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TSDJ VVC SCFL - 505733189001 2011 0160 03-(19-12-2018)

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCFL - 505733189001 2011 0160 03-(19-12-2018)
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2011

,", , i I Resolver la;alzada prrcial Jpr(>plle~'taí~0J~,~1:ap()d(:ra( ~roveído que' data duatro f1H IdeJ1trlie.d~i~:ta-an Primero ,ordenar la entrega n!aterial delpredio <~Laj&.hifal . I Monroy contra favorable al interés jflidi~o,.ec,on(Jmic;c, d,~a.c;;t()dlll.C1aJ~ 1reitltiél!is(22) dieJnalrzo de esta anualidad1" oicas¡iótldonde S(~ Ofe esic) las cosasen etestáao ,dePuertoLiJ}cf(¡',.¡"."" (.,.)), además de c<¡lltlminarlapara despojo analizados, aunque al¡s()lvilóe Ejecutoriada la providencia sirlfrlediat·.:t~ demandante solicitóí , 'Cfr, mlios 442 a 462r ídem]Radicación: """" •••1""_,,,c,,~.'_". Pósesorio.. Apelación d•••• ,~ n••• parcialmentela ejeillción de Il!,sentencia, HEBAA1''VE(;A MONRoY centra l'.L..,RnL\ LUCÜ lI.UED,\SANTOS. .'. ., i '.: ,r • procesales y que se¡ordenaraa la demandada Rueda Santos ;<(.,.) entregainmediata j .. ,' .... ', . " , . -- :-<.','.'': ,-, ,"(sic)a la notiflcacion~eiautvqueloQr,tklf.tl, la entrega.matenaldelpred.ioLa Minifalda

{;•.)>>,re<hlcap.do q6e debe s~¡re~allle<;ido en s;uposesión material sobre. elI " ,," " ii ( inmueble.. su tumo, el a quo expidió apremio por las costas procesales, negando la i _,:._. '¡__', ,':,_" ;:.',' segunda pretensión' tras aducir que én la sentencia no se ordenó la entrega del! . ..:.,....<'.. .,' -,0 .•_,.,,_-, _, ,_,.. ' . . ' , predio''.Inconformé con ladecisión, el demand¡l.Oterecontó que 1').pretensión deI '_',' ! ", ',_.' ,',<: _." ' : . .. ' la I era el restablecimiento de las cosas al estado anterior a la• .. \ .. '_ ::': 'e"~ " :. ': ,<", " .,. .- --,' , ", . :, ; perturbación del demandante y en consecuencia el desalojo del predio, aspectos que' demarcaron. que la motivación indicara que para' bastaba demostrar que el demandante :tuvo en tanto que acreditó el ingreso soterradode i (16)dé abril de 'dos mil : I ",la."'"'io}!;resda esepredio. i .'<. ,:'. ' Ar~yó que esresp$nsabJ:lí.dtÍd·! :_.'(' para que el derecho: reconocido no qtles1e, '. ~ de manera que la)í;nv ,ic.:a;fotmll de .I~¡r~: Q1}C1a;¡cosas retomen a su estado

anterior es que : derrfandáda :.rC.íiti,ri:tyªposeíli_ói'\.mat~rial de) inmueble. También recordó que en oportUnidad atÍterlor solicitó al juzgador impartir las., O"" ... ,.'._.,..... ',:.,_.;. __ ,.:_, .. "_:'_" __ ,__ ,._ ._.:,,_ ' __ . . órdenes rl.ece~ariasWara·cllrl1plitla·senfeticia,.empero, la petición no flÍeabsueltai .':-, debido a ql.teel despacho solicitó especifícación .de las actuaciones concretas, . ..•• i .' .. .' .. ' . •.... . .' tazón para in$taur~:r'querella policiva <:J'leno fue tramitada por la autoridad administrativa arguyendo que elcontlicto había sidoventilado ante la Inspección dePolicía. De manera que siendo el motivo de lademll.ndalograr. la orden de desalojo, el juez debe adoptar las medidas necesarias para cUrl1l?lirla sentencia que dispone.- . - ~- - , dejar todo como estaba antes de 10$actos de 'despojo, situación que sólo es . posible restituyendo la posesión, yaqueelincidente que consagra el artículo 377, 'Cfr, folio$31;ídelll. 2y bienesque se ent'ontJraron,proc:ura.ndi6 desalojara el pre:dícl>, inciso 1° del demandado sigue ~1:'tcurriendo Cosas al estado anterior Admitiendo, que

susceptible del rp'r,irc,", de perjuicios por, ;. I En sentencia losactosdedespqjoac(!-ecia'os, , MINIFAI.1)A (..,) 1'de,1mdeltéJ"lJli1J,Odll proVidencia,además ~de .eonminarla / I ejerciendo los actos] rep,rolch,¡ldc,s, a StI estadoinicial" clJrrespom{anJ),aunoue absolvió aI 50573.31'!l.¡.OOl.2J.0()160~03.G.G:P. ~~~. Pose":riQ, ,~pcla01ón de auto que llegó p.~:Wfn""tela ejecucillu de l. ~entenCllt. ¡:.¡wERT VEGk\ct1QNROY cccrraj\1AR'rl-Lc\.LUGÍ.\ RCED.\ l. I , De entrada se advierte :ql,leel despacho es~bleció en la ptóvidencia una orden de hacer,consistente e~ restablecer el ~jattMquo del'ihmueble poseído por el ~,,';-, --,:,:_:" , ,,''¡, ".,,: <_: - ,": --'>':.,"::',".-,, ,_;""" ,,-' ,actor, pero ni expres, o tád~mente se evidencia una,'obligación de dar o consistente entregarlel ,bien, luego e,ste aparente lli:npo debe,' solucionarse

, I ", • acudiendo a:la mútiva~ión de la providefici¡¡"labor que ¡¡~ hace necesaria por cuanto la parte ttSOlu~va qo ofrece 1;:latidad espetada para vislumbrar un documento que prestelm~rito ejecutivo. ' Para t:lil1ez.'d~:primerá instancialas pru~:bas:r(~velar'~)hque la posesión de "La rtu:roV.!>raGutiérrez, hasta el fall,eci!tnÍentqacaed¡io ,elcuatrii;l,'j;4)de alqt11~dos mil once (2011), d~]~.ndllda de~l$os,trlilíronpo,scSi'ónalgunasobre Es más, positivosde atfJ~éll!¡s, CódigoCivily, ni 'l:JunpO(:o1(Y1H~nC()Utl::óf~:1) contratodePromCJ'a elartíq¡/o981 del prueba documental porque el e:¡ttinto Danrel Anuro Vcga Gutiérrez Sin embargo; seguidaments cúlncl¡llté finca "La Minifalda contradictorio, ,bet1;,O!llaencargada de la el fallecido Vega Gutiérrez, nunca contratado por Helbert, aunque reveló que el demandante fijó un en el portón ubicado en el ingreso a la finca, antes del fallecitníent~ del;Daniel Arturo, cerrojo del cual'solamente el testigo

'.. '" r { .' . . . .' .'.". ,,,' ,,' -"" ' ..' • y el difunto tienen llave. Por esa circunstancia fijax un candado-, el juez, ',. - indicó que se ha~ía cumplido el requisito axial en la acción de, restablecimiento por ~esp()jQen el sentido deprobarsóloun instant.!!,deposesiono meratemncú.,en ta~tolque la señora Rueda Santos no residía en el predio rural, sino ql,leiba ocasionalmente y queen la noche de; dieciséis (16) de abril de, " ~. dos mil once (2011), ingresó en horas de la noche, de forma soterraday 4,de julio último, J de F'uelrtoLópez, ségú1,1 6

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