TSDJ VVC SCFL - 50006313001 2015 00124 01-(06-03-2018)
Tribunal Superior de Villavicencio
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Detalles
- Título
- TSDJ VVC SCFL - 50006313001 2015 00124 01-(06-03-2018)
- Autor
- Tribunal Superior de Villavicencio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2015
Proceso No: 500063113001 2015 00124 01
Demandante: MARCO AURELIO RUIZ RUIZ ,
Demandados: LUIS RODOLFO Y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GOMEZ
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO SALA CIVILFAMILIALABORAL Radicación No. 500063113001 2015 00124 01
REF: Proceso Ordinario Laboral promovido por MARCO
AURELIO RUIZ RUIZ, en contra de LUIS RODOLFO y ÉDGAR
AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ.
MAGISTRADA PONENTE: DELFINA FORERO MEJÍA
AUDIENCIA DE TRÁMITE Y JUZGAMIENTO ACTA No. 025 DE 2018
En Villavicencio, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), siendo la hora de las cuatro y cinco minutos de la tarde (4:05 pm), la SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, conformada
por los Magistrados RAFAEL ALBEIRO CHAVARRO POVEDA, GABRIEL MAURICIO REY AMAYA y DELFINA FORERO MEJÍA, quien hoy preside como Ponente, se constituyó en la AUDIENCIA DE TRÁMITE Y JUZGAMIENTO prevista en el artículo 8 2 del Código de Procedimiento Laboral, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, con el fin de resolver el RECURSO DE APELACIÓN
interpuesto por el demandante en contra de la Sentencia proferida el día 2 de diciembre de 2015, por el Juzgado Civil del Circuito de Acacias, en el Proceso Ordinario Laboral adelantado por el señor MARCO AURELIO RUIZ RUIZ, en contra de los señores LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ, Radicado No. 500063113001 2015 00124 01.
REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICOProceso No: 500063113001 2015 00124 01
Demandante: MARCO AURELIO RUIZ RUIZ , Demandados: LUIS RODOLFO Y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GOMEZ A la audiencia comparecieron el apoderado judicial del demandante, doctor ÁLVARO CÉSPEDES ESPINOSA, identificado con cédula de
ciudadanía No. 2’283.552 de Chaparral (Tolima) y T.P. No. 44.057 del
C. S. de la Judicatura y la apoderada judicial de los demandados, doctora SANDRA LUCÍA SÁNCHEZ PU LECIO, identificada con cédula
de ciudadanía No.39’688.569 de Bogotá D.C. y T.P. No. 57.797 del C.
S. de la Judicatura, a quienes se les concedió el uso de la palabra para su presentación y formulación de alegaciones, derecho del que hicieron uso.
DECISIONES NOTIFICADAS EN ESTRADOS. r ■ - Se declaró precluído el término para presentar alegaciones de
segunda instancia. DECISIONES NOTIFICADAS EN ESTRADOS. En consecuencia, la SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley. i RESUELVE: PRIMERO. REVOCAR la sentencia apelada, proferida el día 2 de diciembre de 2015, por el Juzgado Civil del Circuito de Acacias, en el Proceso Ordinario Laboral adelantado por el señor MARCO AURELIO RUIZ RUIZ, en contra de los señores LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ, para en su lugar, hacer las siguientes declaraciones y condenas:
1. DECLARAR no probada la excepción de INEXISTENCIA DE LOS REQUISITOS PARA LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO LABORAL propuesta los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO
CAMACHO GÓMEZ.
2. DECLARAR que entre el demandante MARCO AURELIO RUÍZ, como trabajador, y los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ, en calidad de empleadores,Proceso No: 500063113001 2015 00124 01
Demandante: MARCO AURELIO RUIZ RUIZ , Demandados: LUIS RODOLFO Y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GOMEZ existieron dos (2) contratos de trabajo, así: El primero , con vigencia entre el 20 marzo del 2004 y el 30 de noviembre del 2007; y el segundo , entre el 1 o de marzo del 2008 y el 24 de marzo de 2014, con los salarios especificados en la parte motiva.
3. CONDENAR a los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO
y el segundo , entre el 1 o de marzo del 2008 y el 24 de marzo de 2014, con los salarios especificados en la parte motiva.
3. CONDENAR a los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ, a pagar a favor del demandante MARCO AURELIO RUIZ RUIZ, los siguientes conceptos y sumas de dinero:
3.1. - RESPECTO DEL PRIMER CONTRATO DE TRABAJO:
o Por CESANTÍAS:
o Por INTERESES SOBRE LAS CESANTÍAS:
$164.645
o Por PRIMAS DE SERVICIOS:
o Por COMPENSACIÓN VACACIONES:
3.2. - CON RELACIÓN AL SEGUNDO CONTRATO DE
TRABAJO:
o Por DIFERENCIAS SALARIALES
o Por CESANTÍAS:
o Por INTERESES SOBRE LAS CESANTÍAS: $495.998
o Por PRIMAS DE SERVICIOS:
o Por COMPENSACIÓN VACACIONES:
o POR LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO
INJUSTO DEL ARTÍCULO 64 DEL CST: $5324.533
4. CONDENAR a los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ a efectuar los aportes a la Seguridad Social en Pensión a favor del demandante MARCO
$1 ’466.497 $1466.497 $801.742 $10464.000 $4412.083 $4412.083 $3640.000Proceso No: 500063113001 2015 00124 01
Demandante: MARCO AURELIO RUIZ RUIZ ,
Demandados: LUIS RODOLFO Y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GOMEZ AURELIO RUIZ RUIZ, en el fondo administrador de pensiones que el mismo elija, o en su defecto, en COLPENSIONES, causados durante la vigencia de los dos contratos de trabajo declarados, el primero, entre el 20 de marzo del 2004 y el 30 de noviembre del 2007; y el segundo, entre el 1 o de marzo del 2008 y el 24 de marzo de 2014, teniendo como Ingreso Base de Cotización (IBC), los salarios declarados en esta sentencia.
5. ABSOLVER a los demandados de las demás pretensiones de la demanda.
SEGUNDO. CONDENAR a los demandados LUIS RODOLFO y ÉDGAR AUGUSTO CAMACHO GÓMEZ, al pago de las costas de ambas instancias, a favor del demandante MARCO AURELIO RUIZ RUIZ, las que se liquidarán por el Juzgado de primer grado (artículo 366 del CGP). FÍJANSE como agencias en derecho en esta instancia, la suma de dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1’562.484). TERCERO. Por Secretaría, DEVUÉLVASE el expediente al Juzgado Civil del Circuito de Acacias, previas las anotaciones de rigor.
ESTA PROVIDENCIA QUEDA NOTIFICADA EN ESTRADOS.
Agotado el objeto de la presente diligencia, la misma se da por terminada a la hora de las cinco y veinte minutos de la tarde (5:20 pm), firmándose Acta por quienes en ella intervinieron, la cual
contendrá la parte resolutiva de esta sentencia. De lo actuado queda registro en medio de audio y video suministrado por el Consejo Superior de la Judicatura; al expediente se incorporará el correspondiente CD o DVD, conservándose el registro de la audiencia en el disco duro de los equipos de cómputo del estrado. Desde ya se autoriza a las partes para que obtengan copia de las grabaciones de esta audiencia, previo suministro de los medios correspondientes. DELFIWA FORERO MEJÍA Magistrada500063113001 2015 00124 01 MARCO
AURELIO RUIZ
RUIZ LUIS
RODOLFO Y
ÉDGAR
AUGUSTO
CAMACHO
GÓMEZ
Proceso No: Demandante:
Demandados: (Original firmado) GABRIEL MAURICIO
REY AMAYA
Magistrado (Original firmado) RAFAEL ALBEIRO CHAVARRO POVEDA Magistr ado Pma ¿fuktfa' JwcUtz )T4vteH^.
DIANA JULIETH SÁNCHEZ FIUEROA
Secretaria Ad-hoc ALVARO CESPEDES ESPINOSA Apoderado d^nandante
LUCIA PUL
Apoderada^lemandados /