2011 00437 01. En Villavicencio, Meta, a los siete (07) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018), siendo las diez y cincuenta (10:50 a.m.), se reunieron en la Sala los Magistrados DELFINA FORERO MEJÍA, ALBERTO ROMERO ROMERO y GABRIEL MAURICIO REY AMAYA, quien actúa como ponente, con el fin de dar inicio a la Audiencia de Alegaciones y Fallo que trata el artículo 327 del Código General del Proceso, para de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte actora frente a la sentencia proferida el 12 de diciembre de 2016 por el Juzgado Segundo de Familia de Villavicencio, Meta, dentro del proceso ordinario de declaración de existencia de unión marital de hecho y sociedad patrimonial adelantado por Luz Mery Beltrán González contra los herederos de Marco Idolfo Vaca Romero. Concurren a la audiencia los demandantes, Yeisson Stivel Vaca Beltrán identificado con cédula de ciudadanía No. 1.119.887.164 de CumaralMeta, Luz Mery Beltrán González identificada con cédula de

ciudadanía No. 21.181.630 de Restrepo-Meta, sin hacerse presente su apoderado; los demandados, Marco Idolfo Vaca Carlosama identificado con cédula de ciudadanía 1.119.887.152 de Cumaral, Meta, Luz Estella Bacca Salgado identificada con cédula de ciudadanía No. 21.182.966 de Cumaral MetaComo quiera que el profesional del Derecho que representa los intereses de la parte recurrente no se hizo presente a estas diligencias, y tampoco obra justificación de su inasistencia, se profiere auto declarando desierto el recurso de apelación interpuesto, por falta de sustentación. Envíese las diligencias al despacho de origen para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

GABRIEL

MAURIdlO REY AMAYA

Magistrado/ Ponente ■ >

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