TSDJ VVC SCFL - 500013110003 2017 00251 01-(31-10-2018)-1
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SCFL - 500013110003 2017 00251 01-(31-10-2018)-1
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2017
TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO
SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL
HOOVER RAMOS SALAS MagistradoPonente Villavicencio(Meta),treinta y uno(31)deoctubrededosmildieciocho(2018).
CLASE DE
FAMILIA - UNiÓN MARITAL DE HECHOPROCESO
DEMANDANTE(S) NELSON RICO MICAN.
DEMANDADO(S) BLANCA LlGIA MARINO CÓRDOBA.
RADICACiÓN 50001.31.10.003.2017.00251.01
CLASE DE SUSTENTACiÓN y FALLO - SEGUNDA INSTANCIAAUDIENCIA En Villavicencio (Meta), hoy treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciocho (2018), siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.), fecha y hora previamente señalada, los Magistrados de Sala Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio, ALBERTO ROMERO ROMERO (ausencia justificada), DELFINA FORERO MEJIA Y HOOVER RAMOS SALAS, quien actúa como ponente, constituyen el recinto en AUDIENCIA PÚBLICA, según el artículo 327 del Código General del Proceso con la finalidad de dirimir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia que data doce (12) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), dictada por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Villavicencio. A la audiencia compareció el doctor José Libardo Fernández Muñoz,
identificado con cédula de ciudadanía No.17.306.488 de Villavicencio y portador de la tarjeta profesional No. 96.537 del C.S.J., apoderado de la parte demandante, Nelson Rico Mican, identificado con cédula de ciudadanía No. 438.409 de Usaquén. También comparece la doctora Cecilia Fierro de Rodriguez, identificada con cédula de ciudadania No.41.461.526 de Bogotá y portadora de la tarjeta profesional No. 64.448 del C.S.J., apodera de la parte demandada. Auto Evidenciando el memorial poder que suscribe la señora Ada Sánchez Rodríguez, identificada con cédula de ciudadanía No. 40.400.099 de Villavicencio, portadora de la tarjeta profesional No. 118.288 del C.S.J., en donde otorga mandato para este proceso a la doctora Cecilia Fierro de Rodríguez, identificada con cédula de ciudadanía No.41.461.526 de Bogotá y portadora de la tarjeta profesional No. 64.448 del C.S.J , es reconocida\\
Especialidad: Proceso:
Demandante: Demandados:
Radicación:
Decisión:
Familia Unión Marital de Hecho NelsonRicoMicán. BlancaLigiaMariñoCórdoba. 50001.31.10.003.2017.00251.01 Sentencia de Segunda Instancia personería, a esta profesional para que represente a la demandada en este proceso en los términos y fines descritos en el documento. La presente decisión queda notificada en estrados.
Luego de escuchar la sustentación de la parte apelante, así como la réplica de su contraparte, previa deliberación de sus miembros, esta Sala de Decisión, profiere la sentencia cuya parte resolutiva reza:
5. DECISiÓN: A mérito de lo brevemente expuesto, esta Sala de Decisión Civil-FamiliaLaboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia dictada en audiencia pública que data doce (12) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), celebrada por el Juzgado Tercerode Familiadel CircuitodeVillavicencioen el procesodeclarativo de unión marital de hecho promovido por el señor Nelson Rico Micán contra la señora BlancaLigiaMariñoCórdoba,segúnexplicaelargumento.
SEGUNDO: CONDENAR en costas procesales de esta instancia a la parte demandada vencida en el recurso vertical, regulando las agencias en derecho en este grado de conocimiento en un salario mínimo mensual legal vigente (1 S.M.M.L.V.),valor que deberá incluirseen la liquidación concentrada, segúnel artículo366,inciso 10 delCódigoGeneraldel Proceso.
TERCERO: AUTORIZAR la devolución del expediente a la oficina de origen, previoregistrodelegreso.
CUARTO: NOTIFICARen estradosestaprovidencia(artículo294 ibídem).
Agotadoel objetode la presentese autorizasu clausura,dejandoconstancia que
toda la actuaciónquedó registradaen el mediotécnicode audio y video provisto porel ConsejoSuperiorde laJudicatura,documentoque seagregaráen copiade OVOal expediente, conservandouna grabación en los equipos de cómputo de esta corporación. En acta se hará constar el objeto de esta diligencia, consignandoel nombrede todoslosasistentesy setranscribirálaparte resolutiva de la sentencia. Las partes quedan autorizadas para obtener copia de la grabación correspondiente,previosuministrode los medios y/o expensas a que hayalugar. 2•
Especialidad: Proceso:
Demandante: Demandados:
Radicación:
Decisión:
\(.._ Familia Unión Marital de Hecho Nelson Rico Micán. Blanca Ligia Mariñc Córdoba. 5000 1.31.10.003.2017.00251.01 Sentencia de Segunda Instancia
RTO ROMERO R
Magistrado (En uso de permiso) ~·7L._;;p~.
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Magistrada 3