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TSDJ VVC SCFL - 505733189002 2016 00075 01-(03-10-2018)-1

Tribunal Superior de Villavicencio

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Detalles

Título
TSDJ VVC SCFL - 505733189002 2016 00075 01-(03-10-2018)-1
Autor
Tribunal Superior de Villavicencio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2016

, ._

TRIBUNAL SUPERIOR DEVILLAV.ICENCIO l SALA CIVIL'- FAMILIA •LABO~AL. . ~-

HOOVER RAMos ,SALAS Magistrado Ponente Villavicencio (Meta), tres (3) de octubre de dos nilM:lieciocho (2Q-18).

C,LASEDE

CIVIL - VERBAL - REVI~IÓN DE AVALÚO.

..

PROCESO .

DEMANDANTE(S)f ECQPETROL SA . '. '. .DEMAN[)ADO(S) HELY MARTINEZ ,RQDRIGlJIEZ.

RADICACiÓN - 50573.31.89.002.2016.00075.0J .

CLASE DE

SUSirENTACIÓN YFALlO •SEGUNDA INSTANCIAAUDIENCIA

.... En Villavicencio !(Mei¡¡,),hoy tres (3) (te octubre !:f! dos mil dieciocho (2018), siendo las nueve' de la mañana (09;00 a.m.),.fe~hEl.Y hora . previ?mente señalada, los Magistrados de Sala 'Civil~Fllmllltá-t.abo~al;.d"el1'ril;i"unélloP.perior de', ' .. '. . -: . ",' -, -, -, ,'<-:; -',' - ~ /,,\ -Villavicencio, DELFINA FORERO MEJí,(\' (en 'uso ~~permiso), ALBERTO ROMERO ROMERO yi.HOOVE.·.R...RAMO$ SA!:AS, qUi~ná.'. e..tú.a c;Om.o p.enents,

constituyen el recinto en AUDIENCIA PÚBI.I<:;A, ~egún elartículo 3~1 d~I CÓdigo Gener~1del Proceso con la finalidad dé dírinÍir,.¡;¡1recurso de apelación Interpuesto por la.parte demandante contra la sentencia'que data qtli",~e,(15) de a.{lostode dos mil diecisiete (2011), dictada por el Jü;Zgado Sé~do' Promiscuodel. Circuito de puerto López.

  • !

A la audiencia compareció el doctor Juan Manuel Borrare Sánchez, identificado': - '-' - -- - - " "/ - ,'"" , - ,';' - ,'- - con cédula de ciudadanía No. 1,q75.227.654de Neiva y portador dela Tarjeta Profesional No. 241.185'del C.S.J:, apoderado de la parte'demandante, integrada por Ecopetrol SA T~mbién comparece Guido Armanclt) 'Godoy '9!onZález, identificado con cédula deciudadanía No. 19:261.953 ~eJ;¡oQotá y pórta.~or de la Tarjeta Profesional No. 3:r.150 del C.S.J" -apoderado dEl la parte- ~:lf:~mandada, integrada por el señor HélyMartínez Rodriguez,' '. Luego de escuchar la sustentación de la parte apelante, así como laréplica" .. C' '. ;',.. _" de su contraparte, previ~ deliberación de sus miembros, esta Sala dl7 DeciSión, profiere la sentencia cuya parte resolutiva reza:: - . . ,. .

S.DECISIÓ.N: A mérito de lo breverrtente expuesto: esta $,ala de Decisión civil-Famillli'Raboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, administrando justicia en . 'nombrede la República de Colombia y por autoridad de la ley,r :

, . ----' i':srccialidad:

Proceso: Dentandaruc:

Demandados: Radicación:

Actuación: Civil \ Revisión de avalúo de servidumbre petrolera

Ecopetrol S.A. Hcly Merttnez Rodríguez. 50573.31.89.p02.20 16.00075.01 Acta audiencia de sustentación y fallo de ségtJ1~daInstancra.: J RESUI=LVE: PRIMERO: REVOCAR parcialmente la sentencia dictada en audiencia pública que data de quince (15) ~e agosto de dos míl diecisiete .(2017), celebfl.i!da por el Juzgado Segundo Prórmscuo del Circuito de Puerto López en el. proceso de revisión de avalúo de servidumbre promovido por Ecopetrel contra el señor Hely Martínez Rodríguez, conforme a la rnotivacíón.

SEGUNDO: DECLARAR fundada parcialmente la revrsion formulada por Ecopetrol S.A., respecto del monto dé indemnizaCión por lo~\ perjuicios ocasionados con la servteumbré impuesta i11ediantesen~pia de veintisiete. (27) de enero de dos mil dieciséis (2016), dictada por él Juz9ad~ PromiscqpMunicipal .

de Puerto Gaitán (M~ta), en el proceso de imposición de servid~mbre' de hidrocarburos con raqicación 50568.40:89.001.201;3;00163.00, prorl,pvidO por Ecopetrol contra el señor Hely Martínez Rodríguez, (fe conformid!!ld con Ja motivación de esta providencia.

TERCERO: En consecuencia de ·'0anterior,· EXCLUIR .de la indemnización concedida a favor del señor Hely Martlnéi R<fdrígl.le~ 'el valor ototgado por concepto de "valor comercial de la seWldt:tmbre" tasada..en ciento cuarenta millones quinientos sesenta y cuatro mi' ochociento~ treinta y ¡jos pesos ($140.564.832,00 M/Cte.),· quedando a salvola reparación de lo~ restantes perjuicios consistentes en: (1) el valor del pasto y (2) Utilrdi:!ddejada de Percibir porla afectación de 11.6486 hectáreas del predio el R<?nd¡:¡dor,para un total actualizado a la fecha :de esta sentencia de' cuarenta y cuatro millqnes ciento dieciséis mil ochocientos cuarenta y nuelle,pesos ($44;1l6.849,ooM~f.e.l, que deberá ser pagada al demandado Hel.y.Martínez Rodríguez apli~.~do las retenciones legales, hasta la. concurrencia del m~J:)tQ según lo CJ}'ehaya consignado previamente Ecopetrol S.A.f• sipena de'la,¡¡;-aus¡¡ici6nde intereses

civiles a la tasa máxima, legal.permitida, en tanto que $ie~is{e remanente deberá ser devuelto a la persona jurídica beneficiaria Q(illa servidUmbre.

CUARTO: CONFIRMAR en lo restante la' sentenéia apélada, autorizando copia autenticada e i]ltegral día los proveIdos de ambas if.lstantias con destino a las autoridades competentes.

QUINTO: CONDENAR en costas procesales parciales de estainstancia a laparte , recurrente, regulando las ag~ncias en derecho en este grado"de conocimiento en un salario mínimo legal mensual vigente (1·S.L.M.v.) valo~que/deberá il'lclliirse en la liquidación concentrada, según el artículo 366, Inciso 1e, del Código G¡¡¡neraldel

Proceso.· ..

SEXTO: ADVERTIR para la devolución de los dineros eníre!i!ados en ex¡:;eso. la parte afectada tiene las acciones legales'prÓCedeI1tessin pérjuicio de ~\.Ieponga en conocimiento de las ,autoridades que ¡jeben conocer estas cqnduetas que denuncia.

2Especialidad: Civil

Proceso: Demandante:

Demandados: Radicación: Actuación: Revisión de avalúo de servidumbre petrolera

Eccpctrol S.A. Hely Martincz Rodríguez. 50573.31.89.002.2016.0IJ075.01 Acta audiencia de sustentación y rallo de segunda instancia.

SÉPTIMO: AUTORIZAR la devolución de los expedientes a las oficinas de origen,

previo registro del egreso OCTAVO: NOTIFICAR en estrados esta providencia (artículo 294 ibldern).». Intervención de sujetos procesales: En este estado de la diligencia solicita el uso de la palabra el apoderado de la parte demandante y acto seguido con fundamentó en el artículo 285 del Código General del Proceso, solicita aclaración sobre el numeral sexto, requiriendo que se ordene al demandado proceda a la devolución total del dinero entregado por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto l.ópez (Meta), retirado en depósito judicial por valor de Cientoochenta ytres millones cuatrocientos setenta mil ciento sesenta y siete pesos (183.470.167,00 M/Cte). r AUTO: Examinando la petición de aclaración que elevó el spoderadc de la parte demandante Ecopetrol S.A.,. la sala plantea las siguientes premisas fácticas y jurídicas:

1. Eljuez como director del proceso conserva intacto sus poderes de ordenación y tiene competencia relación con la entrega de dineros.

2. Este es un hecho nuevo que solo vino a plantearse en esta vista pública.

3. Según los términos del artículo 285 del Código General del Proceso el ordenamiento correspondiente no contiene ningún motiVo que ofrezca duda, entendiendo que la parte tiene el legítimo derecho a reclamar, colocando. presente que eljuez a su vez tiene límites de acuerdo a las normas que regulan el punto de entrega de dineros, máxime, cuando estaba- ~n curso la revisión. Por tanto se deniega la aclaración solicitada, decisión notificada en estrados.

Agotado el objeto de la presente se autoriza su clausura, dejando constancia que toda la actuación quedó registrada en el medio técnico de audio y video provisto por el Consejo Superior de la Judicatura, documento que Sé agregará en copia de DVD al expediente, conservando una grabación en los equipos de cómputo de esta corporación. En acta se hará constar. el objeto de esta. diligencia, consignando el nombre de todos los asistentes y se transcribirá la parte resolutiva de la sentencia. Las partes quedan autorizadas para obtener copla de la grabación correspondiente, previo suministro de los 'medios y/o expensas a que haya lugar. 3-i-. ' -Ó: .;_,..'. / -.. ", , " / I :1,, 1¡ (' r,!

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