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TSDJ VVC SCFL - 500013105002 2013 00206 02-(17-07-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCFL - 500013105002 2013 00206 02-(17-07-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2013

Tomo x. ~. 213 'f"o\\o 328

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE VILLAVICENCIO

SALA DE DECISIÓN

CIVIL - FAMILIA - LABORAL

MAGISTRADO PONENTE

RAFAEL ALBEIRO CHAVARRO PO VEDA

JUAN LUCAS DAZA

GUILLERMO TORRES

BERNAL.

Radicación No: 50001310500220130020602

Proceso: Demandante:

Demandado: Ordinario Laboral Acta w.5.fL En Villavicencio, Meta,· a los diecisiete (17) días del mes de julio de dos mil dieciocho (2018), siendo la hora de las diez y cinco minutos de la mañana (10:05 a. m.), los integrantes de la Sala de Decisión Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito de Villavicencio, se constituyeron en AUDIENCIA, con el fin de resolver el recurso de apelación interpuesto" por el demandante contra la sentencia proferida el 30 de noviembre de 2015 por el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, en el asunto de la referencia.

A la audiencia compareció: El apoderado judicial del demandante, doctor JOSE GRATINIANO ALVÁREZ TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 17319877 de Villavicencio y T. P. No. 41219,

del C. S. J. 1El apoderado judicial del demandado, doctor RAFAEL ALBERTO GARclA NOCUA, identificado con la cédula de ciudadanía No.

13348272 de Pamplona, y T. P. No; 16965, del C. S. J. Se les concedió el uso de la palabra para su presentación y formulación de alegaciones, derecho del que hicieron uso. Se declara precluído el término para presentar alegaciones en esta instancia. DECISIÓN NOTIFICADA EN ESTRADOS. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Civil - FamiliaLaboral del TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley.

RESUELVE: PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia apelada, proferida el 30 de noviembre de 2015, por el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL

CIRCUITO DE VILLAVICENCIO.

SEGUNDO. CONDENAR en costas de esta instancia al demandante en favor del demandado. FIJAR como agencias en derecho en esta instancia, la suma correspondiente al valor de 1 salario mínimo mensual legal vigente, equivalente a $781. 242. Se LIQUIDARÁN de manera concentrada por el Juzgado de primera instancia (artículo 366 del CGP). TERCERO. Por, Secretaría, DEVUÉLVASE el expediente al, juzgado de origen, previas las anotaciones de rigor. Esta providencia queda NOTIFICADA EN ESTRADOS. 2-~_... No siendo otro el objeto de la pre serite diligencia, la misma se da por terminada,. firmándose acta por qure ne s en ella

intervinieron, siendo las once y veinte mihutos del día (11 :20 a.rn.] , dejando constancia que todo 10 acontecido en esta audiencia queda registrado en medio técnico de audio y video suministrado por el Consejo Superior de la Judicatura y del cual se aportará al expe dien te un OVO,. conservándose la misma en el disco duro de los equipos de cómputo del estrado .. Desde ya se autoriza a las' partes para que obtengan copia de las grabaciones de esta audiencia, previo suministro de los medios correspondien tes. RAFAEL AL AVARRO POVEDA Original firmado

DELFINA FORERO MEJÍA

'Magistrada ,.. Original firmado

4LBERTO ROMERO ROMERO

Magistrado 3v

GARCÍA NOCUA

A.poderado Judic al Demandado , Original firm.ado DANIELA MARTÍNEZ ZAMBRANO Secretaria ad hoc 4

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