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TSDJ VVC SCFL - 500012205002 2018 00054 00-(21-01-2019)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCFL - 500012205002 2018 00054 00-(21-01-2019)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2018

I Radicación: 500012205002 2018 00054 00

Proceso: Incidente de Regulación de Honorarios

. 1ncidentante: Lizeth DadianaTurriago Fajardo lncidentado: Luz Amparo L<)pezLucio

TRIBUNAL 'SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

VILLAVICENCIO

SA):.,A CIVIL FAMILIA LABORAL

MAGISTRADO ~ONENTE: RAFAEL ALBEIRO CHAVARRO POVEDA Villavicencio, ve ntiuno (21) de enero de dos mil diecinueve (2019). AUTO Sería el caso dar trámite al incidente de regulación de honorarios de la referencia, sirio fuera porque el suscrito considera que debe ser conocido por el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILL¡\VICENCIO, conforme a la siguientes CONSIDERACIONES 1.- El incidente de regulación de honorarios encuentra sustento en el artículo 76 del C.G.P, que establece: "El poder termina con la radicación en secretaría del escrito en virtud del cual se revoque o se designe otro apoderado, a menos que el nu euo poder se hubiese otorgado para recursos o gestiones debermin ad.a.s dentro del proceso. El auto que admite la revocación no tendrá re cu.rs o.s. Dentro 'de los treinta (30) días siguientes a la notificación de dicha providencia, el apoderado a quien se le haya revocado el poder podrá pedir al juez que se regulen sus honorarios! mediante incidente que se tramitará con independencia del

proceso o de la actuación posterior. Para la determinación delI Radicación:5000 12205002 ~018 00054 00

Proceso: Incidenre de Regulación de Honorarios

Incidentante: Lizeth Dadiana Turriago Fajardo Incidentado: Luz Amparo López Lucio monto de los honorarios el Juez tendrá como base el respectivo contrato y los criterios señalados en este código para la fijación de las agencias en derecho. Vencido el término in.dicado, la regulación de los honorarios podrá demandarse ante el juez laboral." 2.- Con f un darne n to en esa disposición se dio inicio a este incidente, el cual tiene por objeto que se regulen los honorarios eventualmente causados con ocasión del mandato ejercido por la abogada LIZETH DADIANA TURRIAGO FAJARDO en favor de la señora LUZ AMPARO LÓPEZ LUCIO, en el proceso ordinario laboral con radicación No. 500013105002 2015 00716 00 que

cursó en el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO. 3.- Como el expediente contentivo de aquel proceso ordinario se encuentra en este despacho, a la espera de resolver sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto contra la sen t en cia J, se efectuó una revisión de lo actuado en relación con el mandato enunciado, encontrando lo siguiente: • En primera instancia, la señora LUZ AMPARO LÓPEZ LUCIO quien fue llama da como litisconsorte necesaria por pa siva ,

confirió poder a la abogada LIZETH DAD lANA TURRIAGO FAJARO para que la representara judicialmente, el cual fue reconocido en la act u ac ióna. • Con ocasión a dicho mandato se presentó escrito de contestación de la demanda y se agotaron otras actuaciones, específicamente, la primera audiencia de tr á.mit.e>. 1 El proceso ordinario laboral 'con radicación No. 500013105002 201500716 00 iniciado por MARÍA ANTONIETA JARAMILLO contra COLPENSIONES, litisconsorte necesaria por pasiva LUIZ AMPARO LOPEZ LUCIO fue recibido por este despacho el II de octubre de 2018, Yse encuentra pendiente para decidir sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto por unade las partes contra la sentencia proferida el 15 de agosto de 108. , Folio 80 y 119 C.I. ibídem. 3 Folios 81 a 87 y 129-130 c.i. ídem. 2i Radicación:5000 12205002 ~O18 00054 00

Proceso: Incidente de Regulación de Honorarios

Incidentante: Lizeth Dadiana Turriago Fajardo Incidentado: Luz Amparo López Lucio • Previo a la fecha programada para llevar a cabo la segunda audiencia de 'trámite, la señora LUZ AMPARO LÓPEZ LUCIO presentó memoriales en los que informó que revocaba el poder conferido a la abogada LIZETH DAD lANA TURRIAGO FAJARO, par a otorgárselo al abogado JAIVER DOMÍNGUEZ

RICAURTE4 • El 15 de agosto de 2018, el JUEZ SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DB VILLAVICENCIO se pronunció sobre esos escritos, afirmando: "se reconoce personería para actuar al Doctor Javier Domínguez Ricaurte como apoderado de la señora Luz amparo López Lucio". • En esa fecha se agotaron las etapas de práctica de pruebas,! . alegatos de co n clus í ó n y sentencia, providencia que fue apelada, recurso en virtud del cual, el expediente se encuentra en esta instancia. 4.- Conforme lo expuesto, siendo que el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO conoció y decidió sobre la revocatoria del poder en la que se sustenta el incidente de regulación de ho no rar io s que ahora se interpone, es a ese despacho al qu e le corresponde impartirle el trámite correspondien te. Lo anterior, SIn importar que el expediente se encuentre en esta instancia pendiente para decidir so bre 'la admisión del recurso de apelación contra sentencia, pues así lo dispone el artículo 76 del C.G.P. al consagrar que ese trámite incidental se inicia ante el Juez quien debe proceder "con independencia del proceso o actuación posterior'). 5.- En ese orden de ideas, no se emitirá pronunciamiento sobre el incidente de regulación de honorarios en esta instancia, en su lugar, se ordenará la devolución de este expediente a la Oficina 'Folios 137-138Y 147-148C.1.ídem 3

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