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TSDJ VVC SCF - 50001311002 2015 00564 01-(12-03-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCF - 50001311002 2015 00564 01-(12-03-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2015

Tribunal Superior de Villavicencio Sala Civil Familia TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO SALA CIVIL FAMILIA Magistrado Ponente GABRIEL MAURICIO REY AMAYA Villavicencio, doce (12) de marzo de dos mil dieciocho (2018). '"“'Kf.: Unión marital de hecho de Cáterin Lorena Márquez contra Farley Carvajal Rey. ' \ " V Expediente No. 50001311002 2015 00564 01. ■ir ■ ■ ^ En Villavicencio, Meta, a los doce (12) días del mes de marzo de dos mil f dieciocho (2018), siendo las dos y treinta (02:30 p.m.) de la tarde, hora y fecha previamente señaladas, los Magistrados DELFINA FORERO MEJÍA, ALBERTO ROMERO ROMERO y GABRIEL MAURICIO REY AMAYA, quien actúa como ponente, todos integrantes de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Villavicencio, Meta, se constituyen en la AUDIENCIA PÚBLICA de que trata el penúltimo inciso del artículo 327 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), con el fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia del 13 de diciembre de 2016, dictad a por el Juzgado Segundo de Familia dei Circuito de Villavicencio, en el juicio de unión marital de hecho y sociedad patrimonial impulsado por Cáterin Lorena Márquez contra Farley Carvajal Rey. Se hace presente el apoderado de la parte demandante el Doctor Octavio

Arévalo Trigos identificado con cédula de ciudadanía No. 17.386.919 de Puerto López y Tarjeta Profesional No. 140.503 del C.S.J., junto a su poderdante, Cáterin Lorena Márquez Díaz identificada con cédula de ciudadanía No. 1.121.908.284 de Villavicencio-Meta; el apoderado de la parte demandada el Doctor Luis Alberto Loaiza Giraldo identificado con cédula de ciudadanía No. 7.490.907 de Granada y Tarjeta Profesional No.125.170 del C.S.J., y su poderdante Farley Carvajal Rey identificado con cédula de ciudadanía No. 17.415.183 de Acacias, Meta. • tnma ja s¡gU ¡ ent e;República de Colombia DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, administrando justicia en nombre de la República y por autóridad de la Ley, COFIRMAR la sentencia apelada. Costas a cargo de la parte apelante, fíjense como agencias en derecho la suma de $2.000.000. Devuélvase el expediente al Juzgado de Origen para lo de su cargo y competencia. La presente decisión queda notificada en estrados. No siendo otro el objeto de la presente se termina y se deja constancia que todo lo actuado en esta audiencia quedó registrado en el medio técnico de audio y video provisto por el Consejo Superior de la Judicatura, del cual se aportará copia en DVD al expediente,

conservándose una grabación en los equipos de cómputo de este estrado judicial. En acta se hará constar el objeto de esta diligencia, se’ consignará el nombre todos los asistentes a la misma y se transcribirá la parte resolutiva de la sentencia. Las partes quedan autorizadas para que, si a bien lo tienen, obtengan copia de la grabación correspondiente, previo suministro de los medios y/o expensas a que haya lugar. Los Magistrados.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(En uso de permiso)

DELFINA FORERO MEJÍA

Magistrada Tribunal Superior de Villavicenáo Sala Civil Familia

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